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Resolución 255 de 2023 Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia

Fecha de Expedición:
18/05/2023
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7766 del 21 de julio de 2023.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 255 DE 2023

 

(Mayo 18)

 

Por medio de la cual se adoptan disposiciones para la conmemoración del día del guardián en la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia

 

EL SECRETARIO DISTRITAL DE SEGURIDAD, CONVIVENCIA Y JUSTICIA

 

En uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas en el artículo 1° del Decreto Distrital 101 de 2004 y el literal g) del artículo 7° del Decreto Distrital 413 de 2016, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 153 del Decreto 407 de 1994 estableció el 29 de junio de cada año la conmemoración del día del guardián como una ocasión especial para estimular el espíritu profesional, abnegación y esfuerzos de los miembros del Cuerpo de Custodia y Vigilancia Penitenciaria y Carcelaria Nacional.

 

Que mediante resolución 335 del 27 de junio de 2015 la Secretaría Distrital de Gobierno implementó el 29 de junio de cada año como “día del guardián” para realizar actos de reconocimiento y distinción al Cuerpo de Custodia y Vigilancia de la Cárcel Distrital.

 

Que la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia dando continuidad al “día del guardián” ha reconocido al 29 de junio de cada año como fecha para exaltar la labor del Cuerpo de Custodia y Vigilancia de las Direcciones Cárcel Distrital y Centro Especial de Reclusión.

 

Que es procedente adoptar disposiciones para exaltar el desempeño y compromiso institucional del personal del Cuerpo de Custodia y Vigilancia de esta Secretaría y el otorgamiento de incentivos y reconocimientos a quienes por su desempeño lo merezcan.

 

Que por lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1. El Secretario Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia exaltará a través de acto administrativo al personal del Cuerpo de Custodia y Vigilancia que cumpla con los siguientes requisitos:

 

1. Acreditar tiempo de servicio continuo en la entidad no inferior a un (1) año a la fecha.

 

2. No haber sido sancionado disciplinariamente en el año anterior a la fecha.

 

3. Acreditar nivel sobresaliente en la evaluación del desempeño en firme del año inmediatamente anterior.

 

Parágrafo. Ese acto administrativo de exaltación podrá contemplar la entrega de distintivos y/o insignias con su correspondiente fuente de gasto, para los servidores destacados por su mérito, responsabilidad, compromiso, antigüedad o que sean postulados por sus superiores.

 

Artículo 2. Otorgar como incentivo no pecuniario y reconocimiento a la labor del personal del Cuerpo de Custodia y Vigilancia de la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia por la celebración del día del guardián un (1) turno de permiso remunerado, el cual deberá disfrutarse entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de cada año.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 18 días del mes de mayo del año 2023.

 

ÓSCAR ANTONIO GÓMEZ HEREDIA

 

Secretario Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia