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DECRETO 214 DE 2024
(Junio 19)
Por medio del cual se concede una licencia ordinaria y se hace un encargo
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTA, D.C. (E)
En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por el Decreto Ley No. 1421 de 1993 modificado por la Ley 2116 de 2021, el Decreto No. 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017, los Decretos Distritales Nos. 207 y 210 de 2024 y
CONSIDERANDO:
Que el articulo 38 del Decreto Ley No. 1421 de 1993 modificado por el artículo 2 de la Ley 2116 de 2021, estableció las atribuciones del Alcalde Mayor de Bogotá, entre las cuales se encuentra: “Dirigir la acción administrativa y asegurar el cumplimiento de las funciones, la prestación de los servicios y la construcción de las obras a cargo del Distrito.”
Que el artículo 2.2.5.5.5 del Decreto No. 1083 de 2015, modificado y adicionados por el Decreto No. 648 de 2017, estípula: " La licencia ordinaria es aquella que se otorga al empleado por solicitud propia y sin remuneración, hasta por sesenta (60) días hábiles al año, continuos o discontinuos. En caso de causa _justificada, a juicio del nominador, la licencia podrá prorrogarse hasta por treinta (30) dias hábiles más. La solicitud de licencia ordinaria o de su prórroga deberá elevarse por escrito al nominador, y acompañarse de los documentos que la justifiquen, cuando se requiera. Cuando la solicitud de esta licencia no obedezca a razones de fuerza mayor o de caso fortuito, el nominador decidirá sobre la oportunidad de concederla, teniendo en cuenta las necesidades del servicio. La licencia ordinaria una vez concedida no es revocable por la autoridad que la confiere, no obstante, el empleado puede renunciar a la misma mediante escrito que deberá presentar ante el nominador. '
Que mediante comunicaciones con radicados Nos. 1-2024-22201 y 1-2024-22202 del 12 de junio de 2024 y correo electrónico del 17 de junio de 2024, la Secretaría Distrital de Ambiente solicitó le sea concedida a la doctora ADRIANA SOTO CARREÑO, identificada con la cédula de ciudadanía No. 39.782.488, Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09 de la misma Secretaría, licencia ordinaria del 20 al 26 de junio de 2024 y a su vez, requirió se realice el respectivo encargo.
Que el artículo 2.2.5.4.7 del Decreto No. 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017 establece: “Encargo. Los empleados podrán ser encargados para asumir parcial o totalmente las funciones de empleos diferentes de aquellos para los cuales han sido nombrados, por ausencia temporal o definitiva del titular, desvinculándose o no de las propias de su cargo.”
Que la doctora Claudia Patricia Galvis Sánchez, Directora de Gestión Corporativa de la Secretaría Distrital de Ambiente, certificó que el doctor JERÓNIMO JUAN DIEGO RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 79.597.602, Subsecretario de Despacho Código 045, Grado 08 de la Subsecretaría General de la misma entidad, cumple con los requisitos para ejercer en encargo las funciones del empleo de Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09 de la Secretaría Distrital de Ambiente.
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Conceder licencia ordinaria del 20 al 26 de junio de 2024, a la doctora ADRIANA SOTO CARREÑO, identificada con la cédula de ciudadanía No. 39.782.488, Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09 de la Secretaría Distrital de Ambiente.
Artículo 2°. Encargar del 20 al 26 de junio de 2024, al doctor JERÓNIMO JUAN DIEGO RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 79.597. 602, Subsecretario de Despacho Código 045, Grado 08 de la Subsecretaría General de la Secretaría Distrital de Ambiente de las funciones del empleo de Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09 de la misma Secretaría.
Artículo 3°. Comunicar el contenido del presente Decreto a la doctora ADRIANA SOTO CARREÑO, al doctor JERÓNIMO JUAN DIEGO RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, a la Secretaría Distrital de Ambiente, al Despacho del Secretario Jurídico Distrital y a la Dirección de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., el contenido del presente Decreto, lo que se realizará a través de la Subdirección de Gestión Documental de esta última Secretaría.
Parágrafo: Para los efectos del presente artículo y con el fin de facilitar las comunicaciones a cargo de la Subdirección de Gestión Documental de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., a continuación, se relacionan los correos electrónicos de los funcionarios de que trata el presente acto administrativo.
Artículo 4: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 19 días del mes de junio del año 2024.
MAURICIO ALEJANDRO MONCAYO VALENCIA
Alcalde Mayor (E)
Nota: Ver norma original en Anexos.
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