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Resolución 1258 de 2020 Secretaría Distrital de Gobierno

Fecha de Expedición:
22/12/2020
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 1258 DE 2020

 

(Diciembre 22)

 

Por el cual se modifica el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales para los empleos de la Planta de Personal de la Secretaría Distrital de Gobierno

 

EL SECRETARIO DISTRITAL DE GOBIERNO

 

En ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 9 del artículo 1° del Decreto Distrital 101 de 2004, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 122 de la Constitución Política estipula que “No habrá empleo público que no tenga funciones detalladas en ley o reglamento” y “para proveer los de carácter remunerado se requiere que estén contemplados en la respectiva planta y previstos sus emolumentos en el presupuesto correspondiente (…)”

 

Que el artículo 32 del Decreto Ley 785 de 2005 determina que “la adopción, adición, modificación o actualización del manual especifico se efectuará mediante acto administrativo de la autoridad competente con sujeción a las disposiciones del presente decreto”

 

Que el artículo 2.2.2.6.1 del Decreto 1083 de 2015 establece que los órganos y entidades a los que se refiere el mencionado Decreto expedirán el Manual Especifico de Funciones y Competencias Laborales describiendo las funciones que correspondan a los empleos de la planta de personal y determinarán los requisitos exigidos para su ejercicio.

 

Que el citado artículo señala además que “La adopción, adición, modificación o actualización del manual específico de Funciones y de Competencias Laborales se efectuará mediante resolución interna del jefe del organismo”, previo estudio para su elaboración, actualización, modificación o adición que realice la unidad de personal, o la que haga sus veces, en cada organismo.

 

Que, se adelantó el respectivo estudio técnico donde se evidencia la necesidad de fortalecer el proceso de gestión policiva en el componente de talento humano, como factor esencial dentro de la estrategia para mejorar el servicio de justicia policiva en la ciudad, en el marco del Plan Distrital de Desarrollo 2020- 2024, e identifica la necesidad de un cambio organizacional, relacionado con la modificación del Manual Especifico de Funciones y Competencias para la creación de nuevos empleos de inspectores de policía, profesionales especializados y universitarios, y auxiliares administrativos en la planta permanente de la entidad para responder a la dinámica del nuevo Código de Seguridad y Convivencia que incrementó el volumen de actuaciones en forma progresiva. Adicionalmente el estudio prevé un modelo de gestión con la habilitación de inspectores de atención prioritaria, de un centro automático de despacho, una secretaría común ágil y eficiente, el fortalecimiento de la segunda instancia y un equipo transversal de seguimiento, lo cual se ajusta a la necesidad de la nueva justicia policiva, previniendo la congestión y represamiento de los procesos verbales inmediatos y abreviados, lo cual previene el daño antijurídico en esta importante área de gestión distrital.

 

Que, el numeral 9 del artículo 1º del Decreto 101 de 2004, Modificado por el inciso 2 del artículo 7 del Decreto Distrital 040 de 2012, señala que les corresponde a las secretarias del Despacho: “Expedir y actualizar el manual de funciones y requisitos, el cual será refrendado por el Director del Departamento Administrativo del Servicio Civil en los términos del artículo 7° del Acuerdo Distrital 14 de 1998”.

 

Que, mediante las Resoluciones No. 0160, 549 y 1589 de 2019, 0002 y 0058 de 2020 se han realizado modificaciones al Manual Especifico de Funciones y Competencias Laborales para los empleos de la Planta de Personal de la Secretaría Distrital de Gobierno, adoptado mediante la Resolución No. 0277 del 26 de junio de 2018, con el fin de atender las necesidades de servicio de la entidad y para dar cumplimiento a las directrices que se han expedido sobre la materia.

 

Que, en cumplimiento a lo establecido en el parágrafo 3 del artículo 2.2.2.6.1 del Decreto 1083 de 2015, la Oficina Asesora de Comunicaciones de la Secretaria de Gobierno, expidió certificación en la que consta la publicación en Intranet del proyecto de resolución.

 

Que, la entidad cumplió con lo dispuesto en Parágrafo 3 al artículo 2.2.2.6.1 del Decreto 1083 de 2015, socializando con las organizaciones sindicales la presente modificación al manual especifico de funciones y de competencias laborales en reunión virtual de fecha del 13 de octubre de 2020.

 

Que, el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, mediante oficio N°. 2020EE3801 del 26 de noviembre de 2020, expidió concepto técnico favorable para la modificación del Manual Especifico de Funciones y Competencias Laborales para los empleos de la Planta de Personal de la Secretarla Distrital de Gobierno.

 

Que, mediante Decreto Distrital No. 302 del 22 de diciembre de 2020 “Por medio del cual se modifica la planta de empleos de la Secretaría Distrital de gobierno”, se crearon los empleos que se relacionan a continuación:

 

 

Que, de conformidad con lo expuesto se debe modificar el Manual Especifico de Funciones y de Competencias Laborales para los Empleos de la Planta de Personal de la Secretaría Distrital de Gobierno, creando y/o adicionando las fichas correspondientes para el cumplimiento de las respectivas funciones.

 

Que en mérito de lo expuesto, este despacho

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO PRIMERO: Modificar el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales, adicionando los siguientes empleos, los cuales quedaran así:

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ARTÍCULO SEGUNDO: Los requisitos generales de estudio y experiencia establecidos en la presente resolución se ajustan a los señalados en el Decreto Distrital 367 de 2014, por tanto, no podrán ser disminuidos ni aumentados.

 

ARTÍCULO TERCERO: Al presente Manual se le aplicaran las equivalencias establecidas en el artículo 25 del Decreto Ley 785 de 2005.

 

Además de los requisitos exigidos en el presente Manual, se exigirá la Tarjeta Profesional en los casos reglamentados por la Ley.

 

ARTÍCULO CUARTO: En el momento de la posesión, la Dirección de Gestión del Talento Humano entregará a cada funcionario copia de las funciones y competencias determinadas en la presente Resolución.

 

Los jefes inmediatos orientaran al empleado en el cumplimiento de sus funciones.

 

ARTÍCULO QUINTO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su refrendación por parte del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital y modifica en lo pertinente las Resoluciones Nro. 0277 de 2018, 0160 de 2019, 0249 de 2019, 1589 de 2019, 0002 y 0058 de 2020.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

 

Dada en Bogotá, a los 22 días del mes de diciembre del año 2020.

 

LUIS ERNESTO GÓMEZ LONDOÑO

 

Secretario Distrital de Gobierno

 

REFRENDADO POR:

 

JOSÉ AGUSTÍN HORTUA MORA

 

Director (E) Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital

 

 Nota: Ver norma original en Anexos.