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Proyecto de Acuerdo 263 de 2018 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
--/ 00/2018
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ D

EL CONCEJO DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL

 

Ver Acuerdo Distrital 711 de 2018 Concejo de Bogotá, D.C.

 

En uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el numeral 1º del artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993 y el artículo 1º de la Ley 1483 de 2011, y las demás normas vigentes,

 

CONSIDERANDO

 

Que la Administración Distrital podrá presentar para aprobación del Concejo Distrital la asunción de compromisos que afecten presupuestos de vigencias futuras, siempre que los proyectos estén consignados en el Plan de Desarrollo respectivo.

 

Que de acuerdo con lo estipulado en el artículo 1º de la Ley 1483 de 2011 y el artículo 1º del Decreto Nacional 2767 de 2012, compilado en el artículo 2.6.6.1.1. del Decreto Nacional 1068 de 2015, el Consejo de Gobierno declaró de importancia estratégica el componente “Administración del servicio educativo” del proyecto de inversión “Cobertura con equidad”, atendiendo la solicitud presentada por la Secretaría de Educación del Distrito, en su reunión del 19 de abril de 2018.

 

Que de acuerdo con lo estipulado en el artículo primero, literal c, de la Ley 1483 de 2011 y en el artículo 10, literal j, del Estatuto Orgánico de Presupuesto Distrital, compilado por el Decreto 714 de 1996, el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal -CONFIS- autorizó la asunción de compromisos con cargo a vigencias futuras excepcionales, en su reunión del 4 de mayo de 2018, con el fin de continuar el trámite ante el Concejo Distrital.

 

ACUERDA

 

ARTÍCULO 1°. Autorizar a la Administración Distrital, por medio de la Secretaría de Educación del Distrito, para asumir compromisos con cargo a las vigencias futuras excepcionales de los presupuestos de los años 2019 a 2028, hasta por la suma de trescientos sesenta y nueve mil seiscientos setenta y cuatro millones seiscientos doce mil seiscientos treinta ($369.674.612.630) pesos constantes de 2018, mediante la celebración de contratos de administración del servicio educativo para trece (13) nuevas instituciones educativas oficiales, de acuerdo con las disposiciones legales, en las cuantías y vigencias que se relacionan a continuación:

 

Código

Concepto

2019

2020

2021

2022

3

Gastos

15.570.763.790

33.485.870.801

36.497.957.285

37.458.338.554

3-3

Inversión

15.570.763.790

33.485.870.801

36.497.957.285

37.458.338.554

3-3-1

Inversión Directa

15.570.763.790

33.485.870.801

36.497.957.285

37.458.338.554

3-3-1-15

Bogotá Mejor Para Todos

15.570.763.790

33.485.870.801

36.497.957.285

37.458.338.554

3-3-1-15-01

Pilar Igualdad de calidad de vida

15.570.763.790

33.485.870.801

36.497.957.285

37.458.338.554

3-3-1-15-01-07

Inclusión educativa para la equidad

15.570.763.790

33.485.870.801

36.497.957.285

37.458.338.554

3-3-1-15-01-07-1049

Cobertura con equidad

15.570.763.790

33.485.870.801

36.497.957.285

37.458.338.554

 

Código

Concepto

2023

2024

2025

2026

3

Gastos

38.448.578.881

39.469.675.774

40.522.651.829

41.608.569.347

3-3

Inversión

38.448.578.881

39.469.675.774

40.522.651.829

41.608.569.347

3-3-1

Inversión Directa

38.448.578.881

39.469.675.774

40.522.651.829

41.608.569.347

3-3-1-15

Bogotá Mejor Para Todos

38.448.578.881

39.469.675.774

40.522.651.829

41.608.569.347

3-3-1-15-01

Pilar Igualdad de calidad de vida

38.448.578.881

39.469.675.774

40.522.651.829

41.608.569.347

3-3-1-15-01-07

Inclusión educativa para la equidad

38.448.578.881

39.469.675.774

40.522.651.829

41.608.569.347

3-3-1-15-01-07-1049

Cobertura con equidad

38.448.578.881

39.469.675.774

40.522.651.829

41.608.569.347

 

Código

Concepto

2027

2028

Total

2019 - 2028

3

Gastos

42.728.531.807

43.883.674.562

369.674.612.630

3-3

Inversión

42.728.531.807

43.883.674.562

369.674.612.630

3-3-1

Inversión Directa

42.728.531.807

43.883.674.562

369.674.612.630

3-3-1-15

Bogotá Mejor Para Todos

42.728.531.807

43.883.674.562

369.674.612.630

3-3-1-15-01

Pilar Igualdad de calidad de vida

42.728.531.807

43.883.674.562

369.674.612.630

3-3-1-15-01-07

Inclusión educativa para la equidad

42.728.531.807

43.883.674.562

369.674.612.630

3-3-1-15-01-07-1049

Cobertura con equidad

42.728.531.807

43.883.674.562

369.674.612.630

 

ARTÍCULO 2°. La Secretaría Distrital de Hacienda, una vez comprometidos los recursos a que se refiere el artículo anterior, deberá incluir en los presupuestos de las vigencias 2019 a 2028 las asignaciones necesarias para cumplir los compromisos adquiridos.

 

ARTÍCULO 3°. La Secretaría Distrital de Hacienda y la Secretaría de Educación del Distrito presentarán informe escrito semestral al Concejo de Bogotá dentro de los diez (10) primeros días hábiles de cada semestre, sobre la ejecución de las vigencias futuras excepcionales aprobadas y el funcionamiento de la administración del servicio educativo conforme al presente Acuerdo.

 

ARTÍCULO 4°. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

 

Dado en Bogotá, D.C., a los