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Decreto Local 001 de 2024 Alcaldía Local de San Cristóbal

Fecha de Expedición:
09/01/2024
Fecha de Entrada en Vigencia:
18/04/2024
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7989 del 18 de abril de 2024.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 001 DE 2024

 

(Enero 09)

 

Por medio del cual se convoca a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de San Cristóbal

 

El ALCALDE LOCAL DE SAN CRISTÓBAL

 

En uso de las facultades constitucionales, legales y en especial las que le confieren los artículos 71 y 75 del Decreto Ley 1421 de 1993, el artículo 43 del Acuerdo Local 080 de 2017 y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el inciso segundo del artículo 71 del Decreto 1421 de 1993 dispone que los Ediles se reunirán extraordinariamente por convocatoria que les haga el respectivo Alcalde local debiendo sesionar por el término que señale la misma y únicamente se ocupara de los asuntos que este someta su consideración.

 

Que se hace necesario actualizar y unificar en un solo Acuerdo Local las normas establecidas como reglamento interno de la Junta Administradora Local de San Cristóbal, así como realizar la elección del delegado o delegada ante el Consejo Territorial de Planeación Distrital CTPD, en el marco del Acuerdo Distrital 878 de 2023.

 

En mérito de lo anteriormente expuesto el Alcalde local de San Cristóbal.

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO PRIMERO: Convocar a sesiones extraordinarias a partir del 10 de enero y hasta el 30 de enero de 2024 con el fin de que la Junta Administradora Local de San Cristóbal actualice y unifique en un solo Acuerdo Local las normas establecidas como reglamento interno de la Junta Administradora Local de San Cristóbal, y realicen la elección del delegado o delegada ante el Consejo Territorial de Planeación Distrital CTPD, en el marco del Acuerdo Distrital 878 de 2023.

 

ARTÍCULO SEGUNDO: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

 

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 09 días del mes de enero del año 2024.

 

JUAN CARLOS TRIANA RUBIANO

 

Alcalde Local de San Cristobal

 

Nota: Ver norma original en Anexos.