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Resolución 1297 de 2023 Instituto Distrital de Recreación y Deporte - IDRD

Fecha de Expedición:
06/10/2023
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 


RESOLUCIÓN 1297 DE 2023

 

(Octubre 06)

 

Por la cual se promulga la conformación de la delegación que participará por Bogotá D.C. en los XXII Juegos Deportivos Nacionales y VI Juegos Deportivos Paranacionales Eje Cafetero 2023

 

LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE

 

En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el Acuerdo 4 de 1978, la Ley 181 de 1995, Resolución 006 de 2017 expedida por la Junta Directiva del IDRD y Resolución IDRD 788 de 2019 y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Artículo 52° de la Constitución Política Nacional de 1991 modificado por el Acto Legislativo No. 02 de 2000 establece que: “(…) El ejercicio del deporte, sus manifestaciones recreativas, competitivas y autóctonas tienen como función la formación integral de las personas, preservar y desarrollar una mejor salud en el ser humano. El Deporte y la Recreación forman parte de la educación y constituyen gasto público social. Se reconoce el derecho de todas las personas a la recreación, a la práctica del deporte y al aprovechamiento del tiempo libre. El estado fomentará estas actividades e inspeccionará, vigilará y controlará las organizaciones deportivas cuya estructura y propiedad deberán ser democráticas (…).

 

Que el Acuerdo 4 de 1978 “(…) Por el cual se crea el Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte (…)”, creó el IDRD como la entidad encargada de ser el ente rector de la recreación y el deporte en la Ciudad de Bogotá D.C.

 

Que el Artículo 2º ibídem, establece las funciones del IDRD, dentro de las cuales se encuentran la de formular políticas para el desarrollo masivo del deporte y la recreación en el Distrito Capital, con el fin de contribuir al mejoramiento físico y mental de sus habitantes y la de coordinar con otras instituciones oficiales y privadas dedicadas a estas materias, el planeamiento y ejecución de sus programas.

 

Que en virtud de la Ley 181 de 1995 "(…) Por la cual se dictan disposiciones para el fomento del deporte, la recreación, el aprovechamiento del tiempo libre y la Educación Física y se crea el Sistema Nacional del Deporte (…)", el Instituto Distrital de Recreación y Deporte es el ente rector para el deporte, la recreación, el aprovechamiento del tiempo libre y la educación extraescolar del Distrito.

 

Que el Artículo 1o de la Ley 181 de 1995 “(…) Por la cual se dictan disposiciones para el fomento del deporte, la recreación, el aprovechamiento del tiempo libre y la Educación Física y se crea el Sistema Nacional del Deporte”, entre otros objetivos generales estableció los siguientes: “(…) el patrocinio, el fomento, la masificación, la divulgación, la planificación, la coordinación, la ejecución y el asesoramiento de la práctica del deporte, la recreación y el aprovechamiento del tiempo libre (…)”.

 

Que el Artículo 3º ibídem, establece que el Estado, para garantizar el acceso del individuo y de la comunidad al conocimiento y práctica del deporte, la recreación y el aprovechamiento del tiempo libre, tendrá en cuenta entre otros objetivos, el de “(…) 6. Promover y planificar el deporte competitivo y de alto rendimiento, en coordinación con las Federaciones deportivas y otras autoridades competentes, velando por el desarrollo, de acuerdo con los principios del movimiento olímpico (…)”.

 

Que el artículo 16 de la misma Ley, determina las formas como se desarrolla el Deporte, entre otras, se encuentran las siguientes: deporte formativo, entendido como “(…) aquel que tiene como finalidad contribuir al desarrollo integral del individuo. Comprende los procesos de iniciación, fundamentación y perfeccionamiento deportivos. Tiene lugar tanto en los programas del sector educativo formal y no formal, como en los programas desescolarizados de las Escuelas de Formación Deportiva y semejante (…)”; deporte competitivo “(…) es el conjunto de certámenes, eventos y torneos, cuyo objetivo primordial es lograr un nivel técnico calificado. Su manejo corresponde a los organismos que conforman la estructura del deporte asociado (…)”; deporte de alto rendimiento “(…) es la práctica deportiva de organización y nivel superiores. Comprende procesos integrales orientados hacia el perfeccionamiento de las cualidades y condiciones físico-técnicas de deportistas, mediante el aprovechamiento de adelantos tecnológicos y científicos (…)”. Dichas formas son objeto de fomento y promoción de la Subdirección Técnica de Recreación y Deporte del IDRD.

 

Que el Artículo 44 ibídem, prevé que Coldeportes, hoy Ministerio del Deporte, “(…) en coordinación con los entes deportivos departamentales y municipales, en su caso, adoptarán las medidas necesarias para facilitar la preparación técnica, la incorporación al programa educativo y la plena integración social y profesional de los deportistas de alto rendimiento durante su carrera deportiva y al final de la misma(…)”, a pesar de ser una cita textual de la norma, en la actualidad es importante visibilizar también la representatividad de las mujeres.

