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Proyecto de Acuerdo 304 de 2021 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
--/ 00/2021
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

MEMORANDO

PROYECTO DE ACUERDO No. ___304___/ DE  2021

 

Ver Acuerdo Distrital 841 de 2022 Concejo de Bogotá, D.C.

 

POR EL CUAL SE IMPLEMENTA, PROMUEVE Y FOMENTA EL EJERCICIO DE LA ACCION VOLUNTARIA Y EL SERVICIO DEL VOLUNTARIADO EN BOGOTA, D.C. Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES

 

EXPOSICION DE MOTIVOS

 

“En lugar de dejarme llevar por la desesperación

he tomado el partido de la melancolía activa mientras

sintiera necesidad de actuar, o en otros términos, he

preferido la melancolía que espera y que aspira y que

busca, a la que, abatida y estancada, desespera”

                                                                                 Vincent Van Gogh (1.880)

1.             OBJETO DEL PROYECTO DE ACUERDO

 

El presente Proyecto de Acuerdo, tiene por objeto que por parte de la Administración Distrital se implemente, promueva y fomente el ejercicio de la acción voluntaria y el servicio de voluntariado en Bogotá, D.C. como un objetivo de participación, solidaridad, corresponsabilidad y cooperación ciudadana, en actuaciones de interés general, público, de servicio humanitario, social, comunitario, de emergencias y calamidad pública, que requieran de dicho servicio.

 

Si bien en nuestro país se expidió la Ley 720 de 2001 “Por medio de la cual se reconoce, promueve y regula la acción voluntaria de los ciudadanos colombianos como expresión de la participación ciudadana, del ejercicio de la solidaridad y la corresponsabilidad social, además que reglamente la acción de los voluntarios en las entidades públicas o privadas y regula sus relaciones” junto con el Decreto 4290 de 2005 que la reglamenta, normatividad que se encuentra vigente, la verdad es que su aplicabilidad no se ha materializado en debida forma, no hay en el Distrito Capital una regulación una organización y una institucionalidad que la fundamente y por ello, el servicio de voluntariado viene ejerciéndose más por voluntad propia, por auto organización de los voluntarios u organizaciones dedicadas al voluntariado y la informalidad es la que caracteriza dicho servicio.

 

Es por ello que, se presenta a consideración del Concejo y de los Concejales de la ciudad, este Proyecto de Acuerdo que prácticamente institucionaliza y coadyuva a dar impulso al voluntariado en Bogotá.   

 

La acción voluntaria es la mejor oportunidad de contribuir al bien colectivo y público.

 

Es una de las expresiones más claras de los principios, los valores y de la capacidad del ser humano, que fundamenta y soporta el impulso de ayudar a los demás a cambio de nada. La importancia de la acción voluntaria se acentúa en tiempos de crisis graves. La acción voluntaria junto con el servicio de voluntariado siempre han estado ahí en respuesta a las crisis, a las tensiones económicas, sociales, ambientales, a los desastres, tragedias y calamidades que ponen a prueba la resiliencia de la comunidad. No en vano se ha señalado que la acción voluntaria y el servicio de voluntariado surgen, de manera auto organizada, como una estrategia fundamental de supervivencia para las comunidades de todo el mundo que sufren las necesidades y embates de la naturaleza o de las condiciones políticas, económicas y sociales que las aflige.

 

La acción voluntaria expresa la responsabilidad e implicación de los ciudadanos en el desarrollo comunitario. “La Acción Voluntaria organizada es aquella que se desarrolla dentro de una organización sin ánimo de lucro por personas físicas que, de manera altruista y solidaria, intervienen con las personas y la realidad social, frente a situaciones de vulneración, privación o falta de derechos u oportunidades para alcanzar una mejor calidad de vida, y una mayor cohesión y justicia social como expresión de ciudadanía activa organizada”[1].

 

¿El voluntariado a su vez, es una manera de demostrar la solidaridad organizada, que interviene en la comunidad para la resolución de sus problemas, es una herramienta para ejercer el derecho a participar y transformar la realidad que nos rodea[2]. el voluntariado es un importante factor de desarrollo personal pero, sobre todo, es un imprescindible motor de desarrollo social.

 

El voluntariado “es el trabajo de las personas que sirven a una comunidad o al medio ambiente por decisión propia, libre y no remunerada”[3]. La idea de dedicar tiempo personal en beneficio de otros de manera voluntaria y sin esperar algún tipo de retribución económica a cambio, tiene sus origines desde que el humano es un ser sociable.

 

Preceptos como “el amor al prójimo”, la “doctrina de la caridad”, el “ayudar a otros”, ayudar a los más necesitados sin esperar nada a cambio, el “dar y recibir”, la “asistencia y labor social”, el “hacer el bien” a la sociedad, son conceptos que emergieron como una fuerza dinamizadora de la sociedad, la iglesia y el Estado, para transformar unas realidades existentes y atender a situaciones de necesidad dentro de una mayor sensibilización y sentido de solidaridad.  

 

2.             RESEÑA HISTÓRICA SOBRE EL VOLUNTARIADO INTERNACIONAL

 

Autores como Casado (1999:13) y Giner y Sarasa (1997:209) sostiene que el altruismo en el marco de la acción social es una constante a lo largo de la historia. Siempre que existe una comunidad surgen dentro de la misma, formas de ayuda mutua entre iguales como también donaciones redistributivas dirigidas a los más desfavorecidos.

 

Como señala Casanova (2005) en su Historia de la Asistencia Social en Europa: “La primera manifestación de un acto ´caritativo´ o intento de compartir se habrá dado  cuando algún hombre ofreció a otro el alimento que podría haber consumido solo” (:8).

 

El voluntariado es un fenómeno antiguo, que ha venido desarrollándose a través de las distintas épocas de la historia, desde la antigüedad hasta la edad contemporánea.

 

En las sociedades primitivas el ´trabajo voluntario’ era asumido por la familia, clan o tribu y los vínculos que unían a los individuos dentro de estos grupos sociales no eran los impulsos humanitarios ni religiosos, sino lo que constituía la principal motivación, era la  ayuda mutua. No existían para ayudar a otros que no pertenecían al círculo inmediato.

 

Según Galindo (2005) fue con la llegada de Jesús de Nazaret que el pueblo hebreo puso en práctica obras gratuitas y voluntarias dirigidas a viudas, huérfanos, enfermos, peregrinos e inmigrantes.

 

Por otra parte, en la antigua Atenas la ayuda a los enfermos, inválidos, viudas y huérfanos era llevada a cabo por el Estado, mediante pensiones o distribuciones de pan, trigo, aceite, trigo y carne. Los fondos provenía en parte del pago de las entradas a los estadios, asambleas, teatros (Casanova. 2005: 12). Aparte de estos tipos de ayuda institucionalizadas, tanto en Atenas como Roma también existían hombres ricos los cuales se dedicaban a actividades filantrópicas de manera individual.

 

No obstante, ha sido la iglesia, especialmente durante el medioevo, el primer agente de asistencia social a escala planetaria que promovió acciones voluntarias relacionadas con la solidaridad con el prójimo (Galindo. 2005:49).

 

En la edad media, en el siglo IV se presenció el aumento las obras de caridad y piedad cristianas. Por ejemplo en Constantinopla, Juan Crisóstomo crea instituciones benéficas como la Xenodochia (para los peregrinos), Procotrophia (para los mendigos), Nosocomia para los enfermos) y Gerontocomia (para los ancianos). Este movimiento cristiano se extendería desde el Oriente Romano al Norte de África[4].

 

Durante este periodo la caridad estaría directamente ligada con la religión cristiana. Ayudar a los más desfavorecidos era propio de los virtuosos y bien visto ante los ojos de dios. El estado y organizaciones civiles como agentes de ayuda social eran prácticamente inexistentes. Fue hasta el siglo XIV (´el siglo de oro de las ciudades medievales´) y empezando el siglo XV cuando, gracias al desarrollo de las ciudades y la actividad económica, se consolidaría un modelo de caridad de carácter urbano donde los municipios y gobiernos locales concentraron funciones y responsabilidades asistenciales (Araque. 2009:6).

 

Posteriormente, en la edad moderna, en la Inglaterra del silgo XVI, y durante el gobierno de la Reina Isabel I, se pone en marcha las Poor Laws dirigidas a aliviar la indigencia. Según Marshall (1998) gracias a las Poor Laws la idea de los derechos sociales emergió gradualmente hasta la consolidación del Estado de Bienestar[5], cuyos orígenes se remontan también a la Francia del segundo imperio (1852-1870).

 

En el siglo XVII, como consecuencia del desarrollo industrial y de la creciente actividad fabril, surgió un nuevo modelo asistencial denominado de ´protección social´ el cual brindaba ayuda a los trabajadores de las fábricas cuando sufrían accidentes o enfermedades a causa de su labor. Este sistema se  ampliaría hasta llegar a todos los ciudadanos lo que a su vez daría paso al Estado Benefactor[6].

 

Dejando atrás el sitial y el peso ejercido por la religión y la Iglesia católica en el pasado, tanto en el siglo XIX, como en los inicios del siglo XX, la acción solidaria se caracteriza por un marcando talante benéfico y asistencialista. Esta acción se circunscribe a la atención de los "pobres de solemnidad" y los "más menesterosos".

 

Hasta los años setenta el voluntariado, tal y como indica Tavazza[7], ha sido de orden "reparador" pasando, desde los años setenta, a desempeñar la función de "amortiguador social”. Durante esta década, ha adoptado diferentes formas: beneficencia, caridad, filantropía, asistencia, siendo al mismo tiempo generoso y abnegado, sin apenas preparación e impulsado desde diversas motivaciones religiosas y laicas.

 

Es a partir de esta época que surgen leyes que contemplan en su articulado el reconocimiento del Voluntariado, como una acción complementaria y fundamental en la intervención de los servicios sociales, una intervención social en la que sus agentes  cooperan con el Estado, como un “Tercer Sector”, cuya heterogeneidad mitiga las diferencias sociales, conoce las necesidades, actúan preventivamente, y se adaptan mejor a los cambios, aumentando de esa forma, el asociacionismo y el voluntariado social con un carácter reivindicativo, así como de ayuda social y desarrollo de los países del mundo.

 

En las décadas posteriores a la Segunda Guerra Mundial (edad contemporánea, años ochenta y noventas) el  voluntariado emerge con fuerza como ayuda social, fuera del ámbito estatal y adquiere una nueva dimensión no gubernamental. Con la Carta Social Europea(1951), con la  Resolución del Parlamento Europeo sobre el voluntariado(1983), con la Resolución de las Naciones Unidas sobre el Día del Voluntariado(1985), con la  Declaración sobre el voluntariado emitido por el congreso Mundial LIVE’90 (1990)y con la  Carta Europea para los voluntarios(2000) se genera a su alrededor un amplio marco normativo y un mayor impulso a dicha actividad.

 

De hecho, el voluntariado, como movimiento organizado y apoyado internacionalmente, fue promovido por las Naciones Unidas a través de la Unesco, entidad que coordinó la primera Conferencia Internacional del Servicio Voluntario. En 1970, la Asamblea General de la ONU creó el Programa de Voluntarios de las Naciones Unidas (VNU), que ha tenido eco en 140 países de Asia, África y América del Sur y Central[8].

 

En el año 2000, en la Declaración de la Cumbre del Milenio, 189 países miembros de las Naciones Unidas, incluido Colombia, se comprometieron a que antes del 2015, cumplirían  ocho propósitos denominados “Objetivos de Desarrollo del Milenio”, los cuales empiezan a marcar la ruta de acción de las organizaciones de voluntariado.

 

A inicios del 2016 los ODM fueron reemplazados por los ODS, 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible para el 2030, una agenda que se ha caracterizado por la participación de la sociedad civil para su construcción y por la inclusión de diferentes temas como la sostenibilidad del medio ambiente, la inclusión social y el desarrollo económico, afianzando el voluntariado como el mejor instrumento para tales fines.

 

De hecho, gran parte de las metas alcanzadas a través de los Objetivos de Desarrollo del Milenio lo han sido gracias a la contribución del servicio de voluntariado internacional, alineado con estas metas. Así lo define el último informe que sobre el tema entregó Naciones Unidas, a finales del 2015. Según la ONU, de cerca de 3 millones de personas que colaboran en distintas partes del mundo en alguna organización, el 52 por ciento son voluntarios.

 

“El voluntariado constituye una auténtica puerta de entrada de nuevas voces, que apoya las iniciativas de la sociedad civil y complementa los esfuerzos de los gobiernos para ampliar la participación, mejorar la rendición de cuentas e impulsar la receptividad institucional a todos los niveles, en aras de la paz y el desarrollo sostenibles”, agrega el documento de la ONU.

 

En la Unión Europea se calcula que entre un 1/3 y 1/2 de la población - aproximadamente cien millones de personas- pertenecen al menos a una organización no gubernamental. Esto supone un potencial enorme de ciudadanos dispuestos a apoyar y colaborar en los más diferentes proyectos y tareas[9].

 

2.1.        Historia del Voluntariado en Colombia  

 

Las raíces del voluntariado en Colombia se remontan a la época de la cultura indígena, con las llamadas “mingas o mincas”, donde con su trabajo, colectivamente se buscaban soluciones a las necesidades de la comunidad indígena.

 

En los periodos de la conquista y la colonia la acción solidaria se centró en las misiones religiosas, lo cual posicionó a la iglesia católica como la primera institución formal de voluntariado, creándose instituciones para atención de enfermos, entidades de caridad, antidades de atención de migrantes, entre otras.

 

El periodo de 1860 a 1930 fue de gran importancia, ya que se pasó de la asistencia que los religiosos daban a los más necesitados, a buscar mejorar la vida de la personas en situación de vulnerabilidad. En este periodo se transformó la idea de la caridad y la filantropía por la de la acción social. Una de las primeras instituciones que evidencia un proceso de este tipo, fue la Sociedad de San Vicente de Paúl.

 

En enero de 1911 se funda y se organizan de manera independiente de la actividad política y de la religión el Círculo de Obreros en Bogotá, el cual buscaba mejorar las condiciones de vida de la clase obrera; alrededor de 1920 se fundó la Cruz Roja bajo los principios de imparcialidad y voluntariado, enfocando sus acciones por el sentido de la solidaridad. En este punto la acción voluntaria adquiere no solo características de bondad y caridad, sino también de solidaridad, bajo la premisa de que no existe solidaridad sin justicia.

