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RESOLUCIÓN 3950 DE 2023
(Octubre 30)
Por la cual se modifica el artículo cuarto y el artículo décimo de la Resolución 3046 del 24 de agosto de 2023
LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO
En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por los Decretos 101 de 2004, 330 de 2008, y Decreto 001 del 1 de enero de 2020 y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución 3046 del 24 de agosto de 2023, se estableció el Plan Anual de Incentivos vigencia 2023 para los servidores públicos de carrera administrativa y de libre nombramiento y remoción de Gerencia Pública de la Secretaria de Educación del Distrito.
Que el artículo cuarto de la citada resolución expresa: "Se hará reconocimiento mediante el otorgamiento de incentivos pecuniarios y no pecuniarios a los servidores de carrera administrativa y de libre nombramiento y remoción de Gerencia Pública de la SED, baje las siguientes categorías:
1) Mejor servidor de carrera administrativa.
2) Mejor servidor de carrera administrativa de los niveles profesional, técnico y asistencial.
3) Mejor empleado de libre nombramiento y remoción de gerencia pública.
4) Mejores equipos de trabajo (primer, segundo y tercer fugar).
5) Por tiempo de servicio: servidores públicos de carrera administrativa de la SED que cumplan 5, 10, 15, 20, 25, 30, 35 y 40 años al servicio de la Entidad."
Que el artículo décimo de la resolución en mención expresa que: "El monto de los incentivos no pecuniarios serán equivalentes a salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV) a la fecha del reconocimiento y otorgados a través de bonos emitidos por la Caja de Compensación Familiar Compensar, así:
1) Mejor servidor administrativo de carrera administrativa: Seis (6) SMLMV.
2) Mejor servidor administrativo de carrera de los niveles profesional, técnico y asistencial: Cinco (5) SMLMV.
3) Mejor empleado de libre nombramiento y remoción de gerencia pública: Cinco (5) SMLMV.
4) Mejores equipos de trabajo:
- Segundo lugar: Seis (6) SMLMV para el equipo.
- Tercer fugar. Cinco (5) SMLMV) para el equipo.
5) Por tiempo de servicio: Se entrega a cada uno de los servidores que cumplen con los tiempos señalados en cumplimiento de los requisitos del artículo tercero de la presente Resolución.
El reconocimiento se hará público en los medios de comunicación de la Entidad y se aplicará la siguiente tabla:
* Cumplido durante el período entre el 1 de noviembre de 2022 y el 31 de octubre de 2023. ** Otorgado a través bonos emitidos por la Caja de Compensación Familiar Compensar.
Que el parágrafo segundo del artículo décimo de la citada resolución menciona: "El listado de beneficiarios será publicado en PRENSA SED, en e/ que se indicará el enlace de: un formular/o para que se Inscriban aquellos servidores que cumplen 15, 20, 25, 30, 35 y 40 años de tiempo de servicio en la SED, de esta forma se procede a emitir los bonos de la caja de Compensación Familiar Compensar los cuales podrán ser redimidos hasta el 22 de diciembre del 2023”
Que, en aras de garantizar la igualdad de condiciones para acceder a los incentivos no pecuniarios, se hace necesario incluir aquellos servidores de carrera administrativa que cumplen 45 y 50 años y modificar el tiempo para hacer uso de los beneficios concedidos a un año (1) a partir de su reconocimiento, modificando así el artículo cuarto en lo relacionado con los servidores de carrera administrativa que cumplen 45 y 50 años de servicio y no fueron incluidos en la Resolución 3046 del 24 de agosto de 2023, de igual manera modificar la tabla del articulo décimo en el cual se incluyen el monto de los incentivos y días de permiso remunerados a que tienen derechos los servidores que cumplen 45 y 50 años, igualmente, modificar el parágrafo segundo del mismo artículo de la resolución 3046 del 24 de agosto de 2023, en el cual se establece la forma de publicación de los beneficiados a los incentivos y el tiempo con que cuenta para redimir dichos beneficios.
