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RESOLUCIÓN 1161 DE 2004 (Diciembre 28) "Por medio de la cual se reajusta el valor absoluto anual a pagar por cada unidad comercial adicional del sector financiero por concepto del impuesto de industria, comercio, avisos y tableros, para el año gravable 2005". EL SECRETARIO DE HACIENDA DE BOGOTÁ, D.C. En ejercicio de las facultades legales y reglamentarias y en especial las que le confieren el artículo 101 del Acuerdo 21 de 1983, el artículo 47 del Decreto Distrital 352 del 15 de agosto de 2002 y de conformidad con la Ley 242 de 1995, RESUELVE: Artículo Primero.- Fijar el valor absoluto anual para el año gravable 2005, por cada unidad comercial adicional de los establecimientos de crédito, instituciones financieras y compañías de seguros y reaseguros en la suma de trescientos setenta y cinco mil veintitrés pesos ($375.023) M./Cte.Artículo Segundo.- El valor a liquidar y pagar por cada unidad comercial adicional del sector financiero, es de sesenta y dos mil quinientos tres pesos ($62.503) M./Cte., cifra que se aplicará para cada uno de los seis bimestres gravables del año 2005. Artículo Tercero.- La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Dado en Bogotá, D.C., a los veintiocho (28) días del mes de diciembre de dos mil cuatro (2004). PEDRO ARTURO RODRÍGUEZ TOBO Secretario de Hacienda Distrital NOTA: Publicada en el Registro Distrital 3250 de diciembre 30 de 2004. |