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Resolución 325 de 2023 Instituto Distrital de Turismo - IDT - Dirección General

Fecha de Expedición:
12/09/2023
Fecha de Entrada en Vigencia:
18/09/2023
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7811 del 18 de septiembre de 2023.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 325 DE 2023

 

(Septiembre 12)

 

Por la cual se da cumplimiento a lo ordenado en el Acuerdo No 03 de  25 Agosto de 2023 por el Comité Ejecutivo del Fondo de Desarrollo Turístico de Bogotá - FONDETUR y dispone adelantar los trámites para la entrega de los estímulos establecidos en las Convocatorias No 14 “Bogotá un Destino Estrella” - Mercadeo y Promoción Turística, No. 15 “Somos Destino Turístico Inteligente”, No. 16 “Eventos por Bogotá”, No. 17 “Bogotá, Escenario Turístico por Excelencia”, No. 18 “Transformación Digital para Establecimientos de Alojamiento y HOSPEDAJE

 

EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO

 

En ejercicio de sus facultades legales y en especial las que le confieren los Acuerdos Distritales No. 275 de 2007 y 761 de 2020 y atendiendo a lo dispuesto en el artículo 10 del Decreto Distrital No 268 de 2020 y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 209 de la Constitución Política establece que "La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficiencia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones". 

 

Que el artículo 52 ibidem reconoce el derecho de todas las personas a la recreación y aprovechamiento del tiempo libre, señalando que el Estado fomentará estas actividades. 

 

Que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 1° de la Ley 300 de 1996 "Por la cual se expide la Ley General de Turismo y se dictan otras disposiciones", modificado por el artículo 2 de la Ley 1558 de 2012, el turismo es una industria esencial para el desarrollo del país y en especial para sus entidades territoriales y cumple una función social. 

 

Que, a su vez, el artículo 2° de la Ley 300 de 1996 señala a la descentralización como uno de los principios rectores de la actividad turística, "en virtud del cual la actividad turística es responsabilidad de los diferentes niveles del Estado en sus áreas de competencia”. 

 

Que la citada disposición indica que el fomento es otro de los principios "en virtud del cual el Estado protegerá y otorgará prioridad al desarrollo integral de las actividades turísticas, recreacionales y en general, todo lo relacionado con esta actividad en todo el territorio nacional". 

 

Que, de la misma manera, el artículo 2 de la Ley 2068 de 2020, “por la cual se modifica la Ley General de Turismo y se dictan otras disposiciones", modificó el concepto del principio de desarrollo social, económico y cultural, según el cual "la actividad turística, conforme al artículo 52 de la Constitución Política, es un derecho social y económico que contribuye al desarrollo integral de las personas, de los seres sintientes y de los territorios y comunidades, que fomenta el aprovechamiento del tiempo libre y revaloriza la identidad cultural de las comunidades y se desarrolla con base en que todo ser humano y sintiente tiene derecho a una vida saludable productiva en armonía con la naturaleza”. 

 

Que el artículo 122 del Acuerdo Distrital 761 de 2020, "Por medio del cual se adopta el Plan de desarrollo económico, social, ambiental y de obras públicas del Distrito Capital 2020-2024 "Un nuevo contrato social y ambiental para la Bogotá del Siglo XXI, creó el Fondo de Desarrollo Turístico de Bogotá - FONDETUR como un fondo cuenta sin personería jurídica, dependiente del Instituto Distrital de Turismo, con el fin de promover, apoyar e impulsar el desarrollo del sector turístico en la ciudad de Bogotá. 

 

Que los artículos 3, 4 y 5 del Decreto Distrital 268 de 2020, "Por el cual se reglamenta el funcionamiento del Fondo de Desarrollo Turístico de Bogotá - FONDETUR”, señalan que el Fondo tiene como propósito promover, apoyar e impulsar el desarrollo del sector turístico en la ciudad, para lo cual promoverá la igualdad y generación de nuevas oportunidades para el crecimiento socioeconómico de comunidades y tejido productivo del sector turístico de la capital, al mismo tiempo que dispuso que a través de los recursos del Fondo se implementarían herramientas de gestión como incentivos, estímulos y otras actividades de fomento del sector turismo. 