 

Durante el siglo XIX y principios del XX, los sindicatos y las asociaciones profesionales se  sumaron a las actividades de participación voluntaria. Desde las décadas del 40 y 50 la acción voluntaria se vio afectada por dos situaciones políticas: la primera fue la ola de violencia política de los 50 y la segunda fue el movimiento sufragista femenino, donde las mujeres fueron protagonistas del trabajo voluntario y la participación política. En 1958, se origina una nueva forma del voluntariado donde el gobierno empieza a promover las llamadas, Juntas de Acción Comunal -JAC. Con ella fueron surgiendo nuevas formas de organización social y tendencias que generaron diferentes tipos de voluntariado[10].

 

En la década del 70 se empiezan a gestionar las primeras ONG como respuesta a la corrupción del Estado y la no atención a las necesidades de las poblaciones. A partir de ellas se gestionaron recursos de cooperación internacional, autogestión de los proyectos comunitarios, y promoción de los derechos humanos. Además, en esta década la Asamblea General de la ONU creó el Programa de Voluntarios de las Naciones Unidas (VNU), fomentando la participación de la actividad voluntaria en diferentes países; en Colombia el programa se implementó en 1993[11].

 

En 1975 se crea la Corporación Colombiana de Trabajo Voluntario (CCTV) cuya misión era impulsar el desarrollo del trabajo voluntario en Colombia y lograr el reconocimiento del mismo como fuerza viva que participa y contribuye a la construcción de un país más justo, solidario, pacífico y en armonía con el medio ambiente, reconociendo así el papel del voluntario y promoviendo la participación del mismo.

 

En 2001 se logra consolidar el Sistema Nacional de Voluntariado y se expide  la Ley 720 del 2001 “por medio de la cual se reconoce, promueve y regula la acción voluntaria de los ciudadanos colombianos; y el Decreto 4290 del 2005 que la reglamenta.

 

En Colombia existen un gran número de organizaciones de voluntariado que agrupan más de 100.000 colombianos, que apoyan el desarrollo de la sociedad en temas de vital importancia para el país como atención y prevención de desastres, salud, educación, control social, participación ciudadana, entre otros.

 

Es así como a través de la historia se redefine constantemente el concepto y el papel del voluntariado, de acuerdo con las necesidades de cada país, pero eso sí, evidenciando siempre que es imposible desligar al individuo de la sociedad, en la búsqueda constante de su transformación hacia un bienestar colectivo y de participación social.

 

Si bien el voluntariado no nació como una respuesta integral a las múltiples necesidades y a la mediación del Estado, por lo menos con lo que hemos visto a través de la historia, ha logrado posicionarse y arraigarse como un desafío mayor que busca ser homogéneo, compacto, como grupo social de presión que quiere coadyuvar y transformar, a través de la ayuda y la solidaridad, el estado actual de cosas.

 

De esta manera, se puede decir que el proceso de constitución del voluntariado en Colombia emerge y se consolida desde múltiples visiones y actores; pero con algo en común, lograr impactar positivamente la vida especialmente de los más vulnerables y generar cambios significativos en las estructuras sociales injustas[12]. 

 

3.             JUSTIFICACION

 

Lo que algún día fue caridad, beneficencia y filantropía, es hoy una forma de vida, es una tendencia que crece y tiene un reconocimiento a nivel mundial. Hoy en día, el voluntariado ha adquirido mucha popularidad, es un  movimiento que se expande a organizaciones, empresas, comunidades y que está de moda, sobre todo en la población y grupos de  jóvenes, que con convicción son los que más optan por hacer un voluntariado, para aportar al bienestar universal, para hacer altruismo o ayudar a la humanidad o por distintas circunstancias y motivaciones, prestan un servicio gratuito, dedican tiempo libre, esfuerzo y capacidades, comparten un compromiso con el voluntariado, como un medio que permite conocer diferentes realidades que los motivan a involucrarse activamente a favor de sus comunidades, la sociedad y el mundo, para ayudar a los demás procurando su bienestar, sin esperar retribución económica, constituyéndose así en una elección u opción de vida de muchas personas en el mundo.

 

El voluntariado es el trabajo de las personas que sirven a una comunidad o al medio ambiente por decisión libre, propia y espontánea. Las personas que lo realizan son los voluntarios y como tal su trabajo es desinteresado, persigue un fin social y un objetivo positivo y responde a una necesidad real del beneficiario de esta, con motivaciones de altruismo y solidaridad.

 

Existe una amplia gama de voluntarios que tienen que ver con la acción social, la defensa ambiental, la ayuda humanitaria, la atención de emergencias y desastres, la cooperación internacional, la promoción de la cultura, el deporte, entre otros que contribuyen de alguna manera a mejorar las condiciones de vida de una comunidad.

 

En nuestra legislación, la Constitución Nacional establece criterios de solidaridad y de la prevalencia del interés general, la protección a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias y demás derechos y libertades, y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares.

 

Si bien en nuestro país se expidió la ley 720 de 2001, por medio de la cual se reconoce, promueve y regula la acción voluntaria de los ciudadanos colombianos como expresión de la participación ciudadana, del ejercicio de la solidaridad y la corresponsabilidad social, además que reglamente la acción de los voluntarios en las entidades públicas o privadas y regula sus relaciones y que también se expidió el Decreto Reglamentario 4290 de 2005 que la reglamenta, aún el ejercicio de la acción voluntaria y del servicio de voluntariado no ha logrado materializarse y llevarse a la práctica de manera formal e institucional como una actividad real y cierta, pese a los incipientes actividades de voluntariado que se realizar de manera informal y coyuntural en nuestra ciudad particularmente.

 

Lo anterior muestra la necesidad de crear un marco regulatorio que a nivel de complementación de las normas existentes permita a nivel territorial, en este caso a la ciudad de Bogotá, contar con una reglamentación que permita implementar, promover y fomentar la acción voluntaria como un ejercicio de la ciudadanía voluntario, participativo y solidario y a su vez generar acciones que involucren al voluntariado con presencia territorial y local a través de escenarios de coordinación que logren optimizar el uso de los recursos al servicio de la solución eficiente de problemas.

 

Tal como lo expresa la Corporación Colombiana de Voluntariado, se trata de “promover y consolidar la cultura del trabajo voluntario como aporte a la reconstrucción del tejido social colombiano, a través de la canalización organizada y consciente de expresiones como: la solidaridad, la gratuidad, la responsabilidad civil, el respeto por la dignidad humana y el bienestar de cada individuo y de la colectividad”.

 

La intervención de los voluntarios y de las organizaciones sociales de voluntarios en los diversos campos de la gestión social deben ser implementados, promovidos y apoyadas incondicionalmente por la administración Distrital de Bogotá D.C., teniendo en cuenta además las distintas necesidades de los ciudadanos y las condiciones de riesgo y vulnerabilidad de nuestro territorio que harían propicio el ejercicio de esta actividad y servicio. Es dentro de este marco o contexto que se presenta a consideración de los Concejales de Bogotá, este proyecto de Acuerdo 

 

En Bogotá D.C. existen voluntarios que trabajan en el área de la salud, prevención y asistencia en emergencias, en formación educativa, actividades juveniles, cuidado de jóvenes, adultos y ancianos, cuidado y bienestar de animales; atención de emergencias y desastres. Todas estas actividades individuales o colectivas, desarrolladas a título voluntario, por parte de personas anónimas, y de otras un poco más visibles agrupadas en fundaciones, asociaciones, ONG y corporaciones se desarrollan de una manera informal, sin ningún tipo de reglamentación e institucionalidad que las coordine u articulen, permitiendo casi que pasen desapercibidas pese a la importancia que implica dicho servicio de voluntariado.

 

Tal como manifestaba el Concejal Celio Nieves Herrera en su ponencia al Proyecto de Acuerdo 349 de 2020, referido al mismo tema y contenido del que hoy nos ocupa en este Proyecto de Acuerdo, se pretende institucionalizar la acción voluntaria y el servicio de voluntariado para llevarlo a la práctica de una manera formal e institucional, donde se cree un marco regulatorio que permita la reglamentación e implementación de la acción voluntaria a nivel territorial y local, a través de escenarios que optimicen el uso de los recursos para dar solución eficaz a problemáticas actuales. La administración Distrital debe promover y apoyar las actividades realizadas por los voluntarios o por las organizaciones sociales de voluntarios, que a su vez deben encontrarse dispuestas bajo una serie de parámetros que las regulen y coordinen, evitando que se vuelvan actividades desarrolladas de modo informal[13].

 

Ahora bien, esta participación dentro de voluntariado, no es ni debe parecer como una acción esporádica, debe ser una manifestación organizada de los ciudadanos que asumen libremente el compromiso de cooperar en la solución de los problemas humanos, movidos por sentimientos de solidaridad y justicia que debe inscribirse dentro de las iniciativas y actuaciones de la sociedad civil, como expresión de su compromiso con los asuntos sociales y que como tal merece ser regulada e implementado por el Estado, en este caso, por la administración Distrital, tal como se propone en el presente Proyecto de Acuerdo.

 

Esa es la importancia que se quiere resaltar sobre el voluntariado y la necesidad de su implementación y promoción en nuestra ciudad, ya que por un lado, hace posible la participación ciudadana, por otro, contribuye a la mejora de la calidad de vida de la sociedad, defiende los intereses de personas y grupos en situación de desventaja social, colabora en la resolución de necesidades sociales concretas y genera, con ímpetu y deseo de hacer cosas buenas, nuevas y alternativas y propuestas de mejora y consecución de fines sociales fundamentales, como la defensa del medio ambiente; inserción social de personas y colectivos en situación de exclusión; prevención de situaciones de marginación; ayuda en estados de desastres y emergencias, cooperación con los países; defensa de los derechos humanos; desarrollo de la comunidad; promoción de la cultura, el deporte, la educación, etc.

 

El voluntariado es una realidad aquí y en todo el mundo y como tal, su presencia es una dinámica que plantea muchos retos: para los gobiernos y las agendas públicas es un tema obligado que debe hacer parte de ellas y sobre todo el reconocimiento de su real potencial por parte de ellos y otros actores de desarrollo (como la cooperación internacional, el sector privado, la academia), y otro reto, es la necesidad de su implementación real y efectiva.

 

El voluntariado, concretamente el local o distrital, no puede seguir, pese a la regulación existente ya anteriormente reseñada, sin un norte, sin una directriz normativa relacionada con su implementación, organización y funcionamiento y dejando al voluntario casi que con una participación informal, tal como viene sucediendo ahora. En términos de implementación y eficiencia se requiere de estructuras más amplias y formalizadas para que verdadera y materialmente la acción voluntaria y el servicio de voluntariado funcionen y contribuyan al interés general y al bien común, y para ello se requiere de una mayor comprensión, aprobación y apoyo por parte de los gobernantes y del Concejo de Bogotá y demás actores. Eso es lo que también se pretende con el presente Proyecto de Acuerdo.

 

Una revisión del programa de Voluntarios de las Naciones Unidas (VNU) permitió conocer que al menos 72 países habían presentado, enmendado o estaban elaborando políticas, legislación u otras medidas específicas o relevantes para el servicio voluntario entre mayo de 2008 y mayo de 2018. La legislación y las políticas siguen siendo importantes para promover el servicio voluntario.

 

Colombia por fortuna, está entre esos 72 países al expedir la Ley 720 de 2001, por medio de la cual se reconoce, promueve y regula la acción voluntaria de los ciudadanos colombianos como expresión de la participación ciudadana, del ejercicio de la solidaridad y la corresponsabilidad social, además que reglamentó la acción de los voluntarios en las entidades públicas o privadas y regula sus relaciones y que también se expidió el Decreto Reglamentario 4290 de 2005 que reglamentó y desarrollo lo establecido en la ley mencionada.

 

Aparte de la ley 720 de 2001 y su Decreto Reglamentario, en nuestro país se expidió posteriormente también la Ley 1505 de 2012 “Por medio de la cual se crea el Subsistema Nacional de Voluntarios de Primera Respuesta y se otorgan estímulos a los voluntarios de la Defensa Civil, de los Cuerpos de Bomberos de Colombia y de la Cruz Roja Colombiana y se dictan otras disposiciones en materia de voluntariado en primera respuesta”, cuyo  objeto fue crear el Subsistema Nacional de Voluntarios en Primera Respuesta como parte del Sistema Nacional de Prevención y Atención de Desastres, así como reconocer y estimular la labor de los voluntarios que hacen parte del mismo y potenciar su formación y competencias ciudadanas. Sin embargo, el voluntariado a que se hace referencia en esta ley es muy particular, es de primera respuesta y es diferente al voluntariado que se estableció en la Ley 720 de 2001 y al que se está proponiendo implementar en este Proyecto de Acuerdo. 

 

De otra parte, un aspecto que debe tenerse en cuenta como  justificación para la presentación de este Proyecto de Acuerdo, es que la Ley 720 de 2001, a pesar de estar en plena  vigencia y estar reglamentada, no ha tenido una aplicación real y efectiva, no se han visto los efectos positivos de la misma, no se ha implementado ni promocionado el voluntariado, no ha tenido una organización oficial y pública, no hay una institucionalidad alrededor de ella que la soporte, tanto así que el voluntariado funciona de una manera informal y más por auto organización de los propios voluntarios o de las mismas organizaciones que prestan ese servicio, lo cual resulta preocupante porque está desconociéndose su importancia, sus alcances, su organización y los espacios de ayuda que se están dejando de atender, allí donde el voluntariado puede prestar un gran servicio. Es por todo ello, lo que motiva la presentación de este Proyecto de Acuerdo.

 

Cabe señalar también, que en Bogotá, se expidió el Acuerdo Distrital 607 de 2015, “POR MEDIO DEL CUAL SE “FOMENTA Y APOYA EL VOLUNTARIADO AMBIENTAL Y LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA” EN EL DISTRITO CAPITAL”, que como su título lo indica solo opera o funciona en materia ambiental únicamente, que fomenta y reconoce las acciones del voluntariado ambiental como expresión de la participación ciudadana de toda persona natural o jurídica que libre y responsablemente, sin recibir remuneración de carácter laboral ofrece su tiempo, talento y capacidades para atender las potencialidades y problemáticas ambientales de la ciudad en procura de la defensa, conservación, preservación, restauración, rehabilitación ecológica, adecuación, renaturalización y uso sostenible y sustentable de los recursos naturales.

