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Decreto Local 012 de 2024 Alcaldía Local de Fontibón

Fecha de Expedición:
26/06/2024
Fecha de Entrada en Vigencia:
28/06/2024
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 8052 del 28 de junio de 2024.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 012 DE 2024

 

(Junio 26)

 

Por medio del cual se crea y reglamenta el Laboratorio de Innovación Pública de Fontibón – HyntiLab

 

EL ALCALDE LOCAL DE FONTIBON (E)

 

En ejercicio de sus facultades legales, en especial las señaladas en el artículo 86 del Decreto Ley 1421 de 1993 y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que de conformidad con el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia, “la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones”.

 

Que el artículo 4 de la Ley 489 de 1998 señala que la función administrativa del Estado busca la satisfacción de las necesidades generales de todos los habitantes, de conformidad con los principios, finalidades y cometidos consagrados en la Constitución Política.

 

Que es deber del estado y derecho de los ciudadanos en materia del desarrollo del conocimiento científico, del desarrollo tecnológico y de la innovación, de acuerdo al numeral 1 del artículo 2 de la Ley 1286 de 2009, "Fortalecer una cultura basada en la generación, la apropiación y la divulgación del conocimiento y la investigación científica, el desarrollo tecnológico, la Innovación y el aprendizaje permanentes ".

 

Que considerando la Agenda 2030 adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas, a través del Objetivo de Desarrollo Sostenible 9 se “pretende construir infraestructuras resilientes, promover la industrialización sostenible y fomentar la innovación.”

 

Que teniendo en cuenta las metas del ODS 9 es necesario “aumentar la investigación científica y mejorar la capacidad tecnológica de los sectores industriales de todos los países, en particular los países en desarrollo, entre otras cosas fomentando la innovación y aumentando considerablemente, de aquí a 2030, el número de personas que trabajan en investigación y desarrollo por millón de habitantes y los gastos de los sectores público y privado en investigación y desarrollo”.

 

Que el Gobierno de Colombia suscribió la declaración de innovación en el sector público de la organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), la cual tiene como propósito legitimar la innovación como centro y estrategia de funcionamiento de las instituciones del sector público y en el trabajo diario de los servidores públicos.

 

Que la dimensión 6 del Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG establece que la gestión del conocimiento y la innovación fortalece de forma transversal a las demás dimensiones, ya que el conocimiento que se genera en una entidad es clave para su funcionamiento. También dinamiza el ciclo de política pública, facilita la adaptación a las nuevas tecnologías (análogas y digitales), conecta el conocimiento entre los servidores y promueve buenas prácticas de gestión.

 

Que de acuerdo con la Declaración sobre Innovación en el Sector Público (OCDE, 2019, p. 5), la innovación pública es una estrategia proactiva que los gobiernos pueden utilizar para responder, adaptarse y prepararse para enfrentar contextos volátiles, inciertos, complejos y ambiguos, así como enfrentar la variedad de desafíos.

 

Que el Distrito Capital adoptó a través del Documento CONPES D.C. 04 de 2019 la política pública de Ciencia, Tecnología e Innovación 2019-2038 que tiene el “objetivo de fortalecer el Ecosistema Regional de Ciencia, Tecnología e Innovación, entendido como el conjunto de redes de agentes públicos, privados y educacionales que interactúan en un territorio específico, aprovechando una infraestructura particular para los propósitos de adaptar, generar y/o difundir innovaciones tecnológicas”.

 

Que de conformidad con el CONPES 04 de 2019, “para lograr la visión de integrar el Distrito Capital a las sociedades del conocimiento al 2038, se identificaron tres grandes desafíos que se deben solucionar para lograr este objetivo general:

 

1. Consolidar a la educación y la investigación con enfoque al desarrollo de capacidades endógenas en Ciencia, Tecnología e Innovación.

 

2. Potenciar la innovación empresarial y la competitividad de las cadenas de producción.

 

3. Generar procesos de innovación social y pública que aporten a lograr un desarrollo humano sostenible.

 

Que la Veeduría Distrital adoptó el Índice de Innovación Pública como “el principal instrumento que tiene la ciudad, para medir de manera global la capacidad que tienen de innovar las instituciones públicas en Bogotá. Se trata de una herramienta que recoge información bienal y configura un hito a través de la publicación de sus resultados.

 

Que el Índice de Innovación Pública es de obligatoria implementación en todas las entidades del Distrito y a través de él se identifican: i) el estado de la innovación pública en las entidades del orden distrital y ii) buenas prácticas en temas de innovación en el sector público, con el propósito de fortalecer el ecosistema de innovación pública distrital mediante la generación de recomendaciones a la ciudad, derivadas de los resultados obtenidos.

