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Proyecto de Acuerdo 410 de 2018 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
--/ 00/2018
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

PROYECTO DE ACUERDO No.  410 DE 2018

 

Ver Acuerdo Distrital 729 de 2018 Concejo de Bogotá, D.C.

 

“POR MEDIO DEL CUAL SE DECLARA EL 25 DE OCTUBRE COMO EL DÍA DISTRITAL DEL CALZADO, EL CUERO, LA MARROQUINERÍA Y AFINES Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES”

 

 

I. OBJETO DEL PROYECTO

 

Esta iniciativa tiene como objeto declarar el 25 de octubre como el Día Distrital del Calzado, el Cuero, la Marroquinería y afines con el fin de lograr el fortalecimiento y reconocimiento de este sector de la industria, por medio de la generación de estrategias y oportunidades que permitan a la ciudad generar una mayor competitividad, y así lograr el posicionamiento de la capital en la producción de calzado y marroquinería.

 

·               OBJETIVOS ESPECÍFICOS:

 

ü    Posicionamiento de Bogotá D.C. como potencia a nivel nacional e internacional en la producción de calzado y marroquinería.

ü    Mejorar la competitividad de la ciudad.

ü    Mejorar la productividad y promover la industria del cuero, el calzado, la marroquinería y afines.

ü    Generar mejores ingresos y más oportunidades de empleo para los ciudadanos asociados a este sector.

 

II. ANTECEDENTES

 

PROYECTO DE ACUERDO

Autores

PONENTES

PA 254 de 2013 "Por el cual se declara de interés cultural la actividad productiva del calzado en cuero, marroquinería y afines que se realiza en el Barrio el Restrepo del Distrito Capital” (Archivado)

H.C. Jairo Cardozo Salazar

H.C. Olga Victoria Rubio Cortés

*H.C. Jose Arthur Bernal (Positiva)

*H.C. Roger Carrillo (Positiva)

*H.C. Jairo Cardozo Salazar (positiva)

PA 012 de 2014 "Por el cual se declara de interés cultural la actividad productiva del calzado en cuero, marroquinería y afines que se realiza en el Barrio el Restrepo del Distrito Capital” (Archivado)

H.C. Jairo Cardozo Salazar

H.C. Olga Victoria Rubio Cortés

*H.C. Miguel Uribe Turbay (Positiva)

*H.C. Marco Fidel Ramírez (Positiva)

*H.C. Olga Victoria Rubio Cortés (Positiva)

PA 078 de 2014 "Por el cual se declara de interés cultural la actividad productiva del calzado en cuero, marroquinería y afines que se realiza en el Barrio el Restrepo del Distrito Capital” (Archivado)

H.C. Jairo Cardozo Salazar

H.C. Olga Victoria Rubio Cortés

*H.C. Venus Albeiro Silva (Positiva)

*H.C. Cesar García (Negativa)

*H.C. Olga Victoria Rubio Cortés (Positiva)

PA 158 de 2014 "Por el cual se declara de interés cultural la actividad productiva del calzado en cuero, marroquinería y afines que se realiza en el Barrio el Restrepo del Distrito Capital” (Archivado)

H.C. Jairo Cardozo Salazar

H.C. Olga Victoria Rubio Cortés

*H.C. Sandra Jaramillo González (Positiva)

*H.C. Rubén Darío Torrado Pacheco (Positiva)

*H.C. Olga Victoria Rubio (Positiva)

PA 253 de 2014 "Por el cual se declara de interés cultural la actividad productiva del calzado en cuero, marroquinería y afines que se realiza en el Barrio el Restrepo del Distrito Capital” (Archivado)

H.C. Jairo Cardozo Salazar

H.C. Olga Victoria Rubio Cortés

*H.C. Olga Victoria Rubio (Positiva)

*H.C. María Victoria Vargas (Negativa)

*H.C. William Moreno (Negativa)

PA 01 de 2015 "Por el cual se declara de interés cultural la actividad productiva del calzado en cuero, marroquinería y afines que se realiza en el Barrio el Restrepo del Distrito Capital” (Archivado)

H.C. Jairo Cardozo Salazar

H.C. Olga Victoria Rubio Cortés

*H.C. Soledad Tamayo Tamayo (Negativa)

*H.C. Rafael Orlando Santiesteban (Positiva)

*H.C. Jairo Cardozo Salazar (Positiva)

PA 123 de 2015 "Por el cual se declara de interés cultural la actividad productiva del calzado en cuero, marroquinería y afines que se realiza en el Barrio el Restrepo del Distrito Capital” (Archivado)

H.C. Jairo Cardozo Salazar

H.C. Olga Victoria Rubio Cortés

H.C. Jairo Cardozo (Positiva)

*H.Cs. Javier Palacio y Severo Correa (Negativa Conjunta)

PA 282 de 2015 "Por el cual se declara de interés cultural la actividad productiva del calzado en cuero, marroquinería y afines que se realiza en el Barrio el Restrepo del Distrito Capital” (Archivado)

H.C. Jairo Cardozo Salazar

H.C. Olga Victoria Rubio Cortés

H.C. Jorge Durán Silva (Negativa)

H.C. Carlos Roberto Sáenz (Negativa)

H.C. Jairo Cardozo Salazar (Positiva)

