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Acuerdo Local 002 de 2023 Junta Administradora Local de Tunjuelito

Fecha de Expedición:
10/07/2023
Fecha de Entrada en Vigencia:
01/08/2023
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7774 del 1 de agosto de 2023
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO LOCAL 002 DE 2023


(Julio 10)

 

Por medio del cual se deroga el Acuerdo Local 004 de 2014; se adopta el programa "Tunjuelito Campeona"; se crea e institucionaliza la "Copa del Tunjo" en la Localidad Sexta de Tunjuelito y, se dictan otras disposiciones.

 

LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE TUNJUELITO

 

En uso de las atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere la Constitución Política de Colombia en su artículo 324; numeral 4° del artículo 69 del Decreto Ley 1421 de 1993, modificado por el artículo 88 de la Ley 617 de 2000 y el artículo 17 del Decreto N° 372 del 30 de agosto de 2010 y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 2° de la Constitución Política de Colombia, establece que son fines esenciales del Estado: Servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución; facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación; defender la independencia nacional, mantener la integridad territorial y asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo.

 

Que, las autoridades de la República están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias, y demás derechos y libertades, y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares.

 

Que el artículo 45 ibídem, establece que el Estado y la sociedad garantizan la participación de los jóvenes en los organismos públicos y privados que tengan a cargo la protección y la educación.

 

Que el Acto Legislativo No. 02 de 2000, que modificó el artículo 52 de la Constitución Política, establece que: El ejercicio del deporte, sus manifestaciones recreativas, competitivas y autóctonas tienen como función la formación integral de las personas, preservar y desarrollar una mejor salud en el ser humano; que el deporte y la recreación forman parte de la educación y constituyen gasto público social y reconoce el derecho de todas las personas a la recreación, a la práctica del deporte y al aprovechamiento del tiempo libre.

 

Que, el artículo 69 del Decreto Ley 1421 de 1993, por el cual se expidió el régimen especial para el Distrito Capital de Bogotá, dispuso como atribuciones de las Juntas Administradoras Locales, como primera autoridad administrativa de la localidad, el aprobar Acuerdos Locales de conformidad con la Ley y los reglamentos.

 

Que con el propósito de dar cumplimiento al mandato Constitucional y Legal se hace necesario fomentar la actividad física en los niños, jóvenes, adultos y persona mayor, otorgándoles espacios de actividad física, recreativa y deportiva en los que con la orientación de un profesional puedan sacar provecho a destrezas tales como: el autocuidado y el manejo de las habilidades motrices, el cultivo de la voluntad, la disciplina, el sentido de cooperación, la sana competencia, la buena utilización del tiempo libre y la posibilidad de ascenso social, entre muchas otras bondades.

 

Que el aprovechamiento del tiempo libre es el uso constructivo que el ser humano hace de él, en beneficio de su enriquecimiento personal y del disfrute de la vida en forma individual o colectiva. Tiene como funciones básicas el descanso, la diversión, el complemento de la formación, la socialización, la creatividad, el desarrollo personal, la liberación en el trabajo y la recuperación psíquica y biológica.

 

En el caso específico de la persona mayor, la actividad física pasa del plano de la recreación al de la calidad de vida, pues posibilita el desarrollo motriz, el mantenimiento físico y la salud de las personas cobrando así una importancia adicional.

 

Que lo anterior valida la necesidad de dar continuidad a los gimnasios públicos y demás actividades deportivas que se encuentran en funcionamiento en la Localidad, esto en atención a los beneficios que se han evidenciado a quienes han tenido la oportunidad de participar dada la gran acogida que han tenido en la comunidad y en donde una vez puestos en marcha, los cupos dispuestos para acceder a los mismos, han resultado insuficientes.

 

Es así, que dando cumplimiento a los mandatos legales antes referenciados y los beneficios que las actividades deportivas generan en la calidad de vida de los miembros de la comunidad de Tunjuelito, se observa la necesidad de promover la implementación de entrenamientos y preparación deportiva, a través de profesionales de las diferentes destrezas deportivas, a los niños, jóvenes, adultos y adultos mayores de la localidad, por medio de estrategias necesarias para la orientación y enseñanza del deporte mediante procesos y programas armónicos e integrales que logren la incorporación y adecuado nivel de competitividad de los participantes en las prácticas deportivas, impulsando el alcance de los objetivos de masificación de los deportes, la formación integral, la buena utilización del tiempo libre, la apropiación de los espacios y escenarios deportivos de la localidad y la prevención al consumo de sustancias alucinógenas y/o bebidas alcohólicas mediante la práctica deportiva y formación en valores. 

