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Decreto Local 006 de 2023 Alcaldía Local de Teusaquillo

Fecha de Expedición:
27/04/2023
Fecha de Entrada en Vigencia:
17/07/2023
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7762 del 17 de julio de 2023
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 006 de 2023

 

(Abril 27)

 

“Por medio del cual se estimula la oferta turística de la localidad 13 de Teusaquillo a través de la promoción del sello “Teusaquillo: territorio cultural, turístico y seguro” con el fin de inspirar confianza y legitimidad para vivir sin miedo y ser epicentro de cultura ciudadana, paz y reconciliación”

 

LA ALCALDESA LOCAL DE TEUSAQUILLO (E)

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el artículo 93 de la Ley 136 de 1994 y en especial las conferidas en el artículo 86 del Decreto Ley 1421 de 1993.

 

CONSIDERANDO:

 

Que la Constitución Política de Colombia, en su artículo 333 establece que, “La empresa, como base del desarrollo, tiene una función social que implica obligaciones. El Estado fortalecerá las organizaciones solidarias y estimulará el desarrollo empresarial”.

 

Que la misma Constitución Política de Colombia establece en su artículo 58 que, “Se garantizan la propiedad privada y los demás derechos adquiridos con arreglo a las leyes civiles, los cuales no pueden ser desconocidos ni vulnerados por leyes posteriores. Cuando de la aplicación de una ley expedida por motivos de utilidad pública o interés social, resultaren en conflicto los derechos de los particulares con la necesidad por ella reconocida, el interés privado deberá ceder al interés público o social. La propiedad es una función social que implica obligaciones. Como tal, le es inherente una función ecológica.”

 

También la Constitución Política en su artículo 95, indica que: “La calidad de colombiano enaltece a todos los miembros de la comunidad nacional. Todos están en el deber de engrandecerla y dignificarla. El ejercicio de los derechos y libertades reconocidos en esta Constitución implica responsabilidades.”

 

Que la Sentencia T-092 de 2015, de la Corte Constitucional indica que: “La solidaridad como fundamento de la organización política se traduce en la exigencia dirigida principalmente al Estado, pero también a los particulares, de intervenir a favor de los más desventajados de la sociedad cuando éstos no pueden ayudarse a sí mismos. La solidaridad, al lado de la libertad y la igualdad, desarrolla uno de los grandes ideales de las revoluciones constitucionales, la fraternidad, valor necesario para hacer posible tanto el disfrute de iguales libertades para todos como la estabilidad política de las sociedades pluralistas modernas. Es esta una solidaridad democrática que no compromete la autonomía de los individuos y de las organizaciones sociales.”

 

Que la Sentencia T-029 de 2016, de la Corte Constitucional señala que: “El principio de solidaridad constituye una característica esencial del Estado social de derecho que impone al poder público y a los particulares una serie de deberes fundamentales para el logro de una verdadera y equitativa armonización de los derechos.”

 

DECRETA:

 

Artículo 1. Objeto del Decreto Local. El presente Decreto Local, tiene por objeto la creación del sello denominado: “Teusaquillo: territorio cultural, turístico y seguro”, con el fin de visibilizar, promover y dar un mayor reconocimiento a las organizaciones sociales, asociaciones, empresas comerciales o de servicios en el territorio de la localidad de Teusaquillo que contribuyan a la conservación, protección y uso del espacio público, el patrimonio cultural y turístico , estimulando la oferta a través de la promoción del desarrollo de capacidades productivas basadas en la innovación, el talento y la creatividad de la ciudadanía, aumentando la percepción de seguridad que se vive en la localidad de Teusaquillo.

 

Artículo 2. Principios rectores. Los principios que regirán la creación y puesta en marcha del sello de responsabilidad social “Teusaquillo: territorio cultural, turístico y seguro” serán los siguientes:

 

Solidaridad: El principio de solidaridad exige la ayuda mutua entre las personas afiliadas, vinculadas y beneficiarias, independientemente del sector económico al cual pertenezcan, y sin importar el estricto orden generacional en el cual se encuentren.

 

Responsabilidad: La responsabilidad social es un marco ético en el que las personas u organizaciones son responsables de llevar a cabo sus responsabilidades cívicas y hacer cosas que son buenas para la sociedad en su conjunto.