PA 391 de 2015"Por el cual se declara de interés cultural la actividad productiva del calzado en cuero, marroquinería y afines que se realiza en el Barrio el Restrepo del Distrito Capital” (Archivado)

H.C. Jairo Cardozo Salazar

H.C. Olga Victoria Rubio Cortés

H.C. Boris de Jesús Montesdeoca (Positiva)

H.C. Patricia Mosquera Murcia (Positiva)

H.C. Jairo Cardozo Salazar (Positiva)

PA 304 de 2017"Por el cual se declara de interés cultural la actividad productiva del calzado en cuero, marroquinería y afines que se realiza en el Barrio el Restrepo del Distrito Capital” (Archivado)

H.C. Gloria Stella Diaz Ortiz

H.C. Jairo Cardozo Salazar

 

No fue sorteado

PA 485 de 2017 “POR MEDIO DEL CUAL SE DECLARA EL 25 DE OCTUBRE COMO EL DÍA DISTRITAL DEL CALZADO, EL CUERO, LA MARROQUINERÍA Y AFINES Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES”

Hs.Cs. ANGELA SOFÍA GARZÓN CAICEDO, PEDRO JAVIER SANTIESTEBAN MILLÁN, ROLANDO GONZALEZ GARCIA                                  , DIEGO ANDRÉS MOLANO APONTE, DANIEL ANDRÉS PALACIOS MARTINEZ , HORACIO JOSE SERPA MONCADA, GLORIA ELSY DIAZ MARTÍNEZ, ROBERTO HINESTROSA REY, MARÍA VICTORIA VARGAS SILVA, SEGUNDO CELIO NIEVES HERRERA, YEFER YESID VEGA BOBADILLA, NELLY PATRICIA MOSQUERA MURCÍA, ANDRES EDUARDO FORERO MOLINA, MARÍA CLARA NAME RAMIREZ, JUAN FELIPE GRILLO CARRASCO, EMEL ROJAS CASTILLO, RICARDO ANDRÉS CORREA, DAVID BALLEN HERNANDEZ, GLORIA STELLA DÍAZ, DORA LUCÍA BASTIDAS UBATE, JOSE DAVID CASTELLANOS, JULIO CESAR ACOSTA, GERMAN GARCÍA, CESAR ALFONSO GARCÍA VARGAS,  DIEGO FERNANDO DEVIA, LUZ MARINA GORDILLO, NELSON CUBIDES.

 

H.C. Diego Andrés Molano Aponte. (POSITIVA CON MODIFICACIONES) Archivado por trámite.

H.C. JAIRO CARDOZO SALAZAR (PONENCIA POSITIVA CON PLIEGO MODIFICATORIO) Archivado por trámite.

PA 383 DE 2017 “POR EL CUAL SE DECLARA DE INTERÉS CULTURAL LA AGLOMERACIÓN PRODUCTIVA DEL CALZADO, CUERO, MARROQUINERÍA Y AFINES QUE SE REALIZA EN EL BARRIO RESTREPO DEL DISTRITO CAPITAL”

H.C. GLORIA STELLA DIAZ ORTIZ

H.C. JAIRO CARDOZO SALAZAR

 

H.C. Diego Andrés Molano Aponte. (POSITIVA CON MODIFICACIONES) Archivado por trámite.

H.C. JAIRO CARDOZO SALAZAR (PONENCIA POSITIVA CON PLIEGO MODIFICATORIO) Archivado por trámite.

PA 564 DE 2017 “POR EL CUAL SE DECLARA DE INTERÉS CULTURAL LA AGLOMERACIÓN PRODUCTIVA DEL CALZADO, CUERO, MARROQUINERÍA Y AFINES QUE SE REALIZA EN EL BARRIO RESTREPO DEL DISTRITO CAPITAL”

Hs.Cs. ANGELA SOFÍA GARZÓN CAICEDO, PEDRO JAVIER SANTIESTEBAN MILLÁN, ROLANDO GONZALEZ GARCIA                                  , DIEGO ANDRÉS MOLANO APONTE, DANIEL ANDRÉS PALACIOS MARTINEZ , HORACIO JOSE SERPA MONCADA, GLORIA ELSY DIAZ MARTÍNEZ, ROBERTO HINESTROSA REY, MARÍA VICTORIA VARGAS SILVA, SEGUNDO CELIO NIEVES HERRERA, YEFER YESID VEGA BOBADILLA, NELLY PATRICIA MOSQUERA MURCÍA, ANDRES EDUARDO FORERO MOLINA, MARÍA CLARA NAME RAMIREZ, JUAN FELIPE GRILLO CARRASCO, EMEL ROJAS CASTILLO, RICARDO ANDRÉS CORREA, DAVID BALLEN HERNANDEZ, GLORIA STELLA DÍAZ, DORA LUCÍA BASTIDAS UBATE, JOSE DAVID CASTELLANOS, JULIO CESAR ACOSTA, GERMAN GARCÍA, CESAR ALFONSO GARCÍA VARGAS,  DIEGO FERNANDO DEVIA, LUZ MARINA GORDILLO, NELSON CUBIDES.

 

No se realizó sorteo para designación de ponentes.

