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ACUERDO 008 DE 2023
(Junio 06)
Por el cual se emite concepto previo favorable en el trámite antes el CONFIS Distrital para la autorización de Vigencias Futuras ordinarias que traspasan el periodo de gobierno para el periodo 2024 y 2024
EL CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO
En uso de las atribuciones legales y en especial las conferidas en el numeral 6 del artículo 16 del Acuerdo Distrital No. 19 de 1972, Resolución 191 de 2017 y su Manual Operativo Presupuestal - 2.8.2 - Requisitos para Solicitar Vigencias Futuras y en concordancia con el literal c) del artículo 14 del Acuerdo del Consejo Directivo No. 001 de 2009, y
CONSIDERANDO:
Que el numeral 6 del artículo 16 del Acuerdo Distrital No. 19 de 1972., establece dentro de las atribuciones y funciones de la Junta Directiva (…) “Aprobar el presupuesto anual de Ingresos y egresos del Instituto.”.
Que la Resolución SDH No. 191 de 2017 “Por medio de la cual se adopta y consolida el Manual de Programación, Ejecución y Cierre Presupuestal del Distrito Capital” en el numeral 2.8.2, del manual, requisitos para solicitar vigencias futuras, literal f, hace referencia a la autorización previa del Consejo Directivo.
Que el literal c del artículo 14 del Acuerdo del Consejo Directivo No. 001 de 2009 fija como funciones del Consejo Directivo del Instituto de Desarrollo Urbano – IDU (…) “Aprobar el proyecto de presupuesto anual del Instituto, al igual que sus modificaciones.”
Que la Circular CONFIS No. 06 del 22 de mayo de 2023 en el numeral III REQUISITOS PARA SOLICITAR VIGENCIAS FUTURAS registra que (…) Las solicitudes de autorización o aprobación de vigencias futuras deben remitirse y radicarse formalmente ante la Secretaría Técnica del CONFIS Distrital – Secretaría Distrital de Planeación con copia a la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, anexando la siguiente documentación : (…) literal f. Acuerdo o autorización previa de la Junta Directiva o Consejo Directivo para los casos de Empresas Industriales y Comerciales del Distrito, Empresas Sociales del Estado y Establecimientos Públicos. (Subrayada fuera del texto original)
Que la Circular CONFIS No. 06, en el numeral II CARACTERÍSTICAS Y CONDICIONES DE LAS VIGENCIAS FUTURAS, literal h, registra: El CONFIS Distrital no autorizará asumir compromisos con cargo a vigencias futuras que sobrepasen el período de gobierno, salvo que el proyecto de inversión o gasto a soportar presupuestalmente, haya sido declarado previamente de importancia estratégica por el Consejo de Gobierno Distrital, para lo cual se debe contar previamente con aval fiscal del CONFIS Distrital.
Que el IDU requiere adelantar el trámite de vigencias futuras ordinarias 2024 y 2025 que superan el periodo de gobierno, para el proyecto 7786 - Integración Funcional del REGIOTRAM a la Estructura Urbana de la Ciudad - Inserción urbana al REGIOTRAM.
Que el Consejo de Gobierno Distrital en sesión No 48 celebrada el 26 de mayo de 2023 aprobó la DECLARATORIA DE IMPORTANCIA ESTRATEGICA del proyecto 7786 - Integración Funcional del REGIOTRAM a la Estructura Urbana de la Ciudad - Inserción urbana al REGIOTRAM, en su componente REGIOTRAM DE OCCIDENTE.
Que este proyecto se encuentra dentro del Plan de Inversiones del Plan de Desarrollo Distrital vigente.
Que el IDU dejó a consideración del Consejo Directivo de la entidad, para concepto previo favorable, la solicitud de autorización a presentar ante el CONFIS Distrital de vigencias futuras ordinarias que traspasan el periodo de gobierno, el cual fue aprobado por unanimidad en sesión del 6 de junio de 2023.
Que, en mérito de lo expuesto,
ACUERDA:
Artículo 1. Emitir autorización a la solicitud de vigencias futuras ordinarias de inversión que superan el periodo de gobierno, para las vigencias 2024 y 2025, “Por el cual se emite concepto previo favorable en el trámite ante el CONFIS Distrital para la Autorización de Vigencias Futuras Ordinarias que traspasan el periodo de gobierno para el periodo 2024 y 2025” por la suma de CIENTO DIECISÉIS MIL VEINTICINCO MILLONES DE PESOS M/CTE. ($116.025.000.000), conforme al siguiente detalle:
Cifras en valores corrientes
Artículo 2. Remitir el presente Acuerdo al CONFIS DISTRITAL para la respectiva aprobación.
Artículo 3. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 06 días del mes de junio del año 2023.
ÓSCAR JULIÁN GÓMEZ CORTÉS
Secretario Distrital de Movilidad (E) Presidente
ROSITA ESTHER BARRIOS FIGUEROA
Subdirectora Gral. de Gestión Corporativa Secretaria |