 

Que el Decreto Ley 1228 de 1995, “(…)Por el cual se revisa la legislación deportiva vigente y la estructura de los organismos del sector asociado con el objeto de adecuarlas al contenido de la Ley 181 de 1.995 (…)”, establece en su título I “(…) Los organismos deportivos del sector asociado(…)”, en el artículo 1º determina que son: “(…)Organismos deportivos: Los clubes deportivos, los clubes promotores, los clubes con deportistas profesionales, las asociaciones deportivas departamentales o del distrito capital y las ligas y federaciones deportivas a que se refiere este Decreto, son organismos deportivos sujetos a la inspección, vigilancia y control del Estado, e integrantes del Sistema Nacional del Deporte. Sus planes y programas hacen parte del Plan Nacional del Deporte, la Recreación y la Educación Física en los términos de la Ley 181 de 1995 (…)”.

 

Que la Ley 845 del 21 de octubre de 2003, “(…) Por la cual se dictan normas de prevención y lucha contra el dopaje, se modifica la Ley 49 de 1993 y se dictan otras disposiciones”, tiene la finalidad de “(…) defender los derechos constitucionales de la salud y de la práctica deportiva, así como la promoción de los principios del juego limpio y la ética deportiva (…)”.

 

Que el artículo 18 de la Ley estatutaria 1618 de 2013 “(…)Por medio de la cual se establecen las disposiciones para garantizar el pleno ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad(…)”, establece que “(…)el Estado garantizará el derecho a la participación en la vida cultural, las actividades recreativas, el esparcimiento y el deporte de las personas con discapacidad(…)”, e indica que “(…) Para garantizar el ejercicio efectivo del derecho a la recreación y el deporte, el Ministerio de Cultura, Ministerio de Educación y Coldeportes junto con los actores del Sistema Nacional del Deporte (Comité Paralímpico y Olímpico Colombiano, federaciones, ligas paralímpicas, organizaciones de y para personas con discapacidad, los Entes territoriales del deporte y la recreación), formularán e implementarán programas inclusivos y equitativos para las personas con discapacidad y los lineamientos para la práctica de educación física, recreación, actividad física y deporte para la población con discapacidad(…)”.

 

Que en el mismo sentido, el citado artículo identifica las medidas a tomar por las Entidades del Sistema Nacional del Deporte para su promoción y desarrollo, específicamente en el numeral 1º establece: “(…)Fortalecer el deporte de las personas con discapacidad, incluyendo el deporte Paralímpico, garantizando Áreas de entrenamiento, juzgamiento, apoyo médico y terapéutico, así como la clasificación funcional por parte de los actores del Sistema Nacional del Deporte(…)”, y sobre el tema de incentivos en el numeral 9º señala “(…)Los incentivos a los deportistas con discapacidad han de ser los mismos que para los deportistas convencionales a nivel municipal, departamental y nacional. Esto implica un programa de deportista apoyado, incentivo a medallistas nacionales e internacionales y apoyo a las futuras glorias del deporte de personas con discapacidad (…)”, a pesar de ser una cita textual de la norma, en la actualidad es importante visibilizar también la representatividad de las mujeres.

 

Que el Decreto 1085 del 26 de Mayo de 2015, “(…) Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo del Deporte(…)”, modificado por el Decreto 1960 de 2015, frente a la “(…)Responsabilidad en la Lucha Antidopaje de que trata el título 1° de la parte 12 del libro 2° del Decreto 1085 de 2015(…)” y adicionado por el Decreto 642 del 18 de Abril de 2016, “(…)en lo que hace referencia al Día Internacional del Deporte para el Desarrollo y la Paz y el Día Mundial de la Actividad Física(…)”, señala las normas sobre la organización deportiva del país.

 

Que la Ley 1946 de 2019, reglamentada por el Decreto 520 de 2021 “(…) Por medio del cual se modifica la Ley 582 de 2000 y se dictan otras disposiciones (…)”, ley tiene por objeto: “reestructurar el Sistema Paralímpico Colombiano, armonizándolo con las normas internacionales vigente (…)”.

 

Que el artículo 2º de la citada norma, señala que: “(…)el deporte asociado de personas con y/o en situación de discapacidad se refiere al desarrollo de un conjunto de actividades que tienen como finalidad contribuir a la inclusión de las personas con y/o en situación de discapacidad por medio del deporte ejecutadas por entidades de carácter privado, organizadas jerárquicamente con el fin de promover y desarrollar programas y actividades de naturaleza deportiva para las personas con y/o en situación de discapacidad, con fines competitivos, educativos, terapéuticos o recreativos(…)”.

 

Que el artículo 8° de la Ley 582 de junio 8 de 2000 “(…) Por medio de la cual se define el deporte asociado de personas con limitaciones físicas, mentales o sensoriales, se reforma la Ley 181 de 1995 y el Decreto 1228 de 1995, y se dictan otras disposiciones (…)”, establece, “(…) Créanse los Juegos Paralímpicos Nacionales, con un ciclo de cuatro (4) años. Se realizarán inmediatamente después y en la misma sede de los Juegos Deportivos Nacionales, con la misma estructura y logística empleada en los Juegos Deportivos Nacionales (…)”.