 

-Convivencia: El presente decreto tiene por objeto regular, promover y asegurar los fundamentos de la convivencia pacífica entre los ciudadanos, entendiendo por tales el comportamiento cívico, el respeto a la con- vivencia pacífica, la propiedad privada, los derechos y deberes individuales, los valores y principios que rigen sus interacciones entre sí y con los espacios físicos.

 

-Arraigo Local: Para la materialización del presente Decreto Local, se difundirá ampliamente la convocatoria al sector empresarial con arraigo o vecindad en la localidad de Teusaquillo, procurando cubrir la mayor parte del territorio local.

 

-Coordinación Interinstitucional: Las entidades distritales y locales articularán esfuerzos para el desarrollo exitoso del desde su oferta institucional misional.

 

-Asociatividad: La Alcaldía Local propenderá por generar articulación de cadenas productivas entre los emprendimientos y otros sectores productivos, culturales, sociales y turísticos de la localidad.

 

Artículo 3. Objetivos: Los objetivos perseguidos con la creación y puesta en marcha del sello “Teusaquillo: territorio cultural, turístico y seguro” serán los siguientes:

 

1.    Apoyar las manifestaciones que hacen parte de la riqueza cultural y patrimonial de la localidad en el marco de la actividad comercial de Teusaquillo para la construcción de tejido social con un enfoque participativo, intercultural y de desarrollo económico.

2.   
Fortalecer estrategias y acciones interinstitucionales orientadas a mejorar la confianza entre la ciudadanía y la institucionalidad, a través del fortalecimiento de conductas de autorregulación, regulación mutua, diálogo, participación social y cultura ciudadana para transformar las conflictividades sociales y mejorar la seguridad y la convivencia ciudadana.

 

Artículo 4. Estrategia. Con la entrega del sello de responsabilidad social “Teusaquillo: territorio cultural, turístico y seguro”, se promoverá el desarrollo de alianzas de Cooperación cívico, comunitarias para la identificación de segmentos, actividades, productos y/o servicios que caracterizan la actividad turística, cultural e histórica de la localidad, que promuevan las ventajas competitivas de este sector capitalino y el disfrute del espacio público y de los parques vecinales y/o de bolsillo como escenarios de diálogo e integración social.

 

Artículo 5. Fortalecimiento y articulación. Con la implementación del sello “Teusaquillo: territorio cultural, turístico y seguro”, se fortalecerá la articulación de oferta institucional y de actividades direccionadas para la localidad de Teusaquillo en la búsqueda de robustecer los diferentes sectores que impulsan las zonas de convocatoria de carácter cultural, turística, ambiental, recreativa y comercial entre residentes, empresarios y comunidad local para la promoción de las organizaciones, formalización laboral y empresarial dentro del ecosistema productivo e histórico de la localidad.

 

Artículo 6. Sujetos del Proyecto. Para el presente Decreto Local se han definido como sujetos que pueden acceder al sello “Teusaquillo: territorio cultural, turístico y seguro”, las empresas públicas, privadas, establecimientos comerciales o de servicios, organizaciones educativas, entidades sin ánimo de lucro, organizaciones religiosas, que se encuentren debida- mente inscritos en la Cámara de Comercio de Bogotá o entidad competente y que cumplan la totalidad de requisitos legales para su normal funcionamiento.

 

Artículo 7. Requisitos para la obtención voluntaria del reconocimiento. Para obtener el reconocimiento del sello “Teusaquillo: territorio cultural, turístico y seguro”, la Administración Local en cabeza del Alcalde(sa) Local tendrá en cuenta, el cumplimiento de los siguientes requisitos:


1.    Solicitud expresa de quien solicita el reconocimiento, incluyendo los siguientes datos: Sector al que pertenece (turismo, cultura, comercio, etc.), datos de contacto, representante legal, NIT o Cédula de Ciudadanía.

2.   
Presentación de las actividades adelantadas, que según el solicitante ameritan la obtención del re- conocimiento y el sello. Esta presentación debe ir acompañada de las evidencias fotográficas o video gráficas que correspondan.