 

Que, según los Principios de Innovación Publica en Colombia publicado en el año 2020, el Departamento Nacional de Planeación define a la "Innovación Publica como los procesos, productos o servicios, nuevos o mejorados para responder a desafíos colectivos; incrementando la productividad del sector, la apertura democrática de sus instituciones, la producción de políticos publicas más pertinentes y eficientes, y una mayor satisfacción ciudadana”. Y a su vez establece que la innovación en el sector público, "fomenta el trabajo centrado en las personas -ya sean usuarios, Servidores públicos y ciudadanos-, para construir posibles soluciones a retos públicos basados en sus necesidades, dolores, perspectivas, preferencias y oportunidades" y "acelera el desarrollo de soluciones e iniciativas a través de dinámicas y metodologías que reducen reprocesos, tiempos y mejoran la eficiencia de los equipos al enfrentar retos públicos complejos”.

 

Que el Distrito Capital adoptó a través del Documento CONPES D.C. 29 de 2023 la política pública “Bogotá Territorio inteligente”, cuyo propósito es “Consolidar a Bogotá como Territorio Inteligente impulsando el uso y aprovechamiento de los datos, la tecnología y la innovación por parte de los actores y sectores del territorio, para la solución de problemáticas y la generación de oportunidades que mejoren la calidad de vida de las personas”.

 

Que la política pública Bogotá Territorio Inteligente la Política Pública se enfocará en el desarrollo de los siguientes objetivos especificos:

 

1. Cerrar la brecha digital ciudadana en materia de acceso y apropiación tecnológica.

 

2. Impulsar la adopción de tecnologías emergentes y de cuarta revolución industrial por parte del sector empresarial.

 

3. Fortalecer las capacidades de los actores para reducir riesgos y amenazas de seguridad digital.

 

4. Consolidar la Innovación pública como dinamizador del territorio inteligente.

 

5. Desarrollar un esquema de gobernanza de territorio Inteligente para la Bogotá - Región.

 

6. Impulsar el aprovechamiento de los datos para la toma de decisiones y solución de problemas del territorio.

 

7. Desarrollar las competencias ciudadanas y el talento humano para la construcción del territorio inteligente

 

Que la Secretaría Distrital de Gobierno expidió la Circular 015 de 2023 a través de la cual se imparten Directrices para la conformación e implementación de unidades de Innovación en las Alcaldías Locales.

 

Que a través del Acuerdo 927 de 2024 se adoptó el Plan de Desarrollo Distrital 2024 - 2028 “Bogotá Camina Segura”.

 

Que a través del artículo 3 del Plan de Desarrollo Distrital 2024 - 2028 “Bogotá Camina Segura”, La innovación en la participación amplia. incluyente e incidente acompañará todos los espacios de interlocución con la ciudadanía y buscaremos devolver el interés de la gente en la resolución de los conflictos de ciudad.

 

Que el objetivo estratégico 3 del Plan de Desarrollo Distrital establece que:

 

5.3. Bogotá confía en su potencial: Bogotá debe ser una ciudad en la que todos y todas podamos desarrollar y aprovechar al máximo nuestro potencial como personas, familias, empresas, academia y sociedad. Esto requiere consolidar a Bogotá como una ciudad del conocimiento, educada y competitiva, mediante el acceso a bienes y servicios -públicos y privados-, que brinden oportunidades de desarrollo para todos y todas. Una ciudad que adopta la Ciencia, Tecnología e Innovación (CTel) como motor para el desarrollo de los ecosistemas empresariales, de alta productividad y de emprendimiento, que se alinean con las vocaciones individuales fomentadas desde la niñez y del territorio. Para ello, Bogotá estará soportada en un ambiente que estimula la generación y apropiación social del conocimiento

 

 Que a través del objetivo estratégico 5 del Plan de Desarrollo Distrital, “el Gobierno Distrital se compromete, así mismo, a convertir a Bogotá en un referente en materia de democracia deliberativa e innovación democrática.”’

 

Que la alcaldía local de Fontibón necesita de una Unidad de Innovación Pública Local que le permita articularse con los lineamientos normativos vigentes y atender las necesidades y demandas que la localidad requiere, fortaleciendo la participación, la democracia, el gobierno abierto y de promover, mejorar y expandir la productividad y competitividad local.

 

Que, en mérito de lo expuesto,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1. Creación: Créase el Laboratorio de Innovación Pública de Fontibón el cual se denominará HyntiLab y cuyo lema será “es innovación en acción”’.

 

ARTÍCULO 2. Objeto: HyntiLab, tendrá como objeto desarrollar e implementar proyectos de innovación que promuevan el mejoramiento de la capacidad institucional de la alcaldía local de Fontibón, implementando buenas prácticas en los procesos y procedimientos administrativos de la entidad.

