Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Resolución 357 de 2023 Instituto Distrital de Turismo - IDT

Fecha de Expedición:
23/10/2023
Fecha de Entrada en Vigencia:
23/10/2023
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7851 del 07 de noviembre de 2023.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 357 DE 2023

 

(Octubre 23)

 

Por la cual se efectúa modificación del presupuesto de Ingresos, Rentas y Gastos del Instituto Distrital de Turismo para la vigencia 2023

 

EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO

 

En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el literal b) del artículo 5 del Acuerdo 275 de 2007 del Concejo de Bogotá D.C., el artículo 10 del Decreto Distrital 192 de 2021, el literal b) del artículo 18 del Acuerdo 001 de 2007, el artículo 1 del Acuerdo 006 de 2016 y los numerales 1 y 3 del artículo 6º del Acuerdo 7 de 2022 de la Junta Directiva, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que, el Instituto Distrital de Turismo es un establecimiento público del orden Distrital, con personería jurídica, autonomía administrativa y financiera, y patrimonio propio, adscrito a la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico.

 

Que el artículo 10 del Decreto Distrital No. 192 de 2021 dispone que “las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local. En el caso de los establecimientos públicos del Distrito estas modificaciones al anexo del Decreto de liquidación se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos”.

 

Que, de conformidad con el literal b del Artículo 4 del Acuerdo Distrital 275 de 2007, es función de la Junta Directiva del Instituto Distrital de Turismo “Aprobar los planes, programas, proyectos y presupuesto del Instituto, así como las modificaciones que se hagan a los mismos, de acuerdo con las disposiciones distritales vigentes sobre el tema y que sean de su competencia de acuerdo con su reglamento”.

 

Que, mediante Acuerdo 002 de fecha 31 de marzo de 2017, la Junta Directiva del Instituto Distrital de Turismo autorizó al/a la Director(a) General a efectuar, a través de acto administrativo, los traslados presupuestales que se requieran para el presupuesto de inversión, cuando éstos correspondan a valores inferiores o iguales a 400 S.M.M.L.V, es decir que para la vigencia 2023, la autorización es hasta CUATROCIENTOS SESENTA Y CUATRO MILLONES DE PESOS M. CTE. ($464.000.000), sin necesidad de adelantar el trámite de aprobación ante la Junta Directiva, previo cumplimiento de los requisitos dispuestos por la Secretaría Distrital de Hacienda.

 

Que, el Instituto Distrital de Turismo requiere efectuar un traslado presupuestal por valor de treinta y seis millones de pesos m/cte. ($36.000.000), contracreditando los proyectos de inversión: 7705 “Fortalecimiento del sistema turístico de Bogotá Región para responder a las principales tendencias oportunidades y cambios que inciden en el sector” y 7706 “Implementación de estrategias de mercadeo y promoción para el sector turístico de la ciudad de Bogotá” y acreditando los proyectos: 7915 “Optimización de la producción de información estadística oportuna y relevante para la toma de decisiones del sector turismo en Bogotá” y proyecto 7709 “Mejoramiento y fortalecimiento de la capacidad institucional del Instituto Distrital de Turismo de Bogotá”.

 

Que, para ejecutar y dar cumplimiento a lo anterior, el proyecto 7915 “Optimización de la producción de información estadística oportuna y relevante para la toma de decisiones del sector turismo en Bogotá” tiene dentro de sus metas “Realizar 57 documentos de análisis del sector turismo de Bogotá con resultados estandarizados, comparables, desagregados y articulados con los niveles local, regional, nacional e internacional”. Para el cumplimiento de esta meta se ha definido la realización de procesamiento, análisis y difusión de la información para la elaboración de estudios, informes y mediciones. Por ello, resulta de vital importancia dar continuidad a la prestación de servicios de apoyo y/o profesionales para no interrumpir el ciclo de entrega de los documentos de resultados programados para el último trimestre.

 

Que, de igual manera el proyecto 7915, cuenta con la meta “Elaborar e implementar el 100% de la estrategia TI de la entidad que incluya un modelo de arquitectura de la información y la infraestructura técnica para su desarrollo, para la cual se ha definido como parte de las acciones para su cumplimiento, la implementación de funcionalidades, servicios e interface bajo ERP (SAE, SAI, TERCEROS, PERNO, LIMAY, SISCO, CORDIS) requeridos por la entidad”. Por ello, es importante dar continuidad a la prestación de servicios profesionales para no interrumpir el proceso de soporte funcional y técnico de la interface.

 

Que, para dar cumplimiento a las dos metas proyecto del 7915 anteriormente mencionadas y poder garantizar la prestación de servicios de apoyo y profesionales, se programa un traslado presupuestal por valor de veintiún millones de pesos m/cte. ($21.000.000), los cuales serán destinados para atender las actividades previstas para el último trimestre de la vigencia.

