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Resolución 351 de 2023 Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público - Dadep

Fecha de Expedición:
13/09/2023
Fecha de Entrada en Vigencia:
13/09/2023
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7821 del 02 de octubre de 2023.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 351 DE 2023

 

(Septiembre 13)

 

Por medio de la cual la Comisión Intersectorial del Espacio aprueba la exención de pago de actividad de aprovechamiento económico

 

EL SUBDIRECTOR DE GESTIÓN INMOBILIARIA Y DEL ESPACIO PUBLICO DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA DEFENSORÍA DEL ESPACIO PÚBLICO- DADEP

 

En uso de sus facultades constitucionales, legales, normativas y administrativas, en especial de las previstas el Acuerdo 018 de 1999, el Decreto Distrital 138 de 2002 en el Decreto 546 de 2007, el Decreto 383 de 2012, el Decreto Distrital 375 de 2019, Resolución 285 de 2019, Resolución 025 de 2021 y

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante el artículo 38 del Decreto 546 de 2007, modificado por el art. 9 del Decreto Distrital 375 de 2019, establece que la Comisión Intersectorial del Espacio Público del Distrito Capital tendrá entre otras las siguientes funciones:

 

1. Coordinar la implementación de la política de espacio público definida para garantizar la efectividad de los derechos en el Distrito Capital.

 

2. Concertar las acciones necesarias para garantizar una estructura actualizada, de manera eficaz y eficiente, del Sistema Distrital de Gestión del Espacio Público y sus diferentes instrumentos, sistemas, procedimientos e instancias, en armonía con las políticas, estrategias, programas y proyectos establecidos por el Plan Maestro de Espacio Público y el Plan de Ordenamiento territorial.

 

3. Conocer, concertar y articular las acciones para garantizar una adecuada distribución y coordinación de funciones en lo relacionado con la sostenibilidad, la financiación, la generación, el mantenimiento, la conservación, el manejo, y la gestión del espacio público.

 

4. Coordinar la implementación de los instrumentos y procedimientos de la política distrital para la administración y aprovechamiento económico del espacio público vigente.

 

5. Conocer y aprobar, como requisito previo, los proyectos de actos administrativos que las entidades distritales elaboren, siempre que tengan como fin, reglamentar actividades de aprovechamiento económico del espacio público.

 

Que mediante Decreto Distrital 552 de 2018 se adoptó el Marco Regulatorio del Aprovechamiento Económico del Espacio Público en el Distrito Capital de Bogotá. En el artículo 8° del citado, se regulan las actividades de aprovechamiento económico permitidas en el espacio público y en el artículo 10° se determinan los espacios públicos y actividades permitidas.

 

Que el artículo 27 del Decreto 552 de 2018, establece las actividades exentas de aprovechamiento económico, así:

 

“... Actividades exentas del pago por aprovechamiento económico. Estarán exentas del pago de la retribución por aprovechamiento económico las actividades que demuestren beneficios directos mayores a la retribución estimada para la ciudad por el desarrollo de estas.

 

La Entidad Gestora del Aprovechamiento Económico del Espacio Público deberá elevar solicitud escrita a la Comisión Intersectorial del Espacio Público - CIEP. La solicitud deberá incluir la valoración del beneficio que implica la exención por parte de la entidad solicitante. Con fundamento n el acta de la reunión de la Comisión Intersectorial del Espacio Público - CIEP, la entidad que ejerza la Secretaría Técnica de la Comisión expedirá un acto motivado en donde materializa la decisión de la Comisión”.

 

Que el artículo 1° del Decreto Distrital 583 de 2012, se le otorga al Departamento administrativo de la Defensoría del Espacio Público - DADEP la función de Secretaría Técnica de la Comisión Intersectorial del Espacio Público - CIEP, para lo cual el 09 de agosto de 2019 en la Resolución 285, la Directora del DADEP delegó las funciones de la Secretaría Técnica de la CIEP en la Subdirección de Gestión Inmobiliaria y Espacio Público -SGI.

 

Que, la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, en calidad de gestora de Mercados Temporales, presentó ante la Secretaría técnica de la CIEP el 06 de julio de la presente anualidad, la solicitud de exención de Mercados Temporales para el Festival Cordillera en el Parque Simón Bolívar los días 23 y 24 de septiembre de 2023.

