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Concepto 20231300025383 de 2023 Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público - Dadep

Fecha de Expedición:
16/06/2023
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

CONCEPTO 20231300025383 DE 2023

 

(Junio 16)

 

PARA: ARMANDO LOZANO REYES

 

Subdirector de Gestión Inmobiliaria y del Espacio Público

 

DE: CARLOS ALFONSO QUINTERO MENA

 

Jefe Oficina Jurídica

 

REFERENCIA: 20234000077782

 

ASUNTO: Oficio DADEP No. 20234000077782

 

Proceso verbal abreviado expediente 2022544490200957E Inspección 4C de Policía

 

RADICACIÓN: 20231300025383

 

Estimado arquitecto Armando, cordial saludo.

 

Este Despacho ha recibido la comunicación en la que esa Subdirección informa que “(…) el inspector de policía 4C para la localidad de San Cristóbal solicita un concepto jurídico con la finalidad de determinar si se configura o no un comportamiento contrario a la integridad urbanística (art. 135 de la Ley 1801 de 2016) como consecuencia de la construcción de varios locales comerciales en el área de antejardín de un inmueble privado”.

 

Adicionalmente, menciona que “(…) en desarrollo del proceso verbal abreviado, el presunto infractor manifestó que las construcciones en el área del antejardín fueron realizadas a aproximadamente en 1989, es decir, hace más de 30 años, por tal razón, para esa época la mencionada área donde se encuentran las construcciones no ostentaba la categoría de antejardín”.

 

Es importante mencionar que, aunque la consulta es relevante, la Oficina Jurídica no tiene competencia para pronunciarse sobre casos concretos en el marco de expedientes que se encuentran en curso por parte de Inspectores de Policía. En efecto, según lo establecido en los numerales 21 y 22 del artículo 5 del Decreto Distrital 478 de 2022, es competencia de esta Oficina sustanciar la resolución de los fallos de segunda instancia interpuestos contra los procesos policivos, en particular en lo que respecta a los comportamientos que atentan contra el cuidado y la integridad del espacio público, así como en el ámbito de los comportamientos que atentan contra la integridad urbanística en lo que respecta al parcelamiento, urbanización, demolición, intervención o construcción en bienes de uso público y terrenos afectados al espacio público, de acuerdo con la normativa vigente.

 

En los anteriores términos se emite la respuesta a su comunicación.

 

Agradezco la atención prestada.

 

Atentamente,

 

CARLOS ALFONSO QUINTERO MENA

 

Jefe Oficina Jurídica

 

Proyectó: Israel Mauricio Llache Olaya – Abogado contratista OAJ

Revisó: Carlos Alfonso Quintero Mena – Jefe OJ

Fecha: Junio de 2023

 

Nota: Ver norma original en Anexos.