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DECRETO LOCAL 020 DE 2023
(Noviembre 01)
Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Usaquén para la vigencia fiscal 2023
EL ALCALDE LOCAL DE USAQUÉN
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Decreto 372 de 2010 “Por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local –FDL- y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 31 del Decreto 372 de 2010, establece para las modificaciones presupuestales: “Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales, reducciones y suspensión temporal de apropiaciones, según lo siguiente”:
Numeral primero: “(…) Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. (…)”.
Que el Artículo 10 del Decreto 192 de 2021, por medio del cual se reglamenta el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital y se dictan otras disposiciones, establece respecto de las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación: “Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local” (…).
Estos actos administrativos requieren para su validez del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Si se trata de gastos de inversión se requerirá, además, del concepto favorable de la Secretaría Distrital de Planeación.
Parágrafo. Se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en Gastos de Funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen Factores constitutivos de salario, Contribuciones inherentes a la nómina, Remuneraciones no constitutivas de factor salarial siempre que correspondan at mismo tipo de vinculación, Honorarios, Activos Fijos, Materiales y suministros, adquisición de servicios, FONPET, Obligaciones por Pagar (adquisición de Bienes, Adquisición de Servicios y Otros Gastos Generales).(…)
Que, a finales del año 2022, se adelantó el anteproyecto de presupuesto para la vigencia 2023, el cual llevó la planeación de los contratos de funcionamiento, al máximo nivel de desagregación en los bienes a contratar, siguiendo el lineamiento impartido en su momento por la Secretaria Distrital de Hacienda.
Que, la alcaldía Local requiere realizar la adición del contrato No. 409-2023 que tiene como objeto “PRESTAR LOS SERVICIOS DE DISTRIBUCIÓN Y TRÁMITE DE COMUNICACIONES OFICIALES EXTERNAS ENVIADAS, EN FORMA PERSONALIZADA Y/O INMEDIATA, ASÍ COMO LOS SERVICIOS DE CORREO EN SUS DIFERENTES MODALIDADES, DE ACUERDO CON LAS NECESIDADES DEL SERVICIO Y LOS REQUERIMIENTOS DE LA ALCALDÍA LOCAL DE USAQUÉN, EN EL CENTRO DE DOCUMENTACIÓN E INFORMACIÓN DE LA MISMA”, El Fondo de Desarrollo Local Usaquén, con el fin de lograr sus objetivos institucionales y en cumplimiento de sus funciones legales tiene el deber de mantener las condiciones operativas y logísticas adecuadas para la buena marcha de sus actividades, a través, de la administración eficaz de los recursos con que cuenta. En este sentido, es necesario contar con los elementos necesarios para cumplir a cabalidad con sus fines misionales; mediante los servicios de distribución y trámite de comunicaciones, mediante la oficina de gestión documental de la entidad.
De acuerdo con lo anterior, se debe contar con un servicio de envío y recepción eficiente, ágil, confiable y seguro que garantice el cubrimiento a todos los destinatarios ya sean para el funcionamiento internos de las áreas de la alcaldía en cuanto a emitir sus respuestas como también la atención y contestaciones que se deben emitir los ciudadanos. En virtud de lo expuesto, se hace necesario adicionar el contrato por valor de $18.000.000 al contrato en mención.
De igual forma, la alcaldía local requiere realizar la adición del contrato No. 405-2023 que tiene como objeto “CONTRATAR EL SERVICIO INTEGRAL DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y/O CORRECTIVO DEL PARQUE AUTOMOTOR DE PROPIEDAD DEL FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE USAQUÉN, INCLUYENDO EL SUMINISTRO DE REPUESTOS E INSUMOS QUE CUBRAN TODOS LOS ASPECTOS TÉCNICOS, MECÁNICOS Y ELÉCTRICOS PARA EL CORRECTO FUNCIONAMIENTO Y OPTIMA SEGURIDAD DE LOS VEHÍCULOS”, en virtud de los mantenimientos tanto preventivos como correctivos que se vienen realizando de acuerdo a las órdenes de servicio previstas a realizar en el presente año, no es suficiente, ya que, teniendo en cuenta que los vehículos se encuentran prestando servicio permanente son de modelos 2015 y 2018, lo que origina el normal desgaste de piezas fundamentales para su funcionamiento y que requieren remplazo como: Llantas, baterías, plumillas, despinches, lavados, Cluth (Disco Prensa y Balinera), así mismo cambio de pastillas de frenos, cambios de aceite, mantenimientos eléctricos, revisiones tecno mecánicas entre otros. En este sentido se debe garantizar la seguridad del conductor y de los ocupantes como la operatividad de los vehículos anteriormente mencionados.
En virtud de lo expuesto, se hace necesario adicionar el contrato por valor de $ 4.000.000 al contrato en mención para que continúe brindando en términos de oportunidad, calidad y economía, el mantenimiento preventivo y correctivo a los vehículos de la Alcaldía Local de Usaquén con el fin de que los funcionarios y contratistas del Área de Gestión de Desarrollo Local y del Área de Gestión Jurídica y Policiva, se desplacen de manera segura y oportuna a los diferentes operativos y actividades que se programan al interior de la alcaldía en cumplimiento de la normatividad vigente para las áreas, incluyendo además los servicios de: grúa y cama baja para cuando se requiera.
Por último, se requiere realizar un traslado para garantizar el seguro de los ediles de la Junta Administradora Local de la localidad durante la actual vigencia por un valor de $ 1.349.400; al igual que trasladar recursos por valor $ 20.218.060 para el pago de los servicios públicos de las sedes del Fondo de Desarrollo Local de Usaquén.
En consecuencia, el Fondo de Desarrollo Local de Usaquén requiere adelantar un traslado presupuestal por valor de CUARENTA Y TRES MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS SESENTA PESOS M/CTE ($ 43.567.460). Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO: Efectúese un contracrédito al Presupuesto de Gastos de Funcionamiento de la vigencia 2023 del Fondo de Desarrollo Local de Usaquén conforme al siguiente detalle:
ARTÍCULO SEGUNDO: Efectúese un crédito al Presupuesto de Gastos de Funcionamiento de la vigencia 2023 del Fondo de Desarrollo Local de Usaquén conforme al siguiente detalle:
ARTÍCULO TERCERO: Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital de conformidad al artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.
ARTÍCULO CUARTO: Remitir el presente Decreto a la Dirección Distrital de Presupuesto - Secretaría Distrital de Hacienda para los trámites pertinentes.
ARTÍCULO QUINTO: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C, al 01 día del mes de noviembre del año 2023.
JAIME ANDRES VARGAS VIVES
Alcalde Local Usaquén
Nota: Ver norma original en Anexos. |