 

Que, de la misma manera, el Decreto en mención estableció en su artículo 5 que el Fondo realizaría acciones encaminadas a "Financiar, cofinanciar y asesorar el desarrollo de iniciativas privadas provenientes de grupos comunitarios y del tejido productivo del sector turístico, que favorezcan la creación de empleo, la igualdad de oportunidades y el desarrollo humano en el territorio; (...) Desarrollar convocatorias públicas para la selección de proyectos turísticos que puedan ser ejecutados con recursos del Fondo y que den cumplimiento al Plan Distrital de Desarrollo y a los lineamientos de desarrollo turístico de la ciudad y la región; (...) Apoyar el desarrollo de modelos de sofisticación del sector turismo en la ciudad; (...)Promover actuaciones para el bienestar del turismo en situaciones de emergencia y apoyar la  implementación de cambios en el sector asociados a la transformación digital, el turismo inteligente, la responsabilidad social empresarial, la innovación social, el liderazgo, la gobernanza del sector, el cambio climático, el turismo regenerativo, el turismo comunitario, el empleo digno, el cumplimiento de los ODS y la relación de turismo y paz, entre otros aspectos". 

 

Que el artículo 9 del Decreto ídem, señaló como instancia de dirección del Fondo de Desarrollo Turístico de Bogotá - FONDETUR a su Comité Ejecutivo, el cual tiene entre otras funciones las de "aprobar la priorización y ejecución de recursos del FONDETUR, de acuerdo con los instrumentos de planeación correspondientes" y "aprobar las condiciones y los términos para cada una de las convocatorias del FONDETUR, incluyendo las condiciones de condonación cuando a ello haya lugar”. 

 

Que en sesión tres (3) del 2023 del Comité Ejecutivo del Fondo de Desarrollo Turístico de Bogotá - FONDETUR, realizada el día 15 de mayo de 2023, se aprobaron las condiciones de participación de las Convocatorias: No 14 “Bogotá un Destino Estrella” – Mercadeo y Promoción Turística, No. 15 “Somos Destino Turístico Inteligente”, No. 16 “Eventos por Bogotá”, No. 17 “Bogotá, Escenario Turístico por Excelencia” y No. 18 “Transformación Digital para Establecimientos de Alojamiento y Hospedaje”; las cuales fueron adoptadas mediante Acuerdo 2 de 2023 del Comité Ejecutivo. 

 

Que el Director General del Instituto Distrital de Turismo mediante Resolución 200 del 19 de mayo de 2023, da la apertura de las Convocatorias No 14 “Bogotá un Destino Estrella” – Mercadeo y Promoción Turística, Convocatoria No. 15 “Somos Destino Turístico Inteligente”, Convocatoria No 16 “Eventos por Bogotá, Convocatoria”, No 17 “Bogotá, Escenario Turístico por Excelencia, y Convocatoria”, No 18 “Transformación Digital para Establecimientos de Alojamiento y Hospedaje”.

 

Que, de conformidad con lo previsto por el parágrafo del artículo 7° del Decreto Distrital 268 de 2020,"para efectos de la evaluación de los programas y proyectos presentados a consideración del FONDETUR, se creará un Comité de Evaluación, cuya conformación y funcionamiento será reglamentado por parte del Instituto Distrital de Turismo". 

 

Que con la Resolución 146 de 2021 de la Dirección General, el Instituto Distrital de Turismo dio cumplimiento a lo previsto por el parágrafo citado y creó el Comité de Evaluación para el Fondo de Desarrollo Turístico de Bogotá - FONDETUR. 

 

Que mediante el Acuerdo 07 de 2022, “Se modifica la Estructura Organizacional del Instituto Distrital de Turismo - IDT, se determinan sus funciones y se dictan otras disposiciones”.

 

Que mediante la Resolución 267 del 17 de julio de 2023 se actualizó la conformación del Comité de Evaluación de FONDETUR. COMITÉ DE EVALUACIÓN. En su calidad de instancia encargada de realizar la evaluación de las iniciativas, convocatorias, postulaciones, programas y proyectos presentados a consideración del Fondo de Desarrollo Turístico de Bogotá - FONDETUR, integrado por:

 

a. Un designado por la Dirección General del IDT

 

b. El Subdirector de Mercadeo.

 

c. El Subdirector de Desarrollo y Competitividad.

