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Decreto Local 007 de 2023 Alcaldía Local de Puente Aranda

Fecha de Expedición:
30/03/2023
Fecha de Entrada en Vigencia:
12/05/2023
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7717 del 12 de mayo de 2023.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 007 DE 2023

 

(Marzo 30)

 

Por el cual se crea la Red Local de Huertas, Agroecología y Prácticas Sostenibles de la localidad de Puente Aranda

 

EL ALCALDE LOCAL DE PUENTE ARANDA

 

En uso de sus facultades legales, y en especial las conferidas en el artículo 86 del Decreto Ley 1421 de 1993, modificado por la Ley 2116 de 2021 y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que en la localidad de Puente Aranda existen diversos ciudadanos organizados y no organizados que desarrollan actividades de siembra, desarrollo de huertas, agroecología y diversas prácticas sostenibles en espacios públicos y privados con el ánimo de establecer conciencia ambiental y de soberanía alimentaria.

 

Que las huertas urbanas y los espacios agroecológicos y de prácticas sostenibles se han vuelto un espacio de discusión, encuentro y desarrollo de acciones sociales primordiales para la concientización de los ciudadanos frente a temas como la soberanía alimentaria, la ecología y el aprovechamiento de los residuos orgánicos estableciendo unos nuevos hábitos para la disposición de los mismos.

 

Que la Alcaldía Local de Puente Aranda considera necesario articular a través de una red, a los ciudadanos de la localidad que desarrollan acciones de huertas, agroecología y diversas prácticas sostenibles con el ánimo de generar unos canales efectivos de comunicación para el intercambio de saberes, educación y estimulación de la cultura del trueque de productos, semillas, cosechas, técnicas, y generar otras acciones en general para garantizar la cooperación entre ellos, así como promover la acción efectiva de la administración en busca de una armonía entre el ser humano y la naturaleza.

 

En mérito de lo expuesto,

 

DECRETA:

 

Artículo 1. Objetivo: Articular las iniciativas de huertas, agroecología y prácticas sostenibles de la Localidad de Puente Aranda en una red que posibilite el intercambio de saberes, experiencias, materias primas y productos para diversificar y promover la actividad en más habitantes de la localidad, con mayores estándares de calidad, procesos de concertación con la comunidad y ajuste a la normatividad vigente aportando a la mitigación del impacto del cambio climático.

 

Artículo 2. Convóquese a todos (sic) la ciudanía interesada en integrar “la red local de huertas, agroecología y prácticas sostenibles de la localidad de Puente Aranda” con el fin de establecer un canal de comunicación, apoyo y fomento de las acciones que busquen la promoción y el fomento de las huertas agroecología y prácticas sostenibles en la localidad de Puente Aranda.

 

Artículo 3. Defínase como punto de inscripción virtual a la Red, la página web de la Alcaldía Local de Puente Aranda y como punto de inscripción presencial la Alcaldía Local. Para realizar la inscripción no se establece ningún tipo de requisito más que la voluntad expresada por el ciudadano de participar y que la labor que se desarrolle tenga una incidencia en la Localidad de Puente Aranda. Para tal efecto, será necesario aportar unos datos de ubicación para establecer comunicación en caso de ser necesario. El registro estará en custodia de la Alcaldía Local de Puente Aranda y los datos serán tratados conforme a la ley de protección de datos vigente.

 

Artículo 4. Articúlese la Red con las instancias locales que tengan relación con estos procesos, y demás entidades y organizaciones necesarias para adelantar acciones conjuntas que permitan el logro de objetivos comunes.

 

Artículo 5. La Alcaldía Local en asocio con las entidades públicas y privadas realizarán capacitaciones y procesos de formación para cualificar la labor de los huerteros y huerteras de la Red y así mismo, formar a los ciudadanos sobre la normatividad vigente que se dicte al respecto.

 

Artículo 6. Encuentros: para efectos del encuentro y comunicación entre la “la red local de huertas, agroecología y prácticas sostenibles de la localidad de Puente Aranda”, se conformará por parte de la Alcaldía Local una estrategia de comunicación virtual de forma permanente y se establecerán reuniones presenciales al menos 4 veces al año según las necesidades manifestadas por los integrantes de la Red.

 

Se expide en Bogotá, D.C., a los 30 días del mes de marzo del año 2023.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

JUAN PABLO BELTRÁN VARGAS

 

ALCALDE LOCAL DE PUENTE ARANDA