 

Que el artículo 27 de Ley 1679 de 2013 Modificado por el art. 1, del Decreto 1228 de 1995, “(…) Por el cual se revisa la legislación deportiva vigente y la estructura de los organismos del sector asociado con objeto de adecuarlas al contenido de la Ley 181 de 1995 (…)”, determina. – “(…) Juegos Deportivos Nacionales Constituyen el máximo evento deportivo del país y se realizarán en categoría abierta cada cuatro (4) años, como iniciación del ciclo selectivo y de preparación de los deportistas que representarán al país en competiciones o eventos deportivos internacionales. A la solicitud de sedes y organización de eventos o competiciones de carácter nacional y departamental se aplicará, en lo pertinente, el reglamento expedido por Coldeportes (…)”.

 

Que el Concejo de Bogotá D. C., expidió el Acuerdo Distrital No. 17 de 1996 “(…) Por el cual se Incorpora la Junta Administradora Seccional de Deportes de Bogotá al Distrito Capital (…)”, el cual consagra: “(…) Artículo 1º, Incorpórese la Junta Administradora Seccional de Deportes de Bogotá al Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte - I.D.R.D.-, de conformidad con lo preceptuado en el Artículo 68 de Ley 181 de 1995 (…)”.

 

Que mediante la Resolución No. 2 de 2012,expedida por la Junta Directiva del IDRD, se modificó el artículo 3° de la Resolución No. 05 de 1997, y en su lugar estableció como misión del Instituto: “(…) El Instituto Distrital de Recreación y Deporte promueve el ejercicio y goce pleno del derecho al deporte, la recreación, la actividad física, el aprovechamiento del tiempo libre y el buen uso de parques y escenarios para los habitantes de Bogotá con el fin de contribuir a la formación de mejores ciudadanos y ciudadanas, enseñar los valores de la sana competencia y mejorar la calidad de vida en armonía con los ecosistemas, la defensa de lo público y el medio ambiente que hagan de Bogotá una ciudad más participativa, activa e incluyente(…)”.

 

Que conforme a lo dispuesto en el Decreto Distrital 483 del 2018, “(…) Por el cual se modifica el Decreto Distrital 229 de 2015, ‘Por medio del cual se adopta la política pública de deporte, recreación, actividad física, parques y escenarios para Bogotá’, y se dictan otras disposiciones(…)”, el objetivo principal de la Política Pública de Deporte, Recreación, Actividad Física, Parques, Escenarios y Equipamientos Recreativos y Deportivos para Bogotá - DRAFE, es garantizar el goce efectivo de los derechos al Deporte, Recreación, Actividad Física, Parques, Escenarios y Equipamientos Recreativos y Deportivos, contribuyendo al desarrollo humano y al mejoramiento continuo de la calidad de vida de los habitantes del Distrito Capital.

 

Que desde el Departamento Administrativo del Deporte, la Recreación, la Actividad Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre - Coldeportes, hoy Ministerio del Deporte, se estructuró la “(…) Política pública Nacional para el Desarrollo del Deporte la Recreación, la Actividad Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre hacia un territorio de paz, 2018- 2028(…)”, que concibe el deporte como “(…) un elemento de transformación social, satisfacción personal de los individuos, esencialmente en la conexión con el bienestar en general y desarrollo integral”, por lo que “Para el Sector Deporte, la Política Pública unifica la acción del Estado en todos sus niveles: nacional, departamental y local (…)”.

 

Que dentro de los programas del Plan Distrital de Desarrollo señalados en el artículo 15 del Acuerdo 761 del 2020 "(…) Por medio del cual se adopta el Plan de Desarrollo Económico, social, ambiental y de obras públicas del Distrito Capital 2020-2024 "(…) Un Nuevo Contrato Social y Ambiental para la Bogotá del Siglo XXI (…)". Se contempla el programa No.20 "Bogotá referente en cultura, deporte, recreación y actividad física, con parques para el desarrollo y la salud”, cuyo objetivo es entre otros, el de: “(…) formar integralmente a niños, niñas, adolescentes y jóvenes escolares de Instituciones Educativas del Distrito a través de la oferta de alternativas de deporte y actividad física, que a su vez permita identificar talentos deportivos que nutran la base deportiva de la ciudad a través de la oferta del IDRD y con las organizaciones deportivas(…)”.

 

Que mediante el proyecto de inversión 7850 “(…) Implementación de una estrategia para el desarrollo deportivo y competitivo de Bogotá. D.C. Establece como parte de los procesos deportivos, la etapa de Talento y Reserva, buscando el relevo generacional en cada deporte, del sector convencional y paralímpico y para ello es necesario aumentar la cantidad de competencias a nivel local.

 

Que de acuerdo con la resolución No. 777 de 2021 “(…) Por medio de la cual se actualiza la estructura y se reglamentan los Programas de Iniciación, Talento y Reserva y Rendimiento Deportivo, y se deroga la resolución No 406 de 2013 (…)” dispone el apoyo a los deportistas y entrenadores del registro de Bogotá, para su participación en los diferentes eventos de orden nacional e internacional.

