Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Decreto Local 020 de 2023 Alcaldía Local de Antonio Nariño

Fecha de Expedición:
13/07/2023
Fecha de Entrada en Vigencia:
13/07/2023
Medio de Publicación:
Registro Disitrtal No. 7766 del 21 de julio de 2023.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 020 DE 2023

 

(Julio 13)

 

Por medio del cual se convoca a sesión extraordinaria a la Junta Administradora Local de Antonio Nariño el día dieciséis (16) de julio de 2023, Inclusive

 

LA ALCALDESA LOCAL DE ANTONIO NARIÑO,

 

En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el artículo 71 del Decreto Ley 1421 de 1993, artículo 50 del Acuerdo Local 02 de 2018 y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que, el Artículo 71 del Decreto Ley 1421 de 1993 establece que las Juntas Administradoras Locales se reunirán, ordinariamente, por derecho propio, cuatro veces al año, así: el primero (1°) de marzo, el primero (1°) de junio, el primero (1°) de septiembre y el primero (1°) de diciembre. Cada vez las sesiones durarán treinta (30) días prorrogables, a juicio de la misma Junta hasta por cinco (5) días más.

 

Que, el inciso segundo de la misma disposición prevé que los ediles se reunirán extraordinariamente por convocatoria que les haga el respectivo alcalde; en cuyo caso sesionarán por el término que señale el alcalde local, ocupándose únicamente de los asuntos que se sometan a su consideración.

 

Que el artículo 50 del Acuerdo Local 02 de 2018, dispone que la JAL sesionará extraordinariamente por convocatoria que haga el Alcalde Local por el término que este fije, sesiones donde únicamente se ocupará de los asuntos que el Alcalde(sa) someta a su consideración.

 

Que, según dispone el literal c) del artículo 31 del Decreto 372 de 2010, de acuerdo con la distribución que efectúe el CONFIS, se deberá efectuar mediante acuerdo expedido por la Junta Administradora Local, el presupuesto a adicionar por excedentes financieros en los Fondos de Desarrollo Local.


Que, mediante Circular CONFIS Nº. 05 de 2023 se les indica a las alcaldesas y alcaldes locales que el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal (CONFIS) Distrital en sesión Nº. 03 celebrada el 31 de marzo de 2023 de acuerdo con lo establecido en el literal f) del artículo 10° del Decreto Distrital 714 de 1996, y en el artículo 31° del Decreto Distrital 372 de 2010, “emitió Concepto Favorable a una adición en el Presupuesto de Ingresos y Gastos 2023 para 15 Fondos de Desarrollo Local, por un valor total de $49.610.639.321 , (…)”, y al Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño le adicionaron en el Presupuesto de Ingresos y Gastos 2023 un valor de $ 2.323.633.710, así: Presupuesto de Ingresos, Rubro Presupuestal: “Ingresos: 01 – Ingresos, 012 – Recursos de capital” la suma de $ 2.323.633.710. Presupuesto de Gastos e Inversiones, Rubro Presupuestal: “02 – Gastos. 023 – Inversión” por valor de $ 2.323.633.710.

 

Que, a través de oficio 2023-652-013127-1 del 30 de mayo de 2023, con mensaje de urgencia esta administración local presentó a la Junta Administradora Local de Antonio Nariño, el Proyecto de Acuerdo_ 2023 “Por el cual se efectúa una adición al presupuesto anual de rentas e ingresos y de gastos e inversión del Fondo de Desarrollo local de Antonio Nariño para la vigencia fiscal de 2023” lo anterior, teniendo en cuenta que es función de las Juntas Administradoras Locales aprobar las modificaciones al presupuesto anual de los Fondos de Desarrollo Local, previo concepto favorable del CONFIS.

 

Que, mediante oficio 2023-652-013127-1 del 30 de junio de 2023 la edila Daniela Villamil Arteaga presidenta de la Junta Administradora Local, solicitó a la Alcaldesa Local convocar a la Junta Administradora Local a sesiones extraordinarias, con el fin de adelantar el trámite respectivo para el proyecto de acuerdo local 06 de 2023 “Por el cual se efectúa una adición al presupuesto anual de rentas e ingresos y de gastos e inversión del fondo de desarrollo local de Antonio Nariño para la vigencia fiscal de 2023”

 

Que, el 30 de junio 2023 la alcaldesa local mediante decreto local 16 de 2023 “Por medio del cual se convoca a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de Antonio Nariño los días primero (01) y siete (07) de julio de 2023, inclusive” convocó a sesiones extraordinarias con el objeto de analizar, discutir y aprobar el proyecto de acuerdo local 06 de 2023.

 

Que, mediante oficio 2023-651-003768-2 del 11 de julio de 2023, la edila Daniela Villamil Arteaga presidenta de la Junta Administradora Local, solicitó a la Alcaldesa Local convocar a la Junta Administradora Local a sesión extraordinaria el 16 de julio de 2023, para continuar los trámites correspondientes al proyecto de acuerdo local 06 de 2023 “por el cual se efectúa una adición al presupuesto anual de rentas e ingresos y de gastos e inversión del fondo de desarrollo local de Antonio Nariño para la vigencia fiscal de 2023”.

 

Que, en atención a lo anterior, se hace necesario convocar a la Junta Administradora Local de Antonio Nariño a sesión extraordinaria con el fin de que continúe de manera exclusiva con el análisis, estudio, discusión y posterior aprobación de la adición presupuestal del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño de la vigencia 2023.

 

Que, en mérito de lo expuesto,

 

DECRETA:

 

Artículo 1. Convocar a la Junta Administradora Local de Antonio Nariño a sesión extraordinaria el día dieciséis (16) de julio de 2023, con el objeto de analizar, discutir y aprobar el proyecto de acuerdo local 06 de 2023 “Por el cual se efectúa una adición al presupuesto anual de rentas e ingresos y de gastos e inversión del fondo de desarrollo local de Antonio Nariño para la vigencia fiscal de 2023”.

 

Artículo 2. Durante el término de convocatoria a sesiones extraordinarias la Junta Administradora Local de Antonio Nariño solamente se podrá ocupar de los asuntos que se someten a consideración mediante el presente Decreto Local.

 

Artículo 3. El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su expedición.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 13 días del mes de julio del año 2023.

 

MÓNICA ALEJANDRA DÍAZ CHACÓN

 

Alcaldesa Local Antonio Nariño