 

Así mismo, se definen sus lineamientos, principios y asigna a la Secretaría Distrital de Ambiente la adopción del procedimiento y la respectiva reglamentación para presentar, ejecutar y evaluar este tipo de iniciativas.  

 

Las iniciativas desarrolladas en el marco del Voluntariado Ambiental se adelantarán con base en las políticas y los protocolos de restauración, los planes de manejo, los diseños y los lineamientos ambientales y en los lineamientos técnicos establecidos por la autoridad ambiental.

 

Este Acuerdo en mención, también contempla un Reconocimiento Distrital a la mejor iniciativa en el marco del Voluntariado Ambiental, y  para incentivar y reconocer el ejercicio del voluntariado ambiental en Bogotá, la Secretaría Distrital de Ambiente debe implementar un Encuentro Anual y el Reconocimiento Distrital a la mejor iniciativa en defensa, conservación, preservación, restauración, rehabilitación ecológica, adecuación, renaturalización y uso sostenible y sustentable de los recursos naturales. Para tales efectos, se establece el día 5 de diciembre de cada año como el Día del Voluntariado Ambiental en Bogotá, D.C.

 

Por su parte, la Secretaría Distrital de ambiente a través del Programa de Voluntariado Ambiental, vincula a la ciudadanía en la solución de las problemáticas ambientales y la hace partícipe de las estrategias desarrolladas en favor de la defensa, la preservación y el uso sostenible de los recursos naturales. También ha vinculado a diversas organizaciones del Distrito que, por medio de acciones como la siembra de árboles, la organización de caminatas ecológicas, la restauración, el uso responsable de materiales reciclados, el establecimiento de huertas caseras y jardines, entre otras, contribuyen al cuidado de los recursos naturales del territorio.

 

Se trae a colación el Acuerdo Distrital 607 de 2015, “POR MEDIO DEL CUAL SE “FOMENTA Y APOYA EL VOLUNTARIADO AMBIENTAL Y LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA” EN EL DISTRITO CAPITAL”, para hacer caer en cuenta que es la única norma que existe a nivel distrital en materia de Voluntariado, pero que como ya se dijo, solamente aplica de manera formal e institucional para el tema ambiental, y no para los demás temas. Por consiguiente, cualquier otra materia acción o ejercicio de voluntariado que se ejerza en materia distinta a la ambiental, no está institucionalizada ni normada o reglada a nivel Distrital y como ya se dijo solo se tiene la Ley  Ley 720 de 2001 Decreto Reglamentario 4290 de 2005 a los cuales no se les da una aplicación real y efectiva a nivel Distrital. De ahí la importancia de que en el Distrito se apruebe e implemente esta normatividad contenida en el Proyecto de Acuerdo que se somete a consideración del Concejo y de los Concejales de la ciudad para implementar, promover y fomentar la acción voluntaria y el ejercicio del Voluntariado en el territorio del Distrito.  

 

4.             EL VOLUNTARIADO COMO EXPRESIÓN DE LA CIUDADANÍA Y DE LA PARTICIPACIÓN

 

El voluntariado surge con la sociedad y evoluciona con ella y cada país desarrolla su propi concepto y lo hace evolucionar acorde con las necesidades y circunstancias propias; es un claro ejercicio de ciudadanía y de participación que adquiere su máximo significado desde los conceptos de solidaridad y justicia en cuanto expresión de dos de los valores más elevados de la condición humana.

La ciudadanía implica la identificación del individuo como sujeto de derechos, entre los que destaca de modo principal el derecho a asumir libremente sus compromiso, manifestado en la voluntad de cooperar.

 

La participación supone la implicación personal tanto en la detección y denuncia de los problemas como en la aportación de soluciones. Su filosofía responde a toda una línea de actuaciones basadas en la solidaridad, la ayuda, la cooperación y la participación activa de los individuos, en su grado de humanismo, de valores ciudadanos de una sociedad y todo ello se logra a través del voluntariado, en el deseo real y efectivo del ejercicio de la acción voluntaria como una forma de expresión libre del ser humano.

 

El voluntarismo como movimiento solidario ha de convertirse en caso de aprobarse este Proyecto de Acuerdo, en instrumento de unión, de cooperación en la sociedad a través de esos valores que devuelven el tejido y la cohesión social a una sociedad, que como la nuestra se torna hostil, intolerante, indiferente, carente de afectos y de solidaridad, con grupos en riesgo y marginamiento. Por ello es que los voluntarios frente al estado real de cosas y necesidades que suceden y que se ven,  son, en este sentido, el corazón y la conciencia crítica de la sociedad, ya que con su solo hacer son testimonio y denuncia de olvidos, injusticias, exclusiones y son los que apuestan por hacer ver a todos que todos somos útiles y necesarios, que todos debemos ser sujetos de los mismos derechos, que todos apuntamos a una mejor sociedad y a un mejor bienestar, cumpliendo funciones que han de ser complementarias a las que realiza el Estado, que en ocasiones resultan ser insuficientes o no tienen la capacidad ni la suficiencia para resolverlas como sistema público.

 

El voluntariado es un modo de ser, una opción libremente elegida, desde el compromiso consigo mismo, con un grupo organizado, con el mismo voluntariado, cuya finalidad es ayudar a los demás. El movimiento voluntario tiene mucho de sensibilidad personal, de denuncia social, de conciencia crítica, pero también de trabajo, de vanguardia, de anonimato, y es un buen observatorio para la participación ciudadana.

 

Por esta razón ya no nos encontramos ante un voluntariado simplemente afectivo e inspirador, sino con un voluntariado efectivo, dinámico, participativo, esto es, con capacidad para transformar su entorno, no sólo en el nivel social sino cultural, ambiental, e incluso, político.

Prueba de ello es que, “los voluntarios han estado en el frente de cada conflicto importante, desastre natural o crisis grave de los últimos años. Por ejemplo, los voluntarios fueron los primeros en intervenir tras el terremoto en Nepal de 2015 y los primeros en participar en los esfuerzos de recuperación y reconstrucción posteriores. Los voluntarios locales, nacionales e internacionales trabajaron juntos durante el brote de ébola de 2014-16 en África Occidental, para atender a las víctimas y detener la propagación de la enfermedad, pese a importantes dificultades y problemas transfronterizos. Asimismo, diversos grupos de voluntarios se han ofrecido para recibir a refugiados y personas desplazadas que huyen de la guerra y el conflicto en Medio Oriente y África, mientras que muchos actores estatales y ONG se han visto afectados por la parálisis política y burocrática.

 

En 2017, el número creciente de fenómenos meteorológicos extremos relacionados con el cambio climático que se han producido en todo el mundo, como inundaciones catastróficas en el sur de Asia, huracanes en el Caribe y en Estados Unidos, y deslizamientos de tierra en Sierra Leona, también han impulsado las respuestas voluntarias en el frente”[14].

 

Sin embargo, no se debe idealizar el voluntariado local, especialmente cuando la participación voluntaria es informal. Para ser más eficientes, los voluntarios requieren a menudo el apoyo de estructuras más amplias y formalizadas.

 

Uno de los objetivos del voluntariado es el de sensibilizar a la opinión pública y a todos aquellos que forman parte de su ámbito, provocando la ruptura de aquellos esquemas mentales y paradigmas desfavorables a los grupos sociales más necesitados para a manera de ayuda resolverles sus problemas y es aquí donde el accionar y la actuación del poder público debe hacer efectivo para sí y para su gestión social, el ejercicio de la  acción voluntaria y del servicio de voluntariado para coadyuvar y complementar las tareas que corresponden al Estado y satisfacer  las necesidades y derechos de los ciudadanos.

 

Este Proyecto de Acuerdo, precisamente nace de una expresión de la ciudadanía, representada en este caso por la pastoral social del sector religioso, más concretamente, por los Miembros de la Junta Directiva de la Asociación de Ministros Capellanes ASMIPAZ, en  cabeza de su presidente Pastor Capellán Luis Eduardo Barbosa Sánchez persona con amplia trayectoria dentro del sector religioso, conocedora de la normatividad nacional e internacional sobre estas materias y Especializado en Voluntariado de la Universidad de la Salle, quien lo impulso dadas sus experiencias que en materia de voluntariado y servicio a la sociedad tiene. De ahí nace el alcance social y participativo de este proyecto de Acuerdo, debiendo agradecer a ellos por sus aportes a esta iniciativa que hoy ponemos en consideración de esta Corporación y sus Concejales. 

 

Desde las organizaciones de la sociedad civil surgen iniciativas de acción social que implican el trabajo voluntario de un importante número de ciudadanos que prestan su tiempo y energía en forma gratuita para impulsar acciones destinadas a dar respuesta a diversas demandas sociales de escala local y Distrital

 

El Distrito Capital debe incorporar a su ordenamiento normativo la regulación de las actuaciones de los ciudadanos que se agrupan para satisfacer demandas e intereses sociales diversos, asumiendo que la satisfacción de estos ha dejado de ser considerada como una responsabilidad exclusiva del Estado para convertirse en una tarea compartida entre el Estado y la sociedad civil organizada.

 

Sin embargo, también es claro y evidente que las personas que participan en voluntariados requieren de un mayor apoyo por parte del Estado, en cuando a recursos y estructuras para cumplir con sus objetivos propuestos, como lo es el de satisfacer las necesidades y derechos de los ciudadanos.

 

En conclusión, acoger esta propuesta por parte del Concejo Distrital, implica la garantía de la libre expresión de las personas que participen en las acciones voluntarias ejecutando sus propias motivaciones y adquiriendo un compromiso con las poblaciones a las que les van a brindar la ayuda. Además, la entidad debe reconocer, promover e impulsar el ejercicio del voluntariado social en cualquiera que sea su modalidad de implementación, dándole cumplimiento a la Ley 720 de 2001[15].

 

Abordar normativamente desde el Concejo Capitalino esta tarea supone, en primer lugar, garantizar la libertad de los ciudadanos para expresar su compromiso solidario a través de los cauces que mejor se acomoden a sus más íntimas motivaciones y de otra parte, implica, como se ha dicho anteriormente, la obligación del Concejo Distrital de reconocer, promover e impulsar eficazmente la acción voluntaria y el ejercicio del voluntariado social en sus diversas modalidades en el Distrito Capital, dándole además cumplimiento a la Ley Ley 720 de 2001, por medio de la cual se reconoce, promueve y regula la acción voluntaria de los ciudadanos colombianos como expresión de la participación ciudadana, del ejercicio de la solidaridad y la corresponsabilidad social, al igual que a su Decreto Reglamentario 4290 de 2005.

 

5.             IMPACTO DEL VOLUNTARIADO

 

“Mucha gente pequeña en lugares

Pequeños haciendo cosas pequeñas

pueden cambiar el mundo”

                    Eduardo Galeano

 

Calcular la escala y el alcance del voluntariado mundial como en nuestro país, si bien resulta ser indispensable, es un tanto complejo, toda vez que no se cuentan con cifras exactas y oficiales  que nos permitan dimensionar en todas sus formas y alcances el voluntariado.  

 

Según las Naciones Unidas, “el voluntariado es, por naturaleza, un importante vehículo para el desarrollo sostenible. Permite a las personas y comunidades participar en su propio crecimiento. Gracias al voluntariado, los ciudadanos construyen su propia resiliencia, amplían su conocimiento básico y adquieren un sentido de la responsabilidad para sus propias comunidades. El voluntariado consolida la cohesión social y la confianza al promover acciones individuales y colectivas, lo que conlleva efectos sostenibles para las personas mediante las personas.

 

Las jornadas de voluntariado permiten a las personas ampliar su conocimiento de las realidades locales, salir de su zona de confort y colaborar al crecimiento sostenible de las comunidades. Pero además, impactan positivamente el clima organizacional en una empresa que lo desarrolla[16]”.

 

Kofi Annan, decía en un discurso ante la Asamblea General de las Naciones Unidas: «Si queremos progresar en la aplicación de la Declaración del Milenio y avanzar resueltamente en el logro de los Objetivos de Desarrollo del Milenio, será necesario contar con la colaboración de personas de todo el mundo, y el voluntariado sigue siendo un poderoso y eficaz instrumento de participación».

 

Un estudio de la Federación Internacional de Sociedades de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja (FICR), muestra que «en 2016, cerca de 14 millones de voluntarios en activo de la Cruz Roja y la Media Luna Roja prestaron sus servicios».

 

En un informe sobre el estado del voluntariado en el mundo, “Valores universales para alcanzar el bienestar mundial”, realizado en 2011 por Naciones Unidas, se señalaba que si  los voluntarios de todo el mundo vivieran en un mismo lugar, representarían el noveno país en cantidad poblacional. 140 millones de habitantes, sería la cifra.

 

En un informe del PNUD, se mostraron también algunos resultados del Proyecto de Estudio Comparativo sobre el Sector No Lucrativo Johns Hopkins. Este proyecto estimó que, si se sumara el número total de voluntarios que contribuyeron a través de ONG en 36 países, «equivaldría al noveno país más grande del mundo en términos de población»[17].

https://i0.wp.com/www.dakari.org/wp-content/uploads/2018/04/pais_voluntarios.jpg?resize=339%2C513&ssl=1

En un Informe 2018 sobre el estado del voluntariado en el mundo “VOLUNTARIOS ONU

 

El lazo que nos une, Voluntariado y resiliencia comunitaria”, las tasas más completas del servicio voluntario global, sitúa el personal voluntario formal en 109 millones de trabajadores equivalentes a tiempo completo.  Si estos trabajadores voluntarios a tiempo completo constituyeran un país, el personal de «Volunteeria» sería el quinto más numeroso del mundo lo que equivale aproximadamente al número de personas empleadas en Indonesia[18].

