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RESOLUCIÓN 009 DE 2024
(Enero 30)
Por medio de la cual se adopta el Programa de Bienestar e Incentivos Institucionales de la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia para la vigencia fiscal 2024
EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN INSTITUCIONAL DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE SEGURIDAD, CONVIVENCIA Y JUSTICIA
En ejercicio de sus atribuciones legales, en especial de las conferidas por la Ley 909 de 2004, los Decretos 1567 de 1998, 1083 de 2015 y en especial la Resolución 525 de 2023 y
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 13 del Decreto 1567 de 1998 establece que el sistema de estímulos “estará conformado por el conjunto interrelacionado y coherente de políticas, planes, entidades, disposiciones legales y programas de bienestar e incentivos que interactúan con el propósito de elevar los niveles de eficiencia, satisfacción, desarrollo y bienestar de los empleados del Estado en el desempeño de su labor y de contribuir al cumplimiento efectivo de los resultados institucionales”.
Que el mismo Decreto a través de su Capítulo III indica que los programas de Bienestar Social e Incentivos, deben organizarse a partir de las iniciativas de los servidores públicos que permitan mejorar las condiciones que favorezcan el desarrollo integral del empleado, el mejoramiento de su nivel de vida y el de su familia, todo esto bajo la implementación de los valores organizacionales en función de una cultura de servicio público e identificación del empleado con el servicio de la entidad en la cual labora.
Que de acuerdo con las previsiones del artículo 25 del Decreto Ley 1567 de 1998, para el diseño y la ejecución de los programas de bienestar social, las entidades deberán ajustarse al estudio de necesidades para establecer prioridades y seleccionar alternativas, con base en lo cual se diseñarán programas y proyectos, los cuales serán ejecutados en forma directa o mediante contratación con personas naturales o jurídicas.
Que el Artículo 2.2.10.1 del Decreto 1083 de 2015 “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Función Pública.” sobre el sistema de estímulos, señala que “Las entidades deberán organizar programas de estímulos con el fin de motivar el desempeño eficaz y el compromiso de sus empleados. Los estímulos se implementarán a través del programa de bienestar social”.
Que el Artículo 2.2.10.8 Ibidem, en relación con los planes de incentivos, expone: “Los planes de incentivos, enmarcados dentro de los planes de bienestar social, tienen por objeto otorgar reconocimientos por el buen desempeño, propiciando así una cultura de trabajo orientada a la calidad y productividad bajo un esquema de mayor compromiso con los objetivos de las entidades”.
Que el Artículo 2.2.10.9 de la norma precitada, señala que “El Jefe de cada entidad adoptará anualmente el plan de incentivos institucionales y señalará en él, los incentivos no pecuniarios que se ofrecerán al mejor empleado de carrera de la entidad, a los mejores empleados de cada nivel jerárquico y al mejor empleado de libre nombramiento y remoción de la entidad”.
Que para hacer efectivo el plan de incentivos institucionales, la Secretaría de Seguridad, Convivencia y Justicia, incorporará para la vigencia 2024 el correspondiente recurso presupuestal, conforme a lo señalado en el inciso 2º del artículo 2.2.10.9 del Decreto 1083 de 2015.
Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 2.2.10.10 del citado Decreto 1083 de 2015, “para otorgar los incentivos, el nivel de excelencia de los empleados se establecerá con base en la calificación definitiva resultante de la evaluación del desempeño laboral”.
Que la Ley 1960 de 2019, en su artículo 3 estableció que los servidores públicos independientemente de su tipo de vinculación con el Estado, podrán acceder a los programas de capacitación y de bienestar que adelante la Entidad, atendiendo a las necesidades y al presupuesto asignado.
Que el Programa de Bienestar e Incentivos Institucionales se presentó ante la Comisión de Personal el 19 de enero de 2024 al igual que ante el Comité Institucional de Gestión y Desempeño en su reunión del 26 de enero de 2024, donde fue aprobado el anexo técnico del presente acto administrativo.
Que por lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1-: Adoptar mediante el presente acto administrativo el Programa de Bienestar e Incentivos Institucionales de la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia de la Secretaría de Seguridad, Convivencia y Justicia para la vigencia 2024 que incluye el anexo técnico como instrumento que hace parte integral de la presente resolución y determinan su implementación y ejecución.
Parágrafo-: El Programa de Bienestar e Incentivos Institucionales podrá ser modificado o actualizado de acuerdo con los cambios que se puedan suscitar a lo largo de la presente vigencia, con el fin de dar cumplimiento a las necesidades institucionales que así lo requieran, como anexo de la presente resolución que deberá ser publicado sin necesidad de acto modificatorio especial.
ARTÍCULO 2-: La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá D.C., a los 30 días del mes de enero del año 2024.
REINALDO RUIZ SOLÓRZANO
SUBSECRETARIO DE GESTIÓN INSTITUCIONAL
Nota: Ver norma original y Anexos. |