PA 101 DE 2018 “POR MEDIO DEL CUAL SE DECLARA EL 25 DE OCTUBRE COMO EL DÍA DISTRITAL DEL CALZADO, EL  CUERO, LA MARROQUINERÍA Y AFINES Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES”

Hs.Cs. ANGELA SOFÍA GARZÓN CAICEDO, PEDRO JAVIER SANTIESTEBAN MILLÁN, ROLANDO GONZALEZ GARCIA                                  , DIEGO ANDRÉS MOLANO APONTE, DANIEL ANDRÉS PALACIOS MARTINEZ , HORACIO JOSE SERPA MONCADA, GLORIA ELSY DIAZ MARTÍNEZ, ROBERTO HINESTROSA REY, MARÍA VICTORIA VARGAS SILVA, SEGUNDO CELIO NIEVES HERRERA, YEFER YESID VEGA BOBADILLA, NELLY PATRICIA MOSQUERA MURCÍA, ANDRES EDUARDO FORERO MOLINA, MARÍA CLARA NAME RAMIREZ, JUAN FELIPE GRILLO CARRASCO, EMEL ROJAS CASTILLO, RICARDO ANDRÉS CORREA, DAVID BALLEN HERNANDEZ, GLORIA STELLA DÍAZ, DORA LUCÍA BASTIDAS UBATE, JOSE DAVID CASTELLANOS, JULIO CESAR ACOSTA, GERMAN GARCÍA, CESAR ALFONSO GARCÍA VARGAS,  DIEGO FERNANDO DEVIA, LUZ MARINA GORDILLO, NELSON CUBIDES.

 

H.C. Hosman Yaith Martínez (POSITIVA) Archivado por trámite.

H.C. Celio Nieves Herrera  (POSITIVA) Archivado por trámite.

PA 214 DE 2018 “POR MEDIO DEL CUAL SE DECLARA EL 25 DE OCTUBRE COMO EL DÍA DISTRITAL DEL CALZADO, EL  CUERO, LA MARROQUINERÍA Y AFINES Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES”

Hs.Cs. ANGELA SOFÍA GARZÓN CAICEDO, PEDRO JAVIER SANTIESTEBAN MILLÁN, ROLANDO GONZALEZ GARCIA                                  , DIEGO ANDRÉS MOLANO APONTE, DANIEL ANDRÉS PALACIOS MARTINEZ , HORACIO JOSE SERPA MONCADA, GLORIA ELSY DIAZ MARTÍNEZ, ROBERTO HINESTROSA REY, MARÍA VICTORIA VARGAS SILVA, SEGUNDO CELIO NIEVES HERRERA, YEFER YESID VEGA BOBADILLA, NELLY PATRICIA MOSQUERA MURCÍA, ANDRES EDUARDO FORERO MOLINA, MARÍA CLARA NAME RAMIREZ, JUAN FELIPE GRILLO CARRASCO, EMEL ROJAS CASTILLO, RICARDO ANDRÉS CORREA, DAVID BALLEN HERNANDEZ, GLORIA STELLA DÍAZ, DORA LUCÍA BASTIDAS UBATE, JOSE DAVID CASTELLANOS, JULIO CESAR ACOSTA, GERMAN GARCÍA, CESAR ALFONSO GARCÍA VARGAS,  DIEGO FERNANDO DEVIA, LUZ MARINA GORDILLO, NELSON CUBIDES.

 

H.C. Pedro Javier Santiesteban Millán  (POSITIVA) Archivado por trámite.

H.C. Pedro Julián López Sierra  (POSITIVA) Archivado por trámite.

PA 342 DE 2018 “POR MEDIO DEL CUAL SE DECLARA EL 25 DE OCTUBRE COMO EL DÍA DISTRITAL DEL CALZADO, EL  CUERO, LA MARROQUINERÍA Y AFINES Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES”

Hs.Cs. ANGELA SOFÍA GARZÓN CAICEDO, PEDRO JAVIER SANTIESTEBAN MILLÁN, ROLANDO GONZALEZ GARCIA                                  , DIEGO ANDRÉS MOLANO APONTE, DANIEL ANDRÉS PALACIOS MARTINEZ , HORACIO JOSE SERPA MONCADA, GLORIA ELSY DIAZ MARTÍNEZ, ROBERTO HINESTROSA REY, MARÍA VICTORIA VARGAS SILVA, SEGUNDO CELIO NIEVES HERRERA, YEFER YESID VEGA BOBADILLA, NELLY PATRICIA MOSQUERA MURCÍA, ANDRES EDUARDO FORERO MOLINA, MARÍA CLARA NAME RAMIREZ, JUAN FELIPE GRILLO CARRASCO, EMEL ROJAS CASTILLO, RICARDO ANDRÉS CORREA, DAVID BALLEN HERNANDEZ, GLORIA STELLA DÍAZ, DORA LUCÍA BASTIDAS UBATE, JOSE DAVID CASTELLANOS, JULIO CESAR ACOSTA, GERMAN GARCÍA, CESAR ALFONSO GARCÍA VARGAS,  DIEGO FERNANDO DEVIA, LUZ MARINA GORDILLO, NELSON CUBIDES.

 

H.C. Celio Nieves Herrera  (POSITIVA) Archivado por trámite.

