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RESOLUCIÓN LOCAL 337 DE 2023
(Diciembre 15)
Por medio del cual la Alcaldía Local de Teusaquillo reconoce el mérito a funcionarios y contratistas de la Alcaldía Local, por su labor y contribución a la ejecución del Plan de Desarrollo Local 2020-2024
LA ALCALDESA (E) LOCAL DE TEUSAQUILLO
En uso de sus facultades legales, atribuidas por los numerales 1,5 y 20 del artículo 86 Decreto Ley 1421 de 1993, artículos 2,5 y 6 del Acuerdo Distrital 735 de 2019, y el Decreto 379 del 25 de agosto del 2023; y
CONSIDERANDO:
Que, en cumplimiento de sus funciones, la Alcaldesa (E) Local de Teusaquillo como autoridad administrativa de la localidad hace un especial reconocimiento por el cabal cumplimiento de las funciones, obligaciones contractuales, su dedicación, sentido de pertenencia así como de los objetivos alcanzados en el marco de la ejecución del Plan de Desarrollo Local 2020-2024.
Que los Funcionarios y Contratistas de la Alcaldía Local de Teusaquillo han demostrado su gran profesionalismo, dedicación en el servicio y eficiencia en su desempeño laboral y contractual, al destacarse en su labor por el compromiso exhibido en la búsqueda efectiva de la ejecución del Plan de Desarrollo Local indicado, a cargo de la Alcaldía.
Que teniendo en cuenta el marco normativo particularmente de principios constitucionales incorporados en la Carta Política de 1991 como lo son el principio de solidaridad, creación de empresa e inclusión social cada uno se define de la siguiente manera: Solidaridad “deber impuesto a un sujeto por el hecho de pertenecer al conglomerado social, consistente en la vinculación del propio esfuerzo y actividad en beneficio o apoyo de otros asociados o en interés colectivo” y cuya dimensión como deber es se denomina como “impone a los miembros de la sociedad la obligación de coadyuvar con sus congéneres para hacer efectivos los derechos de éstos, máxime cuando se trata de personas en situación de debilidad, en razón a su condición económica, física o mental”. Corte Constitucional, Sentencia C-767 de 2014.
Que los funcionarios públicos en la construcción del Estado Social de Derecho tienen una función social significativa, y compromisos éticos que enaltece la función pública; y junto con los Contratistas como colaboradores de la administración pública, logran coadyuvar al desarrollo de la prestación y garantías de los servicios públicos a cargos del Estado.
Que los Funcionarios y Contratistas de la Alcaldía Local de Teusaquillo se encuentran liderando o gestionando los siguientes logros obtenidos por la Alcaldía Local de Teusaquillo al finalizar la vigencia 2023 así:
- Gestión del Plan Anualizado de Caja.
- Depuración de Obligaciones por Pagar.
- Ejecución Contractual dentro de la Vigencia.
- Seguimiento a la Ejecución Contractual.
- Cumplimiento de Metas de Plan de Desarrollo.
- Apoyo en las Votaciones de Presupuestos Participativos.
- Cumplimiento de Metas de Plan de Gestión.
- Saneamiento del Rezago del Área Contable.
- Consolidación del Archivo Físico.
- Saneamiento del Rezago de Impulso de Actuaciones Administrativas.
- Apoyo en la Gestión de Actividades y Eventos.
Que el reconocimiento a las acciones y servicios excepcionales realizados por los funcionarios y contratistas que más adelante se enuncian, no solo representan la manifestación de gratitud y solidaridad de los ciudadanos, sino también el querer de la Administración para estimular y fomentar las cualidades profesionales comprometidos con las autoridades y la comunidad, se le otorga la condecoración al mérito por su labor y contribución a la ejecución de proyectos del Plan de Desarrollo Local 2020-2024 y, en consecuencia:
RESUELVE:
ARTÍCULO 1: Destacar a las siguientes Funcionarios Públicos por su labor meritoria y acciones efectivas cumplidas en la Localidad de Teusaquillo, mediante reconocimiento especial así:
ARTÍCULO 2: Destacar a las siguientes Contratistas por su labor meritoria y acciones efectivas cumplidas en la Localidad de Teusaquillo, mediante reconocimiento especial así:
ARTÍCULO 3. Publicación. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital, de conformidad con el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.
ARTÍCULO 4. Vigencia. La presente Resolución Local entra en vigencia a partir de su sanción y publicación.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 15 días del mes de diciembre del año 2023.
ROSA ISABEL MONTERO TORRES
Alcaldesa Local de Teusaquillo (E)
Nota: Ver norma original en Anexos. |
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