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Circular 004 de 2024 Secretaría Distrital de Salud

Fecha de Expedición:
24/01/2024
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7923 del 31 de enero de 2024.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

CIRCULAR 004 DE 2024

 

(Enero 24)

 

PARA: EMPRESAS ADMINISTRADORAS DE PLANES DE BENEFICIOS —- EAPB; PRESTADORES DE SERVICIOS DE SALUD; TRABAJADORES Y PROFESIONALES DE LA SALUD.

 

DE: SECRETARIO DISTRITAL DE SALUD DE BOGOTÁ

 

ASUNTO: INTENSIFICACIÓN DE ACCIONES PARA LA DETECCIÓN TEMPRANA, MANEJO OPORTUNO Y TRATAMIENTO INTEGRAL DE CÁNCER GASTRICO ANTE EL AUMENTO DE INCIDENCIA, PREVALENCIA Y MORTALIDAD EN EL DISTRITO CAPITAL.

 

El cáncer gástrico continúa siendo una patología altamente prevalente a nivel mundial y nacional, por esto, un problema de salud pública. Su mal pronóstico y rápida progresión determinan que la mortalidad prematura en edades productivas haya aumentado tanto en hombres como en mujeres.

 

Según reporte del Observatorio Mundial del Cáncer-GLOBOCAN 2020 y la Agencia Internacional de Investigación sobre el Cáncer — IARC, se estima que durante el 2020 se presentaron 1,09 millones de casos nuevos de cáncer gástrico en el mundo, ubicándose en el sexto lugar en frecuencia mundial entre los diferentes tipos de cánceres y en el quinto lugar en mortalidad; para el año 2040, se estima que, con los cambios demográficos, podría haber 1,77 millones de casos nuevos y 1,27 millones de muertes por. esta causa, en ambos sexos.

 

En Bogotá D.C, las Enfermedades No Transmisibles (ENT) que generan el mayor número de fallecimientos son las enfermedades cerebrovasculares y las neoplasias malignas. Según datos preliminares del Departamento Administrativo Nacional de Estadísticas (DANE) y Estadísticas Vitales Bogotá para el año 2022, se destaca que el cáncer gástrico fue la neoplasia maligna que provocó más muertes entre los residentes de Bogotá.

 

Según las estadísticas oficiales proporcionadas por el DANE y el sistema de Estadísticas Vitales a nivel Distrital, al analizar la evolución de la mortalidad por cáncer gástrico entre 2019 y 2021, se observa una tasa más elevada en hombres, fluctuando entre 16,27 y 13,97 por cada 100.000 habitantes. En contraste, la tasa en mujeres se sitúa entre 9,19 y 10,02 por cada 100.000 habitantes, presentando una proporción de 2 hombres fallecidos por cada mujer por cáncer gástrico. En el año 2022, los datos preliminares del DANE y el sistema de Estadísticas Vitales Distrital indican una tasa de mortalidad de 14,14 por cada 100.000 habitantes en la población de 30 a 70 años. Es importante señalar que los datos de 2022 no son comparables con los de 2020 debido al exceso de mortalidad ocasionado por el SARS-CoV-2.

 

Asimismo, al evaluar la mortalidad por grupos de edad en el Distrito desde 2019, se observa una relación directamente proporcional con el aumento de la edad. Los índices más elevados se registran en adultos mayores de 80 años, con valores que varían entre 138,98 y 135,31 por cada 100.000 personas en 2019 y 2021, respectivamente.

 

No obstante, es notable destacar la aparición de casos de mortalidad por cáncer gástrico en adultos jóvenes a partir de los 20 años, con un notorio incremento de las tasas a partir de los 40 años, edad que se considera más productiva, tanto en hombres como en mujeres.

 

Con base en las estadísticas de atención a la población afectada por cáncer gástrico, obtenidas del Registro Individual de Prestación de Servicios de Salud — RIPS (2004-2022), suministradas por la Dirección de Planeación Sectorial de esta Secretaría para el Análisis de Morbilidad, se observa que, en el Distrito, las atenciones a individuos con este diagnóstico en los últimos 5 años han registrado tasas de atención por 1000 habitantes con fluctuaciones entre 0,25 y 0,40, evidenciando una prevalencia superior en la población masculina.

 

El rango de edad en el que se. ha concentrado mayor consulta es a partir de los 18 años, siendo más pronunciada en la población adulta mayor, con porcentajes que oscilan entre el 50,8% y el 56,2%, desde el año 2018 hasta el 2022. En relación con las atenciones según el régimen de afiliación, se destaca que hasta un 82% de estas corresponden a individuos afiliados al régimen contributivo. Además, se evidencia que las consultas externas representan el principal contexto de atención, alcanzando hasta un 89%, seguido en menor proporción por servicios de urgencias y hospitalización.