H.C. Jorge Eduardo Torres   (POSITIVA) Archivado por trámite.

 

 

III. MARCO JURÍDICO

 

a)             MARCO CONSTITUCIONAL

Artículo 7°. El Estado reconoce y protege la diversidad étnica y cultural de la Nación colombiana.

Artículo 8°. Es obligación del Estado y de las personas proteger las riquezas culturales y naturales de la Nación.

Artículo 70°. El Estado tiene el deber de promover y fomentar el acceso a la cultura de todos los colombianos en igualdad de oportunidades, por medio de la educación permanente y la enseñanza científica, técnica, artística y profesional en todas las etapas del proceso de creación de la identidad nacional. La cultura en sus diversas manifestaciones es fundamento de la nacionalidad. El Estado reconoce la igualdad y dignidad de todas las que conviven en el país. El Estado promoverá la investigación, la ciencia, el desarrollo y la difusión de los valores culturales de la nación.

Artículo 71°. La búsqueda del conocimiento y la expresión artística son libres. Los planes de desarrollo económico y social incluirán el fomento a las ciencias y, en general, a la cultura. El Estado creará incentivos para personas e instituciones que desarrollen y fomenten la ciencia y la tecnología y las demás manifestaciones culturales y ofrecerá estímulos especiales a personas e instituciones que ejerzan estas actividades.

Artículo 72°. El patrimonio cultural de la nación está bajo la protección del Estado. El patrimonio arqueológico y otros bienes culturales que conforman la identidad nacional, pertenecen a la nación y son inalienables, inembargables e imprescriptibles. La ley establecerá los mecanismos para readquirirlos cuando se encuentren en manos de particulares y reglamentará los derechos especiales que pudieran tener los grupos étnicos asentados en territorios de riqueza arqueológica.

 

b)            NORMATIVIDAD NACIONAL

·               LEY 590 DE 2000. "Por la cual se dictan disposiciones para promover el desarrollo de las micro, pequeñas y medianas empresa"

Artículo 1°. Objeto de la ley. La presente ley tiene por objeto:

a)             Promover el desarrollo integral de las micro, pequeñas y medianas empresas en consideración a sus aptitudes para la generación de empleo, el desarrollo regional, la integración entre sectores económicos, el aprovechamiento productivo de pequeños capitales y teniendo en cuenta la capacidad empresarial de los colombiano

·               LEY 905 DE 2004. "Por medio de la cual se modifica la Ley 590 de 2000 sobre promoción del desarrollo de la micro, pequeña y mediana empresa colombiana y se dictan otras disposiciones".

Artículo 1º. El literal b) del artículo 1º de la Ley 590 de 2000 quedará así:

b) Estimular la promoción y formación de mercados altamente competitivos mediante el fomento a la permanente creación y funcionamiento de la mayor cantidad de micro, pequeñas y medianas empresas, Mipymes.

 

c)             NORMATIVIDAD DISTRITAL

Plan de Desarrollo “Bogotá Mejor para Todos” Acuerdo No. 645 de 2016. “Por el cual se adopta el Plan de Desarrollo económico, social, ambiental y de obras públicas para Bogotá, D.C., 2016 – 2020 “Bogotá Mejor para Todos”, tiene por objetivo propiciar el desarrollo pleno del potencial de los habitantes de la ciudad, para alcanzar la felicidad de todos en su condición de individuos, miembros de familia y de la sociedad.

La estrategia del Plan se estructura en tres (3) Pilares y cuatro (4) Ejes Transversales, consistentes con el Programa de Gobierno, y que a su vez contienen las políticas generales y sectoriales.

CAPÍTULO VI. EJE TRANSVERSAL 2: DESARROLLO ECONÓMICO BASADO EN EL CONOCIMIENTO

Artículo 43°. Definición - Desarrollo Económico Basado en el Conocimiento. Este eje transversal prevé las acciones para promover las condiciones necesarias para que los negocios prosperen y se profundice la interacción entre las instituciones públicas del orden distrital, la comunidad académica y el sector productivo. Los programas del Plan en esta materia están enfocados a mejorar las condiciones de calidad de vida urbana con el propósito que las personas, en cualquier ámbito del conocimiento o los saberes, puedan elegir a Bogotá como su lugar de residencia por ser éste un espacio en el cual pueden desarrollar su creatividad plenamente; teniendo en cuenta que el factor crítico para la competitividad moderna supone contar con personas de las mejores calidades, de manera que se potencialice el desarrollo económico de la ciudad y sus habitantes.

 Artículo 44°. Fundamentar el desarrollo económico en la generación y uso del conocimiento para mejorar la competitividad de la Ciudad Región

 El objetivo de este programa es convertir la generación y el uso del conocimiento en el eje de desarrollo económico para la ciudad, mediante la consolidación del ecosistema de emprendimiento y de innovación, de tal manera que se fortalezcan las capacidades de los diferentes actores, se potencien los espacios de colaboración y apoyo a iniciativas empresariales, y reconocimiento del desarrollo de la industria creativa y la economía naranja, se dinamice la interacción pública y privada para alcanzar los objetivos comunes de la ciudad y se utilicen las capacidades científicas y tecnológicas en dichos objetivos.

