Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Proyecto de Acuerdo 041 de 2021 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
--/ 00/2021
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

PROYECTO DE ACUERDO No. 041 DE  2021

 

Ver Acuerdo Distrital 823 de 2021 Concejo de Bogotá, D.C.

 

POR EL CUAL SE ESTABLECEN NORMAS PARA EL ACCESO A INFORMACIÓN BÁSICA EN TIEMPO REAL SOBRE EL CUERPO ARBÓREO DEL DISTRITO CAPITAL

 

EXPOSICION DE MOTIVOS

 

I. OBJETO DEL PROYECTO.

 

El proyecto de acuerdo que se presenta a consideración del Honorable Concejo tiene como objetivo permitir a la ciudadanía el acceso a información de interés sobre el arbolado de Bogotá, de tal forma que la comunidad pueda estar informada sobre el patrimonio ecológico de la Capital del país con el aprovechamiento de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. Así mismo, se busca que los turistas y visitantes de la Capital puedan recibir información sobre las especies que encuentren durante el recorrido por la ciudad.

 

II. ANTECEDENTES DEL PROYECTO DE ACUERDO.

 

Esta iniciativa ya ha sido presentada y radicada ante el Concejo de Bogotá por la bancada del partido Cambio Radical en periodo anterior.

 

·                El Proyecto de Acuerdo 036 de 2019 recibió ponencia de los H.C. María Victoria Vargas Silva y Juan Carlos Florez, los cuales presentaron ponencia negativa a la iniciativa.

 

·                El Proyecto de Acuerdo 240 de 2019 tuvo una ponencia conjunta positiva de los H.C. Dora Lucía Bastidas Ubaté y Nelsón Cubides

 

·                El Proyecto de Acuerdo 302 de 2019 fue sorteado y se les asignó ponencia a los H.C. Olga Victoria Rubia Cortez y Segundo Celio Nieves Herrera. En dicha oportunidad el proyecto fue retirado y no se alcanzó a presentar ponencia al respecto.

 

·                El Proyecto de Acuerdo 056 de 2020 fue sorteado y se les asignó ponencia a los H.C. Carlos Alberto Carrillo Arenas, H.C. Julián David Rodríguez Sastoque y H.C. Adriana Carolina Arbeláez Giraldo. En dicha oportunidad el proyecto fue archivado y no se alcanzó a presentar ponencia al respecto.

 

III. JUSTIFICACION Y ANALISIS DE CONVENIENCIA DE LA INICIATIVA.

 

En la actualidad el medioambiente es un tema prioritario para muchas ciudades del mundo, a raíz de los alarmantes informes del deterioro ambiental en el planeta; síntomas como la mala calidad del aire, la deforestación, la contaminación de los océanos, el alto consumo de plástico, entre otros, han empeorado el diagnóstico del estado de la Tierra.

 

Es tan crítico el panorama actual, que más de 16 mil científicos de 184 países, firmaron un manifiesto, a finales de 2017, en el que advertían sobre las señales de que el planeta va por un camino insostenible, y en el que hacían recomendaciones para proteger el ambiente[1]. En este contexto, las urbes tienen una responsabilidad inmensa. Crecer de manera sostenible, dándole oxígeno al entorno.

 

En este contexto, se hace necesaria la toma de decisiones para emprender programas y acciones que ayuden a crear conciencia en las comunidades sobre la riqueza ambiental que poseemos y la necesidad de su conservación, en un trabajo mancomunado.

 

En este orden de ideas, la identificación de los árboles del Distrito y la implantación de un código en cada uno de los troncos, contribuiría al conocimiento del entorno, y así mismo, a su preservación, pues en la medida en que cada habitante se informe y se apropie del patrimonio ecológico, va asumir un mayor compromiso con los recursos naturales y va a convertirse en un garante de su conservación.

 

Esta medida desarrolla además los principios constitucionales de participación ciudadana consagrados en el artículo 1º de la Constitución Política, ya que permite un mejor control por parte de la comunidad de la actividad de la Administración en el manejo y cuidado de los árboles en Bogotá.

Así las cosas, la implementación de sistemas tecnológicos que permiten una respuesta rápida a los requerimientos, además de constituirse en un nicho de información para turistas y locales, va a convertirse en una estrategia para la generación de una conciencia ambiental, basada en la apropiación de conocimiento sobre el entorno.