 

Los deportes y paradeportes que representaran a Bogotá en los “(…) XXII Juegos Deportivos Nacionales y VI Juegos Deportivos Paranacionales Eje Cafetero 2023” obedecen a la participación y clasificación en los eventos prejuegos establecidos por las federaciones deportivas en cumplimiento de los lineamientos establecidos. De igual forma las ligas deportivas u órganos con la gobernanza a nivel distrital emitieron las resoluciones de los deportistas, entrenadores y delegados por deporte para su conformación del equipo Bogotá a participar en las justas deportivas.

 

Que, en mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO PRIMERO. – Promulgar la delegación que por Bogotá D.C. participará en los “XXII Juegos Deportivos Nacionales y VI Juegos Deportivos Paranacionales Eje Cafetero 2023”:

 

OFICIALES DIRECTIVOS IDRD

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

  

 

 

 



 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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ARTÍCULO SEGUNDO. - Los acreditados de la delegación que participarán por Bogotá D.C. en los XXII Juegos Deportivos Nacionales y VI Juegos Deportivos Paranacionales - Eje Cafetero 2023, como oficiales de la delegación tendrán entre otras las siguientes funciones:

 

1. PRESIDENTE DELEGACIÓN: Es la máxima autoridad de la delegación de Bogotá, quien dará las orientaciones y disposiciones para la debida representación del Distrito Capital, en todas las áreas.

 

2. JEFE DE MISIÓN:

 

- Dirigir, coordinar y controlar el funcionamiento técnico, administrativo y financiero de la delegación Bogotana.

 

- Llevar la dirección y coordinación general de todos los estamentos, grupos, oficiales o colaboradores que conforman la denominada Misión Bogotá.

 

- Organizar y dirigir la oficina permanente de la Delegación Bogotana.

 

- Impartir las órdenes que sean necesarias para el buen desarrollo de la función encomendada, como autoridad máxima de la Misión.

 

- Representar a la Delegación en los actos oficiales convocados por el Comité Organizador y el Ministerio del deporte.

 

- Ser el vocero de la Delegación en los actos públicos y privados y, en especial, ante la prensa acreditada.

 

- Asignar las funciones al personal administrativo auxiliar, al igual que a los voluntarios o attachés.

 

- Mantener informados a los delegados de los asuntos de carácter general.

 

- Velar por el estricto cumplimiento del reglamento de competencia y de las órdenes dadas.

 

- Informar de forma directa a las Ligas deportivas, sobre los diferentes aspectos relacionados con el desplazamiento de la delegación: fechas de salida y regreso, uso de uniformes, insignias, gastos de viaje acordados, y todas las actividades deportivas y culturales que se desarrollen en el marco de los juegos.

 

- Recibir y tramitar las solicitudes y permisos dentro de la Delegación.

 

- Establecer durante los Juegos un Concejo Técnico-Administrativo de carácter permanente, en los cuales los delegados informan de los resultados deportivos alcanzados y de los problemas presentados en la Misión.

 

- Asignar las funciones que sean necesarias y que no estén indicadas en la presente Resolución, a los demás miembros de la Misión y las demás que le asigne el Director general del IDRD.

 

- Rendir el informe correspondiente al finalizar la gestión en los Juegos Deportivos Nacionales 2023.

 

- Reglamentar la entrega de los viáticos.

 

- Atender los gastos menores que autorice el IDRD.

 

3. SUB JEFE DE MISIÓN:

 

Apoyo al Jefe de Misión, principalmente para cumplir las funciones establecidas para el jefe de misión en las subsedes.

 

4. DELEGADOS DE DEPORTE:

 

- Informar sobre los eventos en los cuales se disputan medallas diariamente.

 

- Programar diariamente las actividades a realizar y hacer un informe sobre las ejecutadas.

 

- Asistir puntualmente a las reuniones de delegados, de acuerdo con el horario estipulado por la Misión.

 

- Rendir al Jefe de Misión de la delegación, una vez termine la participación de sus atletas y antes de abandonar el hotel, un informe detallado, técnico y administrativo del desempeño del equipo a su cargo.

 

- Vigilar que los deportistas lleguen puntualmente a las competencias programadas, así como al sitio de alojamiento y a los comedores.

 

- Estar pendiente de los posibles cambios en los horarios de programación deportiva e informarlos al Cuerpo Técnico y a la Misión.

 

- Acomodarse a los horarios del Cuerpo Técnico, y no lo contrario.

 

- Identificar los servicios médicos dentro de los escenarios deportivos, en el hotel y en la ciudad.

 

- Asegurarse que los atletas tengan los documentos de asistencia médica EPS, MEDICINA PREPAGADA o SISBEN.

 

- Lograr que el deportista que lo requiera reciba el servicio médico oportuno y adecuado.

 

- Estudiar y tener claro el procedimiento para hacer efectiva la póliza de accidentes o asistencia de viaje que establezca el IDRD para la delegación.

