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Decreto Local 001 de 2024 Alcaldía Local de Sumapaz

Fecha de Expedición:
09/01/2024
Fecha de Entrada en Vigencia:
15/01/2024
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7910 del 15 de enero del 2024.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 001 DE 2024

 

(Enero 09)

 

Por el cual se convoca a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de Sumapaz

 

EL ALCALDE LOCAL DE SUMAPAZ

 

En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 71 del Decreto Ley 1421 de 1993, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que, conforme con lo previsto en el artículo 71 del Decreto Ley 1421 de 1993, la Junta Administradora Local se reunirá extraordinariamente por convocatoria que le haga el respectivo Alcalde Local; evento en el cual sesionará por el término que éste le señale y para ocuparse exclusivamente de los asuntos que él mismo someta a su consideración.

 

Que el artículo 6 del Decreto Distrital 032 de 2007 “Por el cual se reglamenta el Acuerdo 12 de 1994, en lo referente al Consejo Territorial de Planeación Distrital”, señala que durante la primera semana de la posesión del Alcalde Mayor, la Secretaría Distrital de Gobierno procederá a citar a sesiones extraordinarias a las Juntas Administradoras Locales -JAL, con el único objeto de designar el representante de dicha Corporación ante el Consejo Territorial de Planeación del Distrito Capital -CTPD.

 

Que de conformidad con lo previsto en el artículo 69 del Decreto Ley 1421 de 1993, corresponde a las Juntas Administradoras Locales, entre otras funciones: 

 

“(…) 7. Promover la participación y veeduría ciudadana y comunitaria en el manejo y control de los asuntos público”

 

“(…) 15. Gestionar ante la Alcaldía Local correspondiente las iniciativas de la comunidad con respecto a asuntos de gestión pública y desarrollo local. A su vez, coordinarán con las instancias de participación local para contribuir al fortalecimiento de la gestión local que permita identificar la solución de problemas”.

 

“(…) 16. Coordinar con las instancias de participación local para contribuir al fortalecimiento de la gestión local mediante la disposición de información pertinente que permita identificar soluciones; a problemas relacionados con la gestión local del desarrollo”.

 

Que se requiere que la Junta Administradora Local de Sumapaz designe sus representantes ante las diferentes instancias locales y distritales institucionales de participación, en el marco de sus atribuciones legales y reglamentarias.

 

Que el 10 de febrero de 2023 el Honorable Concejo de Bogotá D.C., expidió el acuerdo distrital No. 878, “Por medio del cual se dictan lineamientos para el Sistema Distrital de Planeación, la creación de planes de desarrollo, se garantiza la participación ciudadana en el Distrito Capital y se dictan otras disposiciones”.

 

Que, en el marco de las atribuciones legales asignadas a las Juntas Administradoras Locales, se hace necesario que la JAL de Sumapaz, realice un estudio de las líneas de inversión contempladas en el Plan de Desarrollo Distrital de Bogotá D.C.

 

Que conforme con lo anterior, se considera pertinente convocar a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de Sumapaz, con el propósito de que se encargue de designar a su respectivo representante que integrará el Consejo Territorial de Planeación del Distrito Capital -CTPD, realice un estudio minucioso de la mencionada normatividad y haga una evaluación de las líneas de inversión del Plan de Desarrollo Distrital de Bogotá D.C.

 

Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,

 

DECRETA:

  

ARTÍCULO 1°. Convocar a la Junta Administradora Local de Sumapaz, a sesiones extraordinarias a partir del doce (12) de enero y hasta el treinta y uno (31) de enero de 2024.

 

ARTÍCULO 2°. En las sesiones extraordinarias, la Junta Administradora Local se ocupará de los siguientes temas:

 

1. Designación del representante de dicha Corporación, quien integrará el Consejo Territorial de Planeación del Distrito Capital - CTPD.

 

2. Estudio del acuerdo 878 de 2023 expedido por el Concejo de Bogotá D.C. “por medio del cual se dictan lineamientos para el Sistema Distrital de Planeación, la creación de planes de desarrollo y se garantiza la participación ciudadana en el Distrito Capital”.

 

3. Revisión y evaluación de las líneas de inversión del Plan de Desarrollo Distrital.

 

ARTÍCULO 3°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 09 días del mes de enero del año 2024.

 

SEBASTIAN SALDARRIAGA RIVERA

 

Alcalde Local de Sumapaz

 

Nota: Ver norma original en Anexos.