 

En concordancia con lo expuesto, desde la Secretaría Distrital de Salud se vienen adelantando diferentes acciones que contribuyen a la detección y prevención temprana del cáncer gástrico tales como:

 

1. Intervención individual y colectiva respecto a la detección y prevención temprana de cáncer gástrico, así como de la promoción de hábitos saludables en la población con y sin riesgo.

 

2. Plan de Salud Pública de Intervenciones Colectivas en los diferentes entornos del Distrito fortaleciendo la prescripción y adecuado desarrollo de la actividad física, alimentación saludable y cesación del consumo de tabaco.

 

3. Vigilancia y seguimiento del evento en cuanto a la morbimortalidad y el análisis de su comportamiento en la población del Distrito.

 

4. Garantizar la alta calidad de prestación de servicios en la atención integral de cáncer gástrico con enfoque diferencial.

 

No obstante; teniendo en cuenta el comportamiento epidemiológico señalado y las limitantes actuales dadas por la falta de evidencia acerca de la tamización de cáncer gástrico y ante la necesidad de adoptar intervenciones articuladas para la prevención, detección temprana, tratamiento integral de las formas in situ e invasivas, rehabilitación, cuidado paliativo y muerte digna del paciente con cáncer gástrico, en el marco de la Ley 1384 de 2010 “Ley Sandra Ceballos, por la cual se establecen las acciones para la atención integral del Cáncer en Colombia.” y conforme a una estrategia de Atención Primaria en Salud (Ley 1438 de 2011), se insta a las Empresas Administradoras de Planes de Beneficios — EAPB; prestadores de servicios de salud; trabajadores y profesionales de la salud que prestan sus servicios en la ciudad de Bogotá, a intensificar las siguientes acciones:

 

A. Empresas Administradoras de Planes de Beneficios (EAPB), Entidades Responsables de los Regímenes Especiales y de Excepción

 

1. Caracterizar la población afiliada conforme con lo establecido en la Ruta de Promoción y Mantenimiento de la Salud, adoptada mediante la Resolución 3280 de 2018 expedida por el Ministerio de Salud y Protección Social que establece entre sus objetivos identificar tempranamente la exposición o presencia de factores de riesgo con el fin de prevenirlos o derivarlos para su manejo oportuno.

 

2. Identificar población en riesgo y realizar el diagnóstico temprano de cáncer gástrico, teniendo en cuenta la caracterización poblacional, el perfil epidemiológico que efectúe la EAPB y el análisis de morbimortalidad.

 

3. Elaborar y/o actualizar el Modelo de Atención Integral con enfoque diferencial para la población con cáncer, priorizando cáncer gástrico y teniendo en cuenta la georreferenciación, curso de vida y género.

 

4. Fortalecer las condiciones de accesibilidad, integralidad, continuidad, calidad, oportunidad, teniendo en cuenta la oferta de los servicios habilitados en su componente primario y complementario para promoción, prevención, detección temprana, tratamiento oportuno, rehabilitación integral, cuidados paliativos y muerte digna, en las Redes de Servicios de Salud, encargadas de la prestación de servicios a pacientes con cáncer gástrico.

 

5. Monitorear y evaluar los mecanismos de referencia, contrarreferencia y de coordinación entre los prestadores de servicios de salud, para garantizar la accesibilidad, oportunidad y continuidad de la prestación de servicios a pacientes con cáncer gástrico.

 

6. Establecer cohorte de los pacientes diagnosticados con cáncer gástrico a su cargo, a fin de favorecer su seguimiento individual, la gestión de riesgo y trazabilidad de prestación de servicios de salud.

 

7. incluir en los Acuerdos de Voluntades que se firmen con la Red Integral e Integrada de Servicios de Salud para la población con cáncer, los indicadores y metas para el diagnóstico oportuno, tratamiento integral, remisión y acceso a cuidados paliativos y muerte digna, para pacientes con diagnóstico de cáncer gástrico.

 

8. Realizar y divulgar piezas comunicativas para la identificación temprana de factores de riesgo asociados al cáncer gástrico, prevención y orientación para el diagnóstico oportuno, así como portafolio de servicios de las Redes Integrales e Integradas de Servicios de Salud.

 

9. Atender las recomendaciones emitidas por el Ministerio de Salud y Protección Social e Instituto Nacional de Cancerología relacionadas con la promoción, prevención, detección temprana, diagnóstico y tratamiento para cáncer gástrico.

 

B. Prestadores de servicios de salud:

 

Se les insta a intensificar las siguientes a actividades de Gestión del Riesgo:

 

1. Priorizar, definir, implementar y periódicamente monitorear y evaluar los procesos de diagnóstico (endoscópico y patología) hasta el inicio del tratamiento integral para cáncer gástrico.