 

Adicionalmente, hay que recordar que nos encontramos en una coyuntura en la que el uso de celulares, del internet y de otros elementos tecnológicos, crece vertiginosamente. De acuerdo con el informe anual Mobile Economy de la GSMA, el número de líneas móviles supera ya la población mundial, con 7.800 millones. Y se calcula que más de la mitad de la humanidad tiene un teléfono inteligente, según la Asociación de Operadores Móviles –GSMA-[2]. Es decir, el acceso a la tecnología es un factor fundamental, en la actualidad, para el involucramiento de la comunidad en procesos que anteriormente eran muy lejanos a la ciudadanía por la ausencia de instrumentos de visibilización e interacción.  Hoy, el camino a la información es más expedito que hace un par de décadas, lo que debería aprovecharse en el desarrollo de políticas mancomunadas entre administración y ciudadanía.

 

Por lo anterior se debe reconocer el avance de las nuevas tecnologías, que al día de hoy permiten hacer diversas tareas de la vida cotidiana, esto sumado a la necesidad promover estrategias de gobierno digital[3] que en cabeza de la Administración Pública provean de más y mejores servicios a la ciudadanía, mediante la presentación de datos e información de interés que estén a disposición de todas las personas y organizaciones interesadas en consultarlas.

 

Algunos, le llevan la delantera a Bogotá en este proceso, pero la Capital del país no debe auto condenarse a ser la última en dar el salto hacia el binomio ambiente-tecnología. En otros países ya se han implementado sistemas que permiten la identificación en tiempo real de las características de los árboles, por ejemplo, en España, específicamente en la ciudad de Valencia, donde incluso, estos códigos han facilitado el apadrinamiento de árboles; una forma novedosa de involucrar a la comunidad en el cuidado de la naturaleza. Incluso, se programan actividades como visitas autoguiadas, en algunos escenarios, gracias a la digitalización de la información que los asistentes quieren conocer sobre cada especie[4]. Este caso se convierte en un modelo para aprovechar los sistemas de información tecnológica en Bogotá, no sólo como información general, sino también para la programación de eventos y recorridos ecológicos.

 

Para no ir tan lejos, veamos el caso de Bucaramanga, donde desde el año 2015 se “carnetizó” a los árboles. Si bien han presentado algunas fallas en el proceso que han obligado a hacer cambios (como la instalación de unas guayas inadecuadas para sostener las placas)[5], se han dado pasos importantes en el uso de la tecnología para el acercamiento de la ciudadanía a la flora. Hoy Bogotá puede incluso aprender de estos errores, para emprender un proceso exitoso en la materia.

 

http://www.bucaramanga.gov.co/noticias/wp-content/uploads/2018/03/arboles.jpg

Foto: https://www.bucaramanga.gov.co/noticias/30-120-arboles-fueron-censados-con-informacion-por-la-subsecretaria-del-medio-ambiente-de-bucaramanga/

 

Orientado a tal fin, se propone el aprovechamiento de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (en adelante TIC), para el conocimiento del arbolado de Bogotá. Este sistema podrá ser desarrollado e implementado por el Jardín Botánico de Bogotá y las demás entidades distritales encargadas de la identificación de los árboles, y será aplicado a los árboles que se encuentren en el espacio público de la ciudad, con base en la información consignada, actualmente, en el Sistema de Información para la Gestión del Arbolado Urbano –SIGAU.

-----

La herramienta tecnológica que podrá implementar la Administración Distrital contendrían los siguientes datos, a consultarse en tiempo real, a través de celulares, tablets, y demás dispositivos móviles los cuales pueden ser activados mediante el reconocimiento de sistemas de navegación de realidad aumentada o de geolocalización basada en información existente en códigos QR, a manera de ejemplo:

 

-                                     Nombre común y científico de la especie.

-                                     Estado fitosanitario.

-                                     Georreferenciación (coordenadas de ubicación)

-                                     Periodicidad con la que se le ha hecho revisión.

-                                     Edad.

 

Inicialmente, se podría utilizar como insumo la información básica existente en la actualidad en el Sistema de Información para la Gestión del Arbolado Urbano –SIGAU–. los cuales cuentan con referencias generales de la especie dadas las características de localización de cada individuo en el espacio público de la capital, más adelante, se podría ampliar progresivamente la información sobre cada especie, en la medida en que se realicen nuevos estudios y se cuente con mayor cantidad de datos que puedan ser de utilidad para las personas interesadas en el arbolado de Bogotá.

 

IV.           SUSTENTO JURÍDICO DE LA INICIATIVA

 

El artículo 79 de la Constitución Política establece que “(…) Es deber del Estado proteger la diversidad e integridad del ambiente, conservar las áreas de especial importancia ecológica y fomentar la educación para el logro de estos fines”[6].

 

Así mismo, el artículo 80 de la Carta Magna señala que “El Estado planificará el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales, para garantizar su desarrollo sostenible, su conservación, restauración o sustitución (…)”.