 En desarrollo de este objetivo se aplicarán los principios de colaboración y coordinación con entidades territoriales de la ciudad región para potenciar el impacto regional de las iniciativas.

 Se gestionará un modelo de ciudad innovadora en la cual confluyen en un espacio físico, entidades tales como empresas, universidades, entidades públicas científicas y tecnológicas, que tendrá una gerencia encargada de su operación.

 

IV. CONSIDERACIONES

 

Según la Asociación Colombiana de Industriales del Calzado, el Cuero y sus Manufacturas (ACICAM) y la la Encuesta Mensual Manufacturera (EMM) del DANE a marzo del 2017, la producción y ventas reales en el sector del calzado, en el primer trimestre de 2017, registraron una variación de 4% y -11.4% respectivamente. En cuanto al empleo este registró una caída de -4.5%.

Fuente DANE - Elaboración ACICAM

 

Según la misma encuesta del DANE, el sector marroquinero en enero a marzo de 2017, observa caídas de -28% en la producción y de -28.8% en las ventas totales.

 

“Las exportaciones de marroquinería, en los tres primeros meses de 2017, ascienden a 11.3 millones de dólares con una variación de -28.4% frente a los 15.7 millones de dólares exportados en el mismo periodo de 2016. Esta variación se presentó principalmente por la caída de las ventas hacia Estados Unidos, Perú y Panamá, con variaciones de -35%, -41% y -57%, respectivamente” [1]

 

 

Fuente: Dirección de Estudios Sectoriales-ACICAM

 

La producción de cuero en Colombia registró un decrecimiento de -16.1% en los tres primeros meses del año 2017. Respecto a las ventas se observa una variación de -26.6%. El empleo muestra una caída de -4.9%.

 

“Las exportaciones de cuero en enero a marzo de 2017 ascienden a 29.8 millones de dólares con una variación de -19.7% respecto al primer trimestre de 2016. De estas US$7 millones corresponden a cuero crudo y US$ 14 millones a wet blue” [2]

 

 

Fuente: Dirección de Estudios Sectoriales-ACICAM

 

El departamento que mas exporta cuero es Atlántico (47%), le sigue en orden de importancia Antioquia (22%) y Bogotá y Cundinamarca (21%).

 

Como se evidencia con lo anteriormente expuesto la industria de la marroquinería y el calzado, tanto en el país como en la ciudad, presenta una reducción importante en temas de ventas reales, es por esta razón que debemos promover la industria del cuero, calzado, marroquinería y afines en la ciudad de Bogotá, convirtiendo esto en una posibilidad de volver a la ciudad un referente no solo a nivel nacional sino también internacional de esta industria.

 

Se debe propender por promocionar los productos bogotanos a los ciudadanos, para lograr un mayor crecimiento económico y la generación de empleo digno a más personas, para así lograr que la ciudad genere una mejor calidad de vida para todos los que la habitan.

 

Respecto a este tema, en la Cámara de Comercio de Bogotá encontramos el Clúster Bogotá cuero, calzado y marroquinería, en el que los ciudadanos pueden encontrar un listado de negocios de esta rama.

 

“ La historia  de  calzado  de  cuero  en  Colombia  esta  íntimamente  ligada  a  la evolución   que   ha   tenido   este   proceso   en   Bogotá   dada   su   ubicación geográfica    y    la    población    que    alberga    como    consecuencia    del desplazamiento forzado de otras zonas del país debido en gran medida a los  problemas  de violencia  y  desastres  naturales,  situación  que  ha  congregado una  gran  masa  poblacional  con  intenciones  de  buscar  mejores  condiciones de  vida,  radicando  su  interés  productivo  en  esta  ciudad.  Es  así  como aparecen  las  primeras  manifestaciones  frente  al  proceso  de  producción  de calzado, utilizando medios incipientes y artesanales con el objeto de producir un  gran  volumen  de  zapatos,  estos  sistemas  de  producción  se  organizaron en diferentes sectores de la capital tales como barrio Restrepo, San Victorino y  Siete  de  agosto,  entre  otros,  aunque  mas  adelante  este  sistema  se concentra fundamentalmente en el barrio Restrepo.”[3]

 

“En clima frío los primeros vestidos se elaboraron de cuero y pieles que se obtenían después del sacrificio o de la caza. La industria colombiana del cuero, cuarto lugar en Latinoamérica, en particular está ajustada a prácticas dañinas para el medio ambiente…  … Para que el cuero quede limpio en la primera etapa del proceso, se utiliza bastante agua, cal, sulfuro, amonio, sodio y cromo. En el barrio San Benito de la Localidad de Tunjuelito, la contaminación del aire se evidencia por los malos olores y el contagio de cuerpos de agua originados por residuos de las más de 400 curtiembres que allí funcionan. En esta Localidad de Bogotá, la exposición al cromo ha contribuido en el aumento del cáncer pulmonar, indica un estudio dirigido por el Departamento de Toxicología de la Universidad Nacional de Colombia.” [4]

 

Uno de los lugares mas representativos en Bogotá de la industria del Cuero, el Calzado, la Marroquinería y afines es el barrio Restrepo, los primeros pobladores de este barrio fueron provenientes de Cundinamarca y Boyacá, su creación data del año 1935 y está enmarcado en la notable expansión que sufrió la ciudad en la década de lo 30’s dada durante el periodo presidencial del señor Alfonso López Pumarejo.

