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RESOLUCIÓN 381 DE 2023
(Noviembre 14)
Por la cual se efectúa modificación del presupuesto de Ingresos, Rentas y Gastos del Instituto Distrital de Turismo para la vigencia 2023
EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO
En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el literal b) del artículo 5 del Acuerdo 275 de 2007 del Concejo de Bogotá D.C., el artículo 10 del Decreto Distrital 192 de 2021, el literal b) del artículo 18 del Acuerdo 001 de 2007, el artículo 1 del Acuerdo 006 de 2016 y los numerales 1 y 3 del artículo 6º del Acuerdo 7 de 2022 de la Junta Directiva, y
CONSIDERANDO:
Que, el Instituto Distrital de Turismo es un establecimiento público del orden Distrital, con personería jurídica, autonomía administrativa y financiera, y patrimonio propio, adscrito a la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico.
Que el artículo 10 del Decreto Distrital No. 192 de 2021 dispone que “las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local. En el caso de los establecimientos públicos del Distrito estas modificaciones al anexo del Decreto de liquidación se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos”.
Que, de conformidad con el literal b del Artículo 4 del Acuerdo Distrital 275 de 2007, es función de la Junta Directiva del Instituto Distrital de Turismo “Aprobar los planes, programas, proyectos y presupuesto del Instituto, así como las modificaciones que se hagan a los mismos, de acuerdo con las disposiciones distritales vigentes sobre el tema y que sean de su competencia de acuerdo con su reglamento”.
Que, mediante Acuerdo 002 de fecha 31 de marzo de 2017, la Junta Directiva del Instituto Distrital de Turismo autorizó al/a la Director(a) General a efectuar, a través de acto administrativo, los traslados presupuestales que se requieran para el presupuesto de inversión, cuando éstos correspondan a valores inferiores o iguales a 400 S.M.M.L.V, es decir que para la vigencia 2023, la autorización es hasta CUATROCIENTOS SESENTA Y CUATRO MILLONES DE PESOS M. CTE. ($464.000.000), sin necesidad de adelantar el trámite de aprobación ante la Junta Directiva, previo cumplimiento de los requisitos dispuestos por la Secretaría Distrital de Hacienda.
Que, el Instituto Distrital de Turismo requiere efectuar un traslado presupuestal por valor de veinte millones de pesos m/cte. ($20.000.000), contracreditando el proyecto de inversión: 7707 “Desarrollo de estrategias para reducir las condiciones que permiten la ocurrencia de delitos asociados a la explotación sexual comercial de niños, niñas y adolescentes, y delitos en contra de turistas y visitantes en la región y en Bogotá” y acreditando el proyecto de inversión: 7705 “Fortalecimiento del sistema turístico de Bogotá región para responder a las principales tendencias, oportunidades y cambios que inciden en el sector, en Bogotá”.
Que, del proyecto de inversión 7707 se contracrédita veinte millones de pesos m/cte. ($20.000.000) correspondiente a la meta proyecto: “Sensibilizar y asesorar a 300 prestadores de servicios turísticos y otras organizaciones públicas o privadas, en la implementación de prácticas de prevención de ESCNNA en el contexto del turismo”, recursos que se redireccionan al proyecto de inversión 7705 a la meta proyecto: “Implementar el 100% de al menos 6 productos turísticos, de los cuales 3 sean de alcance Regional”, con el fin de garantizar el recurso humano que apoya la gestión territorial de la Subdirección de Desarrollo y Competitividad , considerando que Bogotá cuenta con 20 localidades las cuales han sido priorizadas por el Plan de Desarrollo, denominado “Un nuevo Contrato Social y Ambiental para la Bogotá del siglo XXI”, y los lineamientos establecidos por la Política Distrital de Turismo, así como para su transversalización en los territorios priorizados, por lo que se prevé la necesidad de contar con un equipo de trabajo más robusto que contribuya con el fortalecimiento y transversalización de los procesos en las localidades y en la implementación de las actividades para la promoción local en materia de turismo. Por ello, resulta de vital importancia dar continuidad a la prestación de servicios de apoyo y/o profesionales para no interrumpir el ciclo de entrega de resultados programados para el último trimestre.
Que, en el presupuesto de la vigencia 2023, el proyecto 7707 tuvo una apropiación de $227.600.000, los cuales a la fecha presentan una ejecución del 91,21%, distribuidos de la siguiente manera: meta 1 Implementar el 100% de la estrategia de orientación y atención integral para visitantes víctimas de delitos en las Zonas de Interés Turístico, con ejecución del 100% y en la meta 2 Sensibilizar y asesorar a 300 prestadores de servicios turísticos y otras organizaciones públicas o privadas, en la implementación de prácticas de prevención de ESCNNA en el contexto del turismo, con una ejecución del 79.55%. Es preciso añadir que en el global del cuatrienio la ejecución del Proyecto 7707 va en un 94% y porcentaje restante se cumplirá en 2024.
Que, el presente traslado no afectará el cumplimiento ni programación de las metas del proyecto de inversión 7707 “Desarrollo de estrategia para reduce las condiciones que permiten la ocurrencia de delitos asociados a la explotación sexual comercial de niños, niñas y adolescentes y delitos en contra de turistas y visitantes en la región y en Bogotá" , señalando que las actividades que estaban pendientes y programadas con los $20 millones a trasladar, correspondían al desarrollo del Evento Nacional en Pro de la prevención de la ESCNNA, el cual se va a realizar con los recursos ya disponibles y con gestión a través de redes sociales del instituto, lo que permite contar con estos recursos para garantizar el RH que fortalecerá la gestión territorial en el proyecto 7705.
Que, para dar cumplimiento a la meta proyecto del 7705 “Implementar el 100% de al menos 6 productos turísticos, de los cuales 3 sean de alcance Regional”, anteriormente mencionada y poder garantizar la prestación de servicios de apoyo y profesionales, se requiere un traslado presupuestal por valor de veinte millones de pesos m/cte. ($20.000.000), los cuales serán destinados para atender las actividades previstas para el último trimestre de la vigencia. Que, mediante comunicación No. 2-2023-115357 del 31 de octubre de 2023, la Subsecretaría de Planeación de Inversión de la Secretaría Distrital de Planeación emitió concepto favorable para efectuar una modificación al presupuesto de Inversión, consistente en un traslado presupuestal por valor de VEINTE MILLONES DE PESOS MCTE (20.000.000)
Que, mediante comunicación No. 2023EE442547O1 del 10 de noviembre de 2023, el Director Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda emitió concepto favorable para efectuar una modificación al presupuesto de Inversión, consistente en un traslado presupuestal por valor de VEINTE MILLONES DE PESOS MCTE (20.000.000). fundamentado en la necesidad de poder garantizar la prestación de servicios de apoyo y profesionales, para atender las actividades previstas en el último trimestre de la vigencia, de la meta proyecto del 7705 “Implementar el 100% de al menos 6 productos turísticos, de los cuales 3 sean de alcance Regional”.
Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1. TRASLADO: Efectuar el siguiente traslado presupuestal de Gastos de Inversión en el presupuesto del Instituto Distrital de Turismo, por la suma de VEINTE MILLONES DE PESOS MCTE (20.000.000)
Artículo 2. REMISIÓN: Remítase copias de la presente Resolución a la Secretaría de Hacienda Distrital y demás oficinas competentes.
Artículo 3. VIGENCIA: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D. C., a los 14 días del mes de noviembre del año 2023.
ANDRÉS ORLANDO CLAVIJO RANGEL
Director General Nota: Ver norma original en Anexo. |