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CIRCULAR CONFIS 007 DE 2023
(Noviembre 28)
PARA: ALCALDESAS Y ALCALDES LOCALES
DE: FELIPE JIMÉNEZ ÁNGEL Secretario Técnico de CONFIS
ASUNTO: Circular CONFIS N° 07 de 2023 - Concepto previo favorable a los Proyectos de Presupuesto de Rentas Ingresos y de Gastos e Inversiones de los Fondos de Desarrollo Local para la vigencia fiscal 2024.
FECHA: 28 de noviembre de 2023
Me permito comunicarles que el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal - CONFIS, en sesión N° 20 del 28 de noviembre de 2023 y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 10°, literal (f) del Decreto Distrital 714 de 1996 y el artículo 12° del Decreto Distrital 372 de 2010, emitió concepto favorable sobre los Proyectos de Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de los 20 Fondos de Desarrollo Local para la vigencia fiscal del año 2024, por un monto de $2.891.926.088.000 conforme al siguiente detalle:
I. PROYECTO DE PRESUPUESTO 2023 – FDL
Detalle de composición del Proyecto de Presupuesto:
1.1 Disponibilidad Inicial
Se estiman recursos disponibles en la tesorería a 31 de diciembre de 2023 por un monto de $1.155.162 millones para financiar las obligaciones por pagar de años anteriores y las que se proyectan constituir al cierre de la vigencia fiscal 2023.
1.2 Ingresos Corrientes
Los ingresos corrientes programados ascienden a $1.722.882 millones, correspondiendo principalmente a las transferencias de la Administración Central por $1.720.503 millones, y $2.380 millones por ingresos propios reportados por los FDL como multas (ocupación del espacio público, establecimientos de comercio, urbanísticas), sanciones contractuales, servicio de fotocopiado al público, arrendamientos, entre otros.
Transferencias de la Administración central
Conforme con lo establecido en el artículo 12° de la Ley 2116 de 2021, modificatorio del artículo 89 del Decreto Ley 1421 de 1993, la Transferencia corresponde al 12% de los Ingresos Corrientes de la Administración Central, distribuida de acuerdo con el Plan Financiero de la Administración Central y los Establecimientos Públicos 2023 aprobados por el CONFIS en sesión 27 de septiembre de 2023, la aprobación del Anteproyecto de Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá D.C. 2023 en sesión CONFIS del 15 octubre de 2023 y a los índices de distribución comunicados a este Despacho por parte de la Secretaría Distrital de Planeación mediante oficio 2-2020- 37198 del 24 de agosto de 2020.
En tal sentido, la transferencia asciende a $1.720.503 millones para la vigencia 2024, detallada así:
1.3 Recursos de Capital
Este agregado se programa en $13.882 millones, principalmente por concepto de reintegros, mayores recaudos de la vigencia 2023 no apropiados en esta y rendimientos financieros; FDL que registran recursos superiores a los mil millones por este agregado rentísticos, son:
Kennedy con $4.437 millones, de rendimiento de los recursos recibidos por devolución del subsidio tipo C y del patrimonio constituido para la ejecución convenio de con la agencia Nacional de inmobiliaria (construcción sede).
Antonio Nariño con $2.324 millones, recursos correspondientes a la devolución del convenio 1292 de 2012, los cuales contaron con concepto previo favorable del Confis, según Circular No.05 de abril de 2023, y no aprobados su adición al presupuesto 2023 por la Junta Administradora Local.
Ciudad Bolívar $1.243 millones de rendimientos financieros y reintegros.
2. GASTOS
A continuación, se detalla por FDL el valor correspondiente al presupuesto de funcionamiento e inversión y el total de las obligaciones por pagar.
2.1 Funcionamiento
2.1.1 Gastos de personal y Adquisición de bienes y servicios
Se programan recursos por $22.168 millones para financiar el pago de los honorarios de ediles y $48.449 millones para la adquisición de bienes y servicios, con los cuales se atenderá el normal funcionamiento de los FDL.
El cálculo realizado por la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto tiene en cuenta las estimaciones de los ingresos corrientes de la Administración Central para el año 2024, base del cálculo de las transferencias para los FDL en virtud de lo dispuesto en el artículo 89 del Decreto Ley 1421 de 1993 modificado por el artículo 12 de la Ley 2116 de 2021. En términos generales, estos se proyectaron con un incremento del 11,08% en los honorarios de ediles y 9,22% en la adquisición de bienes y servicios, con respecto al presupuesto a septiembre 2023, de conformidad con la política de austeridad del gasto del Distrito y lo señalado en la Directiva 001 de 2023.
2.1.2 Obligaciones por Pagar
A partir de la vigencia 2011, con los establecido en el Decreto 372 de 2010, se refleja la constitución de las obligaciones por pagar en los gastos de funcionamiento, según la estructura presupuestal de los F.D.L. quienes proyectan constituir por este concepto $22.077 millones al cierre de 2023.
2.2 Inversión
2.2.1 Directa
En este agregado se programan recursos por $2.799.232 millones, asignación realizada por los FDL teniendo en cuenta las prioridades del Plan Desarrollo Económico de la Localidad 2021-2024 y la Circular Confis No. 003 de 2023, relacionada con las líneas de inversión local.