 

Que, en sesiones del 10 de agosto y 05 de septiembre del año 2023, la secretaria técnica de la CIEP sometió a Unidad Técnica de Apoyo (UTA) con el fin de estudiar la solicitud de exención, en las que se solicitaron los ajustes que se resumen a continuación:

 

- La solicitud de exención fue presentada y firmada solamente por la SDDE, para realizar la solicitud se debe realizar de manera conjunta SDCRD.

 

- Se solicita aclaración sobre los valores de retribución al distrito.

 

- Se solicita aclaración sobre los valores solicitados en la exención.

 

- Se solicita aclarar el número de emprendimientos a participar la zona definida para el Distrito se redujo, ahora solo serán 16 puestos, se tenían 20, ¿por qué se redujo?

 

- El cálculo de los 16 puestos de Hecho en Bogotá ($ 250.000.000) en comparación, la liquidación que hace el IDRD para 91 puestos ($ 211.000.000) hay una gran desproporción ubicar esos 16 puntos al distrito.

 

- No ha sido presentada la planimetria/ubicación de los 16 emprendedores dentro del parque.

 

Que en consideración a las UTA celebradas y los ajustes solicitados se presentó ante la Secretaría técnica de la CIEP el 08 de septiembre de la presente anualidad, nuevamente la solicitud firmada por la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, en calidad de gestora de Mercados Temporales, junto con la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, como gestora de artistas en espacio público, la solicitud de exención de cobro por un valor de DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($ 250.000.000) que equivale el 10 % del valor de la liquidación efectuada por el Instituto Distrital de Recreación y Deporte- IDRD como administrador del Parque Metropolitano Simón Bolívar. En dicho evento de carácter cultural, se articulará la operación de la estrategia de intermediación de mercados liderada por la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, denominada Hecho en Bogotá.

 

Que en sesión del 11 de septiembre de la presente anualidad, se sometió a consideración ante la Comisión Intersectorial de Espacio Público la Solicitud de exención de pago por Aprovechamiento Económico en el Espacio por un valor de DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($ 250.000.000) presentada por Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, en calidad de gestoras de las actividades señaladas en precedencia, que una vez estudiada, fue aprobada en la votación como se describe a continuación:

 

Secretaría Distrital de Gobierno: Voto Positivo

 

Secretaría Distrital de Planeación: Voto Positivo

 

Secretaria Distrital Desarrollo Económico: Voto Positivo

 

Secretaría Distrital de Ambiente: Voto Positivo Con observaciones

 

Secretaría Distrital de Salud: Voto Positivo Con recomendación

 

Secretaría Distrital del Hábitat: Voto Positivo

 

Secretaría Distrital de Hacienda: Voto Positivo Con recomendación

 

Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio: Abstención

 

Por la Insuficiencia en el soporte que justifica el costo de cada puesto otorgado al programa del distrito y el costo de su promoción, discutidos a lo largo de esta comisión.

 

Que, de acuerdo con lo anterior, el Subdirector de Gestión Inmobiliaria y Espacio Público del Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público - DADEP, en calidad de Secretaría Técnica de la Comisión del Espacio Público.

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO PRIMERO. Comunicar que la Comisión Intersectorial del Espacio Público - CIEP, en Sesión Extraordinaria No. 6 del once (11) de septiembre de 2023, en sesión virtual, aprobó con un total de 07 votos, la exención de cobro por un valor de DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($ 250.000.000) que equivale el 10% del valor de la liquidación efectuada por el Instituto Distrital de Recreación y Deporte- IDRD como administrador del Parque Metropolitano Simón Bolívar, el cual se articulará la operación de la estrategia de intermediación de mercados liderada por la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, denominada Hecho en Bogotá para el Festival Cordillera 2023 en el PARQUE SIMÓN BOLIVAR los días 23 y 24 de septiembre de 2023.

 

ARTÍCULO SEGUNDO. Contra la presente Resolución no procede recurso alguno en atención a lo establecido en el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011 “Por el cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de los Contenciosos Administrativo”, ya que se trata de un acto administrativo de carácter general.

 

ARTÍCULO TERCERO. La presente resolución rige a partir de su fecha de su publicación, en el Diario Distrital de acuerdo lo establecido en el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011. Deberá igualmente publicarse en la página web del Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público - DADEP.

 

ARTÍCULO CUARTO. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CUMPLASE.

 

Dado en Bogotá a los 13 días del mes de septiembre del año 2023.

 

ARMANDO LOZANO REYES

 

Subdirector de Gestión Inmobiliaria y Espacio Público -SGI

 

Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público -DADEP

 

Secretaría Técnica de la Comisión Intersectorial del Espacio Público -CIEP

 

Nota: Ver norma original en Anexos.