| Cargando el Contenido del Documento | |
| Por favor espere... |
|
RESOLUCIÓN 352 DE 2022
(Mayo 03)
Por medio de la cual se acoge el acta de selección del comité que designa los jurados que evaluarán las propuestas de la convocatoria BECA BOGOTÁ DIVERSA DIRIGIDA A SECTORES SOCIALES 2022
La Subdirectora de las Artes del Instituto Distrital de las Artes - IDARTES en ejercicio de sus facultades legales, en especial lo contemplado en el Acuerdo No. 5 de septiembre 24 de 2021 del Consejo Directivo de la entidad, la Resolución de Delegación de Ordenación del Gasto No. 543 del 30 de junio de 2020, la Resolución Modificatoria No. 31 del 29 de enero de 2021, la Resolución de Nombramiento No. 1442 de diciembre 30 de 2021, y
CONSIDERANDO:
Que el 03 de febrero de 2022 el Instituto Distrital de las Artes - IDARTES expidió la Resolución No. 095 «Por medio de la cual se da apertura al Programa Distrital de Estímulos 2022 para unas convocatorias que incluyen acciones contempladas en los proyectos de inversión de la Subdirección de las Artes del Instituto Distrital de las Artes - Idartes».
Que mediante acta suscrita el 02 de febrero de 2022, la cual hace parte integral del presente acto administrativo, el comité delegado por la Entidad e integrado por Maira Ximena Salamanca Rocha (Subdirectora de las Artes), Migdalia Tovar Murcia (Contratista - Subdirección de las Artes) y Julieta Vera Quiroga (Contratista - Subdirección de las Artes), definió los perfiles y el número de jurados requeridos para analizar, evaluar, emitir concepto y seleccionar las propuestas ganadoras de la convocatoria BECA BOGOTÁ DIVERSA DIRIGIDA A SECTORES SOCIALES 2022 .
Que el 25 de abril de 2022 se reunió el comité encargado de seleccionar a los expertos que evaluarán las propuestas de la convocatoria BECA BOGOTÁ DIVERSA DIRIGIDA A SECTORES SOCIALES 2022, el cual está conformado por Maira Ximena Salamanca Rocha (Subdirectora de las Artes), Migdalia Tovar Murcia (Contratista - Subdirección de las Artes) y Julieta Vera Quiroga (Contratista - Subdirección de las Artes).
Que, como resultado de la mencionada reunión, se expidió el acta de selección de jurados a través de la cual se designaron los expertos que evaluarán la convocatoria en mención, la cual hace parte integral del presente acto administrativo.
Que, de acuerdo con la decisión del comité y lo citado en párrafos anteriores, la terna de jurados de la convocatoria quedó conformada de la siguiente manera:
Que, a su vez, el numeral 13. SUPLENCIA DEL JURADO POR FALTA TEMPORAL O ABSOLUTA de los términos generales de participación del Banco de Jurados 2022, señala lo siguiente: «En cualquier etapa del proceso, en el evento de presentarse renuncia, impedimento, restricción de participación, inhabilidad, conflicto de intereses, ausencia temporal o absoluta de un jurado, que le impida cumplir con la totalidad de los compromisos establecidos o con las actividades propias de su participación, previa comunicación formal dirigida a la entidad, se procederá a relevarlo de sus deberes y designar al suplente, quien asumirá sus deberes como jurado. […] El jurado que ha sido reemplazado no tendrá derecho a estímulo alguno por las actividades realizadas hasta el momento de su ausencia, toda vez que su compromiso culmina con la selección de las propuestas ganadoras de la convocatoria evaluada. […]».
Que, en razón de lo mencionado anteriormente, el comité encargado de seleccionar a los expertos que evaluarán las propuestas de la convocatoria BECA BOGOTÁ DIVERSA DIRIGIDA A SECTORES SOCIALES 2022, recomendó seleccionar como jurado(s) suplente(s) de la convocatoria, al (los) siguiente(s) experto(s):
Que, para soportar presupuestalmente los recursos determinados como reconocimiento económico a título de estímulo, el Instituto Distrital de las Artes – IDARTES cuenta con el certificado de disponibilidad presupuestal descrito a continuación:
Que, en consecuencia, resulta procedente acoger el acta de selección de jurados que evaluarán las propuestas de la convocatoria BECA BOGOTÁ DIVERSA DIRIGIDA A SECTORES SOCIALES 2022.
En mérito de lo expuesto.
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Modificado por el art. 1, Resolución 411 de 2022. <El nuevo texto es el siguiente> Acoger lo resuelto en el acta de selección de jurados de la convocatoria BECA BOGOTÁ DIVERSA DIRIGIDA A SECTORES SOCIALES 2022, acorde con lo expuesto en la parte motiva del presente acto, entendiéndose que el monto que se fija como reconocimiento es el allí citado, y el jurado de selección queda integrado de la siguiente manera:
El texto original era el siguiente: ARTÍCULO PRIMERO: Acoger el acta de selección del
comité que designa los jurados que
evaluarán las propuestas de la convocatoria BECA BOGOTÁ DIVERSA DIRIGIDA A SECTORES SOCIALES 2022, acorde con lo expuesto en la
parte motiva del presente acto, entendiéndose que el monto que se fija como
reconocimiento es el allí citado, y la terna de jurados de la convocatoria
queda conformada de la siguiente manera:
Parágrafo: Designar como jurados suplentes de la convocatoria BECA BOGOTÁ DIVERSA DIRIGIDA A SECTORES SOCIALES 2022, en caso de que alguno de los jurados principales presente renuncia, impedimento, inhabilidad, conflicto de intereses ausencia temporal o absoluta o cualquiera que fuera la causa, que le impida cumplir con los deberes establecidos por la Entidad y las condiciones generales de participación del Banco de Jurados 2022, en cualquier etapa del proceso y previa comunicación formal dirigida al Instituto Distrital de las Artes - IDARTES, a quienes se señala a continuación:
ARTÍCULO SEGUNDO: Soportar el reconocimiento económico a título de estímulo, a los jurados en el Certificado de Disponibilidad N° 2013 de enero 26 de 2022.
PARÁGRAFO 1: Los desembolsos de los reconocimientos económicos a los jurados se realizarán de acuerdo con la programación del Plan Anual de Caja (PAC) y estarán sujetos a las retenciones de ley. Este proceso se iniciará una vez cada uno de los jurados suscriba el Acta de Recomendación de Ganadores de la convocatoria en mención y haga entrega de las observaciones sobre la convocatoria en el formato identificado con el código 2MI-GFOM-F-05, momento en el cual se darán por cumplidos los compromisos adquiridos con el Programa Distrital de Estímulos -PDE-.
ARTÍCULO TERCERO: Notificar electrónicamente el contenido de la presente Resolución a los expertos seleccionados, de conformidad con lo señalado en los artículos 53 y 56 del CPACA (Ley 1437 de 2011).
ARTÍCULO CUARTO: Comunicar y publicar la presente Resolución en el micrositio web de convocatorias del Instituto Distrital de las Artes - IDARTES, el cual está enlazado a la página web de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte (www.culturarecreacionydeporte.gov.co).
ARTÍCULO QUINTO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y contra ella proceden los recursos de reposición y apelación de conformidad con los numerales 1 y 2 del Art. 74 de la Ley 1437 de 2011.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los 03 días del mes de mayo del año 2022.
MAIRA XIMENA SALAMANCA ROCHA
Subdirectora de las Artes
Instituto Distrital de las Artes – IDARTES Nota: Ver norma original en Anexos. |