Las líneas de inversión se agrupan en tres (3) componentes. así:
i) Inflexible, no puede superar el 45% del total de la inversión de cada alcaldía local. Este componente incluye inversiones asociadas a Inspección Vigilancia y Control (IVC), la terminación de sedes administrativas locales que mitiguen el riesgo de generar obras inconclusas para la Alcaldía Local, el fortalecimiento de la gestión local, educación superior y primera infancia, la garantía a la cobertura del subsidio tipo C, el ingreso mínimo garantizado en el marco del sistema Bogotá Solidaria, creado para responder a los impactos económicos y sociales producto de la pandemia y el programa Parceros por Bogotá, para la atención a jóvenes vulnerables.
También incluye los recursos de las inversiones en "Educación Superior y Primera Infancia" y de “logística necesaria para realizar los encuentros ciudadanos y los procesos de presupuestos participativos”, dentro del concepto de gasto Fortalecimiento Institucional.
ii) Presupuesto Participativo, como mínimo del 52% del total de la inversión de la localidad. Representan los recursos de inversión que las Alcaldías Locales deberán ejecutar con el fin de complementar y fortalecer las inversiones estratégicas de la administración distrital. La totalidad de los recursos de inversión de este componente deberán ser priorizados a través de ejercicios de presupuestos participativos. De esta forma se da cumplimiento con lo establecido en el artículo 4° del Acuerdo 740 de 2019.
El concepto de gasto Diseño, construcción y conservación (mantenimiento y rehabilitación) de la malla vial local e intermedia urbana o rural deberá ser mayor o igual al 20% del presupuesto de inversión del Fondo de Desarrollo Local.
iii) Flexible, máximo del 3% del total de la inversión de la localidad. Contiene un grupo de inversiones que se podrán adelantar por parte de las Alcaldías Locales que así lo requieran y serán priorizados por estas.
A continuación, se relacionan los recursos 2024 distribuidos en las líneas de inversión por componente:
Se presentan inversiones conforme con los porcentajes establecidos en las líneas de inversión 2021-2024, temas estratégicos de los Planes de Desarrollo Local.
El 23% del presupuesto de inversión directa 2024, es decir, $40.601 millones se consolida en el componente flexible en las líneas de inversión relacionadas con condiciones de salud y participación ciudadana y construcción de confianza.
En el componente inflexible se destacan los $264.751 millones dirigidos a Ingreso Mínimo Garantizado- IMG, cuyos conceptos de gastos son subsidio tipo C adulto mayor, transferencias ordinarias y Parceros por Bogotá; esta cifra representa el 15,9% de la inversión directa. En el componente “Gestión Pública Local” destinado para pago de recurso humano de apoyo al desarrollo de los proyectos, mantenimiento de sedes y otros gastos de operación; “Educación superior y primera infancia” un incremento del 16,5% y en “Inspección, vigilancia y control un incremento del 11,4% respecto al año anterior.
En el componente de presupuestos participativos, la línea de inversión con mayores recursos programados por valor de $563.090 millones (33.8%) de la inversión directa prevé recursos para infraestructura con apuestas para los sectores de movilidad, cultura, recreación y deportes, gobierno, educación e integración social. Esta línea incluye los $54.544 millones de la sobretasa a la gasolina destinados a malla vial local.
2.2.2 Obligaciones por Pagar
Se estiman $1.133 millones de Obligaciones por Pagar de Inversión, que representa el 39% del total del proyecto de presupuesto 2024 y el 40% del total de Inversión 2024.
3. Disponibilidad Final
Corresponde al resultado entre la Disponibilidad Inicial más total de Ingresos, menos el total de gastos. Durante el proceso de programación presupuestal se proyecta en cero, debido a que se parte del supuesto que los recursos 2023 se comprometerán al 100%.
De otra parte, el CONFIS Distrital aprobó las siguientes excepciones frente al cumplimiento de los porcentajes establecidos en la Circular CONFIS 003 de 2023 - MODIFICACIÓN A LOS LINEAMIENTOS DE POLÍTICA PARA LAS LÍNEAS DE INVERSIÓN LOCAL 2021- 2024 Y PRESUPUESTOS PARTICIPATIVOS.
FDL Usme, Kennedy, San Cristóbal, Barrios Unidos y Los Mártires
Se autoriza a estos FDL para programar el componente “Flexible” con un porcentaje mayor a 3%, justificando principalmente mayores recursos para el concepto de gasto de dispositivos de apoyo para población en condición de discapacidad no cubierto por el PBS.
FDL La Candelaria
Se autoriza al FDL La Candelaria a programar un menor porcentaje en el concepto de gasto “Diseño, construcción y conservación (mantenimiento y rehabilitación) de la malla vial” debido a que no se cuenta con más segmentos viales para intervenir.
El concepto previo y favorable se emite con base en los documentos enviados por cada Alcaldía Local a la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto, la recomendación emitida por la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto, la revisión de la Secretaría Distrital de Planeación – Dirección de Planes de Desarrollo y Fortalecimiento Local y las orientaciones que sobre la inversión local definió el CONFIS. Por lo tanto, el Proyecto de Presupuesto que se presente a la respectiva Junta Administradora Local (JAL) deberá soportarse en la misma información sobre la cual el CONFIS Distrital emitió concepto favorable.
La observancia de los procedimientos legales y presupuestales a los que haya lugar son responsabilidad y competencia exclusiva de las autoridades locales correspondientes.
Cordial saludo,
FELIPE JIMÉNEZ ÁNGEL
Secretario Técnico de CONFIS
NOTA: Ver norma original y anexos en Anexos.
Aprobó: Pedro Antonio Bejarano Silva. Subsecretario de Planeación de la Inversión
Revisó: Andrés Fernando Agudelo. Director de programación, Seguimiento a la inversión y Planes de desarrollo locales
Sebastián Zafra Flórez. Director Inversiones Estratégicas |