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RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA 002 DE 2024
(Enero 11)
Por la cual se adoptan las nuevas versiones de documentos y procedimientos del Proceso de Estudios de Economía y Política Pública PEEPP y se dictan otras disposiciones
EL CONTRALOR DE BOGOTÁ D.C.
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por el Acuerdo 658 de 2016 expedido por el Concejo de Bogotá D.C y,
CONSIDERANDO
Que en virtud de lo establecido en el artículo 269 de la Constitución Política de Colombia, en las entidades públicas es obligación de las autoridades correspondientes diseñar y aplicar, según la naturaleza de sus funciones, métodos y procedimientos de control interno, de conformidad con lo dispuesto en la ley.
Que de acuerdo con los literales b) y |) del artículo 4 de la Ley 87 de 1993 se deben implementar como elementos del sistema de control interno institucional, los procedimientos para la ejecución de procesos, la simplificación y actualización de normas y procedimientos.
Que el artículo 6 del Acuerdo Distrital 658 de 2016, expedido por el Concejo de Bogotá D.C., por el cual se dictan normas sobre organización y funcionamiento de la Contraloría de Bogotá D.C., establece que: “En ejercicio de su autonomía administrativa le corresponde a la Contraloría de Bogotá, D.C., definir todos los aspectos relacionados con el cumplimiento de sus funciones en armonía con los principios consagrados en la Constitución, las leyes y en este Acuerdo”.
Que mediante Resolución Reglamentaria No. 038 del 8 de octubre de 2018, se actualizó el Modelo Estándar de Control Interno - MEC en la Contraloría de Bogotá D.C., con el fin de incorporar la estructura definida para la Dimensión 7 - Control Interno, del Manual Operativo del Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG, el cual es de obligatorio cumplimiento y aplicación para las entidades y organismos a que hace referencia el artículo 5° de la Ley 87 de 1993.
Que mediante el artículo segundo de la Resolución Reglamentaria No. 027 del 14 de octubre de 2021, se adoptaron las nuevas versiones de los procedimientos y documentos relacionados con el Proceso de Estudios de Economía y Política Pública – PEEPP -.
Que en aplicación del principio de integralidad establecido en el literal m) del artículo tercero del Decreto 403 de 2020, la Contraloría de Bogotá D.C., realiza la vigilancia y control fiscal a nivel macro de las finanzas y de las políticas públicas de la Administración Distrital, mediante la elaboración de informes, informes obligatorios, estudios y pronunciamientos que sirvan para focalizar o priorizar ejercicios de vigilancia y control fiscal micro y como insumo para el control político y el control social.
Que mediante la Resolución Reglamentaria No. 027 del 13 de octubre de 2023, se adoptaron las nuevas versiones de las Caracterizaciones de los Procesos de la Contraloría de Bogotá D.C.
Que adicionalmente, en el proceso de mejora continua, en el marco del Sistema Integrado de Gestión, se busca fortalecer la etapa de planeación, mediante la estructuración de formatos que faciliten la comprensión y delimitación del alcance de los temas o asuntos a evaluar y por ello se hace necesario actualizar algunos documentos del proceso de Estudios de Economía y Política Pública.
En mérito de lo anterior,
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO. Modificar el nombre del procedimiento PEEPP-03 Procedimiento para la Elaboración de Informes Obligatorios por PEEPP-03 Procedimiento para Elaborar Informes, Informes Obligatorios y Estudios.
ARTÍCULO SEGUNDO. Adoptar la nueva versión de los siguientes documentos y procedimientos pertenecientes al Proceso de Estudios de Economía y Política Pública:
ARTÍCULO TERCERO. Eliminar el PEEPP-04 Procedimiento para la Elaboración de Estudios Estructurales Versión 9.0. adoptado mediante Resolución Reglamentaria No. 027 del 14 de octubre de 2021 en el numeral 3 del artículo segundo.
ARTÍCULO CUARTO. Es responsabilidad de los directores, subdirectores, gerentes y asesores velar por la administración y divulgación de los documentos adoptados.
ARTÍCULO QUINTO. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga los numerales 1, 2 y 3 del artículo segundo de la Resolución Reglamentaria 027 del 14 de octubre de 2021 y el numeral 3 del artículo 1 de la Resolución Reglamentaria 027 de 2023.
Dado en Bogotá, D.C., a los 11 días del mes de enero del año 2024.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
JULIÁN MAURICIO RUIZ RODRÍGUEZ
CONTRALOR DE BOGOTÁ
Nota: Ver norma original y anexos en Anexos.
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