 

d. El Subdirector de Inteligencia y Gestión de Tecnologías de la Información

 

Que, de conformidad con el Acuerdo N° 3 de 2023 en sus considerandos, se describe el proceso de la convocatoria No 14 “Bogotá un Destino Estrella” – Mercadeo y Promoción Turística, Convocatoria No. 15 “Somos Destino Turístico Inteligente”, Convocatoria No. 16 “Eventos por Bogotá”, Convocatoria No. 17 “Bogotá, Escenario Turístico por Excelencia”, la evaluación y selección de las propuestas habilitadas, realizadas por el Comité de Evaluación, mediante las Actas Nos. 13, 14, 15 y 16 del 31 de Julio de 2023,, presentando los siguientes resultados: 

 

RESULTADOS DE LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS

 

Propuestas Presentadas

176

Propuestas Rechazadas no habilitadas para la etapa de evaluación

24

Propuestas Evaluados

152

 

Que, una vez realizado el proceso de recepción de propuestas presentadas en el marco de la convocatoria No 14 “Bogotá un Destino Estrella” – Mercadeo y Promoción Turística, Convocatoria No. 15 “Somos Destino Turístico Inteligente”, Convocatoria No 16 “Eventos por Bogotá”, Convocatoria No 17 “Bogotá, Escenario Turístico por Excelencia”, y N° 18 “Transformación Digital para Establecimientos de Alojamiento y Hospedaje”, el Comité de Evaluación emitió concepto técnico y recomendó al Comité Ejecutivo del Fondo de Desarrollo Turístico de Bogotá - FONDETUR la selección de las propuestas ganadoras dentro de las convocatorias en mención. 

 

RESULTADOS DE LA EVALUACIÓN

 

Propuestas aprobadas

87

Propuestas que presentaron renuncia

5

Propuestas anuladas

2

Propuestas seleccionadas como beneficiarios finales de estímulos

80

 

Que, mediante Acuerdo N° 3 del 25 de agosto de 2023, el Comité Ejecutivo del Fondo de Desarrollo Turístico de Bogotá FONDETUR acogió la recomendación efectuada por el Comité de Evaluación y dispuso la entrega de los estímulos a las propuestas ganadoras de la Convocatoria No 14 “Bogotá un Destino Estrella” – Mercadeo y Promoción Turística, Convocatoria No. 15 “Somos Destino Turístico Inteligente”, Convocatoria No. 16 “Eventos por Bogotá”, y la Convocatoria No 17 “Bogotá, Escenario Turístico por Excelencia” y N° 18 “Transformación Digital para Establecimientos de Alojamiento y Hospedaje”.

 

Que el Acuerdo N° 3 de 25 de agosto de 2023 del Comité Ejecutivo del Fondo de Desarrollo Turístico de Bogotá - FONDETUR fue publicado el 25 de agosto de 2023 en la página del Instituto Distrital de Turismo-Fondetur: www.idt.gov.co/es/normativa-fondetur; notificado mediante correo electrónico a cada uno de los participantes de la convocatoria el día 28 de agosto de 2023, y se encuentra en firme, tal y como se evidencia en el respectivo expediente.

 

Que para dar cumplimiento a lo ordenado en el artículo 10 literales d, f y h del Decreto Distrital N° 268 de 2020, dentro del compromiso y reconocimiento del estímulo a los beneficiarios designados, el Instituto Distrital de Turismo- IDT cuenta con los Certificados de Disponibilidad Presupuestal que se enuncian a continuación:

 

Convocatoria N° 14 “Bogotá un Destino Estrella” – Mercadeo y Promoción Turística

Certificado de disponibilidad presupuestal

26

Objeto

Generar estímulos para la ejecución de la convocatoria Bogotá un Destino Estrella

Valor

$ 240.000.000

Rubro

O23011601260000007908

Descripción del Rubro

Administración del Fondo de Desarrollo Turístico de Bogotá - FONDETUR BOGOTA

Concepto del Gasto

83117 - Servicios de gestión de desarrollo empresarial

Fondo

1-100-F001_VA-Recursos distrito

Fecha

8 de septiembre de 2023

 

Convocatoria N° 15 “Somos Destino Turístico Inteligente”

Certificado de disponibilidad presupuestal

21

Objeto

Generar estímulos para la ejecución de la convocatoria Somos Destino Turístico Inteligente