 

El 1 de mayo de 1936 se inauguraron las primera 30 casas, “en  la década  del  cincuenta,  aparecen  los  desplazados  de  la  violencia  política, principalmente  del  Valle  del  Cauca;  algunos,  por  tener  familias  en  el  barrio, se  radicaron;  otros,  por  los  bajos  arriendos,  tomaron  las  casas  y  las convirtieron en pequeñas fábricas de calzado. Los comerciantes de cueros e insumos  para  zapatería  se  trasladaron  del  sector  de  San  Victorino  al Restrepo  para  tener  más  cerca  a  sus  clientes.  Todo  esto  propició  el  auge comercial  del  calzado  (1960),  que  ha  identificado  al  barrio  local,  nacional  e internacionalmente  como  uno  de  los  polos  de  mayor  desarrollo  de  esta importante industria” [5]

En este lugar funcionan unas 1.500 empresas de calzado, y cuenta con la marca “Hecho en el Restrepo”, barrio considerado insignia de la industria del calzado y donde funciona el Museo del Cuero. La mayoría de pymes dedicadas a esta actividad, afrontan problemas financieros en todo el país, por la inundación de calzado asiático.

 

En su conjunto el sector es uno de los más significativos de la industria colombiana, como que representa cerca del 1% de la producción y participa con más de 3% del empleo.” [6]

 

La Alcaldía Mayor de Bogotá, a través de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, realizó los días 12 y 13 de mayo de 2017 la I Feria de Calzado y Marroquinería, el evento contó con la participación de  45 emprendedores, empresarios y fabricantes de calzado y accesorios de cuero.

Por medio de esta iniciativa, la Alcaldía buscó que los emprendedores y empresarios del barrio El Restrepo fortalecieran sus vínculos comerciales, incrementaran sus ventas y posicionaran sus marcas, haciendo de Bogotá y el Restrepo un escenario propicio para el desarrollo empresarial de la ciudad.

Según el Programa de Transformación Productiva del Gobierno Nacional los departamentos de origen de las exportaciones de cuero, calzado marroquinería y afines fueron: 

 

Departamento

2011

2012

2013

2014

2015

Ene-May 2015

Ene-May 2016

Total Departamentos

276.806.413

283.225.021

312.761.433

322.760.300

269.234.606

127.020.552

91.987.180

Bogotá, D.C.

91.121.160

101.703.112

98.659.821

88.986.235

85.355.605

37.888.190

33.299.085

Antioquia

65.876.523

58.385.170

69.618.892

76.189.229

56.009.369

28.963.117

16.020.017

Atlántico

37.189.048

37.431.958

50.586.087

56.231.388

52.177.841

25.015.225

18.263.593

Valle del Cauca

37.352.881

35.809.111

33.094.541

29.301.666

26.110.590

10.902.208

6.906.648

Fuente: DANE-DIAN

Nota: Se presentan los principales resultados ordenados de mayor a menor correspondientes al último período disponible.

 

 

Los principales destinos de exportación para el año 2015 fueron

Estados Unidos: 56.788.534

Italia: 43.185.492

Ecuador: 19.584.586

China: 19.174.817

Venezuela: 16.276.451

México: 12.093.861

Taiwán: 10.458.345

Perú: 6.316.697

Chile: 5.050.863

 

Fuente: DANE-DIAN

Valor de las Exportaciones en dólares

 

V. JUSTIFICACIÓN

 

En el año 2016 la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible entra en vigor, en esta agenda se ha definido “la oportunidad de adoptar un conjunto de objetivos globales para erradicar la pobreza, proteger el planeta y asegurar la prosperidad para todos como parte de una nueva agenda de desarrollo sostenible. Cada objetivo tiene metas específicas que deben alcanzarse en los próximos 15 años”[7], el objetivo número 8 re refiere Promover el crecimiento económico sostenido, inclusivo y sostenible, el empleo pleno y productivo y el trabajo decente para todos

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En este objetivo encontramos varias metas que resaltan la importancia de promover políticas y programas que apoyen las actividades económicas y brinden oortunidades a los ciudadanos, así mismo que fortalezcan y promuevan el crecimiento de los sectores económicos. “Lograr niveles más elevados de productividad económica mediante la diversificación, la modernización tecnológica y la innovación, entre otras cosas centrando la atención en sectores de mayor valor añadido y uso intensivo de mano de obra

Promover políticas orientadas al desarrollo que apoyen las actividades productivas, la creación de empleo decente, el emprendimiento, la creatividad y la innovación, y alentar la oficialización y el crecimiento de las microempresas y las pequeñas y medianas empresas, entre otras cosas mediante el acceso a servicios financieros”[8]

 

Frente a la aglomeración productiva, el documento de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL)[9], ha mencionado que el concepto fue utilizado originalmente por Michael Porter (1990) para explicar el desempeño sobresaliente de grupos de empresas reunidas en un lugar y ocupadas en determinada actividad, siendo una concentración geográfica de empresas, proveedores de insumos y servicios especializados e instituciones conexas, todos los cuales trabajan en forma coordinada, en estrecha interacción, de lo que derivan sinergias y externalidades positivas (Universidad de Harvard)