 

Veamos cuales fueron las principales conclusiones a las que llegó el mencionado informe:

“El personal voluntario mundial supera el número de personas empleadas en más de la mitad de los 10 países más poblados 2016, tal como se muestra a continuación:

 

 

En términos de composición, alrededor del 70 % de la actividad voluntaria global se produce a través de la interacción informal (directa de persona a persona) con personas no pertenecientes al hogar del voluntario, mientras que el 30 % se produce formalmente a través de organizaciones sin ánimo de lucro o diversas asociaciones,  de acuerdo con la siguiente figura:

 

De otra parte, Los datos globales sobre el servicio voluntario revelan variaciones regionales en las tasas de participación voluntaria y en la cuota de servicio voluntario informal y formal. En la siguiente figura se establecen los voluntarios equivalentes a tiempo completo por región, desde casi 29 millones en Asia y el Pacífico a alrededor de 9 millones cada uno en los Estados Árabes, Latinoamérica y Caribe

 

 

El sexo de los voluntarios es una de las únicas variables demográficas fiables para la que los datos están disponibles para el desglose transnacional. El servicio voluntario formal se distribuye de una manera bastante uniforme entre los sexos (51 % mujeres y 49 % hombres), lo que da un giro a la creencia mantenida aún por muchas personas de que hay más mujeres que hombres ejerciendo el voluntariado a través de las organizaciones.71 El servicio voluntario informal, sin embargo, tiene tasas de participación femenina más altas a escala mundial. Ya que el servicio voluntario informal representa la mayor parte de los esfuerzos voluntarios en todas las regiones y las mujeres representan la mayor cuota de acción voluntaria informal, las mujeres constituyen una proporción más grande del servicio voluntario en general, cerca del 57 %

 

 

Un nuevo análisis calcula que la fuerza de trabajo voluntaria mundial equivale a la de 109 millones de trabajadores a tiempo completo, cifra que supera a la de muchas de las principales industrias mundiales. De estos 109 millones, el 30 % corresponde a servicio voluntario que se realiza formalmente a través de organizaciones, asociaciones y grupos. La mayor parte de la actividad voluntaria global (el 70 %), que es más difícil de capturar y generalmente menos visible para los actores principales del desarrollo, se realiza directamente a través del compromiso informal entre individuos”.

 

En lo que respecta a Colombia, según el estudio ‘Impacto del voluntariado en Colombia’, de la Universidad del Rosario y Dansocial, se encontraron tendencias generales: una es que el mayor porcentaje de las personas que realizan acciones voluntarias son mujeres. Así mismo, las personas con mayor nivel de escolaridad son las que más ejecutan este tipo de trabajos, sobre todo en ciudades con mayor número de población. La fuerza laboral que practica acciones voluntarias con respecto a la fuerza laboral total está por encima del 20 por ciento.

El verdadero impacto del voluntariado está en convertirse en una cadena de valor en todos sus niveles ya que es capaz de llegar a lugares donde el Estado no se puede manifestar.

 

El voluntariado es una práctica que surge como resultado de una libre elección personal, ética y solidaria, que además solo existe cuando tiene incidencia en los otros, por tanto, su interés es colectivo, general y público, por lo que puede considerarse como un compromiso solidario que busca mejorar la estructura de la sociedad y luchar por la construcción de un mundo más equitativo e igualitario[19].

 

A su vez el voluntariado es una opción de ocupación constructiva para los niños, niñas, adolescentes, jóvenes y adultos de cada territorio y comunidad, dándoles conciencia de participación y pertenencia a los mismos, y responsabilidad dentro del proyecto de comunidad, ciudad y nación; esto genera que la acción voluntaria sea beneficiosa también para la administración gubernamental de cada Estado y Administración Local, debido a que permite cubrir las necesidades que el Gobierno no puede asumir, o bien, fortalecer la ejecución de políticas públicas, o planes de acción Estatales en una comunidad, población o territorio determinado[20].

 

El Concejal Andrés Onzaga Niño en su ponencia al Proyecto de Acuerdo 349 de 2020 sobre este mismo tema, citaba a Albert Hirschman (1989), quien suscribió la siguiente frase “El amor o el civismo no son recursos limitados o fijos, como pueden ser otros factores de producción; son recursos cuya disponibilidad, lejos de disminuir, aumenta con su ejemplo”, y señalaba así mismo que esto es lo que sucede con el voluntariado, cuanto más se puede experimentar ese trabajo voluntario, libre y altruista, más se despierta el compromiso con él, la experiencia de estos trabajos fortalece los valores éticos positivos, reafirmando el compromiso ciudadano; existen enormes posibilidades de desarrollar el voluntariado porque su fuerza impulsora se halla en la misma naturaleza del ser humano, su trascendencia, solidaridad, es más que una obligación, es un privilegio.

 

6.             NUEVAS REALIDADES PARA EL EJERCICIO DEL VOLUNTARIADO

 

La acción voluntaria y el voluntariado, auto organizado por parte de ellos u organizado por parte de los gobiernos o a través de organizaciones, se encuentran en su ejercicio, ante unas nuevas realidades en su interactuar, debido al uso e implementación de las nuevas tecnologías de la comunicación que se imponen en el mundo y ante la absorción acelerada de las mismas en los distintos países. Las nuevas tecnologías son posiblemente el cambio más significativo que ha experimentado el voluntariado generando movilización digital y social a la vez.

 

En efecto, la tecnología inteligente, la web, lo móvil, las redes, las herramientas y las aplicaciones, los software libres, la inteligencia artificial, el crowdsourcing (colaboración abierta o externalización abierta de tareas o de trabajo) la georreferenciación o sistemas de información geográfica, han influenciado y cambiado el modo en que interactúan, socializan y trabajan los voluntarios, especialmente en las personas jóvenes, pero también en las organizaciones de voluntarios, abriendo espacios, perspectivas nuevas, facilidades para comunicarse, conectarse, intercambiar información y ejercer su labor, constituyéndose en herramientas innovadoras necesarias para su cotidianidad, movilización, organización, actuación en línea (digital, cibernético o virtual) y estar conectados con las comunidades de todo el mundo donde los necesiten.

 

El solo programa Voluntarios de las Naciones Unidas (VNU) gestiona el servicio de Voluntariado en Línea de las Naciones Unidas (www.onlinevolunteering.org), una plataforma que moviliza a más de 12.000 voluntarios en línea cada año. El servicio voluntario en línea es una forma simple, universal y eficaz, de que las organizaciones y los voluntarios trabajen juntos para abordar los desafíos del desarrollo sostenible en cualquier parte del mundo, desde cualquier dispositivo[21].

 

Además de estas herramientas tecnológicas, el compartir o intercambiar a través de ellas conocimiento, experiencias, habilidades y destrezas, ayudan no solo a adquirir confianza, empatía, generar sinergias que contribuyen positivamente, de una parte, al desarrollo integral del voluntario, sino que también, amplia las opciones, oportunidades, apoyos y ayudas disponibles, tanto para los gobiernos como para otros asociados, promoviéndose así intereses mutuos, objetivos similares y mejoramiento de la acción pública y gestión local, pues no puede olvidarse que el servicio de voluntariado es tanto un medio como un fin de desarrollo.

 

Amanera de conclusión, podemos decir que la globalización y las tecnologías de la comunicación han permitido ampliar el panorama del voluntariado, haciéndolo más flexible en el tiempo y en el espacio, más innovador, más masificado, más reutilizable y sostenible, permitiéndole diseñar y elaborar sus propias respuestas a tantas comunidades que los necesitan y que demandan de una acción conjunta entre el Estado, el voluntario y las comunidades. Por ello es que hay que reconocerle su valor

     

6.1. El Voluntariado y la Educación

 

El Voluntariado está muy ligado a dar impulso a los objetivos del Desarrollo Sostenible ODS 4: Educación de Calidad: “garantizar una educación de calidad inclusiva, equitativa, y promover las oportunidades de aprendizaje permanente para todos”. La Organización para la Educación, la Ciencia y la Cultura, la UNESCO, tiene confiada la coordinación del logro de este Objetivo y la hoja de ruta para la consecución de este objetivo es el Marco de Acción de Educación 2030, de acuerdo con la propuesta sobre la que ha de ser la Educación del Siglo XXI[22].

 

La Educación es la base para mejorar nuestra vida y el desarrollo sostenible y Precisamente el trabajo del voluntariado y muchas actividades de asistencia y ayuda social conducen a un mayor desarrollo integral en las esferas intelectual, emocional y social, rescata los valores propios de la vida en comunidad y en participación, brinda oportunidades en educación alternativa, desarrollando actitudes, habilidades y capacidades complementarias a la educación regular que se imparte en las aulas, reactiva la ética del esfuerzo, a través del trabajo, sobre la base de un vínculo solidario que ayuda no solo a la construcción y fortalecimiento de la ciudadanía, sino a la formación integral del voluntario mismo, partiendo de sus principios y valores y de su propia creatividad, lo cual de por si, contribuye a generar transformaciones y cambios culturales en nuestra sociedad. La ventaja de todo lo anterior es que ello se logra tener es gracias a la educación. 

 

El rol del voluntariado en el contexto de la educación también puede demostrarse en que el voluntariado no es, como lo era antes en nuestro medio, una experiencia o una actividad desconocida para los estudiantes y padres de familia. Por el contrario, resulta ser una actividad común y aceptada por todos ellos y por eso es que se habla de ser una opción de vida, una opción de trabajo y de ayuda social, una apertura al mundo, que puede servir como complemento para desarrollar otras habilidades y competencias, en pro de trabajar por las necesidades del mundo, de su población y de personas que están en circunstancias de debilidad y que requieren de asistencia y ayuda de los demás. 

 

De otra parte, el voluntariado, y así se ha demostrado por las experiencias y las enseñanzas adquiridas a través de su ejercicio, ayuda a la definición de la persona como tal, puede marcar el rumbo del futuro hacia donde se quiere ir, ayuda a encontrar una vocación, un proyecto de vida y pueden constituir la mejor respuesta al porque y para que de lo que se puede hacer. Si bien la Educación nos da las bases para ello, el voluntariado puede ser el mejor de los complementos que ella requiere.

De hecho, el experto educativo y autor del libro "Heducación se escribe sin hache", Ángel Santamaría, defiende la necesidad de que las tareas de voluntariado "tengan más reconocimiento social o laboral", como ocurre en países europeos o Estados Unidos, donde repercute en la carrera profesional de la persona. Destaca Santamaría la importancia de que los jóvenes "abran los ojos a una realidad fuera de los algodones en los que normalmente se encuentran para descubrir que existen otros mundos”.

 

En este sentido, cabe preguntarnos ¿si el voluntariado no resulta ser una asignatura pendiente de implementar en nuestro sistema educativo? El aprendizaje es un proceso transversal en el cual tiene cabida cualquier actividad que lo complemente. El aula, los centros educativos son apenas un medio para llegar a ese aprendizaje y por ello se ve factible pensar, sobre la necesidad de introducir el voluntariado en uno y otro y en nuestros programas académicos, decantando sus beneficios para los jóvenes y generar en ellos y en toda la comunidad educativa, (padres, asociaciones, organizaciones, profesores) una nueva cultura de aprendizaje-servicio, una innovación de educando en voluntariado en todos los ciclos educativos.

 

Este tema merece abordarse conjuntamente entre el Gobierno Nacional, Distrital, la comunidad educativa y las distintas organizaciones, la sociedad y los retos del ODS, así lo exigen y ven en el voluntariado un valor estratégico muy importante como acelerador de los ODS, para aprovechar de sus ventajas y su utilidad en el abordaje de los desafíos globales y locales, para formar una nueva generación de jóvenes que le den soporte y lo promuevan, y en eso, tanto los jóvenes como las instituciones educativas pueden coadyuvar con tales propósitos. Sin duda, todo ello es lo que permitiría impulsar el voluntariado definitivamente. En ello debemos generar una mayor conciencia sobre la importancia y las sinergias que deben crearse entre el voluntariado y el sector educativo como premisa fundamental para avanzar y hacer realidad los ODS.      

El voluntariado es cosa del presente y del futuro y el sector educativo no puede ser ajeno a su evolución y desarrollo. Es importante que los gobiernos y distintos actores implementen este modelo y lo promuevan. Igualmente, el sector educativo debe insertarse y promover una mejor comprensión de la contribución del voluntariado  a los ODS. Miremos como está programado el Encuentro Técnico Global “Re-imaginando el voluntariado para la Agenda 2030”, que será el evento global más grande del voluntariado a los ODS en los últimos 20 años, que está fijado a realizarse en julio de 2020 en Nueva York, el cual busca convocar una amplia y diversa plataforma de  actores para debatir sobre el futuro del voluntariado  e identificar cómo el voluntariado se vincula efectivamente a la Agenda 2030.

 

El sector educativo es un agente de cambio y de transformación permanente y es el sector, de todos los sectores, el que más aporta en la actualidad al voluntariado, un 12% sobre el 10% de otros sectores como salud y un 8% de ambiente. En salud por ejemplo el trabajo de la Liga Colombiana de Lucha contra el Cáncer ha sido pionero en el tema del voluntariado en salud, a nivel de prevención. Hoy, su red cuenta con más de 1.700 personas dedicadas al tema en todo el país.

 

De manera que a través de la educación está el motor que impulsa el voluntariado y de ello cada vez más debemos tomar conciencia para seguir aportando en la construcción de un mundo mejor. Hay que seguir incentivando a los jóvenes a que se vinculen al voluntariado desde el colegio y la universidad para lograr un relevo generacional en causas y con objetivos que le son comunes y afines, articulando para ello, el sistema educativo, el entorno y los mecanismos normativos que otorga el estado.

 

6.2. El Voluntariado en el Plan de Gobierno y en el Plan de Desarrollo 2020-2024.

 

En el Programa de Gobierno Claudia Alcaldesa 2020-2023[23] en sus distintos Componentes, se establecen una serie de comportamiento y acciones a desarrollar, que bien pueden asociarse a lo que se entiende por acciones y ejercicio de voluntariado, en donde la cultura ciudadana, la participación, la solidaridad, la corresponsabilidad, la gobernanza colaborativa, el trabajo en equipo, el construir ciudad entre todos, de la mano con la ciudadanía,  que resultan ser las  características principales de este Plan, que logran total armonización y articulación con los objetivos y fines del Voluntariado.

 

Veamos lo que se señaló en el Plan de Gobierno y de qué manera las acciones de voluntariado y el ejercicio del mismo, tal como se propone con este Proyecto de Acuerdo,   impactan no solo la política y las acciones públicas allí contenidas sino también lo preceptuado en el Plan de Desarrollo, así:

 

En el Componente de contenido “Quienes Somos”, señalaba la Candidata en ese entonces, lo siguiente:

 

(…)

 

“Somos  una  generación  que  representa  la  pluralidad  ciudadana,  que  escucha,  que  trabaja en equipo, que tiene el carácter y la valentía para usar su voz y voto libre para enfrentar el abuso de poder y la corrupción de  la  vieja  clase  política  y  que  trabaja  en  equipo  con  la  ciudadanía    para  construir  el  bienestar  de  las  mayorías,  enfrentar  los  retos del presente y del futuro. (Subrayado fuera de texto).

