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RESOLUCIÓN 925 DE 2023
(Octubre 30)
Por la cual se modifica la Resolución 014 del 12 de enero de 2018 “Por medio de la cual se modifica la Resolución N°. 362 del 14 de julio de 2015, con la cual se designa la figura del(a) Gestor(a) Ambiental de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial - UAERMV
EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO VIAL
En uso de sus atribuciones legales y estatutarias y en especial las conferidas por los numerales 3 y 10 del artículo 19 del Acuerdo 05 de 2023 y los numerales 3 y 10 del artículo 2 del Acuerdo 02 de 2023 del Consejo Directivo de la UAERMV y demás disposiciones concordantes, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de Colombia establece que todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano; que la ley garantizará la participación de la comunidad en las decisiones que puedan afectarlo y que es deber del Estado proteger la diversidad e integridad del ambiente, conservar las áreas de especial importancia ecológica y fomentar la educación para el logro de estos fines; que el Estado planificará el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales, para garantizar su desarrollo sostenible, su conservación, restauración o sustitución; que deberá prevenir y controlar los factores de deterioro ambiental, imponer las sanciones legales y exigir la reparación de los daños causados.
Que la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 66 y 99 de la Ley 99 de 1993, del Decreto Distrital 456 de 2008, el Acuerdo Distrital 333 de 2008 el cual fue reglamentado por el Decreto Distrital 249 de 2009 y por el Decreto Distrital 165 de 2015, entre otras normas, expidió la Resolución 014 de 2018 la cual designó al/a Gestor/a Ambiental de la Entidad, señalando sus funciones y deberes y en el artículo 4° derogó expresamente la Resolución 362 del 14 de julio de 2015.
Que, el artículo 1° del Decreto Distrital 165 de 2015 "Por el cual se reglamenta la figura de Gestor Ambiental para las entidades distritales, prevista en el Acuerdo 333 de 2008, y se dictan otras disposiciones" estableció la figura del Gestor Ambiental para las Entidades Distritales, con el objetivo principal de realizar acciones conducentes a la reducción de los costos ambientales producidos por sus actividades.
Que el artículo 2°. Ibídem dispone que, “Los representantes legales de las entidades distritales designarán en un cargo del nivel directivo de la Entidad la figura de Gestor Ambiental, la cual no generará honorarios o remuneración extra para en quien recaiga tal designación.”
Que el artículo 3°, ibídem precisa que, “El Gestor Ambiental es el servidor público de nivel directivo que adelanta gestiones que propendan por la protección ambiental; además de contar con competencias de carácter estratégico, organizativo y relacional. Sus acciones se centrarán en el seguimiento y control del impacto ambiental en las actividades diarias de la entidad o empresa del Distrito Capital.”
Que mediante el Acuerdo 02 de 2023 expedido por el Consejo Directivo de la Entidad se estableció la estructura organizacional de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial y las funciones de sus dependencias, estableciendo como funciones, entre otras, de la Oficina de Servicio a la Ciudadanía y Sostenibilidad, las de: Coordinar la implementación y sostenibilidad del Plan Institucional de Gestión Ambiental (PIGA), de conformidad con la normatividad ambiental vigente la que la modifique o sustituya y desarrollar y ejecutar las acciones tendientes a mejorar el desempeño ambiental institucional, mitigar el impacto ambiental negativo que generan los procesos a cargo de la Unidad y propender por la consecución de la sostenibilidad.
Que el Decreto Distrital 165 de 2015 dispone que, corresponde a los representantes legales de cada una de las entidades del Distrito remitir a la Secretaría Distrital de Ambiente, copia del documento o acto administrativo por el cual se efectúa la designación del Gestor Ambiental en un cargo del nivel directivo de la Entidad y que para garantizar una adecuada interlocución interinstitucional, las Entidades Distritales remitirán a la Secretaría Distrital de Ambiente de manera periódica o cuando haya lugar, la información de contacto actualizada respecto del servidor público que ejerza la figura de Gestor Ambiental, que incluirá nombre, cargo, teléfono y correo electrónico.
Que en virtud a lo señalado se hace necesario actualizar de acuerdo con la normativa vigente el acto administrativo relacionado con la designación del/la Gestor/A Ambiental en la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial. Que por las razones anteriormente expuestas,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1. Modificar el artículo 1° de la Resolución 014 del 12 de enero de 2018 “Por medio de la cual se modifica la Resolución N°. 362 del 14 de julio de 2015, con la cual se designa la figura del(a) Gestor(a) Ambiental de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial-UAERMV” expedida por la Dirección General de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, el cual quedara así:
“Artículo 1. GESTOR/A AMBIENTAL: Designar como Gestor/a Ambiental de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial al/la servidor/a pública que ostente el cargo de JEFE DE OFICINA DE SERVICIO A LA CIUDADANÍA Y SOSTENIBILIDAD quien cumplirá lo dispuesto en el Decreto Distrital 165 de 2015 así como lo que se establezca en aquellas normas que lo adicionen, modifiquen o deroguen.”
ARTÍCULO 2. Vigencia. La presente resolución rige a partir del día siguiente de su publicación y deroga las normas internas que le sean contrarias. Las disposiciones de la Resolución 014 de 2018 no modificadas por el presente acto administrativo continúan vigentes en todas sus partes.
ARTÍCULO 3. Comunicación. Comunicar el contenido de la presente resolución a la Secretaría Distrital de Ambiente remitiendo copia del acto administrativo en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto Distrital 165 de 2015, a través de la Gerencia Administrativa y Financiera de la Entidad.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C. a los 30 días del mes de octubre del año 2023.
ALVARO SANDOVAL REYES
Director General |