 

- Conocer y socializar los reglamentos internacionales.

 

- Conocer y socializar los reglamentos de competición.

 

- Conocer y socializar las normas internas de la delegación.

 

- Presentar las demandas que fueren necesarias, ante la autoridad pertinente y en los términos establecidos, previa información con el Cuerpo Técnico y en coordinación con la Misión.

 

- Estar pendiente para informar y coordinar, del horario de las premiaciones y del uso adecuado del uniforme de los atletas, en dicha ceremonia.

 

- Verificar que todos los deportistas tengan todos los documentos en regla, especialmente las acreditaciones otorgadas por la organización de los Juegos.

 

- Supervisar el proceso de elaboración.

 

- Vigilar para que el atleta la utilice siempre.

 

- Velar por su buen uso.

 

- Asegurar la llegada de la Delegación a tiempo al aeropuerto.

 

- Estar atento para que toda la delegación porte los documentos requeridos y en regla.

 

- Velar por el porte de los equipajes.

 

- Liderar los trámites de exceso de equipaje y manejo de implementación deportiva.

 

- Hacer, a la llegada, una relación del material de viaje.

 

- Supervisar el adecuado manejo de los equipajes.

 

- Conocer las inquietudes y observaciones del Cuerpo Técnico de su deporte.

 

- Constatar que los integrantes de su delegación cumplan con las normas de disciplina establecidas.

 

- Informar al Jefe de Disciplina de cualquier falta cometida por deportistas y personal a su cargo.

 

- Permanecer con los deportistas durante todo el tiempo que duren los Juegos, desde la partida hasta el regreso a la ciudad de origen.

 

5. ENTRENADORES:

 

- Planificar las actividades diarias que deben desarrollar sus atletas en las fases de aproximación y competición de acuerdo con el programa establecido por la organización de los Juegos para cada deporte.

 

- Rendir informes sobre las competencias y sus resultados.

 

- Procurar por medios a su alcance, que los competidores tengan las condiciones técnicas necesarias para su optima participación (Escenarios, Implementación, Uniformes de presentación y competencia, alojamiento, alimentación, hidratación y ayudas orogénicas, entre otros)

 

- Coordinar el equipo técnico a su cargo y mantener una permanente comunicación con su delegado, metodólogo y profesionales de las ciencias del deporte asignados.

 

- Orientar a los competidores, con el apoyo de la Dirección Médica, sobre el régimen alimenticio que deban observar durante el desarrollo de las competencias.

 

- Velar porque se preste atención médica y de las demás ciencias del deporte de manera adecuada a sus atletas dirigidos.

 

- Informar al delegado de su deporte, en forma inmediata, sobre cualquier anomalía o falta en que incurran sus atletas. Ejercer su autoridad con buena disposición y voluntad, sin menoscabar los sentimientos de amistad y compañerismo. Informar al Delegado de su deporte sobre las faltas técnicas.

 

- Informar al Jefe de Misión, cualquier irregularidad en el funcionamiento de los comedores, en cuanto ello pueda significar un deterioro o descontrol nutritivo para los deportistas.

 

- Rendir informe escrito y detallado del desempeño técnico de la Delegación.

 

6. JEFE DE PRENSA:

 

- Atender las solicitudes de divulgación que el Jefe de Misión le asigne.

 

- Preparar comunicaciones, circulares, boletines, mensajes para las redes sociales y demás documentos que sean necesarios y que tengan que ver con la participación de la delegación Bogotana y que el Jefe de Misión requiera y/o autorice.

 

- Organizar ruedas de prensa, reuniones, lanzamientos y demás, que el Jefe de Misión requiera.

 

- Asistir a las diferentes ruedas de prensa programadas por la Organización de los Juegos.

 

- Mantener contacto permanente con los diferentes medios de comunicación de prensa, radio, televisión, revistas, Internet, agencias informativas nacionales e internacionales etc., para una mayor cobertura de información deportiva de la participación de la delegación Bogotana.

 

7. COORDINADOR MÉDICO:

 

- Velar porque los deportistas de la delegación estén en óptimas condiciones de salud, durante el proceso de preparación y participación en los Juegos.

 

- Acompañar y vigilar que los deportistas de la delegación acudan a los controles al dopaje.

 

- Coordinar el acompañamiento diario a entrenamientos y competiciones de los diferentes profesionales de las ciencias del deporte.

 

- Orientar a los atletas en la correcta alimentación e hidratación durante el viaje y la estancia en el evento.

 

- Coordinar el manejo de posibles lesiones deportivas y su tratamiento durante y después de finalizar los Juegos Nacionales y Paranacionales Efe Cafetero 2023.

 

- Coordinar las acciones de salud y el cubrimiento e intervención de los profesionales del área de Fisioterapia, Psicología, Nutrición, Ortopedia, Fisiología, y demás que se requieran en el acompañamiento y monitoreo a la preparación y participación.