 

En el componente de ¿Cómo actuamos? (Página 6)

 

(…)

 

2.  Concertando  y  dialogando:  nuestras  alianzas  como  líderes  públicos  y  gobierno  son  con  la  ciudadanía,  la  región,  la  nación,  los  empresarios  y  los  innovadores.  Todos ellos son parte de la riqueza de nuestra ciudad y son indispensables para gestionar el  desarrollo  incluyente,  innovador,  libre  y  sostenible  que  queremos  liderar  en  la  ciudad (…). (Subrayado fuera de texto). 

 

3. Construyendo sobre lo destruido y también sobre lo construido. Reconocemos los avances de la ciudad, de sus gobernantes y de sus habitantes. Nuestra energía  no  se  concentra  en  destruir  sino  en  aprender  de  los  errores  cometidos,  corregirlos  y  avanzar.  Sabemos  construir  sobre  lo  destruido  y  también  sobre  lo  construido. Sabemos inspirar y potenciar el talento de todos para la acción colectiva que requiere nuestra ciudad. Entre todos vamos a convertir a Bogotá en líder global de la cultura ciudadana y el desarrollo humano sostenible del siglo XXI. (Subrayado fuera de texto

 

4.Con  cultura  ciudadana,  inteligencia  colectiva  y  participación  decisoria. Proponemos  la  construcción  de  un  modelo  de  corresponsabilidad  y  gobernanza  colaborativa  que  promueva  la  cultura  ciudadana  y  democrática,  la  responsabilidad de todos los actores y la participación social y decisoria de los ciudadanos en los procesos de toma de decisiones y garantías de derechos y se comprometa con la educación de las futuras generaciones de bogotanos. (Subrayado fuera de texto).

(…)

¿Qué Queremos? (Página 8).

No  es  únicamente  con  leyes,  decretos  y  presupuesto  como  avanza  una  ciudad.  El  desarrollo  y  mejor  bienestar de una gran ciudad como Bogotá depende de la capacidad de cooperación de la ciudadanía, de sus niveles de convivencia y entendimiento, y del trabajo en equipo, con confianza y legitimidad con sus autoridades. El enfoque del gobierno de la cultura ciudadana enfatiza que las transformaciones y  avances  de  nuestra  ciudad  también  dependen  de  la  transformación  de  los  hábitos  de  vida,  creencias  y  convivencia  de  la  ciudadanía.  Los  ciudadanos  en  su  diario  vivir  y  en  las  obligaciones  que le hacen cumplir a su gobierno y agentes privados son el motor del cambio y el desarrollo humano sostenible. Es liderando con el ejemplo y ejerciendo hábitos de vida individual y colectiva que nos hacen bien, y no hacen daño a los demás, como mejor y más rápido transformamos a Bogotá. (…) (Subrayado fuera de texto)

 

(…)

Nos       comprometemos       a       promover       la       democratización    de    la    ciudad,    superar    las    inequidades,   la   segregación      y   la   exclusión   socioeconómica. Asegurar    la    participación    amplia  y  decisoria  de  la  ciudadanía  y  sus  colectividades,   en   toda   su   diversidad   de   género, étnica, cultural. Bogotá será una ciudad con  participación  decisoria  real,  una  ciudad  que  entiende   acoge   y   desarrolla   los   procesos   de   reconciliación y paz. (Subrayado fuera de texto).

(…)

Cultura ciudadana eje transversal de la seguridad y la convivencia

 

Asumir la cultura ciudadana como un enfoque de gobierno es ser conscientes de que muchos de los retos que enfrenta nuestra ciudad requiere corresponsabilidad ciudadana y cambio cultural. Esto implica dos rasgos fundamentales: por un lado, está la necesaria invitación a los ciudadanos a cooperar y por el otro lado la inevitable revisión de ciertos rasgos  culturales  que  pueden  ser  obstáculos  para  conseguir  nuestras  metas  como  sociedad.  Inteligencia  y  capacidad  de  acción  colectiva  son  el  camino  para  enfrentar  todos los desafíos que nos depara el siglo XXI.

 

Doscientos años de democracia nos dieron derechos y libertades individuales que ahora tenemos que transformar en desafíos y logros como sociedad. Bogotá es la ciudad donde se creó la innovación de gobierno denominada “cultura ciudadana” y esto debe hacerse valer como un orgullo y un baluarte de Bogotá de cara a los nuevos retos del siglo XXI.

 

La política de cultura ciudadana liderada por la alcaldesa tendrá como algunas de sus acciones centrales tales como:

 

La  alcaldesa  al  frente:  Es  fundamental  que  quien  lidere  las  estrategias  pedagógicas  a  las  que  se  invita  a  los  ciudadanos  a  cooperar  sea  la  cabeza  del  gobierno  de  la  ciudad.  Los  temas  de  cultura  ciudadana  tienen  que  ser  iniciados  por la alcaldesa quien siempre será la primera persona dispuesta a aprender.

Se debe invitar con el ejemplo.   El fortalecimiento de la Dirección de cultura ciudadana de la Secretaría de Cultura de Bogotá. Esta Dirección debe funcionar como un  centro  de  investigaciones  sociales  que  provea  a  la  ciudad  de  conocimiento  sólido  sobre  las  prácticas,  comportamientos  y  actitudes  de  la  ciudadanía.  Para  que tenga una mayor incidencia, la dirección debe fortalecerse en su capacidad de diseño de estrategias de pedagogía incorporando científicos sociales y expertos en ciencias del comportamiento.

La   construcción   de   una   visión   compartida   de   ciudad:   “Unámonos  por  Bogotá”  también  es  el  llamado  a  la  corresponsabilidad  y la cooperación ciudadana en medio de la diversidad. Unirnos no significa, desde luego, que pretendamos que pensemos todos igual. Unirnos significa identificar acuerdos colectivos que reduzcan la polarización en beneficio de la ciudad y su futuro. Debemos tener la capacidad de construir acuerdos mínimos sobre la ciudad que  queremos.  Por  ello  convocamos  a  un  ejercicio  de  visión  compartida  a  los  diversos sectores sociales y políticos de la ciudad. Esta visión, como un acuerdo de la ciudadanía, será un norte fundamental para las políticas de cultura ciudadana.(Subrayado fuera de texto).

 

(…)

Promoveremos  una  educación  ciudadana  en  lo  emocional,  corporal,  ambiental,  cívico y político para la convivencia y el respeto hacia lo público. Será un propósito central que contará con grupos humanos comprometidos y recursos suficientes. Vamos a  promover  la  cultura  de  paz,  convivencia,  seguridad  y  respeto  a  lo  público,  con  el  liderazgo de los jóvenes en toda la ciudad.

Ampliaremos el alcance de los medios sostenibles de   transporte   para   los   estudiantes   (caminar,   bicicleta, transporte público); evitaremos que los estudiantes atraviesen la ciudad para ir a estudiar y fortaleceremos programas como al colegio en bici. La  vigilancia  de  los  colegios  tiene  que  cuidar  sobre todo a los niños, evitaremos los enfoques represivos y la seguridad armada, trabajaremos la corresponsabilidad comunitaria en la seguridad delos  colegios;  y  conseguiremos  que  parques  y entornos escolares sean seguros y se puedan utilizar como espacios de aprendizaje. Propondremos un modelo comunitario de mantenimiento y aseo para los colegios. Crearemos un banco de tiempo para que  los  ciudadanos  puedan  hacer  voluntariado  apoyando ese propósito. (Subrayado fuera de texto)

La  ciudad  requiere  propuestas  que  integren  a   la   ciudadanía   y   promuevan   el   diálogo   intergeneracional,   que   impulsen   lazos   de   confianza,  solidaridad  y  reconocimiento sustentado  en  el  principio  de  que  “sólo  es  posible  ser  uno,  cuando  se  hace  parte  de  un  todo”,  que  valore  el  conocimiento  acumulado  por la experiencia de los mayores y el aporte de los jóvenes a los nuevos conocimientos, es necesario  refundar  el  pacto  social  de  Bogotá  y  reestructurar  su  visión  estratégica  de  largo  plazo”.

 

No cabe duda que la Acción Voluntaria y el ejercicio del voluntariado en la ciudad coadyuvará a los fines contenidos en este Plan de Gobierno de la actual Alcaldesa y en su Plan de Desarrollo, en el propósito de vincular, de gobernar de la mano con la ciudadanía, de hacerla partícipe de sus actos de gestión, administración y gobierno y del poder de  decisión,  para beneficio de la ciudad que se pretende construir entre todos.

 

En cuanto a lo aprobado en el Plan de Desarrollo, lo preceptuado en este Proyecto de Acuerdo en relación con la acción de voluntariado y ejercicio del mismo, tenemos que en la reciente  aprobación del Acuerdo 761 de 2020 “POR MEDIO DEL CUAL SE ADOPTA EL PLAN DE DESARROLLO ECONÓMICO, SOCIAL, AMBIENTAL Y DE OBRAS PÚBLICAS DEL DISTRITO CAPITAL 2020-2024 “UN NUEVO CONTRATO SOCIAL Y AMBIENTAL PARA LA BOGOTÁ DEL SIGLO XXI”, por parte del Concejo de Bogotá, este tema, así como el objeto y fines que se proponen en este Proyecto, tienen íntima relación con lo allí preceptuado, dentro de los Propósitos, proyectos y programas Estratégicos, Metas Trazadoras y Metas generales,  a través de lo que se prevé en materia de  ejercicio de la cultura ciudadana,  de la participación, de la solidaridad y corresponsabilidad y demás principios y acciones que orientan a la acción voluntaria y el ejercicio del voluntariado, bajo el entendido, que son instrumentos o mecanismos de los cuales puede valerse este Plan de Desarrollo y este Gobierno, para garantizar de una manera más efectiva, el cumplimiento de sus objetivos y metas. Veamos:

 

En efecto, dentro del Objetivo General del Plan de Desarrollo[24] aludido, está el de consolidar un nuevo contrato social, ambiental e intergeneracional que permita avanzar hacia la igualdad de oportunidades, recuperando la pérdida económica y social derivada de la emergencia del COVID-19, capitalizando los aprendizajes y los canales de solidaridad, redistribución y reactivación económica creados para atender y mitigar los efectos de la pandemia y de esta forma construir con la ciudadanía, una Bogotá donde los derechos de los más vulnerables sean garantizados a través de: la ampliación de las oportunidades de inclusión social y productiva, en particular de las mujeres, los jóvenes y las familias, para superar progresivamente los factores de naturalización de la exclusión, discriminación y segregación socioeconómica y espacial que impiden la igualdad de oportunidades y el ejercicio de una vida libre, colectivamente sostenible y feliz.

 

Así mismo, dentro de la Visión de Ciudad, que se establece en el Artículo 4° del Plan de Desarrollo, se señala:

 

“Artículo 4°. Visión de ciudad. En el 2024 Bogotá se habrá recuperado de los efectos negativos dejados por la pandemia global COVID -19 en materia social y económica, capitalizando los aprendizajes y los canales de salud pública, solidaridad y redistribución creados para superarlos. La formulación y ejecución de un nuevo contrato social y ambiental le permitirá a Bogotá no sólo cumplir los Objetivos de Desarrollo Sostenible-ODS en el 2030, sino además ser un ejemplo global en reconciliación, educación, acción colectiva, desarrollo sostenible e inclusión social y productiva para garantizar igualdad de oportunidades para la libertad, en particular para las mujeres y los jóvenes, con enfoque de género, diferencial, territorial, de cultura ciudadana y de participación, que junto con una movilidad sostenible y accesible, la disminución de los índices de inseguridad en la ciudad y una institucionalidad fortalecida regionalmente, hará de Bogotá una ciudad cuidadora, incluyente, sostenible y consciente, donde la educación pertinente y de calidad es el principal factor de transformación social y económica”.

 

Como puede verse, dentro de esta visión de ciudad, proyectada a corto y mediano plazo, el principio de solidaridad, que caracteriza también la acción voluntaria y el ejercicio del voluntariado, está en estrecha relación con la recuperación de los efectos de la pandemia Covid 19 y en una calamidad pública como la decretada y ante las necesidades sociales y económicas que surgen de ella, se considera que el voluntariado puede ser un instrumento o mecanismos del cual podemos no solo recuperar en parte a través del él, el tejido y la cohesión social, sino también para desarrollar y ejercer la solidaridad, la ayuda y colaboración,  el cuidado y la participación activa de los Bogotanos, en las acciones gubernamentales implementadas para salir de manera unida y mancomunada fortalecidos de sus devastadores efectos.

 

Es dentro de este contexto que los Principios que orientan el Plan de Desarrollo (Artículo 5°), ratifican, entre otros, la necesidad de la vocación de servicio, el liderazgo público, la inteligencia, la acción colectiva, la corresponsabilidad, la integración como principios que guiarán el ejercicio del servicio público del gobierno distrital y los que caracterizan las relaciones público privadas y el quehacer de cada una de las entidades que conforman la administración distrital, y agregaría que también el quehacer de las personas y de los ciudadanos que de una u otra manera quieren poner al servicio de la administración estos principios dentro de una forma de ejercicio del voluntariado.   

 

Por último, debe citarse también lo establecido en el Artículo 6° del Plan de Desarrollo aprobado, relacionado con los “Enfoques”, que es la manera como desde la administración se comprenden y atienden las realidades de quienes habitan el Distrito Capital y su región; por lo tanto, le permiten al gobierno distrital de manera estratégica tratar las distintas problemáticas reconociendo las diferencias de los individuos, las familias, el género, la inclusión, y la cultura ciudadana, a la luz del ejercicio del servicio público y la participación ciudadana.

Dentro de esos enfoques están:  el enfoque de Cultura Ciudadana y el de la participación Ciudadana, los cuales se explican así dentro de dicho artículo:

 

“Artículo 6° Enfoques. (…)

(…)

Enfoque de cultura ciudadana. Reconoce que los comportamientos ciudadanos son multimotivados, obedecen a razones, intereses y emociones y multiregulados por la ley, por reflexión moral y la cultura. También existe autorregulación individual y colectiva y regulación mutua. El enfoque de cultura ciudadana aporta a las políticas públicas, la comprensión de que los comportamientos humanos pueden ser transformados y regulados por la ley, la cultura y la moral. Cultura ciudadana entendida como el conjunto de creencias, hábitos y comportamientos que permiten la convivencia en la ciudad y el reconocimiento de los derechos y deberes ciudadanos.