3.   
Una descripción de los beneficios o efectos positivos de las actividades señaladas, incluyendo el testimonio de al menos 3 de los beneficiarios potenciales de los efectos positivos de las actividades.

4.   
Certificado de existencia y representación legal vigente, expedido por la Cámara de Comercio de Bogotá o el documento que haga sus veces

5.   
Manifestación bajo la gravedad de juramento, de no encontrarse incurso en procesos sancionatorios administrativos por parte de la Alcaldía Local de Teusaquillo o ninguna de las Inspecciones de Policía de la Localidad.

 

Parágrafo. No podrán obtener el reconocimiento de que trata el presente decreto aquellas sociedades que sean parte y/o querelladas dentro de actuaciones administrativas vigentes de las tipologías de obras, espacio público y/o establecimiento de comercio en las Inspecciones de Policía de la localidad o en la Oficina de Gestión Policiva del FDLT.

 

Artículo 8. Procedimiento para la obtención voluntaria del reconocimiento. La Alcaldía Local de Teusaquillo dará a conocer sello de responsabilidad social “Teusaquillo: territorio cultural, turístico y seguro”, en diversos medios de comunicación comunitaria y redes sociales con la ayuda de las demás entidades, ya sean públicas o privadas, que se quieran vincular a esta etapa del proceso.

 

Quienes deseen obtener el sello de responsabilidad social “Teusaquillo: territorio cultural, turístico y seguro”, deberán elevar por escrito el deseo de obtener en forma voluntaria este distintivo, demostrando claramente que cumplen con todos los requisitos registrados el Articulo 7 del presente decreto, esta solicitud debe ser radicada ante el Centro de Documentación e Información de la Alcaldía Local de Teusaquillo, de manera física o virtual a través de correo electrónico.

 

La Alcaldía Local de Teusaquillo podrá consultar las bases de datos que correspondan, para verificar que el establecimiento público o la organización privada no se encuentran incursos en procesos administrativos de ningún tipo, ni presentan sanciones vigentes por parte de las autoridades nacionales o distritales. Las solicitudes radicadas pueden ser evaluadas por el comité evaluador que defina la alcaldía local de Teusaquillo, presentado públicamente en los medios de comunicación o redes sociales disponibles.

 

Artículo 9. Beneficios. Quienes obtengan el sello “Teusaquillo: territorio cultural, turístico y seguro”, tendrán acceso a la información de manera directa de la oferta institucional del distrito con referente a las empresas, establecimientos y organizaciones para que fomenten sus aspectos de responsabilidad social, buscando crear y fortalecer buenas prácticas al interior de estas y propicien la mejora de sus entornos de influencia en aspectos ambientales, sociales y económicos.

 

Parágrafo. Este Sello se podrá utilizar como un medio publicitario de sus establecimientos como empresas que contribuyen al desarrollo y fomento en la responsabilidad social con Teusaquillo como: territorio cultural, turístico y seguro.

 

Artículo 10. Tiempos de otorgamiento del reconocimiento. La obtención del sello “Teusaquillo: territorio cultural, turístico y seguro”, deberá ser entregada en acto público que se programe de manera específica para este fin, mediante resolución motivada. El reconocimiento se realizará semestralmente, dos veces al año, con el propósito de incentivar las temporadas culturales, turísticas, recreativas y ambientales que se realizan en la localidad y la ciudad.

 

Parágrafo. La vigencia de este reconocimiento o sello será válida por (1) un año, lo cual no impide la renovación previa el cumplimiento de los requisitos legales.

 

Artículo 11. Impacto fiscal. Sin detrimento de lo que pueda establecerse en el correspondiente Plan Local de Desarrollo, el presente decreto no compromete re- cursos locales y puede desarrollarse cabalmente con los recursos físicos y técnicos propios de las entidades que intervienen en la localidad.

 

Artículo 12. Publicación. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital, de conformidad con el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.

 

Artículo 13. Vigencia. El presente Decreto Local entra en vigencia a partir de su sanción y publicación.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 27 días del mes de abril del año 2023.

 

ROSA ISABEL MONTERO TORRES

 

Alcaldesa Local de Teusaquillo (e)