 

- Asesorar a los delegados y técnicos para que no incurran en suministrar medicamentos y ayudas orogénicas que no cumplan los requisitos exigidos. ¿ Rendir el informe correspondiente al finalizar el evento.

 

8. ATLETAS:

 

- Respetar y obedecerlas órdenes que emanen de la directiva de la delegación, especialmente en relación con el comportamiento social, la conservación de la buena condición física, la presentación personal y el cumplimiento de las prescripciones médicas o las indicaciones nutricionales.

 

- Presentarse a los compromisos oportunamente, con el uniforme adecuado, los implementos deportivos necesarios y en buen estado de aseo y pulcritud.

 

- Acatar con respeto las decisiones de los jueces y árbitros de los encuentros.

 

- Hacer las reclamaciones a través del conducto regular: capitán de equipo, entrenador o delegado; por ningún motivo, en forma personal.

 

- Cumplir con los horarios e indicaciones que diseñe su entrenador antes, durante y después de la competición.

 

- Asistir como participante o espectador, a los encuentros competitivos de los diferentes deportes, dentro de las posibilidades, para evitar un menoscabo de su rendimiento deportivo.

 

9. METODÓLOGOS:

 

- Responder por todos los aspectos técnico-deportivos que involucren la participación de su nivel deportiva o deportes asignados.

 

- Responsable del trabajo técnico y científico, en el proceso de preparación de los atletas, en la planificación, control y evaluación en el desarrollo del evento, con el entrenador y el equipo multidisciplinario.

 

- Reportar diariamente los resultados de los deportes asignados y preparar el informe técnico diario.

 

- Ser el enlace entre el atleta, entrenador, delegado y parte administrativa y operativa de la misión en los deportes asignados.

 

- Presentar el informe final por deporte de la preparación y participación en los XXII Juegos Deportivos Nacionales y VI Juegos Deportivos Paranacionales Eje Cafetero 2023.

 

10. SECRETARÍA TÉCNICA:

 

- Grupo operativo encargado de verificar el desarrollo y cumplimiento de las programaciones deportivas establecidas para cada campeonato.

 

- Compilar los resultados, la elaboración de boletines diarios para mantener informada a la delegación.

 

- Establecer un esquema de seguimiento diario al pronóstico de resultado y los análisis técnicos pertinentes.

 

- Consolidar con el equipo metodológico la elaboración del informe técnico general sobre la participación de la delegación de Bogotá D.C. en los Juegos, incluyendo los análisis.

 

11. TRANSPORTE:

 

- Verificar el horario de los itinerarios de vuelos de salida de los deportistas del IDRD – Aeropuerto – Hotel Sede.

 

- Coordinar el transporte, rutas y tiempos de desplazamiento de los deportistas de hotel sede al escenario de entrenamiento y competencia.

 

- Coordinar el transporte, rutas y tiempos de desplazamiento de escenario (terminación de competencia) – Hotel sede.

 

- Mantener listado telefónico actualizado de los conductores y del equipo operativo.

 

- Verificar las condiciones higiénicas y de seguridad del bus para la prestación del servicio de transporte para los deportistas (revisar que la documentación se encuentre en regla).

 

- Rotular el bus y/o transporte asignado.

 

- Coordinar el transporte para traslado de elementos deportivos (botes, bicicletas o elementos sobredimensionados).

 

- Coordinar con equipo de comunicaciones: videos en automotores u otras necesidades de transporte.

 

- Validar y coordinar con el encargado de alimentación y hospedaje de los (conductores).

 

- Coordinar transporte de entrega de ayudas ergogénicas con personal de nutrición y/o alimentación.

 

- Mantener actualizado el itinerario de disponibilidad de los vehículos.

 

- Coordinar la respuesta de servicios especiales de transporte ante eventualidades

 

- Coordinar con el entrenador y/o delegado la asignación de sillas en los vuelos – verificar estatus de vuelo de deportistas por su condición (Atletas en condición de discapacidad).

 

- Verificar con el responsable de aeropuerto el ingreso de sobre-equipajes para delegaciones de paralímpico y/o convencionales que lo requiera.

 

- Coordinar la movilidad del equipo médico, técnico y directivo.

 

- Coordinar con el encargado de transportes de la organización los vehículos asignados a nuestra delegación.

 

12. COMISIÓN MÉDICA – NUTRICIÓN – FISIOTERAPIA:

 

- Copia de Póliza, verificación del cubrimiento de la misma.

 

- Coordinar con el personal de alojamiento el sitio de atención donde se realice la verificación de condiciones para garantizar la prestación del servicio de atención de los deportistas y asistentes tanto en el Hotel como en los escenarios deportivos.

 

- Coordinar la disponibilidad de horarios y de personal para la atención médica de los deportistas y asistentes que hagan parte de la misión de JJNN de la delegación de Bogotá.

 

- Datos de centros de atención y nivel de complejidad, directorio de centros de emergencia, ambulancia.

 

- Verificación de staff de medicamentos para atención en sede del Hotel y de equipo médico de atención en competencia. 


- Definir responsabilidad del personal de atención médica en hotel sede – competencia. 