En consecuencia,
RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO: Modificar el artículo cuarto de la resolución 3046 del 24 de agosto de 2023. "Por la cual se adopta el Plan Anual de Incentivos vigencia 2023 para los servidores públicos de carrera administrativa y de libre nombramiento y remoción de Gerencia Pública de la Secretaría de Educación del Distrito", el cual quedará de la siguiente forma:
"ARTICULO CUARTO. CATEGORÍAS. Se hará reconocimiento mediante el otorgamiento de incentivos pecuniarios y no pecuniarios a los servidores de carrera administrativa y de libre nombramiento y remoción de Gerencia Pública de la SED, bajo las siguientes categorías:
1) Mejor servidor de carrera administrativa.
2) Mejor servidor de carrera administrativa de los niveles profesional, técnico y asistencial.
3) Mejor empleado de libre nombramiento y remoción de gerencia pública.
4) Mejores equipos de trabajo (primer, segundo y tercer lugar).
Por tiempo de servicio: servidores públicos de carrera administrativa de la SED que cumplan 5, 10, 15, 20, 25, 30, 35, 40, 45 y 50 años al servicio de la Entidad".
ARTÍCULO SEGUNDO: Modificar el artículo décimo de la resolución 3046 del 24 de agosto de 2023. "Por la cual se adopta el Plan Anual de Incentivos vigencia 2023 para los servidores públicos de carrera administrativa y de libre nombramiento y remoción de Gerencia Pública de la Secretaría de Educación del Distrito", el cual quedará de la siguiente forma:
"ARTICULO DÉCIMO. MONTO DE LOS INCENTIVOS NO PECUNIARI0S. El monto de los incentivos no pecuniarios serán equivalentes a salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV) a la fecha del reconocimiento y otorgados a través de bonos emitidos por la Caja de Compensación Familiar Compensar, así:
1) Mejor servidor administrativo de carrera administrativa: Seis (6) SMLMV.
2) Mejor servidor administrativo de carrera de los niveles profesional, técnico y asistencial: Cinco (5) SMLMV.
3) Mejor empleado de libre nombramiento y remoción de gerencia pública: Cinco (5) SMLMV.
4) Mejores equipos de trabajo:
- Segundo lugar: Seis (6) SMLMV para el equipo.
- Tercer fugar: Cinco (5) SMLMV) para el equipo.
5) Por tiempo de servicio: Se entrega a cada uno de los servidores que cumplen con los tiempos señalados en cumplimiento de los requisitos del artículo tercero de la presente Resolución. El reconocimiento se hará público en los medios de comunicación de la Entidad y se aplicará la siguiente tabla:
* cumplido durante el período entre el 1 de noviembre de 2022 y el 31 de octubre de 2023. ** Otorgado a través bonos emitidos por la Caja de Compensación Familiar Compensar.
PARÁGRAFO PRIMERO. El permiso remunerado deberá ser solicitado por el beneficiario ante el jefe Inmediato, dentro de un plazo máximo de doce (12) meses siguientes a su reconocimiento, sin que el mismo sea acumulable con otros derechos, mediante correo electrónico o por escrito dirigido a la Oficina de Personar de fa Secretaria de Educación del Distrito, el cual deberá tener el visto bueno del Jefe inmediato, lo anterior teniendo en cuenta la necesidad del servicio.
PARAGRAFO SEGUNDO. El listado de beneficiarios será publicado en PRENSA SED, para que los servidores puedan validar si aparecen en el mismo de tal forma que se puedan realizar las revisiones y ajustes a que haya lugar por parle de la Oficina de Personal ya que son quienes expiden el mismo, de esta forma se procede a emitir los bonos de la caja de Compensación Familiar Compensar los cuales podrán ser redimidos durante un año a partir de su reconocimiento".
ARTICULO TERCERO. Los demás artículos de la resolución 3046 del 24 de agosto de 2023, quedarán vigentes.
PUBLIQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los 30 días del mes de octubre del año 2023.
EDNA CRISTINA BONILLA SEBÁ
Secretaría de Educación del Distrito
Nota: Ver norma original en Anexos. |