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RESOLUCIÓN 1583 DE 2021
(Agosto 18)
Por medio de la cual se modifica el artículo 3° de la Resolución 984 del 30 de mayo de 2018 "Por medio de la cual se adopta el Estatuto de Auditoría Interna y el Código de Ética del Auditor Interno de la Secretaría de Educación de Distrito”
LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO
En uso de sus facultades constitucionales y legales, especialmente del artículo 6 y 13 de la Ley 87 de 1993 y el artículo 2.2.21.4.8 del Decreto 1083 de 2015, adicionado por el Decreto 648 de 2017, artículo 5° literales i y k del Decreto 330 de 2008 y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de Colombia establece en sus artículos 209 y 269 la obligación en cabeza de las entidades públicas de contar con un sistema de control interno.
Que la Ley 87 de 1993 define en el artículo 1° al Control Interno como: "(...) el sistema integrado por el esquema de organización y el conjunto de los planes, métodos, principios, normas procedimientos y mecanismos de verificación y evaluación adoptados por una entidad, con el fin de procurar que todas las actividades, operaciones y actuaciones, así como la administración de la información y los recursos, se realicen de acuerdo con las normas constitucionales y legales vigentes dentro de las políticas trazadas por la dirección y en atención a las metas u objetivos previstos".
Que la Ley 87 de 1993 "Por la cual se establecen normas para el ejercicio del control interno en las entidades y organismos del estado y se dictan otras disposiciones", definió en su artículo 9° a la Oficina de Control Interno como uno de los componentes del Sistema de Control Interno de nivel gerencial o directivo, encargado de medir y evaluar la eficiencia, eficacia y economía de los demás controles y de asesorar a la dirección en la continuidad del proceso administrativo la reevaluación de los planes establecidos, y la introducción de los correctivos necesarios para el cumplimiento de las metas u objetivos previstos.
Que el artículo 2 del Decreto 1499 de 2017 "Por medio del cual se modifica el Decreto 1083 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Función Pública, en lo relacionado con el Sistema de Gestión establecido en el artículo 133 de la Ley 1753 de 2015", sustituyó el Título 23 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1083 de 2015, y dispuso en su artículo 2.2.23.1:
"Articulación del Sistema de Gestión con los Sistemas de Control Interno. El Sistema de Control Interno previsto en la Ley 87 de 1993 y en la Ley 489 de 1998, se articulará al Sistema de Gestión en el marco del Modelo Integrado de Planeación y Gestión -MIPG a través de los mecanismos de control y verificación que permiten el cumplimiento de los objetivos y el logro de resultados de las entidades. El Control Interno es transversal a la gestión y desempeño de las entidades y se implementa a través del Modelo Estándar de Control Interno - MECI".
Que el Decreto 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto 648 de 2017, contempló en el artículo 2.2.21.4.8., los instrumentos mínimos a aplicar para la actividad de la Auditoría Interna, a saber: a) el Código de Ética del Auditor Interno, que tendrá como bases fundamentales, la integridad, objetividad, confidencialidad y competencia de éste; b) la Carta de Representación en la que se establezca la veracidad, calidad y oportunidad de la entrega de la información presentada a las Oficinas de Control Interno, c) el Estatuto de Auditoria, en el cual se establezcan las directrices fundamentales que definen el marco dentro del cual se desarrollarán las actividades de la Oficina de Control Interno, de conformidad con las normas internacionales de auditoría, y d) el Plan Anual de Auditoria.
Que según lo establecido en el literal c) del artículo 2.2.21.1.6 del Decreto 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto 648 de 2017, es función del Comité Institucional de Control Interno la de "Aprobar el Estatuto de Auditoría Interna y el Código de Ética del auditor, así como verificar su cumplimiento".
Que el Decreto 807 de 2019 "Por medio del cual se reglamenta el Sistema de Gestión en el Distrito Capital y se dictan otras disposiciones" estableció en el artículo 38 los instrumentos a tener en cuenta para el desarrollo de las auditorías internas, en el marco del Modelo Estándar de Control Interno que hace parte del Sistema de Control Interno. Dentro de los instrumentos allí previstos, está el Estatuto de Auditoría, que define el propósito, autoridad y responsabilidad de la actividad de Auditoría Interna en la entidad; el acceso a los registros, al personal y a los bienes para la ejecución de la auditoría, y define el ámbito de actuación de ésta.
Que el numeral 3 del artículo 38 ibidem define el Estatuto de Auditoría como "documento que define el propósito, autoridad y responsabilidad de la actividad de auditoría interna en la entidad. Así como, el acceso a los registros, al personal y a los bienes pertinentes para la ejecución de la auditoría, y define el ámbito de actuación de las actividades de auditoría interna".
Que el artículo 7° del Decreto 330 de 2008 "Por el cual se determinan los objetivos, la estructura, y las funciones de la Secretaría de Educación del Distrito, y se dictan otras disposiciones", consagra como funciones de la Oficina de Control Interno, las de diseñar planes, métodos, procedimientos y mecanismos de verificación y evaluación del Sistema de Control Interno; desarrollar programas de auditoría administrativa, financiera, académica y de sistema; evaluar periódica y selectivamente el Sistema de Control Interno para mediar la eficiencia, eficacia y economía de los controles, y formular las recomendaciones y correctivos para el cumplimiento de la misión institucional, entre otras.