Valor

$ 182.500.000

Rubro

O23011601260000007908

Descripción del Rubro

Administración del Fondo de Desarrollo Turístico de Bogotá - FONDETUR BOGOTA

Concepto del Gasto

85540 - Servicios de operadores turísticos

Fondo

1-100-F001_VA-Recursos distrito

Fecha

8 de septiembre de 2023

Convocatoria N° 15 “Somos Destino Turístico Inteligente”

Certificado de disponibilidad presupuestal

22

Objeto

Generar estímulos para la ejecución de la convocatoria Somos Destino Turístico Inteligente

Valor

$ 50.000.000

Rubro

O23011601260000007908

Descripción del Rubro

Administración del Fondo de Desarrollo Turístico de Bogotá - FONDETUR BOGOTA

Concepto del Gasto

85540 - Servicios de operadores turísticos

Fondo

1-100-F001_VA-Recursos distrito

Fecha

8 de septiembre de 2023

 

Convocatoria N° 16 “Eventos por Bogotá”

Certificado de disponibilidad presupuestal

24

Objeto

Generar estímulos para la ejecución de la convocatoria Eventos por Bogotá

Valor

$ 280.000.000

Rubro

O23011601260000007908

Descripción del Rubro

Administración del Fondo de Desarrollo Turístico de Bogotá - FONDETUR BOGOTA

Concepto del Gasto

85540 - Servicios de operadores turísticos

Fondo

1-100-F001_VA-Recursos distrito

Fecha

8 de septiembre de 2023

Convocatoria N° 17 “Bogotá, Escenario Turístico por Excelencia”

Certificado de disponibilidad presupuestal

23

Objeto

Generar estímulos para la ejecución de la convocatoria Bogotá, enfoque de género para un escenario turístico por excelencia

Valor

$ 160.000.000

Rubro

O23011601260000007908

Descripción del Rubro

Administración del Fondo de Desarrollo Turístico de Bogotá - FONDETUR BOGOTA

Concepto del Gasto

85540 - Servicios de operadores turísticos

Fondo

1-100-F001_VA-Recursos distrito

Fecha

8 de septiembre de 2023

 

Convocatoria N° 18 "Transformación digital para establecimientos

de alojamiento y hospedaje"

Certificado de disponibilidad presupuestal

25

Objeto

Generar estímulos para la ejecución de la convocatoria Turismo y herramientas de gestión tecnológicas para establecimientos de alojamiento y hospedaje

Valor

$ 6.000.000

Rubro

O23011601260000007908

Descripción del Rubro

Administración del Fondo de Desarrollo Turístico de Bogotá - FONDETUR BOGOTA

Concepto del Gasto

85540 - Servicios de operadores turísticos

Fondo

1-100-F001_VA-Recursos distrito

Fecha

8 de septiembre de 2023

 

Que, de conformidad con lo señalado por el artículo 5 del Acuerdo Distrital 275 de 2007, "Por el cual se crea el Instituto Distrital de Turismo", la Dirección General del IDT debe expedir los actos administrativos necesarios para el buen funcionamiento del Instituto y, de igual forma, el literal a, artículo 10 del Decreto Distrital 268 de 2020 dispuso que la Dirección General, entre otras acciones, debe ejecutar las directrices impartidas por el Comité Ejecutivo Fondo de Desarrollo Turístico de Bogotá - FONDETUR-. 

 

Que, en mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE

 

ARTÍCULO PRIMERO: RECONOCIMIENTO- Dar cumplimiento a lo ordenado por el Comité Ejecutivo del Fondo de Desarrollo Turístico de Bogotá - FONDETUR-, mediante Acuerdo N° 03 de 25 de agosto de 2023, y de conformidad con lo anterior, otorgar los estímulos dispuestos en la convocatoria No. 14 “Bogotá un Destino Estrella” – Mercadeo y Promoción Turística, Convocatoria No. 15 “Somos Destino Turístico Inteligente”, Convocatoria No. 16 “Eventos por Bogotá”, Convocatoria No. 17 ”Bogotá, Escenario Turístico por Excelencia" No. 18 “Transformación Digital para Establecimientos de Alojamiento y Hospedaje” como se señala a continuación:

 

Convocatorias No 14 “Bogotá un Destino Estrella” – Mercadeo y Promoción Turística

 

No.