- Coordinar con equipo de rehabilitación física la atención de acuerdo a las condiciones de salud identificadas. 


- Asistir a reuniones técnicas para socializar informes de atención y actividades de prevención y promoción. 


- Elaborar recomendaciones que permitan promover condiciones adecuadas de salud para los deportistas antes, durante y después de competencia.


- El personal de nutrición asignado por sede deberá definir la minuta de los deportistas coordinando con la comisión de alimentación, verificando gramajes y porciones por deportista. 


- El personal de nutrición asignado por sede verificar la cantidad de recepción y entrega de ayudas ergogénicas para suministro a los deportistas. 


- El personal de Fisioterapia, definirá el protocolo de proceso de preparación, rehabilitación y mantenimiento de las condiciones físicas de los deportistas, para ello es el responsable de contar con los elementos técnicos requeridos para el proceso de recuperación de los mismos (hielo, vendas, balones, entre otros que se requieran). 


- El personal de Fisioterapia realizará recomendaciones generales para los procesos de recuperación de los deportistas. 


13. COMISIÓN DE SEGURIDAD: 


- Coordinar con el personal de alojamiento (hotel y designado IDRD), para turnos de vigilancia y control de salidas de los deportistas en horarios fuera de competencia y salidas nocturnas. 


- Coordinar horarios y control con personal de seguridad del hotel sede – el uso de zonas húmedas (playa, piscina), zonas de entretenimiento entre otros. 


- Mantener el directorio de personal de seguridad (policía de zona) 


- Coordinar con el personal de alojamiento visitas a las habitaciones para control y vigilancia. 


- Coordinar con el entrenador y/o delegado recomendaciones de preservación de elementos de valor de los deportistas para su custodia y/o responsabilidad sobre los bienes. 


14. COMISIÓN DE ALIMENTACIÓN: 


- Verificación de las condiciones físicas del espacio en ventilación, iluminación, mobiliario (sillas, mesas), de acuerdo con el número de usuarios según cronograma establecido (Desayuno, Almuerzo y Comida). 


- Verificación del protocolo de distribución de alimentos y definir según las cantidades diarias (Definir tipo buffet, o servicio a la mesa). 


- Verificación del número personal disponible responsable para distribución de los alimentos en los tiempos establecidos. 


- Coordinar horarios con las delegaciones para distribución de los alimentos. 


- Coordinar control de entrega de los alimentos de acuerdo con la jornada Mañana, Tarde, Noche; según cronograma de competencias. 


- Coordinar con el jefe del restaurante la preparación de los alimentos según minuta establecida por el equipo de nutrición. 


- Coordinar las zonas y/o puntos de hidratación. 


- Coordinar zonas de snacks en hotel sede. 


- Coordinar entregas por delegación de refrigerios en Hotel. 


- Coordinar entrega por delegación de refrigerios en escenario. 


- Verificación del proceso de manipulación en la distribución de alimentos. 


- Definir formato de control de alimentación previa para reuniones técnicas de verificación de cantidades y disponibilidades de entrega. 


- Disponibilidad de almuerzo y refrigerio para personal operativo (logístico, conductores, voluntarios). · Coordinar la disponibilidad de hielo. 


- Coordinar con el restaurante que los alimentos para proveer en los escenarios no tengan contenido líquido como sopas y proteína difícil de cortar.


- Coordinar con el personal de apoyo social actividades de motivación durante el consumo de alimentos. 


- Verificar la entrega de alimentos adicionales para personal externo de apoyo. · Llevar control de entrega de alimentos diaria. 


15. COMISIÓN DE ALOJAMIENTO:


- Organizar el pre-registro de los deportistas y equipo humano del IDRD para el proceso de acomodación. 


- Verificar y definir horarios para tomar los alimentos en el hotel por delegaciones. 


- Ser el enlace para coordinar transporte para entrada y salida de delegaciones de los deportistas. · Llevar el control de las salidas por itinerario de vuelo. 


- Verificar la asignación de un espacio físico en el hotel para recepción de equipajes (cuando se tiene ingresos con más de 50 deportistas). 


- Garantizar que en las habitaciones no se tengan servicios de adicionales minibar - llamadas - room service, siendo coordinado con el entrenador responsable de la delegación. 


- Coordinar con el personal de transporte el cronograma de competencias - ingreso y salidas de personal para horarios de alimentación - cantidades (D-A-C) y de Refrigerios. · Coordinar y verificar los puntos disponibles de hidratación. 


- Coordinar con el equipo de entrenadores el control de toallas en las habitaciones para evitar pérdidas. 


- Verificar con el equipo de entrenadores Acomodación para menores de edad 


- Identificación de solicitudes especiales (camas, ventiladores, solicitudes particulares). 


- Coordinar visitas de los familiares – lobby. 


- Verificar la disponibilidad de Zona de WIFI.


- Verificar la disponibilidad de Zona para cargar los celulares.


- Verificar la disponibilidad de las neveras en las habitaciones (evitar el uso de candados).


