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DECRETO LOCAL 002 DE 2023
(Marzo 24)
Por el cual se ajustan el Presupuesto Anual de Ingresos y gastos del Fondo de Desarrollo Local de Usaquén para la vigencia fiscal 2023
EL ALCALDE LOCAL DE USAQUÉN
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Decreto 372 de 2010, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto 372 de 2010 en su artículo 36 estipula que los F.D.L efectuarán el ajuste presupuestal por cierre de la vigencia anterior mediante Decreto local previa la viabilidad presupuestal de la Secretaria Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto.
Que en la Resolución No. SHD-191 de 2017, sobre el “Ajuste por Cierre Presupuestal”, se indica el procedimiento para efectuar el ajuste en mención.
Que, si el monto de Obligaciones por Pagar constituidas a 31 de diciembre de la vigencia que terminó es mayor a las programadas en la vigencia, se debe tramitar un traslado de funcionamiento y/o de la inversión directa de la vigencia al rubro de Obligaciones por Pagar por el monto faltante, conforme a las normas vigentes y procedimiento establecidos en el manual citado.
Que el Fondo de Desarrollo Local de Usaquén apropio en obligaciones por pagar de inversión para la vigencia fiscal 2023 un valor de $ 10.466.416.000 y el valor realmente constituido al cierred e la vigencia fiscal 2022 fue de $ 10.653.676.355.
Que, mediante comunicación 2023EE031074O1 de fecha 10 de febrero de 2023 la Secretaría Distrital de Hacienda informó en el parágrafo 1:
…“Así mismo, el FDL debe realizar un traslado presupuestal neto en la inversión por $187.260.355 en virtud de lo establecido en el caso b) del numeral 4.5 de la Resolución SDH- 000191 de 2017 - Manual Operativo Presupuestal del Distrito, para que las obligaciones por pagar queden financiadas en su totalidad, dado que el monto de las Obligaciones por Pagar de inversión constituidas a 31 de diciembre de 2022 asciende a $10.466.416.000, cifra mayor a la programada en el presupuesto 2023 por $10.653.676.355”…
Que teniendo en cuenta lo citado, se hace necesario adelantar un traslado presupuestal dado a que se presenta el saldo negativo en el total Inversión: En las Obligaciones por Pagar Inversión Vigencia Anterior por valor de $ 48.577.830 y en las Obligaciones por Pagar Inversión Vigencias Anteriores de $ 138.682.525 para un total de Inversión de $ 187.260.355, a fin de ajustar el total de las obligaciones por pagar que cerraron al 31 de diciembre de 2022.
Que del proyecto participativo, se 2023 debido a que realizar 4 estrategias O23011605570000001949 Fortalecimiento local y contracrédita el valor de $ 187.260.355 de la vigencia este proyecto no será afectado en la magnitud de la meta de fortalecimiento institucional, aclarando que posteriormente con las liberaciones de actas de liquidación de vigencias anteriores los valores se restaurarán al proyecto.
Que para adelantar el respectivo ajuste la entidad cuenta con los saldos disponibles en cada rubro presupuestal para el registro en el sistema.
Que la Secretaria Distrital de Planeación expidió concepto favorable al ajuste de las Obligaciones por Pagar de Inversión, mediante comunicación 2-2023-24281 del 10 de marzo de 2023.
Que la Dirección Distrital de Presupuesto de igual forma emitió concepto favorable al ajuste por cierre presupuestal 2022 al interior de las obligaciones por pagar, mediante comunicación 2023EE083619O1 del 23 de marzo de 2023.
Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,
DECRETA:
Artículo 1. Efectúese un Contracrédito al Presupuesto de Gastos de Funcionamiento de la vigencia 2023 del Fondo de Desarrollo Local de Usaquén conforme al siguiente detalle:
Artículo 2. Efectúese un crédito al Presupuesto de Gastos de Funcionamiento de la vigencia 2023 del Fondo de Desarrollo Local de Usaquén conforme al siguiente detalle:
Artículo 3. Publicación. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital de conformidad al artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.
Artículo 4. Remitir el presente Decreto a la Dirección Distrital de Distrital de Presupuesto - Secretaría de Hacienda para los trámites pertinentes.
Artículo 5. Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 24 días del mes de marzo del año 2023.
JAIME ANDRÉS VARGAS VIVES
Alcalde Local Usaquén |
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