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Resolución 152 de 2024 Instituto Distrital de Turismo - IDT - Dirección General

Fecha de Expedición:
03/06/2024
Fecha de Entrada en Vigencia:
03/06/2024
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 8048 del 25 de junio de 2024.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 152 DE 2024

 

(Mayo 03)

 

Por la cual se efectúa modificación del presupuesto de Ingresos, Rentas y Gastos del Instituto Distrital de Turismo para la vigencia 2024

 

EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO

 

En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el literal b) del artículo 5 del Acuerdo 275 de 2007 del Concejo de Bogotá D.C., el artículo 10 del Decreto Distrital 192 de 2021, el literal b) del artículo 18 del Acuerdo 001 de 2007, el artículo 1 del Acuerdo 006 de 2016 y los numerales 1 y 3 del artículo 6º del Acuerdo 7 de 2022 de la Junta Directiva, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que, el Instituto Distrital de Turismo es un establecimiento público del orden Distrital, con personería jurídica, autonomía administrativa y financiera, y patrimonio propio, adscrito a la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico.

 

Que el artículo 10 del Decreto Distrital No. 192 de 2021 dispone que “Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local. En el caso de los establecimientos públicos del Distrito estas modificaciones al anexo del Decreto de liquidación se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos”.

 

Que, de conformidad con el literal b del Artículo 4 del Acuerdo Distrital 275 de 2007, es función de la Junta Directiva del Instituto Distrital de Turismo “Aprobar los planes, programas, proyectos y presupuesto del Instituto, así como las modificaciones que se hagan a los mismos, de acuerdo con las disposiciones distritales vigentes sobre el tema y que sean de su competencia de acuerdo con su reglamento”.

 

Que, mediante Acuerdo 006 de fecha 01 de Septiembre de 2016, la Junta Directiva del Instituto Distrital de Turismo autoriza al Director General para efectuar, a través de acto administrativo, los traslados presupuestales que se requieran para el presupuesto de funcionamiento, cuando éstos correspondan a valores inferiores o iguales a 202 S.M.M.L.V, es decir que para la vigencia 2024, la autorización es hasta DOSCIENTOS SESENTA Y DOS MILLONES SEISCIENTOS MIL PESOS M/CTE. ($262.600.000), sin necesidad de adelantar el trámite de aprobación ante la Junta Directiva, previo cumplimiento de los requisitos dispuestos por la Secretaría Distrital de Hacienda.

 

Que, el estudio de mercado para la adquisición del seguro contra incendio, terremoto o sustracción y responsabilidad civil, de un DRON de propiedad del IDT, da como resultado la necesidad de contar con un presupuesto de   DIECIOCHO MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL PESOS M/CTE. ($18.689.000)

 

Que, el IDT dispone en el Plan Anual de Adquisiciones de SEIS MILLONES DE PESOS M/CTE. (6.000.000) para la compra del mencionado seguro, distribuidos así: dos millones de pesos m/cte. ($2.000.000) en el rubro “O21202020070103057135 Servicios de seguros contra incendio, terremoto o sustracción” y cuatro millones de pesos m/cte. ($4.000.000) en el rubro “O212020200701030571355 Servicios de seguros generales de responsabilidad civil”.

 

Que, teniendo en cuenta el resultado del estudio de mercado para la compra del seguro de un DRON, por DIECIOCHO MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL PESOS M/CTE. ($18.689.000)  y el valor disponible en el presupuesto por SEIS MILLONES DE PESOS M/CTE. (6.000.000), se requiere tramitar el siguiente traslado presupuestal por valor de DOCE MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL PESOS M. CTE. ($12.689.000):

 

a) Trasladar CIENTO VEINTICINCO MIL PESOS M/CTE. ($125.000) al rubro “O21202020070103057135 Servicios de seguros contra incendio, terremoto o sustracción”, para contratar el seguro de un dron de propiedad del IDT.