 

Que adicional a lo anterior, y en atención a que la realización de actividades deportivas de manera conjunta o en equipo, provocan un estado de relajación a corto plazo en todo el cuerpo, acompañada de un mayor nivel de creatividad, un mejor estado de ánimo, mejor memoria y concentración. Si bien las habilidades de cada persona son individuales y primordiales a la hora de practicar algún deporte, la comunicación en equipo es clave y primordial para potencializar las habilidades personales, expresar, sentir, hablar en equipo, ayuda a disfrutar de una mayor comunicación y confianza entre las personas.

 

Por lo anterior, la Alcaldía Local de Tunjuelito, mediante el presente acuerdo, busca impulsar el programa de Formación Deportiva para niños, niñas y jóvenes dirigido a diferentes barrios en las dos (2) UPZ de la localidad, y con esto brindar espacios de formación deportiva en diferentes disciplinas, atendidos directamente por la Fondo Local en asocio con las Juntas de Acción Comunal y otras organizaciones, que permitirán prestar los servicios indicados de una forma más cercana al ejecutar las actividades en los parques zonales, vecinales y/o de bolsillo, Parque Metropolitano el Tunal y Centro Felicidad – CEFE, de la localidad, en las siguientes disciplinas: Fútbol, Fútbol de Salón, Patinaje, Baloncesto, Voleibol, Natación, Tenis de Mesa, Ciclismo, Atletismo, Danzas, Taekwondo y ajedrez, entre otros, incentivando a los participantes no solo al mejoramiento de calidades deportivas, sino además a la construcción constante de personas íntegras provistas de herramientas que les permitan competir con respeto frente a los demás como sujetos de derecho.

 

Por lo anterior, luego de impulsar entre los habitantes de la localidad la enseñanza y el perfeccionamiento de dichas prácticas deportivas, a través de profesionales, se hace necesario propender por la creación e institucionalización de los programas “Tunjuelito Campeona” y “Copa del Tunjo” en la Localidad Sexta, como instrumento idóneo para el deporte y la actividad física de los ciudadanos, con el objetivo de promover la integración social y deportiva de las juntas de acción comunal, conjuntos residenciales, comunidades organizadas y deportistas locales, para el buen desarrollo de la sociedad en la localidad de Tunjuelito.

 

Que la Junta Administradora Local de Tunjuelito no es ajena al beneficio que genera en la comunidad contar con espacios de recreación y deporte que incentiven a una competencia sana de la comunidad, razón por la cual impulsa el presente acuerdo con el propósito que por parte del Fondo de Desarrollo Local se adopten los programas aquí descritos, que buscan la implementación de escuelas de formación deportiva, gimnasios públicos y torneos deportivos en la Localidad.

 

Que corresponde a la junta administradora local estudiar y discutir en primer y segundo debate los proyectos de acuerdo local, de conformidad con las facultades que para el efecto le confieren los artículos 75, 76, 77 y 78 del Decreto ley 1421 de 1993 y el reglamento interno de la Corporación.

 

Que, en mérito de lo expuesto se,

 

ACUERDA:

 

Artículo 1. OBJETO. Adoptar el programa “Tunjuelito Campeona” y crear e institucionalizar la “Copa del Tunjo” en la Localidad Sexta de Tunjuelito, como programa y competiciones deportivas de interés especial, que priorizan y fortalecen los buenos hábitos de vida, la integración social y deportiva en la Localidad de Tunjuelito, que se realizarán y/o llevarán a cabo por intermedio de “Escuelas de Formación Deportiva”, “Gimnasios Públicos” y “Torneos Deportivos”.

 

Artículo 2. PUESTA EN MARCHA DEL PROGRAMA. La Alcaldía Local de Tunjuelito, adoptará las acciones necesarias para la puesta en marcha del programa “Tunjuelito Campeona” y “Copa del Tunjo”; para ello se conformará un comité de coordinación, seguimiento, análisis, valoración, evaluación y desarrollo de las actividades como instrumento idóneo para el deporte y la actividad física de los ciudadanos, con el propósito de promover la integración social y deportiva de juntas de acción comunal, conjuntos residenciales, comunidades organizadas y deportistas locales, para los fines que persigue el presente acuerdo.