Código

Razón Social

Puntaje

Estímulo

1

C0014-00003

John Alexander Chaves - Manacu

80,50

$10.000.000

2

C0014-00004

Inversiones Newport S.A.S -Viajes Newport

89,00

$10.000.000

3

C0014-00005

Logistbox L&L S.A.S 

66,75

$10.000.000

4

C0014-00006

Bo explore S.A.S

91,00

$10.000.000

5

C0014-00010

SAS - Apata Colombia

96,25

$10.000.000

6

C0014-00013

Territorio Colombia Transporte y Turismo S.A.S

79,50

$10.000.000

7

C0014-00014

Fundación Universidad de América - Unidad de patrimonio-museo de trajes de la universidad de américa.

85,00

$10.000.000

8

C0014-00017

KIAX V&T - Gineth Dayana Bedoya Gaona

70,50

$10.000.000

9

C0014-00018

Julián Andrés Mondragón Guzmán -Andigena Birding

85,75

$10.000.000

10

C0014-00020

Tegua Travel S.A.S

85,25

$10.000.000

11

C0014-00021

Acción Juvenil Ambiental por la Conservación - AJAC

80,50

$10.000.000

12

C0014-00022

Conecta tu viaje S.A.S

87,25

$10.000.000

13

C0014-00025

Passion travel Colombia - Mónica Andrea Luis Duarte

76,75

$10.000.000

14

C0014-00028

Make your plan Colombia S.A.S

96,75

$10.000.000

15

C0014-00029

Paramoverte: turismo, patrimonio y cultura - Paola Carolina Juez Mahecha

92,25

$10.000.000

16

C0014-00034

Asociación Hotelera y Turística de Colombia - Cotelco Capítulo Bogotá- Cundinamarca 

75,25

$10.000.000

17

C0014-00036

Bogotá Experience tours S.A.S

81,00

$10.000.000

18

C0014-00037

Agencia De Viajes Y De Turismo Montañeros 2. O - María Cristina Caballero Mendoza

91,25

$10.000.000

19

C0014-00038

Red De Mujeres Cannábicas De Colombia - Redmucann

85,50

 

$10.000.000

20

C0014-00039

Ala ventura - Mayra Alejandra Ávila Bohórquez

70,50

$10.000.000

21

C0014-00040

Atelier S2dio Fotografía Producción y Turismo S.A.S Bic -Parche Cachaco Tours

72,75

$10.000.000

22

C0014-00041

Corporación Ambiental SIE

85,50

$10.000.000

23

C0014-00044

Asociación De Turismo Rural Comunitario De Bogotá

67,25

$10.000.000

24

C0014-00046

Ecohills

65,50

$10.000.000

 

Convocatoria No. 15 “Somos Destino Turístico Inteligente”

 

No.

Código

Razón Social

Puntaje

Estímulo

1

C0015-00001

Arturo Delgadillo Martínez

83.00

$7.500.000

2

C0015-00004

Patasolatrekk SAS

80,75

$7.500.000

3

C0015-00006

Carlos Enrique Roa Diaz

79.75

$7.500.000

4

C0015-00007

William Muñoz Triana

75.00

$7.500.000

5

C0015-00008

Cultura Turística SAS

68.75

$7.500.000

6

C0015-00009

Reserva Natural De La Sociedad Civil La Casita Feliz SAS

75.75

$7.500.000

7

C0015-00010

Big Mama Colombia S.A.S.

