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DECRETO 2045 DE 2023
(Noviembre 27)
Por el cual se retira del servicio al señor Juan Enrique Niño Guarín, Notario Cuarenta y Tres (43) del Círculo Notarial de Bogotá D.C., por haber alcanzado la edad de retiro forzoso
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confieren los artículos 181 y 182 inciso 2 del Decreto Ley 960 de 1970, 5 del Decreto 2163 de 1970,1 de la Ley 1821 de 2016, corregido por el artículo 1 del Decreto 321 de 2017 y,
CONSIDERANDO:
Que el inciso segundo del artículo 182 del Decreto Ley 960 de 1970 “Por el cual se expide el estatuto del Notariado”, dispone que el retiro del Notario “se producirá a solicitud del interesado, del Ministerio Público, de la Vigilancia Notarial, o de oficio, dentro del mes siguiente a la ocurrencia de la causal”.
Que a su vez, el artículo 1 de la Ley 1821 de 2016, “Por medio de la cual se modifica la edad máxima para el retiro forzoso de las personas que desempeñan funciones públicas”, corregido por el artículo 1 del Decreto 321 de 2017, establece que "La edad máxima para el retiro del cargo de las personas que desempeñen funciones públicas será de setenta (70) años. Una vez cumplidos, se causará el retiro inmediato del cargo que desempeñen sin que puedan ser reintegradas bajo ninguna circunstancia.”
Que el artículo 2.2.6.1.5.3.12 del Decreto 1069 de 2015 señala que, “son causales de retiro forzoso la edad o la incapacidad física o mental permanente”.
Que el Gobierno Nacional mediante el Decreto 3640 del 22 de septiembre de 2008, nombró al señor Juan Enrique Niño Guarín, identificado con la cédula de ciudadanía No. 7.212.130 expedida en Duitama, Boyacá, en el cargo de Notario Cuarenta y Tres (43) del Círculo Notarial de Bogotá D.C., en propiedad.
Que el 15 de septiembre de 2023, el señor Juan Enrique Niño Guarín cumplió 70 años de edad, de acuerdo con la información consignada en el Registro Civil de Nacimiento, Folio 46, copia que reposa en la hoja de vida del archivo de la Superintendencia de Notariado y Registro.
Que en este orden procede retirar del servicio al señor Juan Enrique Niño Guarín, quien se encuentra desempeñando el cargo de Notario Cuarenta y Tres (43) del Círculo Notarial de Bogotá D.C., en propiedad, por cumplimiento de la edad de retiro forzoso. Que de conformidad con lo establecido en el artículo 150 del Decreto Ley 960 de 1970, el señor Juan Enrique Niño Guarín no podrá separarse del desempeño de sus funciones mientras no se haya hecho cargo de ellas quien deba remplazarlo.
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°.
Retiro del Servicio del Notario Cuarenta y Tres (43) del Círculo Notarial de
Bogotá D.C. Retírese
del servicio, a partir de la fecha, al señor Juan Enrique Niño Guarín,
identificado con la cédula de ciudadanía No. 7.212.130, quien se encuentra
desempeñando el cargo de Notario Cuarenta y Tres (43) del Círculo Notarial de
Bogotá D.C., en propiedad
Parágrafo: El señor Juan Enrique Niño Guarín, no podrá separarse del desempeño de sus funciones mientras no se haya hecho cargo de ellas quien deba remplazarlo.
Artículo 2°. Comunicación. Comunicar el contenido del presente decreto a la Superintendencia de Notariado y Registro y al señor Juan Enrique Niño Guarín a través de la Dirección Jurídica del Ministerio de Justicia y del Derecho.
Artículo 3° Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 27 días del mes de noviembre del año 2023.
El Ministro de Justicia y del Derecho
NÉSTOR IVÁN OSUNA PATIÑO Nota: Ver norma original en Anexos. |