 

El consenso se inclina actualmente hacia la siguiente caracterización: conjunto de empresas que trabajan en un mismo rubro o en rubros afines y que están geográficamente cerca unas de otras (Schmitz y Nadvi, 1999) o en una versión algo más compleja, grupo de empresas e instituciones afines interconectadas, que trabajan en cierto rubro y están geográficamente próximas entre sí, eslabonadas por lo que tienen en común y por sus complementariedades (Porter, 2000)

 

En conclusión, teniendo en cuenta los anteriores conceptos, la industria del calzado, cuero, marroquinería y afines que se realiza en el Barrio Restrepo del Distrito Capital, puede considerarse como una “aglomeración productiva”, pues contiene los elementos de (i) ser un grupo de empresas (ii) reunidas en un solo lugar y (iii) ocupadas en una misma actividad.

 

Por las razones anteriormente expuestas, consideramos de gran importancia que el Cabildo Distrital haga un reconocimiento a la tradición y técnica artesanal utilizada por los habitantes del Barrio Restrepo en la elaboración y tratamiento del cuero para la producción del calzado y marroquinería en general.

 

Con este tipo de acuerdos lo que se pretende, en la ciudad de Bogotá D.C., es impulsar la economía, reducir la pobreza y mejorar las condiciones de vida de un sin número de personas, así como ser referentes en el país y la región. Si bien es cierto el Distrito desde hace algunos años viene trabajando el tema de apoyar y promover los sectores de la industria que son significativos en la ciudad, se debe ahondar en los esfuerzos por promover, reconocer e incentivar los sectores económicos que son de vital importancia en la economía Distrital.

 

VI. COMPETENCIA DEL CONCEJO DE BOGOTÁ D.C.

 

CONSTITUCIÓN NACIONAL

“Artículo 313. Corresponde a los concejos:

1.             Reglamentar las funciones y la eficiente prestación de los servicios a cargo del municipio.

(…)

9. Dictar las normas necesarias para el control, la preservación y defensa del patrimonio ecológico y cultural del municipio. “

 

DECRETO LEY 1421 DE 1993.  Esta iniciativa también encuentra respaldo de competencias en los siguientes artículos del Decreto 1421 de 1993:

 

 “ARTÍCULO 12. Atribuciones. Corresponde al Concejo Distrital, de conformidad con la Constitución y a la ley:

 

1-             Dictar las normas necesarias para garantizar el adecuado cumplimiento de las funciones y la eficiente prestación de los servicios a cargo del Distrito.

13 - Regular la preservación y defensa del patrimonio cultural

 

VII. IMPACTO FISCAL.

 

El presente proyecto de acuerdo no genera impacto fiscal, ni afecta el marco fiscal de mediano plazo, según lo establecido en el artículo 7º de la Ley 819 de 2003.

 

Sin embargo, es relevante mencionar, que para el caso concreto, la Corte Constitucional en Sentencia C-911 de 2007, puntualizó que el impacto fiscal de las normas, no puede convertirse en óbice, para que las corporaciones públicas ejerzan su función legislativa y normativa, afirmando:

 

“En la realidad, aceptar que las condiciones establecidas en el art. 7° de la Ley 819 de 2003 constituyen un requisito de trámite que le incumbe cumplir única y exclusivamente al Congreso reduce desproporcionadamente la capacidad de iniciativa legislativa que reside en el Congreso de la República, con lo cual se vulnera el principio de separación de las Ramas del Poder Público, en la medida en que se lesiona seriamente la autonomía del Legislativo”.

 

“(…) Precisamente, los obstáculos casi insuperables que se generarían para la actividad legislativa del Congreso de la República conducirían a concederle una forma de poder de veto al Ministro de Hacienda sobre las iniciativas de ley en el Parlamento. Es decir, el mencionado artículo debe interpretarse en el sentido de que su fin es obtener que las leyes que se dicten tengan en cuenta las realidades macroeconómicas, pero sin crear barreras insalvables en el ejercicio de la función legislativa ni crear un poder de veto legislativo en cabeza del Ministro de Hacienda”.

 

Sin otro particular.

 

Cordialmente;

 

 

 

 

ANGELA SOFÍA GARZÓN CAICEDO                                 PEDRO JAVIER SANTIESTEBAN MILLÁN

Concejal de Bogotá D.C.                                                 Concejal de Bogotá D.C.

Partido Centro Democrático                                            Partido Centro Democrático

 

 

 

 

ROLANDO GONZALEZ GARCIA                                       DIEGO ANDRÉS MOLANO APONTE

Concejal de Bogotá D.C.                                                Concejal de Bogotá D.C.

Partido Cambio Radical                                                  Partido Centro Democrático

 

 

 

 

DANIEL ANDRÉS PALACIOS MARTINEZ                              DIEGO FERNANDO DEVIA TORRES

Concejal de Bogotá D.C.                                                  Concejal de Bogotá D.C.

Partido Centro Democrático                                             Partido Centro Democrático

 

 

 

 

GLORIA ELSY DIAZ MARTÍNEZ                                             ROBERTO HINESTROSA REY

Concejal de Bogotá D.C.                                                  Concejal de Bogotá D.C.