 

Concibe los hábitos y comportamientos sociales como construcciones culturales que pueden aprenderse. Desde este enfoque los ciudadanos no solo se guían por el temor al castigo o la multa, sino que existen también normas informales (morales y sociales) que guían el comportamiento de las personas en la ciudad y que delimitan lo que es culturalmente aceptable. Entender la dinámica de estas normas informales es fundamental para incidir en los comportamientos y las actitudes de los ciudadanos.

 

Este enfoque enfatiza la capacidad de auto transformación y transformación ciudadana, resaltando cuatro aspectos fundamentales: (i) la construcción individual y colectiva de la armonía entre las tres regulaciones: legal, moral y cultural para lograr la convivencia (ii) la educación y la cultura tienen un papel fundamental tanto para explicar la realidad que vivimos como para transformarla; (iii) las personas tienen la capacidad de cooperar en la consecución de bienes colectivos y (iv) el gobierno puede asumir un rol pedagógico proponiendo la participación voluntaria de la ciudadanía en la transformación de ciertos rasgos culturales que afectan el bienestar social, para lo cual se fundamenta en la gobernanza colaborativa enfocada en la responsabilidad de todos en la construcción de ciudad a través de la participación social y decisoria.

Este gobierno fortalecerá los sistemas de información y conocimiento de las prácticas ciudadanas, con el fin de desarrollar acciones colectivas para fomentar el cambio cultural y comportamental prevaleciendo la naturalización de las relaciones entre la sociedad y las poblaciones.

 

Enfoque de participación ciudadana. Es un proceso que se entiende como un derecho, mediante el cual, se aproxima la ciudadanía a la construcción del Nuevo Contrato Social y Ambiental, así como la forma, en que el gobierno de manera transversal a su acción entiende su relación con ésta, a través, fundamentalmente, del modelo de gobierno abierto, con el objeto de construir colectivamente, generando confianza y empoderamiento ciudadano para la defensa y reconocimiento de sus intereses y los de la ciudad”.

 

Es entonces en este marco conceptual de políticas y acciones, que se desarrollarán proyectos y metas, unos y otras, de carácter estratégico y general para desarrollar estos objetivos, visión de ciudad, de principios y enfoques contenidos en el Plan de Desarrollo y cómo podemos ver, también sirven como sustento y fundamento de lo que en este Proyecto de Acuerdo se está sometiendo a consideración del Concejo y de los Concejales de la ciudad, sobre la necesidad, hoy más que nunca, de implementar la acción voluntaria y el ejercicio del voluntariado, ya que como pudo verse de los contenidos del Plan de Desarrollo, se está en íntima relación, desarrollo y legitimación así implementarlo, para que coadyuve a la realización material de los objetivos y fines del Plan.

 

Cabe resaltar en este aparte, lo señalado por el Concejal Andrés Onzaga Niño en su ponencia al Proyecto de Acuerdo 349 de 2020 sobre este mismo tema, en el que manifestaba que: “Proyectos como el que se están gestando en el que se pretende reivindicar los roles del sujeto en la comunidad, son muestra de la importancia de un gobierno que se preocupa por la acción social y participación ciudadana. El voluntariado es una actividad importante es inherente al ser humano y es por medio de este tipo de iniciativas que buscan visibilizar, aquello que de una u otra forma no recobra la importancia con la que se debería tratar este tema”.

   

7. FUNDAMENTACION LEGAL

 

CONSTITUCIÓN POLÍTICA

El Estado social de derecho estimula la solidaridad de los ciudadanos buscando el beneficio general así lo establece en el Art. 1 de la Carta Política:

ARTICULO 1°. Colombia es un Estado social de derecho, organizado en forma de República unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés general. (Negrilla fuera de texto)

Igualmente, en su Art. 2 establece que son fines esenciales del Estado Colombiano servir a la comunidad y promover la prosperidad general:

ARTÍCULO 2°. Son fines esenciales del Estado. servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución; Las autoridades de la República están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias, y demás derechos y libertades, y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares.

-Nuestro marco Constitucional, establece que “el Estado contribuirá a la organización, promoción y capacitación de las asociaciones profesionales, cívicas, sindicales, comunitarias, juveniles, benéficas o de utilidad común no gubernamentales, sin detrimento de su autonomía con el objeto de que constituyan mecanismos democráticos de representación en las diferentes instancias de participación, concertación, control y vigilancia de la gestión pública que se establezcan”.

-las Naciones Unidas a través de la Resolución 56/83 de su Asamblea General, denominada "Recomendaciones sobre el apoyo al Voluntariado" señalan las maneras en que los gobiernos y las organizaciones del sistema de las Naciones Unidas pueden apoyar el voluntariado y los exhorta a tenerlas debidamente en cuenta.

-En la Cumbre Mundial de las Naciones Unidas sobre el Desarrollo Sostenible celebrada el 25 de septiembre de 2015, los líderes mundiales aprobaron la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, la cual incluye un conjunto de 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), conocidos como Objetivos Mundiales, para poner fin a la pobreza, luchar contra las desigualdades y la injusticia y abordar el cambio climático de aquí a 2030. Estos objetivos mundiales son universales, inclusivos y representan un compromiso valiente con las personas y el planeta. La Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible reconoce explícitamente a los grupos de voluntarios como actores para alcanzar los diecisiete ODS. “El voluntariado refuerza el compromiso cívico, protege la inclusión social, afianza la solidaridad y solidifica el sentido de apropiación de los resultados de desarrollo. El voluntariado es, por naturaleza, un importante vehículo para el cumplimiento de los objetivos del desarrollo sostenible.

 

LEYES y DECRETOS

--Mediante la Ley 720 de 2001 se reconoce, promueve y regula la acción voluntaria de los ciudadanos colombianos, como expresión de la participación ciudadana, el ejercicio de la solidaridad y la corresponsabilidad social.

-Decreto 4290 de 2005 (noviembre 25) “por el cual se reglamenta la Ley 720 de 2001” a fin de promover el adecuado desarrollo y ejercicio del voluntariado en nuestro país.

 

-Ley 57 de 1887 Código Civil Colombiano. Artículo 633. Definición de persona jurídica. Se llama persona jurídica, una persona ficticia, capaz de ejercer derechos y contraer obligaciones civiles, y de ser representada judicial y extrajudicialmente.

 

Las personas jurídicas son de dos especies: corporaciones y fundaciones de beneficencia pública. (Ley 720 de 200).

 

ACUERDOS

-Acuerdo 607 de 2015, “Por medio del cual se “fomenta y apoya el voluntariado ambiental y la participación ciudadana en el Distrito”.

 

-Además del Plan de Gobierno de la actual Alcaldesa, podemos citar también como fundamento legal de esta iniciativa, lo establecido en el Plan de Desarrollo aprobado por el Concejo de Bogotá, ACUERDO 761 DE 2020 “POR MEDIO DEL CUAL SE ADOPTA EL PLAN DE DESARROLLO  ECONÓMICO, SOCIAL, AMBIENTAL Y DE OBRAS PÚBLICAS DEL DISTRITO CAPITAL 2020-2024 “UN NUEVO CONTRATO SOCIAL Y AMBIENTAL PARA LA BOGOTÁ DEL SIGLO XXI”..

 

 

- NORMATIVIDAD INTERNACIONAL

-Resolución No 56/38. Naciones Unidas. Recomendaciones sobre el apoyo al voluntariado.

Esta resolución recomienda a los Gobiernos apoyar el trabajo de los voluntarios:

"Apoyo de los Gobiernos: Se recomienda que los gobiernos creen un entorno favorable para seguir apoyando las actividades de los voluntarios (…)"

- DECLARACIÓN UNIVERSAL SOBRE EL VOLUNTARIADO-

A) PREÁMBULO

1. Los voluntarios, inspirados en la Declaración Universal de los Derechos del Hombre de 1948 y en la Convención Internacional de los Derechos del Niño de 1989, consideran su compromiso como un instrumento de desarrollo económico, cultural y social en un mundo en continuo cambio y hacen suyos los principios de que "cualquier persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacífica".

-Mediante la Ley 720 de 2001 se reconoce, promueve y regula la acción voluntaria de los ciudadanos colombianos, como expresión de la participación ciudadana, el ejercicio de la solidaridad y la corresponsabilidad social.

El voluntariado es:

-Una decisión voluntaria que se apoya sobre motivaciones y opciones personales.

 -Una forma de participación activa del ciudadano en la vida de las comunidades.

 -Se manifiesta en general en una acción y en un movimiento organizado en el seno de una asociación.

-Contribuye al mejoramiento de la calidad de vida y a crear un mundo más solidario. -Responde a los principales desafíos de una sociedad que busca lograr un mundo más justo y pacífico.

-Contribuye al fortalecimiento de un desarrollo social y económico más equilibrado, incluso a la creación de nuevos empleos y profesiones.

 

 B) PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DEL VOLUNTARIADO. Los voluntarios ponen en práctica los siguientes principios básicos fundamentales: 1. Los voluntarios:

-Reconocen el derecho de asociación a todos, hombre, mujer y niño, cualquiera que sea su raza o religión, su condición física, económica, social y cultural.

-Respetan la dignidad de todo ser humano y su cultura.

-Ofrecen ayuda mutua desinteresada y participan individualmente en asociaciones con espíritu de compañerismo y fraternidad.

-Están atentos a las necesidades de las comunidades y propician con ellas la solución de sus propios problemas.

-Tienen como meta el hacer del voluntario un elemento de desarrollo personal, de adquisición de conocimientos nuevos, de ampliación de sus capacidades, favoreciendo la iniciativa a la creatividad, permitiendo a cada uno ser miembro activo y no solamente beneficiario de la acción voluntaria.

-Estimulan la responsabilidad social y motivan la solidaridad familiar, comunitaria e internacional.

2. Considerando estos principios fundamentales, los voluntarios deben:

-Estimular el compromiso individual para convertirlo en un movimiento colectivo.

 -Apoyar de manera activa a su asociación, adhiriéndose conscientemente a sus objetivos, informándose de la política y del funcionamiento de esta última.

-Comprometerse a llevar bien las tareas definidas conjuntamente de acuerdo con sus aptitudes, tiempo disponible, responsabilidades aceptadas.

-Cooperar con espíritu de comprensión mutua y de estima recíproca con todos los miembros de su asociación.

-Aceptar la capacitación requerida.

-Trabajar con ética en el cumplimiento de sus funciones.

3. Teniendo en cuenta la Declaración de los Derechos Humanos y de los principios básicos del voluntariado, las asociaciones deben:

-Elaborar estatutos para el desarrollo de la actividad voluntaria. -Establecer los criterios de participación de los voluntarios.

-Velar por el respeto de las funciones claramente definidas de cada uno de los miembros.

-Delegar a cada uno las actividades que seleccione, asegurándose de proporcionarle la capacitación y apoyo apropiado.

-Evaluar periódicamente los resultados.

-Asumir de manera adecuada la cobertura de los riesgos, incurridos por el voluntariado en el ejercicio de su función y los daños que involuntariamente pueda causar a terceros.

-Facilitar el ingreso de voluntarios, ofreciendo, entre otras cosas, reembolso de los gastos ocasionados por su misión.

-Establecer de qué manera se puede poner fin, por parte de la asociación o del voluntario, al compromiso mutuo.

C) PROCLAMACIÓN. Los voluntarios, reunidos por iniciativa de la Asociación Internacional de Esfuerzos Voluntarios (IAVE) en el Congreso Mundial, declaran su fe en la acción voluntaria como fuerza creativa y mediadora.

 -Para respetar la dignidad de toda persona, su capacidad para ejercer sus derechos de ciudadano y crear su propio desarrollo.

-Para contribuir a resolver los problemas sociales.

-Para la construcción de una sociedad más humana y más justa favoreciendo igualmente una cooperación mundial. Invitan a los Estados, las Instituciones Internacionales, las empresas y a los organismos de comunicación a unirse como colaboradores para crear un ámbito internacional que promueva y apoye un voluntariado eficaz, accesible a todos, símbolo de solidaridad entre los hombres y naciones.

 

7.1. COMPETENCIA DEL CONCEJO DISTRITAL

 

Decreto Ley 1421 de 1993

El Concejo Distrital tiene competencia para aprobar esta iniciativa según lo señalado en los numerales 1, 10 del Artículo 12 del Decreto ley 1421 de 1993, los cuales establecen:

ARTÍCULO. - 12. Atribuciones. Corresponde al Concejo Distrital, de conformidad con la Constitución y a la ley:

1.Dictar las normas necesarias para garantizar el adecuado cumplimiento de las funciones y la eficiente prestación de los servicios a cargo del Distrito.

(…)

10. Dictar las normas que garanticen la descentralización, la desconcentración y la participación y veeduría ciudadanas.

(….)

25. Cumplir las demás funciones que le asignen las disposiciones vigentes.

 

8.             ANTECEDENTES DE LA INICIATIVA

 

Este Proyecto de Acuerdo ha sido presentado en dos ocasiones anteriores, habiendo sido radicado bajo los N° 147 de 2020 el cual no alcanzó a ser sorteado y con el N° 349 de 2020 en las sesiones del mes de noviembre de ese año, siendo designados como Ponentes, los Concejales Celio Nieves Herrera y Andrés D. Onzaga Niño, quienes rindieron Ponencia Positiva con Modificaciones a dicho Proyecto. Sin embargo, en las sesiones del mes de noviembre no se alcanzó a debatir el proyecto, quedando archivado, razón por la cual en las sesiones ordinarias correspondientes al mes de febrero de 2021, vuelve y se presenta esta iniciativa a consideración del Concejo de Bogotá para lo pertinente.

 

Por parte de la Administración Distrital, en relación con el Proyecto de Acuerdo N° 349 de 2020, no se emitió concepto de viabilidad técnica, legal y financiera y de conveniencia a dicha iniciativa.

 

En esta nueva oportunidad de presentación de este Proyecto de Acuerdo, se introdujeron en la Exposición de Motivos y en el Articulado del mismo, algunos textos de las ponencias rendidas por los Ponentes, respecto del Proyecto de Acuerdo 349 de 2020, así como se recogieron también, algunas de las modificaciones hechas al Articulado de ese Proyecto de Acuerdo, por considerar que dichas modificaciones planteadas por los ponentes, eran oportunas, viables técnica y jurídicamente, y porque fortalecían y enriquecían  el articulado dándole mayor claridad y alcance a su contenido.

