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Decreto Local 015 de 2023 Alcaldía Local de Suba

Fecha de Expedición:
15/01/2024
Fecha de Entrada en Vigencia:
22/12/2023
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7891 de 22 de diciembre de 2023.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 015 DE 2023

 

(Diciembre 15)

 

Por medio del cual se expide el Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Suba para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2024

 

EL ALCALDE LOCAL DE SUBA

 

En uso de sus facultades legales y en especial las que le confiere el artículo 31 del Decreto 372 del 30 de agosto de 2010, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante oficio No. 2023EE43349301 del 02 de noviembre de 2023, la Secretaria Distrital de Hacienda comunicó al Fondo de Desarrollo Local de Suba la Cuota de Asignación para la vigencia 2024, por un monto de CIENTO CINCUENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MILLONES NOVECIENTOS DIEZ Y SEIS MIL PESOS ($154.284.916.000) MCTE.

 

Que mediante correo electrónico del 16 de noviembre de 2023, el Profesional Especializado de la Subdirección de Infraestructura y Localidades de la Secretaria Distrital de Hacienda, Richard Ríos Castro, comunicó un aumento en la Cuota de Asignación para la vigencia 2024 por la suma de DOSCIENTOS OCHENTA Y SEIS MILLONES CIENTO SIETE MIL PESOS ($286.107.000) MCTE.

 

Que se proyecta que al cierre de la vigencia fiscal 2023, la disponibilidad de recursos en Tesorería será de NOVENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS SETENTA Y SEIS MILLONES TRECIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL PESOS ($99.776.356.000) MCTE, monto que respalda las obligaciones por pagar que sean constituidas al 31 de diciembre de 2023.

 

Que de conformidad con lo señalado en el Artículo 15° del Decreto 372 del 30 de agosto de 2010, el Alcalde Local presentó el Proyecto de Presupuesto a nivel de agregados: Disponibilidad Inicial, Ingresos Corrientes, Transferencias y Recursos de Capital en el ingreso y de Funcionamiento, Inversión y Disponibilidad Final en el Gasto, para estudio y aprobación de la JAL.

 

Que mediante radicado ALS No. 2023-611-026575-2 del 15 de diciembre de 2023, suscrito por parte del presidente de la JAL remitió oficio RDP-131 informe de la comisión del plan y presupuesto, correspondiente al desarrollo del primer debate del proyecto de acuerdo POR EL CUAL SE APRUEBA EL PRESUPUESTO DE RENTAS E INGRESOS Y GASTOS EINVERSIONES DEL FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE SUBA PARA LA VIGENCIA FISCAL COMPRENDIDA ENTRE EL /ER DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2024.

 

Que según se observa del informe remitido por parte de la Junta Administradora Local, luego de surtido el primer debate en la comisión del plan y presupuesto y conforme al resultado de la votación, se determinó negar el Plan Operativo Anual de Inversión (POAD) 2024.

 

Que el numeral 7 del formato 7 del numeral 2.6.2. del Manual Operativo Presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local -FDL, señala que Si la comisión de presupuesto de la JAL no aprueba el proyecto de Presupuesto en primer debate, Rige el proyecto presentado por el Alcalde Local el cual se debe aprobar por Decreto a nivel agregado.

 

Que de conformidad con lo contemplado en el artículo 17° del Decreto 372 de 2010, La JAL deberá expedir el Presupuesto Anual del respectivo FD.L., antes de la media noche del 15 de diciembre; si no lo hace regirá el proyecto presentado por el Alcalde Local, incluyendo las modificaciones que hayan sido aprobadas durante los debates. En dicho caso, el Alcalde Local deberá expedirlo mediante Decreto a nivel de agregados y luego liquidarlo mediante Decreto a nivel de programas y proyectos.

 

Que, en mérito de lo anteriormente expuesto, el Alcalde Local de Suba,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO PRIMERO: Expídase el Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Suba para la vigencia fiscal comprendida entre el 1°. de enero y el 31 de diciembre de 2024, por la suma de DOSCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS CUARENTA YSIETE MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL PESOS ($254.347.379.000) MCTE, conforme al siguiente detalle:

 

CÓDIGO

NOMBRE

PRESUPUESTO

01

Ingresos

$254.347.379.000

010

DISPONIBILIDAD INICIAL

$99.776.356.000

011

Ingresos Corrientes

$153.750.916.000

012

RECURSOS DE CAPITAL

$820.107.000

 

TOTAL, INGRESOS + DISPONIBILIDAD INICIAL

$254.347.379.000

 

ARTÍCULO SEGUNDO: Expídase el Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Suba para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024, por la suma de DOSCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y SIETE MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL PESOS ($254.347.379.000) MCTE, de acuerdo con el siguiente detalle:

 

CÓDIGO

NOMBRE

PRESUPUESTO

02

GASTOS

$254.347.379.000

021

FUNCIONAMIENTO

$5.202.934.000

023

INVERSIÓN

$249.144.445.000

04

DISPONIBILIDAD FINAL

0

 

TOTAL GASTOS + DISPONIBILIDAD FINAL

$254.347.379.000

 

 

ARTÍCULO TERCERO: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y surte efectos fiscales a partir del primer día de enero de dos mil veinticuatro (2024).

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 15 días del mes de diciembre del año 2023.

 

JULIÁN ANDRÉS MORENO BARÓN

 

Alcalde Local de Suba


Ver Norma Original en Anexos.