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Resolución 074 de 2024 Instituto Distrital de Turismo - IDT - Dirección General

Fecha de Expedición:
14/02/2024
Fecha de Entrada en Vigencia:
14/03/2024
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 074 DE 2024

 

(Febrero 14)

 

Por la cual se efectúa modificación del presupuesto de Ingresos, Rentas y Gastos del Instituto Distrital de Turismo para la vigencia 2024

 

EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO

 

En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el literal b) del artículo 5 del Acuerdo 275 de 2007 del Concejo de Bogotá D.C., el artículo 10 del Decreto Distrital 192 de 2021, el literal b) del artículo 18 del Acuerdo 001 de 2007, el artículo 1 del Acuerdo 006 de 2016 y los numerales 1 y 3 del artículo 6º del Acuerdo 7 de 2022 de la Junta Directiva, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que, el Instituto Distrital de Turismo es un establecimiento público del orden Distrital, con personería jurídica, autonomía administrativa y financiera, y patrimonio propio, adscrito a la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico.

 

Que el artículo 10 del Decreto Distrital No. 192 de 2021 dispone que “Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local. En el caso de los establecimientos públicos del Distrito estas modificaciones al anexo del Decreto de liquidación se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos”.

 

Que, de conformidad con el literal b del Artículo 4 del Acuerdo Distrital 275 de 2007, es función de la Junta Directiva del Instituto Distrital de Turismo “Aprobar los planes, programas, proyectos y presupuesto del Instituto, así como las modificaciones que se hagan a los mismos, de acuerdo con las disposiciones distritales vigentes sobre el tema y que sean de su competencia de acuerdo con su reglamento”.

 

Que, mediante Acuerdo 006 de fecha 01 de Septiembre de 2016, la Junta Directiva del Instituto Distrital de Turismo autoriza al Director General para efectuar, a través de acto administrativo, los traslados presupuestales que se requieran para el presupuesto de funcionamiento, cuando éstos correspondan a valores inferiores o iguales a 202 S.M.M.L.V, es decir que para la vigencia 2024, la autorización es hasta DOSCIENTOS SESENTA Y DOS MILLONES SEISCIENTOS MIL PESOS M. CTE. ($262.600.000), sin necesidad de adelantar el trámite de aprobación ante la Junta Directiva, previo cumplimiento de los requisitos dispuestos por la Secretaría Distrital de Hacienda.

 

Que, el Instituto Distrital de Turismo requiere trasladar VEINTE MILLONES DE PESOS M.CTE. ($20.000.000) a los rubros “O2120202010 Viáticos de los funcionarios en comisión” y., para atender los requerimientos de gastos de viáticos de los funcionarios del IDT en la asistencia a los eventos nacionales e internacionales con la finalidad de promover a Bogotá con destino turístico en desarrollo de la misionalidad del Instituto.

 

Que, el Instituto Distrital de Turismo determinó que se puede contracreditar VEINTE MILLONES DE PESOS M. CTE. ($20.000.000) del rubro “O21202020070272112 Servicios de alquiler o arrendamiento con o sin opción de compra, relativos a bienes inmuebles no residenciales (diferentes a vivienda), propios o arrendados”, debido a que el IDT ya atendió las necesidades de arrendamiento de la sede en a vigencia 2024.

 

Que, el Instituto Distrital de Turismo mediante Resolución 056 de 7 de febrero de 2024 trasladó UN MILLÓN QUINIENTOS MIL PESOS M. CTE. ($1.500.000) al rubro “O21202020080282199 Otros servicios jurídicos n.c.p.”, para la adquisición de tokens de firma digital de funcionarios del IDT, y para el pago autenticación de documentos.; Que, este tipo de gastos se deben atender por el rubro “O21202020080282199 Servicios de documentación y certificación jurídica”, que, por tal motivo se requiere realizar el respectivo traslado presupuestal.

 

Que, de conformidad con el numeral 3 del Artículo 14 del Acuerdo 07 de 2022 expedido por la Junta Directiva del Instituto, se determinó la necesidad de efectuar una modificación al presupuesto de Funcionamiento, consistente en un traslado presupuestal por valor de VEINTIÚN   MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS M. CTE. ($21.500.000) a los rubros “O2120202010 Viáticos de los funcionarios en comisión” y “O21202020080282199 Servicios de documentación y certificación jurídica”

 

 Que, el parágrafo del Artículo 10 del Decreto Distrital 192 de 2021 exceptúa del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda cuando se efectúen modificaciones en gastos de funcionamiento al interior de los siguientes rubros:

 

“Parágrafo. Se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en Gastos de Funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen Factores constitutivos de salario, Contribuciones inherentes a la nómina, Remuneraciones no constitutivas de factor salarial siempre que correspondan at mismo tipo de vinculación, Honorarios, Activos Fijos, Materiales y suministros, Adquisición de servicios, FONPET, Obligaciones por Pagar (Adquisición de Bienes, Adquisición de Servicios y Otros Gastos Generales)”.

 

Que, la presente modificación presupuestal se realiza por valor de VEINTIÚN MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS M.CTE. ($21.500.000), para atender los requerimientos de gastos de viáticos de los funcionarios del IDT en la asistencia a los eventos nacionales e internacionales con la finalidad de promover a Bogotá con destino turístico en desarrollo de la misionalidad del Instituto., entre rubros de funcionamiento, para la adquisición de tokens de firma digital de funcionarios del IDT, y para el pago autenticación de documentos.;  por lo que no requiere concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda, en atención al citado parágrafo del artículo 10 del Decreto Distrital 192 de 2021.

 

Que, en mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1. TRASLADO: Efectuar el siguiente traslado presupuestal de Gastos de Funcionamiento en el presupuesto del Instituto Distrital de Turismo, por la suma de VEINTIÚN   MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS M. CTE., entre los rubros presupuestales dispuestos en el catálogo de cuentas.

 

0221-01 INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO

CÓDIGO

NOMBRE

VALOR

O21202020070272112

Servicios de alquiler o arrendamiento con o sin opción de compra, relativos a bienes inmuebles no residenciales (diferentes a vivienda), propios o arrendados

20.000.000

O21202020080282199

Otros servicios jurídicos n.c.p.

1.500.000

TOTAL CONTRACRÉDITOS

21.500.000

 

0221-01 INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO

CRÉDITOS

CÓDIGO

NOMBRE

VALOR

O2120202010

Viáticos de los funcionarios en comisión

20.000.000

O21202020080282130

Servicios de documentación y certificación jurídica

1.500.000

TOTAL CRÉDITOS

21.500.000

 

Artículo 2. REMISIÓN: Remítase copias de la presente Resolución a la Secretaría de Hacienda Distrital y demás oficinas competentes.

 

Artículo 3. VIGENCIA: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá D. C., a los 14 días del mes de febrero del año 2024.

 

ANDRÉS SANTAMARIA GARRIDO

 

Director General

 

Nota: Ver norma original en Anexos.