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RESOLUCIÓN 035 DE 2022
(Diciembre 23)
Por la cual se adopta la nueva versión del Procedimiento de Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano.
EL CONTRALOR DE BOGOTÁ, D.C.,
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas en el Acuerdo 658 de 2016 modificado parcialmente por el Acuerdo 664 de 2017, expedidos por el Concejo de Bogotá D.C. y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 73 de la Ley 1474 de 2011, modificado por el artículo 31 de la Ley 2195 de 2022 establece que cada entidad del orden nacional, departamental y municipal deberá elaborar anualmente una estrategia de lucha contra la corrupción y de atención al ciudadano, mediante un Plan Anticorrupción y Atención al Ciudadano.
Que la ley 1712 de 2014 en el Artículo 9, establece que todo sujeto obligado deberá publicar información mínima obligatoria de manera proactiva en los sistemas de información y específicamente en su literal g, señala la publicación del Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano, de conformidad con el artículo 73 de la Ley 1474 de 2011, modificado por el artículo 31 de la Ley 2195 de 2022.
Que el Concejo de Bogotá D.C. expidió el Acuerdo 658 de 2016 por el cual se dictan normas sobre organización y funcionamiento de la Contraloría de Bogotá D.C., estableciendo en el artículo 6° que "En ejercicio de su autonomía administrativa le corresponde a la Contraloría de Bogotá D. C., definir todos los aspectos relacionados con el cumplimiento da sus funciones en armonía con los principios consagrados en la Constitución, las leyes y en este Acuerdo".
Que la Contraloría de Bogotá, D.C. expidió la Resolución Reglamentaria No. 043 del 22 de noviembre de 2018, con la cual se adoptó la versión 3.0 del Procedimiento de Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano.
Que la Resolución 1519 del 2020 del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, establece los estándares y directrices para publicar la información señalada en la Ley 1712 del 2014 y se definen los requisitos materia de acceso a la información pública, accesibilidad web, seguridad digital, y datos abiertos.
Que por lo anterior se hace necesario actualizar el procedimiento para la formulación del plan anticorrupción y atención al ciudadano junto con su anexo, para que cumpla con los criterios de accesibilidad requeridos.
Que teniendo en cuenta el concepto de mejora, es necesario ajustar actividades del procedimiento para adecuarlo a la realidad y evitar reprocesos.
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. Adoptar la versión 4.0 del PDE-05, Procedimiento Plan Anticorrupción y Atención al Ciudadano PMC, dentro del Proceso de Direccionamiento Estratégico.
ARTÍCULO SEGUNDO. Es responsabilidad de los Directores, subdirectores, Jefes de Oficina y Gerentes, velar por cumplimiento de lo adoptado.
ARTÍCULO TERCERO. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias en especial lo contemplado en la Resolución Reglamentaria No. 043 del 22 de noviembre de 2018.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 23 de mes de diciembre del año 2022.
JULIÁN MAURICIO RUÍZ RODRÍGUEZ
Contralor de Bogotá, D.C.
Nota: Ver norma original en Anexos. |