 

b) Trasladar DOCE MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL PESOS M/CTE. ($12.564.000) al rubro “O212020200701030571355 Servicios de seguros generales de responsabilidad civil”, para contratar el seguro de un dron de propiedad del IDT.

 

Que, el Instituto Distrital de Turismo determinó que se pueden contracreditar los siguientes rubros presupuestal que cuentan con disponibilidad, sin afectar el cumplimiento de los compromisos de cada uno de ellos:

 

CÓDIGO

NOMBRE

VALOR

O21202020080282199     

Otros servicios jurídicos n.c.p.

1.200.000

O21202020080585250    

Servicios de protección (guardas de seguridad)

5.954.926

O2120202008078714102  

Servicio de mantenimiento y reparación de vehículo

3.045.074

O2120202010            

Viáticos de los funcionarios en comisión

2.489.000

TOTAL CONTRACRÉDITOS

12.689.000

 

Que, de conformidad con el numeral 3 del Artículo 14 del Acuerdo 07 de 2022 expedido por la Junta Directiva del Instituto, se determinó la necesidad de efectuar una modificación al presupuesto de gastos de funcionamiento, consistente en un traslado presupuestal por valor de DOCE MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL PESOS M.CTE. ($12.689.000) para contratar el seguro de un DRON de propiedad del IDT, en sus dos amparos: Servicios de seguros contra incendio, terremoto o sustracción y Servicios de seguros generales de responsabilidad civil.


Que, el parágrafo del Artículo 10 del Decreto Distrital 192 de 2021 exceptúa del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda cuando se efectúen modificaciones en gastos de funcionamiento al interior de los siguientes rubros:

 

“Parágrafo. Se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en Gastos de Funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen Factores constitutivos de salario, Contribuciones inherentes a la nómina, Remuneraciones no constitutivas de factor salarial siempre que correspondan at mismo tipo de vinculación, Honorarios, Activos Fijos, Materiales y suministros, Adquisición de servicios, FONPET, Obligaciones por Pagar (Adquisición de Bienes, Adquisición de Servicios y Otros Gastos Generales)”.

 

Que, la presente modificación presupuestal se realiza por valor de DOCE MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL PESOS M/CTE. ($12.689.000) para contratar los seguros de un DRON de propiedad del IDT; por lo que no requiere concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda, en atención al citado parágrafo del artículo 10 del Decreto Distrital 192 de 2021.

 

Que, en mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1. TRASLADO: Efectuar el siguiente traslado presupuestal de Gastos de Funcionamiento en el presupuesto del Instituto Distrital de Turismo, por la suma de DOCE MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL PESOS M/CTE. ($12.689.000) entre los rubros presupuestales dispuestos en el catálogo de cuentas.

 

0221-01 INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO

CÓDIGO

NOMBRE

VALOR

O21202020080282199     

Otros servicios jurídicos n.c.p.

1.200.000

O21202020080585250    

Servicios de protección (guardas de seguridad)

5.954.926

O2120202008078714102  

Servicio de mantenimiento y reparación de vehículo

3.045.074

O2120202010            

Viáticos de los funcionarios en comisión

2.489.000

TOTAL-CONTRACRÉDITOS

12.689.000

 

0221-01 INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO

CRÉDITOS

CÓDIGO

NOMBRE

VALOR

O212020200701030571354

Servicios de seguros contra incendio, terremoto o sustracción

125.000

O212020200701030571355

Servicios de seguros generales de responsabilidad civil

12.564.000

TOTAL-CRÉDITOS

12.689.000

 

Artículo 2. REMISIÓN: Remítase copias de la presente Resolución a la Secretaría de Hacienda Distrital y demás oficinas competentes.

 

Artículo 3. VIGENCIA: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá D. C., a los 03 días del mes de mayo del año 2024.

 

ANDRÉS SANTAMARIA GARRIDO

 

Director General

 

Nota: Ver norma original en Anexos.