- Coordinar con el personal del Hotel zonas y su respectiva demarcación de: equipo de prensa, habilitación de salón para reuniones técnicas (disponibilidad de sillas, equipo de computador, video beam, extensión, tablero, marcadores), punto de atención médica, nutrición, fisioterapia, zona confort, verificación de zona de parqueo, y definición de sitio de limpieza de elementos deportivos. 


- Coordinar visitas de control a las habitaciones con el personal del Hotel. 


- Verificar el bloqueo de canales TV. 


- Coordinar con el equipo de prensa la ubicación de un televisor informativo en cada sede. 


- Coordinar con los entrenadores la tenencia de la llave de las habitaciones de auditivos. 


- Coordinar con los entrenadores la ubicación de los deportistas por tipo de discapacidad. 


- Verificar la ventilación de las habitaciones para población discapacidad física. 


- Definir formato para legalizar el consumo de alimentos y/o acomodación por noche. 


16. COMISIÓN DE APOYO ADMINISTRATIVO – APOYO PROTOCOLO: 


- Organizar los avisos, letreros, carteleras que se requieran para visibilizar de aspectos como zona de asistencia médica, zona de alimentación, zona de confort entre otras que requieran demarcación.



- Coordinar con el equipo de bienestar actividades culturales y/o de bienestar para los deportistas (reconocimiento), para desarrollo de estas en el hotel sede (habladores, material, transporte, alimentación de invitados). 


- Tramitar con el equipo del Ministerio del Deporte los certificados de permanencia del personal del IDRD que así lo requieran. 


- Realizar y llevar el control de las planillas para la entrega de uniformes, camisetas y demás implementación. 


- Apoyo en la entregar los uniformes, camisetas y demás de acuerdo con el coordinador de sede. · Apoyo en la revisión y trámite de check-in con los entrenadores por cada delegación. 


- Confirmar listas de directivas asistentes. 


- Llevar copia de himnos requeridos. 


- Apoyo en el diligenciamiento de encuestas. 


- Presentar informe detallado de las actividades realizadas. 


- Coordinar la compra de elementos de decoración con el personal de bienestar (material definido por comisión de bienestar). 


- Verificación y control de zona de bodegaje y almacenamiento de elementos deportivos e implementación. 


- Coordinar el apoyo de intérpretes en hotel, en escenarios. 


17. COMISIÓN DE BIENESTAR: 


- Coordinar junto con el personal administrativo las actividades a desarrollar para recibimiento de los deportistas medallistas en el hotel. 


- Coordinar el diseño de una guía del deportista con aspectos básicos de convivencia y recomendaciones. 


- Coordinar actividades de bienestar para los deportistas (juegos de mesa, actividades en hoteles para recibimiento de medallistas, concurso de fotos, promover el uso de redes sociales en tema del desarrollo de los juegos, entrega de recordatorios, elementos de bienvenida en camas de hotel, mensajes de la familia, mensajes de motivación, recibimiento a los deportistas novatos, decoración en el hotel, recepción en habitación con el nombre). 


- Apoyar la elaboración con la comisión de seguridad de las recomendaciones en el hotel en temas de seguridad (balcones) o zonas de riesgo.


- Coordinar con la comisión de alimentación actividades para promover el reconocimiento de los deportistas (brindis, cena especial entre otros). 


- Coordinar con universidades el apoyo de equipo de voluntarios. 


- Promover junto con la comisión de alojamiento la acomodación de menores de edad. 


- Coordinar actividades de motivación en escenarios deportivas (uso de instrumentos de percusión). · Coordinar actividades con voluntarios para el proceso de acompañamiento en los diferentes espacios de interacción de los deportistas. 


18. COMISIÓN DE COMUNICACIONES – PRENSA 


- Coordinar con la comisión técnica la elaboración y producción de videos institucionales (transporte - hoteles). · Promover el uso del jingle 


- Juegos para Bogotá en el transporte, hotel y en escenarios. 


- Coordinar la publicidad y visibilización de pendones (Hotel: restaurantes, zonas comunes). 


- Coordinar con la comisión técnica la elaboración de boletines, programaciones, cronograma acompañamiento de competencias.

 

ARTÍCULO TERCERO. – De acuerdo con las necesidades del servicio, el Jefe de Misión o en su defecto el Coordinador de la misma, establecerá los grupos de trabajo requeridos para la participación en los XXII Juegos Deportivos Nacionales y VI Juegos Deportivos Paranacionales - Eje Cafetero 2023, de la delegación de Bogotá D.C.

 

ARTÍCULO CUARTO. – Los acreditados de la delegación que participarán por Bogotá D.C. en los XXII Juegos Deportivos Nacionales y VI Juegos Deportivos Paranacionales Eje Cafetero 2023, se encuentran afiliados actualmente al régimen de salud.

 

ARTÍCULO QUINTO. – La presente Resolución rige a partir de la fecha de su comunicación.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá D.C., a los 06 días del mes de octubre del año 2023.

 

BLANCA INÉS DURAN HERNANDEZ

 

Directora General

 

Nota: Ver norma original en Anexos.