Que las normas internacionales para el ejercicio profesional de la Auditoría Interna, emitidas por el Instituto de Auditores Internos, establecen un conjunto de requisitos y principios de carácter obligatorio, los cuales deben ser aplicados en las organizaciones para el ejercicio de la auditoría interna y para evaluar la eficacia de su desempeño.
Que mediante Resolución 984 del 30 de mayo de 2018, se adoptó el Estatuto de Auditoría Interna y el Código de Ética del Auditor Interno de la Secretaría de Educación del Distrito, aprobados por el Comité Institucional de Coordinación de Control Interno, conforme a los lineamientos emitidos por el Departamento Administrativo de la Función Pública.
Que el artículo 3° de la Resolución 984 del 30 de mayo de 2018 dispuso que el Estatuto de Auditoría Interna y el Código de Ética del Auditor de la Secretaría de Educación del Distrito, se actualizarían periódicamente y mediante resolución, como parte del mejoramiento continuo en las actividades de auditoría interna de esta entidad.
Que mediante la Resolución No. 2563 del 23 de septiembre de 2019 "Por medio de la cual se modifica el Estatuto de Auditoría Interna de la Secretaría de Educación de Distrito", se modificó el Estatuto de Auditoría Interna de la Secretaría de Educación del Distrito, añadiendo el numeral 13 "Articulación del sistema de control interno en el modelo integrado de planeación y gestión", el cual es de obligatorio cumplimiento para el ejercicio de la Auditoría Interna de la Entidad.
Que, como quiera que el ejercicio profesional de la auditoría interna conlleva a la actualización del Estatuto de Auditoría para la Entidad y del Código de Ética del Auditor Interno de la Secretaría de Educación de Distrito, de acuerdo con la aplicación de modelos internacionales y nacionales para la práctica de auditoría; se evidenció la necesidad de modificar el artículo 3 de la Resolución 984 del 30 mayo de 2018 y de mantener la esencia y contenido del Estatuto y Código de Ética adoptados mediante la Resolución 984 de 2018, modificada por las Resoluciones 2563 del 23 de septiembre de 2019 y 1056 del 21 de julio de 2020.
Que la Oficina de Control Interno, en ejercicio de las funciones consagradas en el artículo 2 de la Resolución 638 de 2018 y de acuerdo con las Políticas de Gestión y Desempeño Institucional de Fortalecimiento Organizacional y Simplificación de Procesos y Racionalización de Trámites, señaladas en el artículo 2.2.22.2.1 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el Decreto 1499 del 11 de septiembre de 2017, presentó al Comité Institucional de Coordinación de Control Interno, la propuesta de modificación del proceso de actualización del Estatuto de Auditoría dado que la práctica de la auditoría es cambiante en el tiempo y requiere de trámites ágiles.
Que el Comité Institucional de Coordinación de Control Interno aprobó las modificaciones propuestas, en la segunda sesión ordinaria realizada el 19 de julio de 2021, en cuya acta de reunión, legalizada con la firma en los términos previstos en el artículo 8° de la Resolución 638 del 12 de abril de 2018, consta:
(…)
4. Revisión estatuto de auditoría. (Diapositivas 19 y 20).
"Puesto a consideración del Comité la propuesta al proceso de actualización del Estatuto de Auditoría Interna de la Secretaría de Educación de Distrito a través del acta de reunión del CICCI, se procedió con la votación por cada uno de los miembros del comité que decidió aprobar por unanimidad la propuesta con la observación de elevar la consulta a la Oficina Asesora Jurídica (...)"
Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. Modificar el artículo 3° de la Resolución 984 del 30 de mayo de 2018, el cual quedará de la siguiente manera:
"El Estatuto de Auditoría Interna y el Código de Ética del Auditor de la Secretaría de Educación del Distrito se actualizará periódicamente como parte del mejoramiento continuo de las actividades de auditoría interna de esta entidad.
Parágrafo 1. Cada actualización, modificación o ajuste al Estatuto de Auditoría será adoptada por el Comité Institucional de Coordinación de Control Interno, en cumplimiento de las funciones asignadas en el artículo 3 de la Resolución 638 del 12 de abril de 2018, y la decisión quedará registrada y legalizada mediante el Acta de Reunión oficial firmada por el representante legal o Secretario de Despacho en calidad de presidente del Comité y el Secretario Técnico.
Parágrafo 2. Cada actualización del Código de Ética del Auditor deberá ser adoptada mediante resolución".
ARTÍCULO 2°. Integración con el Sistema de Gestión y MIPG. El Estatuto de Auditoría Interna de la Secretaría de Educación del Distrito estará integrado al Sistema de Gestión de la entidad y al Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG) y, sus versiones serán actualizadas, controladas y localizadas en la plataforma del Sistema de Gestión en Listado Maestro de documentos.
Las actas decisorias y soportes pertinentes se dispondrán en la carpeta del Comité Institucional de Coordinación de Control Interno, localizado en el Home del Sistema de Gestión de la entidad.
ARTÍCULO 3°. La presente resolución rige a partir de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C., a los 18 días del mes de agosto del año 2021.
EDNA CRISTINA BONILLA SEBÁ
Secretaria de Educación del Distrito
Nota: Ver norma original en Anexos. |