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Resolución 190 de 2023 Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital - UAECD

Fecha de Expedición:
16/03/2023
Fecha de Entrada en Vigencia:
16/03/2023
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7688 del 03 de abril de 2023.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 0190 DE 2023

 

(Marzo 16)

 

Por la cual se modifica parcialmente la Resolución n.º 0169 de 2023 “Por la cual se constituye y establece el funcionamiento de la Caja Menor de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital para la vigencia fiscal del año 2023

 

EL DIRECTOR DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE CATASTRO DISTRITAL (UAECD)

 

en uso de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por el numeral 23 del artículo 16 del Acuerdo 004 de 2021, expedido por el Consejo Directivo de la Unidad Administrativa Especial de Catastro y las del artículo 57 del Decreto Distrital 192 del 2 de junio de 2021 y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 57 del Decreto Distrital 192 del 2 de junio de 2021 “Por medio del cual se reglamenta el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital y se dictan otras disposiciones”, expedido por la Alcaldesa Mayor de Bogotá D.C., es necesario constituir mediante resolución suscrita por el jefe de la entidad, la Caja Menor.

 

Que el artículo 59 del mencionado Decreto Distrital 192 de 2021, dispone que Para la constitución y reembolso de las cajas menores se deberá contar con el respectivo certificado de disponibilidad presupuestal previo, el cual debe expedirse por el monto correspondiente a la suma del valor de la apertura y la proyección del número de reembolsos que se pretendan realizar en el respectivo año, respetando los límites en las cuantías establecidas en el presente Decreto. Subraya fuera de texto.

 

Que mediante Resolución n.° 0169 del 14 de marzo de 2023, el Director de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, constituyó y estableció el funcionamiento de la Caja Menor de la entidad para la vigencia fiscal del año 2023.

 

Que de conformidad con el mencionado artículo 59 del Decreto Distrital 192 de 2021, previo a la expedición de la Resolución n.° 0169 de 2022, se constituyeron los Certificados de Disponibilidad Presupuestal n.os 338 del 13 de enero de 2023 y 377 del 18 de enero de 2023, expedidos por el responsable del presupuesto de la UAECD.

 

Que mediante correo electrónico del 16 de marzo de 2023, el Subgerente Administrativo y Financiero de la UAECD, informó que por limitantes específicas del programa SI CAPITAL - OPGET, el sistema de administración de la Caja Menor solo permite cargar una Orden de Pago para la ejecución de la misma, lo cual en la situación actual no es posible, pues como son 2 CDP, deben elaborarse 2 CRP y 2 órdenes de pago.

 

Que la Subgerencia Administrativa y Financiera de la UAECD, mediante memorando n.° 2023IE5663O1 del 16 de marzo de 2023, solicitó la anulación de los Certificados de Disponibilidad Presupuestal n.os 338 del 13 de enero de 2023 y 377 del 18 de enero de 2023 y expidió un nuevo CDP con n.° 874 del 16 de marzo de 2023 por un valor total de $46.308.000, el cual contiene la totalidad de los rubros presupuestales correspondientes a la Caja Menor de la Unidad.

 

Que con base en lo anterior, se hace necesario modificar la Resolución n.° 0169 del 14 de marzo de 2023, mediante la cual el Director de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, constituyó y estableció el funcionamiento de la Caja Menor de la entidad para la vigencia fiscal del año 2023, con el fin de incorporar el número de CDP que respalda presupuestalmente la Caja Menor de la UAECD.

 

Que a la fecha de expedición de la presente resolución, según lo informado por el Subgerente Administrativo y Financiero, no se han recibido solicitudes de Caja Menor y por lo tanto no se han adelantado erogaciones para atender gastos que afecten la apropiación presupuestal de la Caja Menor de la Unidad, en ninguno de los rubros destinados a cubrir los gastos generales que tengan carácter de imprevistos, urgentes, imprescindibles e inaplazables.

 

Que en mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO PRIMERO. Modificar la parte considerativa de la Resolución n.° 0169 del 14 de marzo de 2023 que hace referencia a los certificados de disponibilidad presupuestal de la Caja Menor de la UAECD, el cual quedará así:

 

Que se cuenta con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal n.° 874 del 16 de marzo de 2023, expedido por el responsable del presupuesto de la UAECD, de conformidad con lo establecido en el artículo 59 del Decreto Distrital 192 de 2021.

 

ARTÍCULO SEGUNDO. Modificar el artículo tercero de la Resolución n.° 0169 del 14 de marzo de 2023, el cual quedará así:

 

ARTÍCULO TERCERO. Rubros Presupuestales. Los gastos generados por esta Caja Menor serán imputados presupuestalmente a los rubros y hasta los montos máximos establecidos en la Disponibilidad Presupuestal n.° 874 del 16 de marzo de 2023, que se indican a continuación:

 

CÓDIGO

RUBRO PRESUPUESTAL

TOTAL POR

RUBRO

VIGENCIA

O2120201003023219996

Artículos n.c.p. de papel para escritorio

5.268.000

O2120201003083899998

Artículos n.c.p. para escritorio y oficina

500.000

O21202020060464119

Otros servicios de transporte terrestre local de pasajeros n.c.p.

3.128.000

O21202020060767430

Servicios de parqueaderos

1.043.000

O212020200701030571359

Otros servicios de seguros distintos de los seguros de vida n.c.p. 

14.843.000

O21202020080282130

Servicios de documentación y certificación jurídica

4.685.000

O2120202008078715699

Servicios de mantenimiento y reparación de máquinas de uso general n.c.p.

3.435.000

O2120202008098912197

Servicios de impresión litográfica n.c.p

6.000.000

O2120202008098912299

Otros trabajos de encuadernación n.c.p.

6.376.000

O2180501003

Sanciones contractuales

492.000

O2180501004

Sanciones administrativas

538.000

 

TOTALES

46.308.000

 

PARÁGRAFO. Los gastos que se realicen con cargo a esta caja no podrán exceder la cuantía mensual fijada en el artículo primero de la presente resolución.

 

ARTÍCULO TERCERO. Las demás disposiciones contenidas en la Resolución n.° 0169 del 14 de marzo de 2023, se mantienen incólumes.

 

ARTÍCULO CUARTO. Publicación. Publicar el presente acto administrativo en el Registro Distrital y en la página WEB de la Unidad.

 

ARTÍCULO QUINTO. Vigencia. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga todas aquellas que le sean contrarias.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Expedida en Bogotá D.C a los 16 días del mes de marzo del año 2023.

 

HENRY RODRÍGUEZ SOSA

 

Director


Nota: Ver norma original en Anexos.