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Decreto Local 015 de 2023 Alcaldía Local de Santa Fe

Fecha de Expedición:
26/10/2023
Fecha de Entrada en Vigencia:
31/10/2023
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7847 de 31 de octubre de 2023.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 015 DE 2023

 

(Octubre 26)

 

Por medio del cual se concede la medalla mérito santafereño en el grado de “muisca -dorada” y “zipa-plateada” a un personal de la Policía Nacional de Colombia

 

El ALCALDE LOCAL DE SANTA FE

 

El Alcalde Local de Santa Fe en uso de sus funciones y atribuciones constitucionales, legales, en especial las otorgadas en el Decreto Ley 1421 de 1993, modificado por la Ley 2116 de 2021, decreto 411 de 2016 y

 

CONSIDERANDO

 

Que mediante Decreto Local 09 de 2022, modificado por el Decreto Local 011 de 2022, se creó la medalla al mérito santafereño para los ciudadanos nacionales o extranjeros, altos dignatarios del nivel nacional o territorial, oficiales, suboficiales y demás personal uniformado y civil de las fuerzas armadas y de policía, artistas, deportistas, académicos o científicos quienes por los servicios prestados hayan destacado en su labor, en procura del desarrollo sostenible; los principios y valores del buen vivir, la paz, la concordia, la amistad, el pluralismo étnico, cultural y de género, la seguridad y la convivencia de la localidad dentro y fuera de la jurisdicción local.

 

Que mediante el mismo decreto se crearon los grados MUISCA que podrá otorgarse como el máximo reconocimiento a los ciudadanos nacionales o extranjeros, altos dignatarios del nivel nacional o territorial, oficiales, suboficiales y demás personal uniformado y civil de las fuerzas armadas y de policía, artistas, deportistas, académicos o científicos y ZIPA que podrá otorgarse a los ciudadanos nacionales o extranjeros, altos dignatarios del nivel nacional o territorial, suboficiales y demás personal uniformado y civil de las fuerzas armadas y de policía, artistas, deportistas, académicos o científicos.

 

Que mediante comunicación del catorce (14) de julio de 2023 con radicado Orfeo 2023531005449-2 el Mayor OSCAR MAURICIO CHAUTA ESCAMILLA, comandante de la Estación Tercera de Policía de Santa Fe, postuló a uniformados y personal administrativo de los distintos grados para que fueran reconocidos de acuerdo con las actividades por ellos realizadas en favor de la convivencia y seguridad ciudadana de la localidad de Santa Fe.

 

Que de conformidad con los servicios prestados a la ciudad y en especial a la localidad en asuntos relacionados con la seguridad, convivencia y buen vivir de los capitalinos y santafereños es pertinente conceder la medalla al mérito santafereño en el grado Muisca-Dorada a las personas que se relaciona a continuación:

 

 

Que de conformidad con los servicios prestados a la ciudad y en especial a la localidad en asuntos relacionados con la seguridad, convivencia y buen vivir de los capitalinos y santafereños es pertinente conceder la medalla al mérito santafereño en el grado Zipa-Plateada a las personas que se relaciona a continuación:

 

 

DECRETA:

 

PRIMERO: Conceder la medalla al mérito santafereño en el grado Muisca-Dorada a las personas que se relaciona a continuación:

 

 

SEGUNDO: Conceder la medalla al mérito santafereño en el grado Zipa-Plateada a las personas que se relaciona a continuación:

 

 

TERCERO: Entregar copia del presente decreto al personal en mención, a través de la Estación Tercera de la Policía - Metropolitana de Bogotá D.C, para el caso del personal adscrito a dicha estación.

 

CUARTO: Copia del presente decreto será enviada a la Dirección de Talento Humano de la Policía Nacional y/o la dependencia que corresponda, con la finalidad de que el mismo sea anexado a la Hoja de vida de cada una de las personas que se hicieron acreedores a la mencionada condecoración.

 

QUINTO: Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

 

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., Localidad de Santa Fe a los días del mes de del año 2023.

 

DIEGO FERNANDO HERRERA ROJAS

 

Alcalde Local de Santa Fe (E)

 

Nota: Ver norma original en Anexos.