 

Artículo 3. CONFORMACIÓN DEL COMITÉ. Dentro del trimestre siguiente, contado a partir de la sanción y publicación del presente acuerdo, el alcalde (sa) Local de Tunjuelito, mediante decreto o resolución convocará la conformación de un Comité Técnico, con el propósito de definir los elementos necesarios para colocar en funcionamiento el programa “Tunjuelito Campeona” y la “Copa del Tunjo” en la Localidad.

 

Dicho comité estará conformado por:


a.     El (la) Alcalde (sa) local o su delegado(a), quien presidirá el comité como presidente del mismo.


b.     Un(a) edil (esa) representante de la Junta Administradora Local.


c.  Un(a) delegado(a) representante del Instituto Distrital de Recreación y el Deporte - IDRD.


d.  Un(a) delegado(a) del Consejo Local de Deporte, Recreación, Actividad física y escenarios deportivos (DRAFE).


e.  Un delegado del Consejo Local de Sabios y Sabias.


f.   Un (a) delegado (a) del Consejo Local de Juventud.


g.  Un delegado de la asociación de juntas comunales de la localidad, de la comisión de deportes.


h.  El Coordinador deportivo de la Alcaldía local.

 

Parágrafo. En el evento que el alcalde (esa) local no convocare al comité dentro del término estipulado en el presente artículo, la Mesa Directiva de la Junta Administradora Local de Tunjuelito, en término de 30 días, deberá efectuar la respectiva convocatoria, para lo cual llevará a cabo las acciones a que haya lugar. No obstante lo anterior, el alcalde local será quien presida el Comité Técnico.  

 

Artículo 4. CONVOCATORIA. El (la) Alcalde (sa) mediante decreto o resolución convocará al comité coordinador y de seguimiento, para crear el reglamento interno, establecer las funciones y acciones pertinentes, buscando el consenso para la toma de decisiones, entre ellas, la determinación de las áreas del deporte que verificadas con la comunidad deban ser priorizadas, buscando con ello que se brinden todas las garantías para que el presente acuerdo perdure en el tiempo, propendiendo por la cobertura de los beneficiarios en las UPZ 42 y 62 que conforman la localidad.

 

Artículo 5. FUNCIÓN DEL COMITÉ. El Comité tendrá la función de definir cómo se desarrollará el programa “Tunjuelito Campeona” y la realización de la “Copa del Tunjo” en la Localidad Sexta de Tunjuelito, teniendo en cuenta las siguientes acciones:


a. Identificar espacios adecuados donde se llevarán a cabo las actividades deportivas.


b.  Adelantar convocatorias masivas para las actividades propias del programa y la realización de la “Copa del Tunjo”.


c.  Identificar población a beneficiar.


d. Definir modalidades del programa y de la Copa.


e. Establecer cronograma y herramientas de trabajo.

 

Artículo 6. DIVULGACIÓN. El Comité Técnico deberá adoptar y asegurar todas las medidas necesarias para la plena divulgación de la programación de las actividades deportivas a realizar en el marco del programa “Tunjuelito Campeona” y la “Copa del Tunjo”, debiendo utilizar de manera eficaz, masiva y oportuna los diferentes medios de comunicación.

 

Artículo 7. DURACIÓN DE LOS PROGRAMAS Y ESCENARIOS. El programa “Tunjuelito Campeona” tendrá una duración mínima de diez (10) meses de actividades por anualidad. La “Copa del Tunjo” se realizará una (1) vez al año. La realización de las prácticas se llevará a cabo en los parques zonales, vecinales y/o de bolsillo, Parque Metropolitano el Tunal, Centro Felicidad – CEFE, Salones Comunales, Coliseos y Casa de la Cultura, de acuerdo con cada disciplina, para lo cual el Comité Técnico deberá adelantar las gestiones necesarias para la disposición de dichos escenarios.

 

Artículo 8. GRATUIDAD. Con el propósito que el programa “Tunjuelito Campeona” y la “Copa del Tunjo”, logren la inclusión del mayor número de beneficiarios, se dispone total gratuidad para los participantes.

 

Artículo 9. RANGO DE EDADES. El programa Tunjuelito Campeona” colocará a disposición de la comunidad las Escuelas de Formación Deportiva en las que podrán inscribirse niños, niñas y jóvenes desde los 5 hasta los 17 años de edad. Para las actividades en “Gimnasios Públicos” podrán inscribirse jóvenes, adultos y personas mayores desde los 17 años de edad en adelante.

