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RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA 032 DE 2023
(Noviembre 27)
Por la cual se conforma la Comisión Bipartita para generar propuestas y seguimiento a las diferentes etapas y fases de los concursos de la Contraloría de Bogotá D.C
EL CONTRALOR DE BOGOTÁ D.C.
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales, legales y reglamentarias, en especial las conferidas por el Acuerdo Distrital 658 de 2016[1], Y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con el artículo 63 del Acuerdo Distrital No. 658 de 2016 el Contralor de Bogotá D.C. está facultado para reglamentar aspectos relacionados con comités, comisiones y juntas que decida conformar para el normal funcionamiento de la entidad.
Que en cumplimiento de los Acuerdos Laborales 2021 y 2023, celebrados con las organizaciones sindicales de la Contraloría de Bogotá D.C., la Administración se comprometió a establecer una Comisión Bipartita, como un espacio informativo para las organizaciones sindicales, en relación con los concursos de méritos que adelante la entidad.
Que la señalada comisión contará con la participación del nivel directivo de la Administración, así como delegados de las organizaciones sindicales.
Que en mérito de lo expuesto, el Contralor de Bogotá D.C.
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- CREACIÓN y CONFORMACIÓN DE LA COMISIÓN BIPARTITA: Crear la Comisión Bipartita para generar propuestas y seguimiento a las diferentes etapas y fases de los concursos de méritos de la Contraloría de Bogotá D.C., la cual estará conformada por delegados de la Administración y de las organizaciones sindicales, así:
1. El Contralor de Bogotá D.C. o su delegado.
2. El Director de Apoyo al Despacho, quien será el presidente de la comisión.
3. Director de Talento Humano, quien ejercerá la secretaría técnica.
4. Cinco (5) delegados de las organizaciones sindicales, cuya designación deberá ser informada al Director de Talento Humano, en su condición de Secretario Técnico de la Comisión, dentro de los cinco (5) días siguientes a la expedición del presente acto administrativo.
PARÁGRAFO.- Las faltas temporales o definitivas de los miembros delegados por las organizaciones sindicales serán suplidas con los miembros suplentes que estas designen, siempre garantizando la participación de los cinco (5) delegados.
ARTÍCULO SEGUNDO.- FUNCIONES DE LA COMISIÓN BIPARTITA.- Generar propuestas y realizar seguimiento a las diferentes etapas y fases de los concursos de méritos de la Contraloría de Bogotá D.C. adelantados por la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC o por la Comisión Especial de Carrera de las Contralorías Territoriales- CECAT.
ARTÍCULO TERCERO.- PERIODICIDAD DE LAS REUNIONES. La Comisión Bipartita se reunirá una vez cada semestre del año, por convocatoria que será realizada por el Director de Talento Humano, en su condición de Secretario Técnico.
PARÁGRAFO.- En caso de que las organizaciones sindicales o la Administración consideren necesario que la Comisión Bipartita se reúna fuera de la periodicidad indicada, deberán elevar la solicitud al Secretario Técnico, quien junto con el Presidente de la comisión, determinará la necesidad de convocar de manera extraordinaria una nueva sesión.
ARTÍCULO CUARTO.- La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los 27 días del mes de noviembre del año 2023.
JULIAN MAURICIO RUIZ RODRIGUEZ
Contralor de Bogotá D.C.
Nota: Ver norma original en Anexos. NOTA AL PIE DE PÁGINA: [1] Modificado parcialmente por los Acuerdos Distritales 664 de 2017, 881, 886 Y 904 de 2023. |