89.75

$7.500.000

8

C0015-00012

León Sánchez

86,25

$7.500.000

9

C0015-00013

Hernán David Hueso Linares

70.25

$7.500.000

10

C0015-00015

Margery Julieth Triana Beltrán

66,00

$7.500.000

11

C0015-00016

Katerin Flórez Carrillo

86,75

$7.500.000

12

C0015-00018

Yeisson Alexander Vela Cáceres

84,50

$7.500.000

13

C0015-00022

Sandra Cely

88,75

$7.500.000

14

C0015-00025

Juan Carlos Alfonso González

68,75

$7.500.000

15

C0015-00028

Nomada Explora S.A.S

73,75

$7.500.000

16

C0015-00029

Colombia 1000 Estaciones S.A.S

86,25

$7.500.000

17

C0015-00032

Tourexito S.A.S

79,75

$7.500.000

18

C0015-00035

Lady Alejandra Hernández Ortiz 

65,75

$7.500.000

19

C0015-00037

Eu Mepego-Boutique - María Alexandra Cadena Fernández

78,50

$7.500.000

20

C0015-00039

Giovanni Alfonso 

66.50

$7.500.000

21

C0015-00045

Capital Graffiti S.A.S

81,75

$7.500.000

22

C0015-00052

Leonardo Rodríguez 

66.25

$7.500.000

23

C0015-00056

Instinto Extremo - German Arnulfo Antonio

81,25

$7.500.000

24

C0015-00057

Transfers & Tours S.A.S

80.00

$7.500.000

25

C0015-00063

Inversiones Hoteleras Rosales SA 

68.00

$7.500.000

26

C0015-00065

Guía Profesional De Turismo - Albeiro Noreña Ocampo

80.00

$7.500.000

27

C0015-00066

Natural Tribe Colombia - Jimmy Leonardo Caballero Herrera

91,25

$7.500.000

28

C0015-00071

Jasbleidy Salas Guzmán

75,50

$7.500.000

29

C0015-00072

Café Shop - Wilson Camilo Roncancio Chavarro

80.50

$7.500.000

30

C0015-00073

Usaquén Station Hostel -Edwin Piraquive Mondragón

85,25

$7.500.000

31

C0015-00076

Tras La Huella De Tibacuy

76,25

$7.500.000

 

Convocatoria No 16 “Eventos por Bogotá”

 

No.

Código

Razón Social

Puntaje

Estímulo

1

C0016-00001

Asociación De Bares De Colombia - ASOBARES

65,00

$ 40.000.000

2

C0016-00002

Corporación Cultural Museo del Vidrio de Bogotá

69,00

$ 40.000.000

3

C0016-00004

Fundación Festival Macarenazo

66,75

$ 40.000.000

4

C0016-00011

Corporación Cultural InterColombia

65,75

$ 40.000.000

5

C0016-00014

Asociación Colombiana de Agencias de Viajes y Turismo – ANATO- CAPÍTULO CENTRAL

67,25

$ 40.000.000

6

C0016-00017

ING3NIO SAS

65,50

$ 40.000.000

7

C0016-00018

Odretours International E.U.

71,50

$ 40.000.000

 

Convocatoria No. 17 “Bogotá, Escenario Turístico por Excelencia”

 

No.

Código

Razón Social Proponente

Puntaje

Estímulo

1

C0017-00001

German Enrique Calderón Jiménez 

82,75

$ 10.000.000

2

C0017-00002

Mirador La Regadera - Melida Esperanza Gerena Velazco

66,50

$ 10.000.000

3

C0017-00004

Escuela De Cultura Campesina

86,50

$ 10.000.000

4

C0017-00005

Consentidos Por Naturaleza SAS

88,50

$ 10.000.000

5

C0017-00007

GEH Grupo Happy

71,75

$ 10.000.000

6

C0017-00008

Asociación Mirachuelo Ecoambiental

83,00

$ 10.000.000

7

C0017-00010

Hotel Cabrera Real - Álvaro Cabrera Duran

65,50

$ 10.000.000

8

C0017-00012

Avícola La Gallina Campesina

84,00

$ 10.000.000

9

C0017-00014

Frog Bolirana Club SAS

85,75

$ 10.000.000

10

C0017-00015

Silvicultura Ambiental De Colombia S.A.S

71,25

$ 10.000.000

11

C0017-00017

Viajes Mundo Colombia - Ruby Adalgisa Sepúlveda Corzo

94,50

$ 10.000.000

12

C0017-00018

Kaizen Green Colombia - Nenfer Elena Rojas Monroy

68,75

$ 10.000.000

13

C0017-00021

Omni Tours Colombia S.A.S.

66,50

$ 10.000.000

14

C0017-00022

ASOPROAM 

86,75

$ 10.000.000

15

C0017-00024

Granja Meraki SAS

86,25

$ 10.000.000

16

C0017-00025

Jardín Botánico Real De Colombia -Edgar Alonso Parra Talero

92,50

$ 10.000.000

 

Convocatoria No. 18 “Transformación Digital para Establecimientos de Alojamiento y Hospedaje”.

