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RESOLUCIÓN 334 DE 2023
(Septiembre 21)
Por la cual se efectúa modificación del presupuesto de Ingresos, Rentas y Gastos del Instituto Distrital de Turismo para la vigencia 2023
EL DIRECTOR GENERAL (E.) DEL INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO
En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el literal b) del artículo 5 del Acuerdo 275 de 2007 del Concejo de Bogotá D.C., el artículo 10 del Decreto Distrital 192 de 2021, el literal b) del artículo 18 del Acuerdo 001 de 2007, el artículo 1 del Acuerdo 006 de 2016 y los numerales 1 y 3 del artículo 6º del Acuerdo 7 de 2022 de la Junta Directiva, y
CONSIDERANDO:
Que, el Instituto Distrital de Turismo es un establecimiento público del orden Distrital, con personería jurídica, autonomía administrativa y financiera, y patrimonio propio, adscrito a la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico.
Que el artículo 10 del Decreto Distrital No. 192 de 2021 dispone que “Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local. En el caso de los establecimientos públicos del Distrito estas modificaciones al anexo del Decreto de liquidación se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos”.
Que, de conformidad con el literal b del Artículo 4 del Acuerdo Distrital 275 de 2007, es función de la Junta Directiva del Instituto Distrital de Turismo “Aprobar los planes, programas, proyectos y presupuesto del Instituto, así como las modificaciones que se hagan a los mismos, de acuerdo con las disposiciones distritales vigentes sobre el tema y que sean de su competencia de acuerdo con su reglamento”.
Que, mediante Acuerdo 006 de fecha 01 de Septiembre de 2016, la Junta Directiva del Instituto Distrital de Turismo autoriza al Director General para efectuar, a través de acto administrativo, los traslados presupuestales que se requieran para el presupuesto de funcionamiento, cuando éstos correspondan a valores inferiores o iguales a 202 S.M.M.L.V, es decir que para la vigencia 2023, la autorización es hasta DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO MILLONES TRESCIENTOS VEINTE MIL PESOS M. CTE. ($234.320.000), sin necesidad de adelantar el trámite de aprobación ante la Junta Directiva, previo cumplimiento de los requisitos dispuestos por la Secretaría Distrital de Hacienda.
Que, el Instituto Distrital de Turismo requiere trasladar DIEZ MILLONES DE PESOS M. CTE. ($10.000.000) al rubro “O2120201003023212901 Papel bond”, para la compra de resmas de papel.
Que, el Instituto Distrital de Turismo requiere trasladar DOSCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS M. CTE. ($250.000) al rubro “O2120201003083891102 Bolígrafos”, para la compra de bolígrafos. . Que, el Instituto Distrital de Turismo requiere trasladar DOSCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS M. CTE. ($250.000) al rubro “O2120201003083891104 Marcadores de fieltro y similares”, para la compra de marcadores.
Que, el Instituto Distrital de Turismo requiere trasladar DOSCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS M. CTE. ($250.000) al rubro “O2120201004064641007 Pilas alcalinas”, para la compra de pilas alcalinas.
Que, el Instituto Distrital de Turismo requiere trasladar VEINTIOCHO MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS M. CTE. ($28.500.000) al rubro “O2120201003033331101 Gasolina motor corriente”, para la compra de combustible. Debido a que, el IDT adelantó el proceso de selección de mínima cuantía No. IDT-MC-012-2023, por valor de cinco millones de pesos ($5.000.000) con el objeto de suministrar combustible a los vehículos del Instituto, y el proceso fue declarado desierto mediante Resolución IDT No. 323 del 11 de septiembre de 2023 por falta de oferentes.
Que, el, requiere adelantar un proceso de selección de “menor cuantía acuerdo marco” por valor de TREINTA Y DOS MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS M. CTE. ($32.500.000) conforme al presupuesto asignado al Instituto en la vigencia 2023; igualmente se requiere adicionar la caja menor por valor de quinientos mil pesos m. cte. ($500.000) para la compra de combustible mientras surte el proceso de selección “menor cuantía acuerdo marco”.
Que, el Instituto Distrital de Turismo requiere trasladar DIEZ MILLONES DE PESOS M. CTE. ($10.000.000) al rubro “O2120202008078714102 Servicio de mantenimiento y reparación de vehículos automóviles”, para suscribir un contrato de mantenimiento de vehículos
Que, de conformidad con el numeral 3 del Artículo 14 del Acuerdo 07 de 2022 expedido por la Junta Directiva del Instituto, se determinó la necesidad de efectuar una modificación al presupuesto de gastos de Funcionamiento por valor de CUARENTA Y NUEVE MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS MCTE ($49.250.000), con el de cubrir las necesidades de gastos de funcionamiento del Instituto.
Que, mediante comunicación No. 2022EE369677O1 del 20 de septiembre de 2023, el Director Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda emitió concepto favorable para efectuar una modificación al presupuesto de Funcionamiento, consistente en un traslado presupuestal por valor de CUARENTA Y NUEVE MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS MCTE ($49.250.000)
Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1. TRASLADO: Efectuar el siguiente traslado presupuestal de Gastos de Funcionamiento en el presupuesto del Instituto Distrital de Turismo, por la suma de CUARENTA Y NUEVE MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS MCTE ($49.250.000).
Artículo 2. REMISIÓN: Remítase copias de la presente Resolución a la Secretaría de Hacienda Distrital y demás oficinas competentes.
Artículo 3. VIGENCIA: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los 21 días del mes de septiembre del año 2023.
JUAN JOSE LAMAR MONTOYA
Director General (E.)
Nota: Ver norma original en Anexos. |