 

Que, el proyecto 7709 “Mejoramiento y fortalecimiento de la capacidad institucional del Instituto Distrital de Turismo de Bogotá” tiene dentro de sus metas “Proveer el 100% del recurso humano requerido para apoyar la gestión de las áreas transversales del IDT”.  A través de esta meta se provee el recurso humano del nivel profesional, técnico y asistencial, para apoyar los procesos de Direccionamiento estratégico, Gestión Jurídica y contractual, Comunicaciones, Talento Humano, Gestión Financiera, Gestión de Bienes y Servicios, Atención al Ciudadano, Gestión Documental, Control Interno Disciplinario y Evaluación Institucional. Lo anterior, considerando que la planta de personal de la entidad no cuenta con el personal suficiente para cumplir adecuadamente sus funciones, haciendo necesario contratar recurso humano a través de prestación de servicios, para atender las responsabilidades asignadas al Instituto en el desarrollo de los planes, programas y proyectos derivados de su planeación estratégica.

 

Que, a la fecha, la meta de proveer recurso humano presenta una ejecución presupuestal del 94% con la contratación del personal que brinda apoyo a la gestión, haciendo necesario trasladar recursos adicionales para garantizar la continuidad en la prestación de los servicios en el último trimestre de 2023. La situación se presenta debido a que para la vigencia 2023 el presupuesto asignado con respecto a la vigencia anterior disminuyó, teniendo que reducir los plazos de la contratación inicial.

 

Que, para proveer parte del recurso humano necesario y terminar satisfactoriamente la gestión contractual de la entidad en la presente vigencia, se programa un traslado presupuestal al proyecto 7709 por valor de quince millones de pesos m/cte. ($15.000.000), los cuales serán destinados para atender la necesidad de apoyo a la gestión de la entidad.

 

Que, para suplir la necesidad expuesta, la entidad ha realizado un análisis del Plan Anual de Adquisiciones, identificando recursos disponibles y priorizando inversiones en los proyectos 7705 y 7706, para efectuar el presente traslado presupuestal así:

 

Que,  desde el proyecto de inversión 7705 “Fortalecimiento del sistema turístico de Bogotá Región para responder a las principales tendencias, oportunidades y cambios que inciden en el sector, en Bogotá” de la meta proyecto “Implementar el 100% de al menos 6 productos turísticos, de los cuales 3 sean de alcance Regional” se dispone de un valor de $8.000.000, teniendo en cuenta que este valor corresponde a un saldo de un proceso contractual que ya no es necesario para el cumplimiento de la meta. Se hizo un uso eficiente de los recursos y las actividades para terminar el cumplimiento de las metas se realizarán con el recurso humano disponible.

 

Que, se dispone de un valor de $28.000.000 del proyecto de inversión 7706 “Implementación de estrategias de mercadeo y promoción para el sector turístico de la ciudad de Bogotá”; proyecto de inversión asociado a la promoción y mercadeo de ciudad, de la meta proyecto “Impactar a 2 millones de personas a través de la implementación de un programa de promoción y mercadeo orientado a la recuperación y fortalecimiento de la actividad turística de la ciudad de Bogotá”, teniendo en cuenta que esta meta ya fue cumplida en el mes de agosto dada la optimización de recursos y el despliegue efectivo de actividades; por lo que es importante mencionar que, esta reducción no afectará el cumplimiento ni programación de las metas del proyecto.

 

Que, mediante comunicación No. 2-2023-110012 del 06 de octubre de 2023, la Subsecretaría de Planeación de Inversión de la Secretaría Distrital de Planeación emitió concepto favorable para efectuar una modificación al presupuesto de Inversión, consistente en un traslado presupuestal por valor de TREINTA Y SEIS MILLONES DE PESOS MCTE ($36.000.000)

 

Que, mediante comunicación No. 2023EE416984O1 del 20 de octubre de 2023, el Director Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda emitió concepto favorable para efectuar una modificación al presupuesto de Inversión, consistente en un traslado presupuestal por valor de TREINTA Y SEIS MILLONES DE PESOS MCTE ($36.000.000). fundamentado en la necesidad de fortalecer el cumplimiento de las metas de los proyectos: 7915 “Optimización de la producción de información estadística oportuna y relevante para la toma de decisiones del sector turismo en Bogotá” y proyecto 7709 “Mejoramiento y fortalecimiento de la capacidad institucional del Instituto Distrital de Turismo de Bogotá”. 

 

Que, en mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1. TRASLADO: Efectuar el siguiente traslado presupuestal de Gastos de Inversión en el presupuesto del Instituto Distrital de Turismo, por la suma de TREINTA Y SEIS MILLONES DE PESOS MCTE ($36.000.000)

 

 


Artículo 2. REMISIÓN: Remítase copias de la presente Resolución a la Secretaría de Hacienda Distrital y demás oficinas competentes.

 

Artículo 3. VIGENCIA: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 23 días del mes de octubre del año 2023.

 

ANDRÉS ORLANDO CLAVIJO RANGEL

 

Director General

 

Nota: Ver norma original en Anexos.