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Circular Externa DDP-000002 de 2023 Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto

Fecha de Expedición:
10/02/2023
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

CIRCULAR EXTERNA DDP-002 DE 2023

 

(Febrero 10)

 

PARA: Representantes Legales, Directores Financieros, Jefes y/o Responsables de Planeación y Responsables de Presupuesto de las Secretarías Distritales, Departamentos Administrativos, Establecimientos Públicos, Organismos de Control, Unidades Administrativas Especiales y Ente Autónomo Universitario.

 

DE: Directora Distrital de Presupuesto

 

ASUNTO: Guía para solicitar la creación del elemento – PEP (Plan de Estructura de Proyectos) y Homologaciones.

 

RADICACIÓN: 2023EE031806O1

 

En cumplimiento de los criterios establecidos por la Contraloría General de la República y el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, para la presentación de la información del Presupuesto Anual, el Distrito Capital incorporó en el proceso presupuestal la información del Catálogo de Clasificación Presupuestal para Entidades Territoriales[1] y Descentralizadas – CCPET; Catálogo para la Clasificación Central de Productos – CPC y - Clasificador Programático de la Inversión (MGA) – CPI.

 

Dicha estructura es utilizada entre otras, para la transmisión del reporte de la Categoría Única de Información del Presupuesto Ordinario – CUIPO[2] y a partir de enero de 2023 se incorpora información de sector y subsector en los reportes Ejecución presupuestal de gastos e inversiones y Relación de registros presupuestales por rubro enviados a la Contraloría Distrital.

 

Para el caso específico, la variable Clasificador Programático de la Inversión (MGA) – CPI, permite hacer el seguimiento de la asignación y ejecución de los recursos de inversión del presupuesto público y se encuentra integrada en dos formularios: C. Programación de Gastos y D. Ejecución de Gastos.

 

Es así, que la Secretaría Distrital de Hacienda estableció el uso de los elementos PEP en la programación, ejecución y reporte del Presupuesto Anual en el sistema de información SAP, variable que permite identificar la ejecución presupuestal a nivel de Producto MGA y Producto PMR, según la siguiente estructura:

 


Por lo anterior, nos permitimos recordar los parámetros a tener en cuenta en la solicitud de la creación de elementos PEP por parte de las entidades distritales:


El responsable de planeación de cada entidad solicitará vía correo electrónico al profesional de la Secretaría Distrital de Hacienda que los asesora (listado publicado en página web de la entidad) el elemento PEP en la estructura arriba señalada, teniendo en cuenta lo siguiente:


a) Consultar los productos MGA vigentes, disponibles en la sede electrónica del Departamento Nacional de Planeación - DNP, en el enlace: https://mgaayuda.dnp.gov.co/.

 

b) Verificar que el producto disponible en el catálogo de la MGA corresponda al nivel territorial y sector coherente con la entidad solicitante. En caso de no encontrar el producto en el catálogo o encontrarlo en aplicación para el nivel nacional, la entidad podrá solicitar asesoría a la Secretaría Distrital de Planeación - SDP, a través del correo electrónico bancoproyectosbogota@sdp.gov.co, para su correspondiente orientación.

 

c) Seleccionar los productos MGA que guarden coherencia con los productos del PMR.

 

d) Cuando se requiera un producto PMR nuevo, las entidades deberán evaluar previamente su pertinencia con la Subdirección de Análisis y Sostenibilidad presupuestal de la Dirección Distrital de Presupuesto -DDP de la Secretaría Distrital de Hacienda, para lo cual se recomienda que la entidad efectúe revisión de los catálogos existentes con anterioridad.

 

e) Para proyecto de inversión nuevo, se requiere previamente que el responsable de Planeación de la entidad remita la solicitud de la creación del Programa de Financiamiento (rubro) adjuntando la ficha EBI, al correo electrónico del profesional enlace de la Subdirección de Desarrollo Social y/o de la Subdirección de Infraestructura y Localidades de la DDP.

 

Para los proyectos de inversión que ya se encuentran incorporados en el presupuesto 2023, las entidades deben garantizar que en el sistema de información presupuestal Bogdata se encuentra asociado en la cadena presupuestal el producto disponible en el catálogo de la MGA para Bogotá.


En caso de que exista actualmente en la cadena presupuestal algún código que sólo este habilitado para el nivel nacional o haya sido inhabilitado para los entes territoriales, las entidades deberán remitirse al homologador del DNP, que para Bogotá administra la Secretaría Distrital de Planeación - SDP.

 

Finalmente, es preciso indicar que el proceso de homologación no impacta la formulación y o ejecución de los proyectos de inversión pública registrados en el Banco de Programas y Proyectos de Inversión Nacional – BPIN y SEGPLAN; por ende, este proceso no implica actualizaciones de los proyectos en estas herramientas informáticas.

 

Recomendaciones generales:

 

- La entidad debe validar los elementos PEP existentes para que no solicite la creación de elementos PEP ya creados.

 

- Una vez creados los nuevos elementos PEP, la entidad debe realizar el traslado de recursos para ejecutarlos.

 

- Una vez comprometido el presupuesto por un elemento PEP (expedido el CRP), deberá continuar su ejecución por dicho elemento y no podrá modificarse. Razón por la cual, las entidades deberán informar a la Subdirección de Finanzas Distritales los MGA homólogo para efecto de reportes ante los organismos de control, para lo cual deberá consultar el enlace relacionado en el literal a).

 

- El sistema de información Presupuestal, no controla la ejecución a nivel de PEP por lo cual es necesario que cada entidad efectúe un seguimiento estricto a su ejecución verificando que tenga recursos en “Apropiación vigente”, de tal forma que el monto a ejecutar no supere el valor apropiado por cada elemento PEP. Cabe señalar, que en caso de presentarse ejecuciones “negativas” por PEP, podría verse abocado a requerimientos por parte de la Contraloría General de la República - CGR.

 

- Se reitera que el uso de los PEP y actualización de MGA, es para la ejecución presupuestal del Distrito y reportes ante la CGR de acuerdo con los formularios definidos por el ente de control nacional, por tanto, no implica la creación de nuevos proyectos de inversión en SEGPLAN, ni ajustes ante el DNP.

 

Finalmente, se reitera que la información generada en la ejecución presupuestal es responsabilidad de cada entidad.

 

Cordialmente,

 

MARTHA CECILIA GARCIA BUITRAGO

 

Directora Distrital de Presupuesto

 

mgarciab@shd.gov.co

 

Revisado por

Jimmy Alexis Rodríguez Rojas - Subdirector de Finanzas Distritales

José Vicente Castro Torres - Subdirector de Infraestructura y Localidades

Adriana Lucía Navarro Vargas - Subdirectora Gestión de la Información Presupuestal

Luz Helena Rodríguez - Subdirectora de Desarrollo Social

Jennifer Lilian Pabón Martínez - Subdirectora de Análisis y Sostenibilidad Presupuestal

Claudia Concepción González Alfonso - Asesora Dirección Distrital de Presupuesto

 

Nota: Ver norma original en Anexos.

 

NOTAS AL PIE DE PÁGINA:


[1] Resolución Orgánica 0054 del 25/08/2022 expedida por la CGR y la Resolución 2372 del 09/09/2022 de la Dirección General de Apoyo Fiscal del Ministerio de Hacienda y crédito Público

[2] En este reporte se incorpora información detallada de programación y ejecución presupuestal, la cual se transmite desde la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría de Hacienda Distrital, de manera trimestral.