Partido Conservador                                                          Partido Cambio Radical

 

 

 

 

MARÍA VICTORIA VARGAS SILVA                                      SEGUNDO CELIO NIEVES HERRERA

Concejal de Bogotá D.C.                                                  Concejal de Bogotá D.C.

Partido Liberal Colombiano                                               Partido Polo Democrático

 

 

 

 

YEFER YESID VEGA BOBADILLA                                           NELLY PATRICIA MOSQUERA MURCÍA

Concejal de Bogotá D.C.                                                   Concejal de Bogotá D.C.

Partido Cambio Radical                                                     Partido de la U

 

 

 

 

 

ANDRES EDUARDO FORERO MOLINA                                  MARÍA CLARA NAME RAMIREZ

Concejal de Bogotá D.C.                                                    Concejal de Bogotá D.C.

Partido Centro Democrático                                               Partido Alianza Verde

 

 

 

 

JUAN FELIPE GRILLO CARRASCO                                         EMEL ROJAS CASTILLO

Concejal de Bogotá D.C.                                                    Concejal de Bogotá D.C.

Partido Cambio Radical                                                      Movimiento Libres

 

 

 

 

 

RICARDO ANDRÉS CORREA                                                  DAVID BALLEN HERNANDEZ

Concejal de Bogotá D.C.                                                     Concejal de Bogotá D.C.

Partido de la U                                                                       Partido de la U

 

 

 

 

 

DORA LUCÍA BASTIDAS UBATE                                             NELSON CUBIDES

Concejal de Bogotá D.C.                                                    Concejal de Bogotá D.C.

Partido Alianza Verde                                                          Partido Conservador

 

 

 

 

 

JOSE DAVID CASTELLANOS                                                  JULIO CESAR ACOSTA

Concejal de Bogotá D.C.                                                     Concejal de Bogotá D.C.

Partido Cambio Radical                                                       Partido Cambio Radical

 

 

 

 

 

GERMAN GARCÍA MAYA                                                     LUZ MARINA GORDILLO

Concejal de Bogotá D.C.                                                    Concejal de Bogotá D.C.

Partido Liberal                                                                       Partido Liberal

 

 

 

CESAR ALFONSO GARCÍA VARGAS                                   

Concejal de Bogotá D.C.                                                    

Partido Cambio Radical                                                      

 

 

 

 

PROYECTO ACUERDO ___________ DE 2018

 

“POR MEDIO DEL CUAL SE DECLARA EL 25 DE OCTUBRE COMO EL DÍA DISTRITAL DEL CALZADO, EL  CUERO, LA MARROQUINERÍA Y AFINES Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES”

 

EL CONCEJO DE BOGOTÁ D. C.

 

En uso de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas por el Decreto-Ley 1421 de 1993 en su artículo 12, numerales 1 Y 9

 

ACUERDA:

 

ARTÍCULO PRIMERO. Declárese el 25 de octubre como el Día Distrital del Calzado, el Cuero, la Marroquinería y afines.

 

ARTÍCULO SEGUNDO. Institucionalícese la realización de una feria de Calzado, Cuero, Marroquinería y afines en la Plaza de los Artesanos de Bogotá D.C., el cuarto sábado del mes de octubre de cada año, en el marco de la celebración del Día Distrital de la Marroquinería y el Calzado.

 

ARTÍCULO TERCERO. La Administración Distrital promoverá la realización de ferias de Calzado y marroquinería de manera progresiva en las localidades de la ciudad.

 

PARÁGRAFO: La Secretaría Distrital de Desarrollo Económico organizará y coordinará estos eventos de que trata el presente artículo con el apoyo de las entidades competentes.

 

ARTICULO CUARTO.  El presente Acuerdo rige a partir de su fecha de publicación

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

 

 

DANIEL ANDRÉS PALACIOS MARTÍNEZ                    DAGOBERTO GARCÍA BAQUERO

Presidente                                                      Secretario General de Organismo            de Control

 

 

ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO

Alcalde Mayor de Bogotá, D.C



[1] Asociación Colombiana de Industriales del Calzado, el Cuero y sus Manufacturas, ¿COMO VA EL SECTOR?, enero a marzo 2017

[2] Ibídem

[3] [3] Tesis (Contadora Pública). -- Universidad de La Salle. Facultad de Ciencias Administrativas y Contables. Programa de Contaduría Pública, 2010

[4] http://www.ccb.org.co/Clusters/Cluster-de-Cuero-Calzado-y-Marroquineria/Noticias/2016/Junio/Cuero-Calzado-y-Marroquineria-sector-de-talla-mundial

[5] Tesis (Contadora Pública). -- Universidad de La Salle. Facultad de Ciencias Administrativas y Contables. Programa de Contaduría Pública, 2010

[6] Disponible en: http://www.ccb.org.co/Clusters/Cluster-de-Cuero-Calzado-y-Marroquineria/Noticias/2016/Junio/Cuero-Calzado-y-Marroquineria-sector-de-talla-mundial

[7] ONU http://www.un.org/sustainabledevelopment/es/objetivos-de-desarrollo-sostenible/#

[8] ONU http://www.un.org/sustainabledevelopment/es/economic-growth/

[9] Aglomeraciones en torno a los recursos naturales en América Latina y el Caribe