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RESOLUCIÓN 503 DE 2022
(Septiembre 16)
Por la cual se modifica el Manual Especifico de Funciones y de Competencias Laborales en un empleo de la Planta de Personal del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural
EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DISTRITAL DE PATRIMONIO CULTURAL
En ejercicio de sus atribuciones legales y en especial de las previstas en el artículo 95 y 98 del Acuerdo 257 de 2006 del Concejo Distrital y las concedidas en el Acuerdo 001 del 2 de enero de 2007 de la Junta Directiva del IDPC
CONSIDERANDO
Que la Constitución Política de Colombia en su artículo 122 establece que: “No habrá empleo público que no tenga funciones detalladas en ley o reglamento y para proveer los de carácter remunerado se requiere que estén contemplados en la respectiva planta y previstos sus emolumentos en el presupuesto correspondiente”.
Que en desarrollo de este precepto constitucional, la Ley 909 de 2004 y los Decretos 785 de 2005 y el Decreto 1083 de 2015, modificado parcialmente por el Decreto 648 de 2017, determinan que las entidades deben expedir sus manuales específicos de funciones, requisitos mínimos y competencias laborales, teniendo en cuenta el contenido funcional y las competencias comunes y comportamentales de los empleos que conforman las plantas de personal.
Que el Decreto Nacional 1077 de 2015, dispuso el procedimiento para la expedición de las licencias urbanísticas, estableciendo a su vez, en su artículo 2.2.6.1.2.3.6 (modificado por el artículo 11, del Decreto Nacional 1203 de 2017 y por el Decreto Nacional 1783 de 2021), las obligaciones que tienen los titulares de dichas licencias.
Que el artículo 145 del Decreto 555 de 2021 "Por el cual se adopta la revisión general del Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá D.C.", señala que se requerirá licencia para la ocupación del espacio público con cualquier clase de amueblamiento o para la intervención del mismo salvo que la ocupación u obra se ejecute en cumplimiento de las funciones de las entidades públicas competentes, directamente o a través de los terceros encargados de su administración. Adicionalmente establece que dentro de los tres (3) meses contados a partir de la entrada en vigencia del presente plan, el Instituto Distrital de Patrimonio Cultural se constituye en una de las entidades competentes para el trámite y expedición de las diferentes modalidades de licencias de intervención y ocupación del espacio público.
Que mediante el Acuerdo de Junta Directiva No. 005 del 02 de septiembre de 2022, se modificó la estructura organizacional del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural –IDPC.
Que el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, mediante oficio No. 22022-335 de 2022, radicado en el IDPC bajo el No. 20225110055712 de 2022, emitió concepto favorable al estudio técnico para la modificación de la estructura organizacional y el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural – IDPC.
Que se dio cumplimiento a lo establecido en el parágrafo del artículo 1º del Decreto 051 de 2018, con la organización SINTRAMUNICIPALES seccional Bogotá.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- Modificar el Manual de Funciones y Competencias Laborales del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural adoptado mediante Resolución No. 0265 de 2021, adicionando a la ficha del empleo que se indica a continuación, la inclusión de una función:
ARTÍCULO 2.-. Cuando para el desempeño de un empleo se exija una profesión, arte u oficio debidamente reglamentado, la posesión de grados, títulos, licencias, matrículas o autorizaciones previstas en las leyes o en sus reglamentos, no podrán ser compensadas por experiencia u otras calidades, salvo cuando las mismas leyes así lo establezcan.
ARTÍCULO 3.- La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente a la Resolución No. 0265 de 2021 y todas las demás que le sean contrarias.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá D. C., a los 16 días del mes de septiembre del año 2022.
PATRICK MORALES THOMAS
Director General
Nota: Ver norma original en Anexos. |
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