 

Artículo 10. DISCIPLINAS DEPORTIVAS. El programa “Tunjuelito Campeona” y la “Copa del Tunjo”, en su realización, en esencia deberán incluir las siguientes disciplinas:


a. Futbol.


b. Futsal (Femenino y masculino).


c. Tenis de campo (Femenino y masculino).


d. Baloncesto (Masculino y Femenino).


e. Voleibol (Masculino y Femenino).


f.  Actividades Autóctonas Deportivas, tales como Tejo, Mini-tejo, Rana, Danzas (Masculino y Femenino).


g. Ciclismo (Femenino y masculino).


h.  Atletismo (Femenino y masculino).


i. Patinaje (Femenino y masculino).


j.  Natación (Femenino y masculino).


k.  Tenis de Mesa (Femenino y masculino).


l.  Skateboarding (Femenino y masculino).


m. Breaking (Femenino y masculino).


n. Capoeira (Femenino y masculino).


o.  Yoga (Femenino y masculino).


p. Taekwondo (Femenino y masculino).


q.  Ajedrez (Femenino y masculino).

 

Parágrafo. No obstante, las disciplinas descritas en el presente artículo, podrán incluirse otras que a solicitud de la comunidad sea preciso adicionar.

 

Artículo 11. INCLUSIÓN AL PROGRAMA. El (la) alcalde (esa) Local de Tunjuelito, y en general el Comité Técnico, deberán adoptar las medidas necesarias para que en el programa “Tunjuelito Campeona” y la realización de la “Copa del Tunjo”, se agreguen disciplinas para la inclusión y participación de personas en condición de discapacidad y adultos mayores.

 

Artículo 12. TALENTOS. El Comité Técnico, los Instructores Deportivos y los Dirigentes de las Escuelas de Formación Deportiva, deberán adoptar un programa y/o estrategia que permita descubrir talentos de alto rendimiento deportivo, e incorporar los talentos ya identificados entre la comunidad local, con el propósito de impulsar apoyos ante entidades deportivas de mayor jerarquía tales como el Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte – IDRD, el Comité Olímpico Colombiano y el Ministerio del Deporte, entre otros.

 

Artículo 13. ESPACIOS SEGUROS. El (la) alcalde (esa) Local de Tunjuelito, como primera autoridad de policía, junto con el Comando de Policía de la Estación Sexta, deberán adoptar las medidas y estrategias necesarias para que entornos tales como parques vecinales y de bolsillo y/o escenarios abiertos, estén libres del consumo de sustancias psicoactivas y, en general propender por la seguridad de las personas y todos los escenarios deportivos.

 

Artículo 14. PRESUPUESTO. El (la) alcalde (sa) Local de Tunjuelito, de acuerdo con las líneas de inversión y las directrices previstas en el Plan de Desarrollo de Bogotá, las resultas de los Encuentros Ciudadanos y de Presupuestos Participativos, deberá incluir en el Plan de Desarrollo Local el programa “Tunjuelito Campeona” y la “Copa del Tunjo”, con el propósito de hacer efectiva la materialización del presente acuerdo.

 

Artículo 15. DEBER DE INFORMACIÓN. El Comité Técnico deberá rendir informe trimestral ante la Junta Administradora Local, en el ejercicio del control político, respecto de toda la implementación del presente acuerdo.

 

Artículo 16. CONTROL CIUDADANO. Cualquier persona o grupo de personas, en autonomía de su derecho, podrá ejercer veeduría respecto de cualquier aspecto inherente al presente acuerdo, en tal sentido, mediante derecho de petición podrá requerir de la administración la información que considere pertinente.

 

Artículo 17. VIGENCIA. El presente Acuerdo Local rige a partir de la fecha de su sanción y publicación, deroga el Acuerdo Local No. 004 de 2014 “Por medio del cual se crea e institucionaliza el festival deportivo “el tunjo de oro” en la localidad de Tunjuelito y se dictan otras disposiciones” y todas las disposiciones que le sean contrarias.

 

SANCIÓNESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 10 días del mes de julio 2023.

 

MAIRA ALEJANDRA JARAMILLO CERINZA

 

Presidente Junta Administradora Local

 

JORGE GIOVANNY CALDERÓN DURÁN

 

Vicepresidente Junta Administradora Local

 

NANCY ELIANA PEDRAZA ROA

 

Secretaria Junta Administradora Local

 

El presente Acuerdo es sancionado por,

 

JOSEPH SWITER PLAZA PINILLA

 

Alcalde Local de Tunjuelito