 

Otras modificaciones efectuadas por los Ponentes, como en el caso de las supresiones sugeridas de algunos de los Artículos, algunas se acogieron y otras no,  en la medida en que se consideró que no había ninguna ilegalidad ni motivo de inconveniencia tal como estaban planteadas en el Articulado y tampoco se desnaturalizaban los fines u objetivos del voluntariado en su carácter de ser un acto libre de la voluntad de cada persona el ejercer el voluntariado o la acción voluntaria.

 

Igualmente, algunas de las normas del articulado propuesto, tampoco representaban una inclusión excesiva y repetitiva en relación con lo establecido en las normas vigentes en materia de voluntariado, en la medida que el ámbito de aplicación de las mismas debía implementarse al nivel territorial.

  

9.             IMPACTO FISCAL

 

Es necesario precisar, además, que el presente proyecto de Acuerdo no implica impacto fiscal de conformidad con lo dispuesto en la Ley 617 de 2000. En concordancia con lo anterior, se hace necesario que el Honorable Concejo Distrital adopte los lineamientos que establece la Ley 720 de 2001 y el Decreto reglamentario N° 4290 de 2005 para la implementación, promoción y fomentodel Voluntariado en el Distrito Capital..

 

De otra parte, en caso que este Proyecto de Acuerdo demande un impacto fiscal posible, los objetivos de inversión y apoyo deben alinearse con los programas, planes y proyectos, con las estrategias y prioridades esbozadas en el Plan de Desarrollo de la presente administración, donde ha de garantizarse lo establecido en el presente Acuerdo, en caso de aprobarse esta iniciativa.

 

En el mismo sentido, la administración Distrital en los distintos Proyectos de Presupuesto, gastos e inversiones de cada vigencia pueden incluirse recursos acordes con los programas del plan de Desarrollo de la actual administración, no solo para materializar esta iniciativa sino también, para hacerla sostenible en el tiempo, como quiera que el voluntariado coadyuva en la construcción de ciudad y se fortalece la cohesión y el tejido social.

 

También en este Proyecto de Acuerdo que se está presentando a consideración del Concejo de Bogotá se está incluyendo en su articulado un mecanismo de financiación para que la Administración Distrital pueda efectuar convenios, alianzas y programas de cooperación con entidades del orden nacional e internacional, públicas o privadas para consecución de recursos que permitan financiar y dotar de elementos al servicio de voluntariado para el correcto desempeño de sus actividades.

 

Es relevante mencionar, para el caso en concreto, que no obstante lo anterior, la Corte Constitucional en Sentencia C-911 de 2007, puntualizó que el impacto fiscal de las normas no puede convertirse en óbice, para que las corporaciones públicas ejerzan su función normativa.

 

De acuerdo con todo lo anterior, pongo en conocimiento del Concejo de Bogotá y de  los Concejales de la ciudad, esta iniciativa que considero muy necesaria su implementación y desarrollo, máxime en estos momentos que estamos frente a la pandemia del COVIC 19, y que hoy puede ser útil la acción voluntaria y el ejercicio del voluntariado como un medio, un instrumento de solidaridad, de ayuda mutua, de colaboración de corresponsabilidad y que podría coadyuvar e impactar positivamente a los objetivos y fines de este gobierno, especialmente en lo relacionado con los principios, programas y metas establecidas en el Plan de Desarrollo 2020-2023 de la actual administración.

 

PROYECTO DE ACUERDO Nro.___________/ DE 2021

 

POR EL CUAL SE IMPLEMENTA, PROMUEVE Y FOMENTA EL EJERCICIO DE LA ACCION VOLUNTARIA Y EL SERVICIO DEL VOLUNTARIADO EN BOGOTA, D.C. Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES.

 

EL CONCEJO DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL

 

En uso de sus atribuciones legales, en especial las que le confiere los numerales 1 y 10 del Artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993,

 

ACUERDA:

 

ARTÍCULO 1º. OBJETO. La Administración Distrital implementara, promoverá y fomentará, el ejercicio de Acción voluntaria y el servicio de voluntariado y sus responsabilidades sociales, en sus diferentes modalidades en el Distrito Capital, como un objetivo de participación, solidaridad, corresponsabilidad y cooperación ciudadana, en actuaciones de interés general, de servicio humanitario, social, comunitario, de emergencias y calamidad pública, que requieran de dicho servicio, de conformidad en lo establecido en la Ley 720 de 2001 y su Decreto Reglamentario 4290 de 2005.

 

ARTICULO 2. DEFINICIONES. Para los efectos y alcances del presente Acuerdo, además de los conceptos definidos en el artículo 3 de la Ley 720 de 2001, se establecen las siguientes definiciones:

 

Acción Voluntaria: Es un conjunto de tareas que se asumen libremente, sin ánimo de lucro ni de compensación económica con el propósito social de ser útil a la sociedad. Pueden contribuir: Al bienestar de la comunidad A mejorar la calidad de vida de otras personas A erradicar o cambiar las causas que producen necesidad y exclusión

 

Voluntariado: Es el conjunto de acciones de interés general desarrolladas por personas naturales o jurídicas, quienes ejercen su acción de servicio a la comunidad en virtud de una relación de carácter civil y voluntario.


Voluntario: Es toda persona natural que libre y responsablemente, sin recibir remuneración de carácter laboral, ofrece tiempo, trabajo y talento para la construcción del bien común en forma individual o colectiva, en organizaciones públicas o privadas o fuera de ellas.

 

Organizaciones de Voluntariado (ODV): Las que con personería jurídica y sin ánimo de lucro tienen por finalidad desarrollar planes, programas, proyectos y actividades de voluntariado con la participación de voluntarios.

 

Entidades con Acción Voluntaria (ECAV): Son aquellas que sin tener como finalidad el voluntariado, realizan acción voluntaria.

       

ARTICULO 3º. MODALIDADES DEL SERVICIO DE VOLUNTARIADO. La Administración Distrital dentro de la reglamentación del presente Acuerdo, determinará las distintas clases o modalidades del servicio de acción voluntaria o voluntariado que se prestará en todo el territorio del Distrito Capital. Para ello, deberá tener en cuenta las necesidades del Distrito, de los sectores y sus distintas entidades, las necesidades y requerimientos de los ciudadanos, de las organizaciones sociales, establecimientos educativos, y demás sociedad civil, generando un diagnóstico y estudio de necesidades y capacidades para su implementación en cada área de servicio a prestarse, atendiendo siempre el bien común e interés general.

 

PARAGRAFO. Para estos efectos, se deberá incluir e integrar al servicio de voluntariado que ya se viene prestando en el Distrito Capital

 

ARTICULO 4º. PRINCIPIOS DEL SERVICIO DE VOLUNTARIADO. El servicio de voluntariado en el Distrito Capital, se prestará y atenderá con observancia de los principios que a continuación se listan en favor de personas, grupos y como contribución a los fines del bien común y el interés general:

 

a) Libertad

b) Autonomía

c) Gratuidad

d) Inclusión

e) Voluntariedad

f) Participación

g) Pluralismo

h) Planeación

i) Eficacia

j) Eficiencia

k) Solidaridad

l) Humanidad

m) Cooperación

n) Corresponsabilidad Social

o) Convivencia

p) complementariedad

q) Prevención, y

r) Reacción

 

ARTICULO 5º.  CREACION DEL REGISTRO DISTRITAL DE VOLUNTARIADO Y COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL. La Administración Distrital, en cabeza del sector de Gobierno y particularmente de la Secretaría Distrital de Gobierno, Creará el Registro Distrital de Acción voluntaria o servicio de Voluntarios, tanto de personas naturales como jurídicas, ONG, comunidades y demás organizaciones de la sociedad civil que quieran prestar sus servicios de voluntariado en las diferentes modalidades del mismo, conforme a lo establecido en el Artículo 3° del presente Acuerdo, e implementará acciones de diagnóstico, promoción, identificación, caracterización y  experiencia de quienes ejercen la acción voluntaria o el servicio de voluntariado en el Distrito Capital, su actuación en red y uso de tecnologías de la comunicación.

 

PARAGRAFO 1º. El Registro Distrital de Voluntariado será de naturaleza gratuita, pública, participativa e incluyente.

 

PARAGRAFO 2º. CAPACITACION y ACREDITACION. La Administración Distrital, desarrollará programas de capacitación, generación de habilidades y destrezas al servicio de la acción voluntaria y del servicio de voluntariado, dirigido a las personas y organizaciones pertenecientes al Registro Distrital de Voluntariado y acreditará los correspondientes cursos mediante certificación escrita y con anotación en el respectivo Registro para que sea tenido como experiencia en materia de voluntariado.

Para tales efectos, la Administración Distrital podrá suscribir convenios sin ánimo de lucro con entidades públicas, privadas, con ONG de acción voluntariado o de servicio de voluntariado nacional o internacional.

 

ARTICULO 6º.  DERECHO DE ASOCIACION. Las personas que ejerzan la acción voluntaria o servicio de voluntariado podrán asociarse entre sí, para crear Organizaciones de voluntariado (ODV) y Entidades con Acción Voluntaria (ECAV) a las que hace referencia la Ley 720 de 2001 y su Decreto Reglamentario 4290 de 2005 para los fines establecidos en dichas normas.

 

PARAGRAFO. La Administración Distrital en general, y en particular, el sector Gobierno, a través de la Secretaría Distrital de Gobierno, promoverán y fomentarán la constitución, organización, funcionamiento y participación de estas organizaciones y entidades y garantizará su ejercicio y derecho a recibir las medidas de apoyo financiero, material y técnico, asignándoles para tales efectos recursos públicos orientados al normal funcionamiento y desarrollo de sus actividades y fines para los que fueron creados, en los términos del artículo 8 de la Ley 720 de 2001.

 

ARTICULO 7º. CONSOLIDACION DE LA OFERTA Y DEMANDA DE APOYO VOLUNTARIO. La Administración Distrital, a través del Sector de Gobierno, con la Secretaría Distrital de Gobierno, consolidará la oferta y demanda de apoyo de la acción voluntaria del Distrito y sus localidades, en las diferentes actividades que lo requieran, así como la de las ODV, las ECAV, los voluntariados corporativos y los voluntarios independientes que desarrollan su Acción Voluntaria-AV y ejercicio de voluntariado, con el fin de Articular tanto oferta como demanda de Acción Voluntaria en el Distrito Capital.

 

PARAGRAFO. La Oferta y Demanda de voluntariado debe ser publicada en la página web de la Secretaría Distrital de Gobierno, para conocimiento de la ciudadanía en general, debiendo presentar un cronograma, la ruta del proceso a seguir, el monitoreo, seguimiento y alcance de la actividad o actividades desarrolladas.

 

ARTICULO 8º. IMPLEMENTACION DE PROTOCOLOS. La Secretaría Distrital de Gobierno, implementará protocolos de integración, capacitación general y de actuación del personal voluntario, relacionado con el quehacer institucional, la misionalidad de las entidades y los diferentes programas y proyectos, estrategias de abordaje y contacto comunitario, acciones de seguridad y autocuidado en el servicio voluntario y trabajo en equipo entre otros temas generales que se requieran.


ARTICULO 9º. CREACION DEL SISTEMA DISTRITAL DE VOLUNTARIADO (SDV).  Crease el Sistema Distrital de Voluntariado (SDV) entendido este, como el  conjunto de orientaciones, normas, actividades, recursos, programas, instituciones, organizaciones, entidades y personas que permiten poner en funcionamiento la Acción voluntaria y el servicio de voluntariado que trata el presente Acuerdo en armonía con la Ley  720 de 2001 y su Decreto Reglamentario 4290 de 2005.

 

PARAGRAFO. El Sistema Distrital de Voluntariado –SDV- actúa como mecanismo de coordinación, asesoría y articulación de los diferentes actores, organizaciones e instituciones que intervienen como voluntarios.

 

ARTICULO 10º. OBJETIVOS DEL SISTEMA DISTRITAL DE VOLUNTARIADO (SDV). El Sistema Distrital de Voluntariado tendrá por objeto:

1.             promover y fortalecer la acción voluntaria a través de alianzas estratégicas y el trabajo en red de las ODV, las ECAV y los Voluntariados Informales, con la sociedad civil y el Estado.

2.             Crear sinergias entre los distintos actores para racionalizar los esfuerzos y recursos asignados para el cumplimiento de su objetivo misional.

3.             Organizar la oferta de programas y servicios a prestar.

4.             Promover la participación activa de las personas que quiera ejercer la acción voluntaria o prestar los servicios de voluntariado.

5.             fortalecer su organización, en concordancia con las normas que rigen este tema.

 

ARTICULO 11º. INSTANCIAS DEL SISTEMA DISTRITAL DE VOLUNTARIADO (SDV). La Administración Distrital dentro de su facultad de reglamentación del presente Acuerdo, determinará las instancias que harán parte del Sistema Distrital de Voluntariado, su organización, integración, funcionalidad, su soporte técnico, logístico y de recursos y los mecanismos de su articulación con el Sistema Nacional de Voluntariado y con los Comités Municipales, Departamentales de voluntariado que estén creados.

 

ARTICULO 12º. DERECHOS DE LOS VOLUNTARIOS. Las personas y organizaciones que ejerzan la Acción voluntaria y presten el servicio de voluntariado, tendrán los siguientes derechos para:

 

·                Ejercer su Acción voluntaria y servicio de voluntariado de una manera libre, voluntaria, gratuita, con altruismo, solidaridad, dedicación del tiempo libre y con responsabilidad por el servicio y la actividad que ejerzan o sea asignada  

·                Participar activa y libremente en la organización, recibiendo la debida información sobre la misma y en especial sobre sus fines, estructura organizativa y funcionamiento.

·                Colaborar en el diseño, elaboración, ejecución y evaluación de los programas y proyectos en los que intervenga así como tener la oportunidad de dar su opinión sobre aspectos de la organización.

·                Recibir el apoyo técnico, humano, formativo y los recursos necesarios para el ejercicio de las funciones que se le asignen desde el momento de su ingreso a la tarea y durante el desarrollo de su actividad voluntaria.

·                Registrarse en el Registro Distrital de Acción voluntaria y servicio de voluntariado, conforme a lo establecido en el Artículo 4º del presente Acuerdo.

·                Capacitarse conforme con los programas que para tal efecto diseñe y oferte la  Administración Distrital en Temas y asuntos de voluntariado y ser asesorado sobre sus actividades.