 

No.

Código

Razón Social Proponente

1

C0018-00001

Hostal Villa candelaria 

2

C0018-00004

Open By Holidays

 

ARTÍCULO SEGUNDO: TRÁMITE Y DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL-. Para dar cumplimiento a lo anterior, la Subdirección Corporativa del Instituto Distrital de Turismo, deberá realizar las gestiones necesarias para el desembolso de los recursos objeto de los estímulos en conjunto con la Subdirección de Planeación, como responsable del proyecto, con el respaldo de los Certificados de Disponibilidad Presupuestal - CDP, que se enuncian a continuación:

 

Convocatoria N° 14 “Bogotá un Destino Estrella” – Mercadeo y Promoción Turística

Certificado de disponibilidad presupuestal

26

Objeto

Generar estímulos para la ejecución de la convocatoria Bogotá un destino estrella

Valor

$ 240.000.000

Rubro

O23011601260000007908

Descripción del Rubro

Administración del Fondo de Desarrollo Turístico de Bogotá - FONDETUR BOGOTA

Concepto del Gasto

83117 - Servicios de gestión de desarrollo empresarial

Fondo

1-100-F001_VA-Recursos distrito

Fecha

8 de septiembre de 2023

 

Convocatoria N° 15 “Somos Destino Turístico Inteligente”

Certificado de disponibilidad presupuestal

21

Objeto

Generar estímulos para la ejecución de la convocatoria Somos destino turístico inteligente

Valor

$ 182.500.000

Rubro

O23011601260000007908

Descripción del Rubro

Administración del Fondo de Desarrollo Turístico de Bogotá - FONDETUR BOGOTA

Concepto del Gasto

85540 - Servicios de operadores turísticos

Fondo

1-100-F001_VA-Recursos distrito

Fecha

8 de septiembre de 2023

 

Convocatoria N° 15 “Somos Destino Turístico Inteligente”

Certificado de disponibilidad presupuestal

22

Objeto

Generar estímulos para la ejecución de la convocatoria Somos destino turístico inteligente

Valor

$ 50.000.000

Rubro

O23011601260000007908

Descripción del Rubro

Administración del Fondo de Desarrollo Turístico de Bogotá - FONDETUR BOGOTA

Concepto del Gasto

85540 - Servicios de operadores turísticos

Fondo

1-100-F001_VA-Recursos distrito

Fecha

8 de septiembre de 2023

 

Convocatoria N° 16 “Eventos por Bogotá”

Certificado de disponibilidad presupuestal

24

Objeto

Generar estímulos para la ejecución de la convocatoria Eventos por Bogotá

Valor

$ 280.000.000

Rubro

O23011601260000007908

Descripción del Rubro

Administración del Fondo de Desarrollo Turístico de Bogotá - FONDETUR BOGOTA

Concepto del Gasto

85540 - Servicios de operadores turísticos

Fondo

1-100-F001_VA-Recursos distrito

Fecha

8 de septiembre de 2023

 

Convocatoria N° 17 “Bogotá, Escenario Turístico por Excelencia”

Certificado de disponibilidad presupuestal

23

Objeto

Generar estímulos para la ejecución de la convocatoria Bogotá, enfoque de género para un escenario turístico por excelencia

Valor

$ 160.000.000

Rubro

O23011601260000007908

Descripción del Rubro

Administración del Fondo de Desarrollo Turístico de Bogotá - FONDETUR BOGOTA

Concepto del Gasto

85540 - Servicios de operadores turísticos

Fondo

1-100-F001_VA-Recursos distrito

Fecha

8 de septiembre de 2023

 

Convocatoria N° 18 "Transformación digital para establecimientos de alojamiento y hospedaje"

Certificado de disponibilidad presupuestal

25

Objeto

Generar estímulos para la ejecución de la convocatoria Turismo y herramientas de gestión tecnológicas para establecimientos de alojamiento y hospedaje

Valor

$ 6.000.000

Rubro

O23011601260000007908

Descripción del Rubro

Administración del Fondo de Desarrollo Turístico de Bogotá -FONDETUR BOGOTA

Concepto del Gasto

85540 - Servicios de operadores turísticos

Fondo

1-100-F001_VA-Recursos distrito

Fecha

8 de septiembre de 2023

 