 

También, la Declaración de Río sobre el Medioambiente y el Desarrollo, cuyos principios fueron adoptados en la ley 99 de 1993 señala, en el principio 2, que “los Estados tienen el derecho soberano de aprovechar sus propios recursos según sus propias políticas ambientales y de desarrollo, y la responsabilidad de velar por que las actividades realizadas dentro de su jurisdicción o bajo su control no causen daños al medio ambiente de otros Estados o de zonas que están fuera de los límites de la jurisdicción nacional”.

 

En correspondencia con este enunciado, la Declaración de Estocolmo, ratificada por Colombia el 16 de junio de 1972, sobre el medioambiente humano indica, en el principio 4, que “el hombre tiene la responsabilidad especial de preservar y administrar juiciosamente el patrimonio de la flora y la fauna silvestres y su hábitat, que se encuentran actualmente en grave peligro por una combinación de factores adversos. En consecuencia, al planificar el desarrollo económico debe atribuirse importancia a la conservación de la naturaleza, incluidas la flora y la fauna silvestres”.

 

En el contexto local, el acuerdo 435 de 2010, del Concejo de Bogotá "Por medio del cual se dictan lineamientos para ampliar la cobertura arbórea en parques y zonas verdes de equipamientos urbanos públicos", enfatiza en la importancia de una planificación para la arborización urbana.

 

Además, es de suma importancia el decreto 531 de 2010, que en el artículo 7, define la “articulación SIA-SIGAU como el sistema oficial de información del arbolado urbano de Bogotá D. C. La administración y desarrollo del SIGAU será responsabilidad del Jardín Botánico José Celestino Mutis, el cual trabajará en asociación con el SIA. El Jardín Botánico José Celestino Mutis debe garantizar que cada árbol plantado este incorporado en el SIGAU”, base de datos que serviría de insumo para la ejecución del presente proyecto.

 

De igual forma, el artículo 4, de la Ley 1341 del 30 de julio de 2009, establece “Propender por la construcción, Operación y mantenimiento de infraestructuras de las tecnologías de La información y las comunicaciones por la protección del medio ambiente y la salud pública”.

 

V.             MARCO JURÍDICO Y COMPETENCIA DEL CONCEJO DE BOGOTA

 

De conformidad con el artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993:

 

“ARTICULO 12. ATRIBUCIONES. Corresponde al Concejo Distrital, de conformidad con la Constitución y a la ley:

1. Dictar las normas necesarias para garantizar el adecuado cumplimiento de las funciones y la eficiente prestación de los servicios a cargo del Distrito.

7. Dictar las normas necesarias para garantizar la preservación y defensa del patrimonio ecológico, los recursos naturales y el medio ambiente”.

 

Por su parte, el artículo 13, del mismo decreto, señala:

 

“ARTICULO 13. INICIATIVA. Los proyectos de acuerdo pueden ser presentados por los concejales y el alcalde mayor por conducto de sus secretarios, jefes de departamento administrativo o representantes legales de las entidades descentralizadas. El personero, el contralor y las juntas administradoras los pueden presentar en materias relacionadas con sus atribuciones. De conformidad con la respectiva ley estatutaria, los ciudadanos y las organizaciones sociales podrán presentar proyectos de acuerdo sobre temas de interés comunitario.

 

Por lo tanto, el Concejo de Bogotá, D.C., cuenta con facultades y competencia para dictar las normas introducidas mediante el presente Proyecto de Acuerdo. 

 

VI.           IMPACTO FISCAL

 

Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 7º de la ley 819 de 2003, el presente proyecto de acuerdo no genera impacto fiscal, ni gastos en el presupuesto actual o futuras vigencias, puesto que existe en el Distrito la entidad especializada en el tema que pueda adelantar esta gestión, con las funciones que permiten la implementación de estas herramientas tecnológicas con los gastos propios del cumplimiento de éstas.

 

Así, el Decreto Distrital 040 de 1993 Por el cual se precisa la naturaleza jurídica, la estructura orgánica, las fuentes de financiación y las funciones del Jardín Botánico "José Celestino Mutis", establece como funciones del Jardín Botánico, entre otras:

 

