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Circular 001 de 2024 Secretaría Distrital de Planeación

Fecha de Expedición:
11/01/2024
Fecha de Entrada en Vigencia:
11/01/2024
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

CIRCULAR 001 DE 2024

 

(Enero 11)

 

PARA: SECRETARIAS Y SECRETARIOS DE DESPACHO SECRETARIA PRIVADO Y JEFE DE GABINETE DISTRITAL ALTOS CONSEJEROS DEL DISTRITO             

 

DE: SECRETARÍA DISTRITAL DE PLANEACIÓN (Secretaría Técnica del   Consejo de Política Económica y Social del Distrito CONPES D.C.)

 

ASUNTO: Lineamiento para el ajuste a los planes de acción de las Políticas Públicas Distritales

 

Respetado Equipo Distrital,

 

La presente circular concreta los lineamientos para la solicitud de ajustes a los documentos técnicos de las políticas públicas distritales (los planes de acción y/o los documentos de política), cuando en la fase de implementación se evidencie la necesidad de hacer modificaciones.

 

En el marco de las directrices del Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital CONPES D.C., toda política que hace parte del ecosistema de políticas públicas distritales, tiene como condición la formulación de un documento de política pública y su plan de acción (documentos técnicos), para cualquier mecanismo de adopción, (Documento CONPES D.C. o Decreto Distrital). Para ello, se debe seguir la estructura definida por la Secretaría Distrital de Planeación en su calidad de Secretaría Técnica del CONPES D.C. y los lineamientos establecidos en la guía para la formulación e implementación de políticas públicas del Distrito vigente.

 

Teniendo en cuenta lo anterior, los planes de acción distrital son el instrumento que concreta la formulación de la política pública, clarifica su implementación y establece un marco referencial para el seguimiento y la evaluación. Los documentos de política son los instrumentos que reflejan la formulación de la política pública, a través de la concertación alcanzada entre las entidades responsables y corresponsables de las acciones de la política.

 

No obstante, a lo largo de la implementación de la política pública, el sector líder puede identificar variaciones en las acciones planteadas en el plan de acción, o frente al cumplimiento de lo establecido en la cadena de valor. Estas circunstancias afectan algunas variables del plan de acción, así como la información consignada en los documentos de política.

 

Adicionalmente, algunas variaciones pueden surgir en el momento de cargue del plan de acción de la política al aplicativo de seguimiento como resultado del seguimiento y monitoreo a la política, o con ocasión de los cambios de administración para la armonización con el Plan de Desarrollo Distrital.

 

Podrán presentarse entre otros, los siguientes ajustes:

 

1. Respecto al ajuste de metas para indicadores de resultado o producto, (aclarando la vigencia sobre la que se solicita).

 

2. Eliminación de productos.

 

3. Traslados de productos entre políticas.

 

4. Inclusión de nuevas acciones (nuevos productos o indicadores).

 

5. Cambios de anualización y periodicidad de medición de los productos o indicadores.

 

6. Cambio de fórmula de medición de los productos o indicadores.

 

7. Cambio de redacción del producto esperado o nombre del indicador de producto o resultado, entre otros.

 

La Secretaría Técnica del CONPES determinará si la naturaleza de la modificación solicitada al plan de acción de la política pública se llevará o no a aprobación ante el CONPES D.C.

 

Por lo anterior y con el fin de garantizar la coherencia entre los instrumentos, la presente Circular establece el cronograma de solicitudes de ajustes, el cual deberá ser atendido por el sector líder de la política que pretenda ajustar su plan de acción y/o el documento de política.

 

Las entidades podrán solicitar ajustes a los planes de acción o documento de política dos veces al año, de acuerdo con la rutina del seguimiento de las políticas públicas. Un trámite de ajuste vigente ante la Secretaría Técnica del CONPES D.C. deberá completar sus etapas antes de radicar una nueva solicitud.

 

 

Es importante tener en cuenta las fechas de recepción de ajustes, pues las modificaciones que se aprueben por parte de la Secretaría Técnica del CONPES D.C. serán aplicadas en el seguimiento de la política en el siguiente corte de información. Mientras no haya una aprobación formal las entidades deberán reportar sobre la estructura vigente del plan de acción de cada política.

 

Igualmente, para tramitar los ajustes al plan de acción y/o documento de política la Secretaría Técnica del CONPES D.C. proporcionará un formato en el que se identifiquen las variables objeto del ajuste.

 

En este sentido, cualquier claridad sobre el procedimiento será definida por la Secretaría Distrital de Planeación en su calidad de Secretaría Técnica del CONPES D.C., a través de la Dirección de Formulación y Seguimiento de Políticas Públicas.

 

Les agradezco la atención prestada a la presente Circular y su aplicación.

 

MIGUEL ANDRÉS SILVA MOYANO

 

Despacho Secretaría


Nota: Ver norma original en Anexos.