·                que se le identifique y caracterice en su labor de voluntariado.

·                Recibir un trato justo y no discriminatorio, que se respete su libertad, dignidad, intimidad, creencias y al tratamiento sin discriminación alguna, así como a la confidencialidad de los datos del voluntario.

·                participar en lo que correspondiere, en la organización, elaboración, diseño, ejecución y evaluación de las actividades a desarrollar en la organización en la que se inserte, de acuerdo con sus estatutos o normas de funcionamiento.

·                realizar su actividad en las debidas condiciones de seguridad, protección e higiene en función de la naturaleza y características de la tarea.

·                ser reconocido por el valor social de su contribución.

·                recibir la respectiva certificación y cualificación de su actuación acorde a las horas de su servicio social voluntario.

·                Cesar libremente, previo aviso, en su condición de voluntario.  

 

ARTICULO 13º. OBLIGACIONES Y DEBERES DE LOS VOLUNTARIOS. Son deberes de los voluntarios:

 

1.- DEBERES DEL VOLUNTARIO HACIA LOS BENEFICIARIOS

·               Acatar las instrucciones dadas por quien esté a cargo del voluntario y cumplirlas de conformidad con las mismas.

·               Actuar con profesionalismo y entregar de manera generosa lo mejor de sí mismo.

·               Prestar al beneficiario una ayuda gratuita y desinteresada sin esperar ni aceptar ningún tipo de compensación material a cambio.

·               Reconocer, respetar y defender activamente la autonomía, la dignidad personal de los beneficiarios, sus derechos Humanos.

·               Mantener en confidencialidad y discreción en el uso de los datos relativos a los beneficiarios.

·               Propiciar siempre un clima de respeto mutuo, evitando posturas paternalistas.

·               Informar a los beneficiarios de manera objetiva, teniendo en cuenta sus necesidades y circunstancias personales

·               prestar la ayuda o colaboración conforme con las circunstancias y tomar las decisiones más apropiadas para el beneficiario.

·               Denunciar cualquier violación de los Derechos Humanos.

·               Ser paciente a la hora de respetar resultados de las acciones realizadas.

2.- DEBERES DEL VOLUNTARIO HACIA LA ORGANIZACIÓN

·               Conocer y asumir el ideario y rol de su actividad,

·               cumplir con los principios, valores y fines que inspiran el voluntariado,

·               Conocer y dar aplicación a los estatutos, fines, programas, normas de regulación y métodos de trabajo de la organización.

·               Respetar la organización sin utilizarla en beneficio propio.

·               Mantener la Confidencialidad y discreción respecto de la organización y sus programas, acciones y estrategias.

·               Hacer un uso responsable de los bienes materiales que la organización ponga a disposición del voluntario.

·               Utilizar debidamente la acreditación que la organización proporciona al voluntario.

·               Interrumpir la colaboración cuando la organización justificadamente lo solicite.

·               Cumplir los compromisos adquiridos y realizar con seriedad, idoneidad y profesionalismo las tareas encomendadas.

·               Informarse, antes de comprometerse, sobre la tarea y responsabilidades que se deben asumir y considerar si se dispone de tiempo y voluntad suficientes.

·               En caso de renuncia, comunicarla con antelación suficiente para evitar perjuicios a los beneficiarios o a la organización.

·               Actitud abierta y cooperante hacia las indicaciones de la organización.

·               Participar imaginativamente en la organización.

·               Informar sobre las necesidades no satisfechas de los beneficiarios y sobre las deficiencias en la aplicación de los programas.

·               Poner en conocimiento de sus superiores las posibles irregularidades que se detecten.

 

3.- DEBERES DEL VOLUNTARIO HACIA LOS OTROS VOLUNTARIOS

·               Respetar la dignidad y la libertad de los otros voluntarios, reconociendo el valor de su quehacer, ya sean de la propia organización o de otras.

·               Adoptar una actitud de respeto por las opiniones y las diferencias, con actitud dialogante y conciliadora. 

·               Fomentar el trabajo en equipo, propiciando una comunicación fluida y un clima de trabajo y convivencia agradable.

·               Intercambiar sugerencias, ideas, propuestas y experiencias en un marco de respeto mutuo con vistas a una mayor eficacia del trabajo que se lleva a cabo.

·               Hacer propios y asumir con responsabilidad los compromisos adquiridos por el grupo.

·               Facilitar la integración, formación y participación de todos los voluntarios, en condiciones de igualdad.

·               Ofrecer una acogida cálida y sincera a quienes inician su voluntariado.

·               Promover el compañerismo para evitar la competitividad, el afán de protagonismo, las tensiones y las rivalidades.

·               Crear lazos de unión entre voluntarios y entre estos y las distintas organizaciones y entidades de voluntarios.

 

ARTICULO 14º. PROMOCION DEL VOLUNTARIADO EN ENTIDADES DEL DISTRITO. La Administración Distrital implementará,  promoverá y fomentará, la acción voluntaria y el servicio de voluntariado al interior de las entidades de los sectores central y descentralizado de la Administración Distrital, a través del Voluntariado Corporativo, con los servidores o funcionarios públicos adscritos a ellas, para desarrollar acciones y servicio de voluntariado en horarios diferentes a los que desarrollan en su ejercicio laboral, pudiendo recibir la capacitación apropiada en temas de voluntariado, debiéndose por parte de la entidad cuantificar el número de horas prestadas durante el año que desarrolle esta actividad y exaltará su acción como ejemplo a seguir, por parte del área de talento o recursos humanos.

 

PARAGRAFO 1. Las entidades que incorporen el servicio de voluntariado para sus funcionarios, deberán tener un diagnóstico actualizado para los servidores, por medio del sitio web o correo electrónico, facilitándoles el acceso a la información y de esa forma lograr una mayor participación en acciones voluntarias por medio de las corporaciones.

 

PARAGRAFO 2. Los servidores o empleados públicos que, durante el año, superen 150 horas de Acción Voluntaria en uno o más, de los programas o proyectos que adelantan las entidades de los sectores central y descentralizado de la Administración Distrital, podrán recibir como estímulo o incentivo a su Acción o servicio de voluntariado, un día libre de ocho (8) horas remuneradas, el cual debe ser acordado con su jefe inmediato o con el área de recursos humanos y se debe tomar durante el mes siguiente a su reconocimiento.

Para ello, debe presentar certificado del número de horas donadas a la Acción Voluntaria, emitida por la entidad correspondiente en la cual desarrolló su labor de o servicio de voluntariado.

 

ARTICULO 15. ACCESO A CARGOS PÚBLICOS. Aquellas personas o jóvenes sin experiencia laboral a que se refiere el Decreto Nacional 2365 de 2019, que además presten sus servicios como Voluntarios acreditados y activos por el termino de tres (3) años que quieran acceder a su primer empleo o a nuevos empleos que se creen, adopten o modifiquen en las plantas de personal de las entidades del Distrito, o por órdenes de prestación de servicios OPS, se le reconocerá un puntaje dentro del proceso de selección para acceder a ellos, siempre y cuando cumpla con los requisitos para el desempeño del cargo.

 

El Departamento Administrativo del Servicio Civil  Distrital reglamentará lo establecido en este Artículo conforme con la normatividad vigente.

 

ARTICULO 16. CONFORMACION DE REDES. La Secretaría General Distrital de Gobierno, a través de la Alta Consejería Distrital para las TIC, promoverá y fomentará  la creación de Redes Distritales y Locales de acción voluntaria y de servicio de voluntariado y su interacción, que coadyuven en la acción pública del Distrito, cuando este así lo requiera, a la misionalidad de sus entidades y conforme con las normas del Presente Acuerdo y demás normas vigentes.  

     

ARTICULO 17. EL VOLUNTARIADO EN EL SECTOR EDUCATIVO La Administración Distrital, a través de la Secretaría Distrital de Educación, en coordinación con las Instituciones Educativas Distritales,  dentro del respeto por la autonomía educativa y de los Programas de Educación Institucional-PEI, promoverá la acción voluntaria y el servicio de voluntariado en las Instituciones Educativas del Distrito-IED- y en la comunidad educativa (asociaciones de padres de familia, organizaciones, directivos y profesores) de conformidad con lo establecido en el presente Acuerdo y demás normas vigentes.

 

PARAGRAFO. Las Instituciones Educativas Distritales IED, valiéndose de las Tecnologías informáticas, digitales y de comunicación existentes, podrán crear Redes de acción voluntaria y de servicio de voluntariado, que coadyuven en la acción pública del Distrito, cuando este así lo requiera, al cumplimiento de la misionalidad de las IED y conforme con las normas del Presente Acuerdo y demás normas vigentes.

 

ARTÍCULO 18. La Administración Distrital a través de la Secretaría Distrital de Educación diseñará e implementara dentro de los Programas de becas de acceso a educación superior que tenga y otorgue el Distrito, un sistema de puntaje preferente a través del cual los voluntarios activos que acrediten horas de servicio voluntario, puedan acceder más fácilmente como beneficiarios de dichos programas, de acuerdo con lo establecido en los respectivos reglamentos internos que expida dicha Secretaría.

 

ARTICULO 19. ASIGNACION DE PRESUPUESTO. La Administración Distrital para el cumplimiento del presente Acuerdo, asignara dentro del presupuesto del Distrito de cada vigencia, los recursos presupuestales que considere necesarios para garantizar el cumplimiento real y efectivo de lo establecido en el presente Acuerdo en materia de financiación y sostenibilidad para el servicio de voluntariado distrital, así como para las Organizaciones de Voluntariado (ODV) y las Entidades con Acción Voluntaria (ECAV) y para el mismo Sistema Distrital de Voluntariado (SDV) creado mediante el presente Acuerdo, para el desarrollo de sus actividades.

 

ARTICULO 20. COOPERACION PARA LA FINANCIACION. La Administración Distrital podrá promover y efectuar convenios, alianzas, programas de cooperación y demás del mismo orden, con entidades y organismos del orden nacional e internacional, pública o privada, con ONG, tendiente a la consecución de recursos para el financiamiento de la Acción voluntaria y del Servicio Distrital de Voluntariado, para dotación de elementos necesarios y el desarrollo de sus actividades.         

 

ARTICULO 21. CONMEMORACIONES. Establézcase el día cinco (5) de diciembre de cada año, como el “Día Distrital del Voluntariado” en concordancia con el “Día Internacional de los Voluntarios para el Desarrollo Económico y Social” establecido por la Asamblea General de las Naciones Unidas.

 

La Administración Distrital, programará para tales efectos, jornada de actividades, eventos (conciertos, programas deportivos, culturales, recreativos, entre otros) foros, seminarios, talleres y demás actividades que considere pertinentes para la promoción y fomento de la Acción Voluntaria y del servicio de voluntariado en el territorio del Distrito Capital.

 

PARAGRAFO. JORNADAS DE DONACION. Para la jornada de eventos a que se refiere el presente Artículo, conforme con el principio de solidaridad y humanismo, entre otros principios que caracteriza al servicio de voluntariado, la Administración Distrital o las entidades que los lleven a cabo, podrán organizar, que los ingresos a los mismos, se haga a través de donaciones voluntarias de alimentos, ropa, víveres, etc., los cuales posteriormente se distribuirán por el servicio Distrital de Voluntariado, entre la población pobre y vulnerable. La Administración Distrital reglamentará lo pertinente a lo establecido en este parágrafo.


ARTICULO 22. INFORMES ANUALES DEL IMPACTO SOCIAL DEL VOLUNTARIADO EN EL DISTRITO CAPITAL.  La administración Distrital deberá informar anualmente al Concejo Distrital sobre las acciones e impacto social del ejercicio del voluntariado en los establecimientos y entidades del orden local y Distrital; las medidas adoptadas para facilitar el cumplimiento del presente Acuerdo Distrital, e implementará mecanismos de impacto, evaluación y seguimiento del servicio voluntario que se preste en el Distrito en virtud del presente Acuerdo.

 

ARTÍCULO 22.- El presente Acuerdo Distrital rige a partir de su publicación.



[1] Guía sobre el Voluntariado Archivado el 28 de julio de 2017 en la Wayback Machine., sitio digital 'Plataforma del Voluntariado de España'.

[3] Definición de voluntariado, sitio digital 'Definición ABC'.

[7] TAVAZZA, L.: "Innovación y reglamentación en la política social. La solidaridad dentro de un sistema complejo" en VV.AA.: El Voluntariado, Fundació Bancaixa. Pp.26-27, Valencia. 1995.

[8] https://www.eltiempo.com/cultura/gente/huella-social-voluntariado-43632

[9] COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS: "El fomento del papel de las asociaciones y fundaciones en Europa". Comunicación de la Comisión, Bruselas, 06.06.1997. COM(97) 241 final

[10] https://repository.eafit.edu.co/xmlui/bitstream/handle/10784/12141/IsabelCristina_LopezMunoz_2017.pdf?sequence=2

 

[11] https://repository.eafit.edu.co/xmlui/bitstream/handle/10784/12141/IsabelCristina_LopezMunoz_2017.pdf?sequence=2

[12] Ponencia para primer debate al Proyecto de Acuerdo 349 de 2020, suscrita por el Concejal Celio Nieves Herrera. Noviembre de 2020.

[13] Ponencia para primer debate al Proyecto de Acuerdo 349 de 2020, suscrita por el Concejal Celio Nieves Herrera. Noviembre de 2020

[15] Ponencia para primer debate del Proyecto de Acuerdo 349 de 2020, suscrita por el Concejal Celio Nieves Herrera. Noviembre de 2020.

[16] https://www.larepublica.co/responsabilidad-social/el-impacto-del-voluntariado-2935225

[19] Ponencia para primer debate del Proyecto de Acuerdo 349 de 2020, suscrita por el Concejal Celio Nieves Herrera. Noviembre de 2020.

 

[20] Ponencia para primer debate del Proyecto de Acuerdo 349 de 2020, suscrita por el Concejal Andrés Onzaga Niño.  Noviembre de 2020.

[23] Programa de Gobierno Claudia Alcaldesa 2020-2023[23] (Ficha registro de ISBN No Radicado 334252). Fecha de aparición: 2019-08-26 Bogotá, Colombia.

 

 

[24] Proyecto de Acuerdo No. 123 de 2020 “Por medio del cual se adopta el Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas del Distrito Capital 2020-2024 “Un Nuevo Contrato Social y Ambiental para la Bogotá del Siglo xxi”. Artículo 2°. Objetivo General.