 

2. Garantizar la prestación de servicios en atención integral de cáncer gástrico con enfoques diferenciales, teniendo en cuenta georreferenciación de la población, curso de vida y género.

 

3. Garantizar la suficiencia de recurso humano para fortalecimiento de las capacidades a nivel individual y organizacional en los procesos de promoción, prevención, diagnóstico oportuno y tratamiento integral para cáncer gástrico.

 

4. Suministrar la información requerida a las EAPB y Ente Territorial para monitorear y evaluar la atención integral de cáncer gástrico en el marco de lo establecido por la normatividad vigente.

 

5. Evaluar en el marco de sus competencias los resultados de atención por medio de los indicadores de diagnóstico, tratamiento integral, cuidados paliativos y muerte digna para pacientes con diagnóstico de cáncer gástrico.

 

6. Realizar y divulgar piezas comunicativas para la identificación temprana de factores de riesgo asociados al cáncer gástrico, prevención y orientación para el diagnóstico oportuno.

 

7. Asegurar el cumplimiento y adherencia a las guías y protocolos de manejo, incluyendo los consensos destinados al manejo clínico y epidemiológico del cáncer gástrico en la población en riesgo y con diagnostico confirmado.

 

C. Trabajadores y profesionales de la salud.

 

Todos los trabajadores de la salud involucrados en prevención primaria y secundaria, diagnóstico y tratamiento oportuno de cáncer gástrico o de estómago, médicos generales y especialistas en medicina interna, medicina familiar, gastroenterología, cirugía y patología, servicios de imágenes diagnósticas, laboratorios y servicios de patología.

 

1. Reforzar las medidas de promoción de hábitos y estilos de vida saludable, identificación de factores de riesgo modificables para la prevención primaria y secundaria e identificación de signos y síntomas de alarma para la detección oportuna de cáncer gástrico.

 

2. Difundir información en salud para la población general de las doce formas para reducir el riesgo de padecer cáncer según la Organización Mundial de la Salud (OPS) y el Código Europeo contra el Cáncer (CECC).

 

3. Fortalecer las acciones de canalización en el marco de la Ruta Integral de Promoción y Mantenimiento de la Salud para la valoración integral por curso de vida, orientación sobre patrones de alimentación saludable y direccionamiento oportuno a los medios de tamizaje para cáncer gástrico.

 

4. Reforzar las siguientes intervenciones, de conformidad con las recomendaciones del panel de expertos - Guía de práctica clínica para la prevención primaria y secundaria y diagnóstico temprano de cáncer gástrico realizada por el Instituto Nacional de Cancerología en alianza con la Asociación Colombiana de Gastroenterología, la Asociación Colombiana de Endoscopia Digestiva y la Facultad de Medicina de la Universidad Nacional de Colombia, y en atención al escenario correspondiente:

 

4.1. Realizar todas las acciones pertinentes para la identificación temprana de factores de riesgo asociados al cáncer gástrico, prevención y orientación para el diagnóstico oportuno, priorizando:

 

a) Establecimiento y seguimiento de patrón de alimentación saludable que potencie el consumo de frutas y verduras inocuas, legumbres y cereales.

 

b) Reducción del consumo de alimentos hipercalóricos (ricos en sal, grasas y azúcares) aditivos, condimentos y carnes procesadas, así como bebidas azucaradas, cigarrillo e ingesta de alcohol.

 

c) Desestimular el consumo de tabaco, alcohol y el alto consumo de sal (más de 3 gr por día).

 

d) Mantenerse en rango de peso saludable reduciendo el sobrepeso y obesidad, así como realizar actividad física.

 

4.2. Indagar acerca de antecedentes familiares en primer grado de consanguineidad de cáncer gástrico, individualizando siempre su riesgo.

 

4.3. Garantizar seguimiento endoscópico oportuno con toma de biopsia a las lesiones preneoplásicas y/o precursoras (gastritis atróficas con metaplasia intestinal y lesiones polipoides adenomatosos) de manera individualizada y de acuerdo con factores de riesgo.

 

4.4. Realizar endoscopia de vías digestivas altas a los pacientes adultos con síntomas de dispepsia.

 

4.5. Garantizar el tratamiento idóneo y oportuno para la erradicación de Helicobacter pylori en pacientes con o sin factores de riesgo en quien se detecte de manera oportuna, para prevenir lesiones precursoras de cáncer gástrico.

 

4.6. Fortalecer la educación al paciente respecto a la adecuada adherencia al tratamiento para la erradicación de Helicobacter pylori, principal agente precursor de cáncer gástrico.

 

5. Realizar gestión de nuevo conocimiento y vigilancia en salud pública en aquellas áreas donde exista una alta incidencia de cáncer gástrico.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 24 días del mes de enero del año 2024.

 

GERSON ORLANDO BERMONT GALAVIS

 

Secretario De Despacho

 

Nota: Ver norma original en Anexos.