ARTÍCULO TERCERO: DESEMBOLSO. - Para la entrega de los estímulos económicos de que trata el Artículo Primero de este acto, la entidad realizará dos desembolsos, el primero equivalente al 75% del valor asignado a cada una de las propuestas, previa aceptación escrita del estímulo por parte del beneficiario dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la notificación del presente acto, presentación de la certificación bancaria y verificación de la póliza de cumplimiento, de acuerdo con las condiciones de la Convocatoria No. 14 “Bogotá un Destino Estrella” – Mercadeo y Promoción Turística, Convocatoria No. 15 “Somos Destino Turístico Inteligente”, Convocatoria No. 16 “Eventos por Bogotá”, Convocatoria No. 17 “Bogotá, Escenario Turístico por Excelencia”; y el  segundo correspondiente al 25% una vez se realice la aprobación del informe final de la implementación del cien por ciento (100%) del proyecto.

 

Para la convocatoria No. 18 “Transformación Digital para Establecimientos de Alojamiento y Hospedaje”, una vez se realice el proceso de mínima cuantía para la contratación del proveedor que suministrará las licencias por un valor de $6.000.000, estas serán asignadas a los beneficiarios seleccionados.

 

PARÁGRAFO PRIMERO: En los casos en que la documentación requerida para el desembolso no sea aportada en fechas establecidas en la convocatoria, se entenderá como renuncia del beneficiario al estímulo, caso en el cual el FONDETUR adelantará los trámites administrativos a los que haya lugar.,

 

PARÁGRAFO SEGUNDO: Los desembolsos del estímulo se realizarán atendiendo el Plan Anual de Caja (PAC) y los mismos no generan intereses. 

 

PARÁGRAFO TERCERO: Los beneficiarios de los estímulos deberán cumplir con las actividades a las cuales se comprometieron, para que el giro de los recursos por parte del IDT se realice en la presente vigencia fiscal. 

 

ARTÍCULO CUARTO: GARANTÍA. Los beneficiarios deberán constituir Póliza de cumplimiento de disposiciones legales a favor del Distrito Capital - Instituto Distrital de Turismo (NIT 900.140.515-6) en una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, que ampare el riesgo por el cien por ciento (100%) del valor total del estímulo asignado, con una vigencia igual a la fecha límite de ejecución de la propuesta y seis (6) meses más. 

 

PARÁGRAFO: La verificación de la suficiencia de la garantía se realizará mediante la plataforma con los usuarios designados por FONDETUR, la cual se incorporará a la constancia referida en el artículo segundo de la presente resolución. Durante la ejecución de la propuesta los beneficiarios mantendrán vigente el amparo; en caso de cualquier modificación la póliza debe ser ajustada. 

 

ARTÍCULO QUINTO: SEGUIMIENTO. El seguimiento al desembolso y la ejecución de los recursos se adelantará por parte de la Subdirección de Planeación del IDT, siguiendo los parámetros dados por las condiciones generales y específicas de participación de la Convocatoria No. 14 “Bogotá un Destino Estrella” – Mercadeo y Promoción Turística, Convocatoria No. 15 “Somos Destino Turístico Inteligente”, Convocatoria No. 16 “Eventos por Bogotá” y Convocatoria No. 17 “Bogotá, Escenario Turístico por Excelencia “y No. 18 “Transformación Digital para Establecimientos de Alojamiento y Hospedaje”...

 

ARTÍCULO SEXTO: NOTIFICACIÓN. Notificar el presente acto administrativo en los términos y condiciones dadas por los artículos 56 y 67 y s.s. de la Ley 1437 de 2011 a los beneficiarios señalados en el artículo primero de la presente resolución, haciéndoles saber que contra ella no procede recurso alguno, por ser un acto de ejecución, de acuerdo con el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011. 

 

ARTÍCULO SÉPTIMO: PUBLICACIÓN. Publicar la presente Resolución en la página web del Instituto Distrital de Turismo - IDT- FONDETUR, y en el Registro Distrital. 

 

ARTÍCULO OCTAVO: VIGENCIA. La presente Resolución rige a partir de su publicación. 

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 12 días del mes de septiembre del año 2023.

 

ANDRÉS ORLANDO CLAVIJO RANGEL

 

Director General

 

Nota: Ver norma original en Anexos.