1. Adelantar investigaciones científicas para ampliar el conocimiento de la flora, de la biología de las plantas del medio ambiente donde crecen, y de la fauna autóctona de la región. 2. Desarrollar programas de educación para personas de diferentes edades, estudios o intereses, sobre botánica, ecología y medio ambiente. 3. Promover mediante programas educativos y recreativos la conservación de los recursos naturales y apoyar el Plan de Gestión Ambiental del Distrito.  4. Propender por el incremento de los estudios botánicos, mediante la colaboración con los demás Jardines Botánicos del país y del exterior y con otros centros científicos y educativos similares.  5. Mantener y preservar en sus predios, especies de plantas en vía o en peligro de extinción.  6. Mantener refugios de flora y fauna en áreas cubiertas por la vegetación natural, destinados a proteger aquellas especies que no puedan prosperar bajo condiciones climáticas del Jardín Botánico o bajo invernaderos.  7. Estimular en el público el amor por las plantas, mediante el desarrollo de programas recreativos y la entrega de información adecuada sobre ellas. 8. Suministrar material de propagación de especies de plantas que se quieran probar en condiciones variadas de clima y suelo. 9. Divulgar los resultados de las investigaciones sobre las plantas y su vida, en forma asequible a todos los niveles de educación, desde el infantil hasta el profesional especializado, teniendo como meta la adquisición y diseminación del conocimiento botánico.  10. Colaborar con las demás entidades del Distrito Capital, particularmente con la Universidad Distrital Francisco José de Caldas, con autoridades locales y con el sector privado, en programas de arborización y ornamentación de la ciudad.  11. Las demás afines o relacionadas con las anteriores y las que le encomienden el Gobierno Distrital y el Concejo de la ciudad.

 

VII.                              BIBLIOGRAFIA

 

Chío, Juan Carlos. En dos semanas se cambiarán guayan que “estrangulan” los árboles en Bucaramanga. En: Vanguardia (11 de abril de 2018). Ver en: http://www.vanguardia.com/area-metropolitana/bucaramanga/429806-en-dos-semanas-se-cambiaran-guayas-que-estrangulan-los-arboles

 

Christensen, Jen. Más de 16.000 científicos firman advertencia a la humanidad sobre la salud del planeta. En: CNN (15 de noviembre de 2017). Ver en: https://cnnespanol.cnn.com/2017/11/15/mas-de-16-000-cientificos-firman-advertencia-a-la-humanidad-sobre-la-salud-del-planeta/

 

Gobierno Nacional. (s.f.). Datos Abiertos - Gobierno Digital. Recuperado 17 enero, 2020, de https://estrategia.gobiernoenlinea.gov.co/623/w3-article-9407.html

 

http://espores.org/es/investigacion/els-codis-qr-botanics.html

 

Muñoz, Ramón. El número de líneas móviles supera por primera vez a la población mundial. En: El País. (27 de febrero de 2018). Ver en: https://elpais.com/tecnologia/2018/02/27/actualidad/1519725291_071783.html

 

VIII.        ARTICULADO

 

PROYECTO DE ACUERDO No. _____________ DE 2021.

 

“POR EL CUAL SE ESTABLECEN NORMAS PARA EL ACCESO A INFORMACIÓN BÁSICA EN TIEMPO REAL SOBRE EL CUERPO ARBÓREO DEL DISTRITO CAPITAL”

 

El Concejo de Bogotá en uso de sus atribuciones Constitucionales y Legales, especialmente las contenidas en los numeral 1 y 7 del artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993.

 

ACUERDA

 

ARTÍCULO PRIMERO: La Administración Distrital, a través del Jardín Botánico de Bogotá, implementará y manejará una herramienta tecnológica que permita a los ciudadanos la identificación y caracterización en tiempo real de cada uno de los árboles ubicados en el espacio público del Distrito Capital.

 

ARTÍCULO SEGUNDO: El Jardín Botánico de Bogotá tendrá un término de seis (6) meses a partir de la promulgación del presente Acuerdo para implementar el sistema de información digital en cada uno de los árboles de Bogotá.

 

ARTÍCULO TERCERO: El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE Y CUMPLASE.



[1] Christensen, Jen. Más de 16.000 científicos firman advertencia a la humanidad sobre la salud del planeta. En: CNN (15 de noviembre de 2017). Ver en: https://cnnespanol.cnn.com/2017/11/15/mas-de-16-000-cientificos-firman-advertencia-a-la-humanidad-sobre-la-salud-del-planeta/

[2] Muñoz, Ramón. El número de líneas móviles supera por primera vez a la población mundial. En: El País. (27 de febrero de 2018). Ver en: https://elpais.com/tecnologia/2018/02/27/actualidad/1519725291_071783.html

[3] Gobierno Nacional. (s.f.). Datos Abiertos - Gobierno Digital. Recuperado 17 enero, 2020, de https://estrategia.gobiernoenlinea.gov.co/623/w3-article-9407.html

[5] Chío, Juan Carlos. En dos semanas se cambiarán guayan que “estrangulan” los árboles en Bucaramanga. En: Vanguardia (11 de abril de 2018). Ver en: http://www.vanguardia.com/area-metropolitana/bucaramanga/429806-en-dos-semanas-se-cambiaran-guayas-que-estrangulan-los-arboles

[6] Artículo 79 de la Constitución Política de Colombia.