 

ARTÍCULO 3. Objetivos específicos: Son objetivos específicos de HyntiLab:

 

1. Fortalecer la participación ciudadana y el ejercicio del control social en la localidad.

 

2. Garantizar el acceso y calidad de la información pública de la alcaldía local.   


3. Fomentar la articulación con actores sociales y económicos para mejorar la productividad y competitividad local.

 

4. Gestionar de forma efectiva el conocimiento de la entidad.

 

ARTÍCULO 4. Misión: Impulsar la innovación pública en la alcaldía local de Fontibón mediante la implementación de soluciones creativas y tecnológicas que mejoren la calidad de vida de los fontibonenses, promoviendo la participación ciudadana, la eficiencia en la gestión administrativa y de los recursos públicos.

 

ARTÍCULO 5. Visión: HyntiLab será reconocido en 4 años como el mejor laboratorio de innovación pública local del distrito, en la generación y aplicación de iniciativas y estrategias orientadas a transformar posiïitivamente la experiencia en la gestión pública local.

 

ARTÍCULO 6. Marca: HyntiLab contará con un logotipo que indicará su nombre y su lema, el cual estará ajustado al manual de marca vigente para el Laboratorio de Innovación Pública de Fontibón.

 

ARTÍCULO 7. Funciones: Para dar cumplimiento con la política pública de Ciencia, Tecnología e Innovación, HyntiLab tendrá las siguientes funciones:

 

a. Asesorar al alcalde/sa Local en el diseño, formulación e implementación de proyectos de innovación pública local.

 

b. Desarrollar las actividades y acciones necesarias para atender los componentes que hacen parte del Índice de Innovación Pública Distrital.

 

c. Diseñar e implementar un modelo de gestión administrativa para la alcaldía local de Fontibón que garantice la gestión del conocimiento de forma efectiva.

 

d. Promover una cultura de la innovación entre los funcionarios de la alcaldía local para el mejoramiento de los procesos y procedimientos a su cargo.

 

e. Adoptar e ¡implementar los lineamientos y directrices proporcionados por GoLAB, la Secretaría Distrital de Gobierno (SDG) y el alcalde/sa local en materia de innovación.

 

f. Articularse y participar en la Red Innova Local.

 

g. Brindar orientación y asesoramiento a los ciudadanos interesados en desarrollar proyectos innovadores, proporcionando conocimientos técnicos y recursos para su implementación.

 

h. Realizar investigaciones y análisis para identificar tendencias, oportunidades y desafíos en materia de innovación, proporcionando información relevante para la toma de decisiones de la alcaldía local.

 

i. Organizar eventos, conferencias y talleres abiertos al público, donde se presenten experiencias exitosas, se compartan conocimientos y se promueva la colaboración y el intercambio de ideas.

 

j. Identificar y desarrollar proyectos estratégicos que promuevan la innovación dentro de la alcaldía local, alineados con sus objetivos y necesidades.

 

k. Ofrecer programas de capacitación y formación en temas relacionados con la innovación y el desarrollo de habilidades y competencias necesarias para fomentar la creatividad y la generación de ideas.

 

l. Colaborar en la implementación de políticas y programas de innovación definidos por la alcaldía local, asegurando su correcta ejecución y evaluación de resultados.

 

m. Recopilar, organizar y difundir el conocimiento generado en el ámbito de la innovación, tanto a nivel interno como externo, promoviendo la transferencia de conocimientos y buenas prácticas.

 

n. Diseñar y asesorar estrategias de monitoreo y la evaluación de los proyectos e iniciativas de innovación implementados por la alcaldía local, con el fin de medir su impacto, identificar lecciones aprendidas y realizar mejoras continuas.

 

ARTÍCULO 8. Áreas Estratégicas de Innovación Local: El Laboratorio de Innovación Pública de Fontibón - HyntiLab tendrá como áreas estratégicas las siguientes:

 

a. Fortalecimiento Institucional

 

b. Transparencia y Acceso a la Información

 

c. Seguimiento a la Inversión

 

d. Gestión del Conocimiento

 

e. Gobierno Abierto

 

f. Participación Ciudadana

 

ARTÍCULO 9. Herramientas de uso y apropiación: Con el fin de garantizar la implementación y desarrollo de la política pública de Ciencia, Tecnología e Innovación a nivel local, se implementarán aquellas herramientas que le permitan al Comité Técnico gestionar, analizar y evaluar los resultados de los proyectos y actividades ¡implementadas por HyntiLab.

 

ARTÍCULO 10. Comité Técnico: El Laboratorio de Innovación Pública de Fontibón estará integrado por un Comité Técnico de profesionales que presten sus servicios a la alcaldía local designados directamente por el alcalde/sa local así:

 

a. Un profesional especializado del área de planeación quien ejercerá su rol como coordinador del Comité Técnico: Coordinador o líder: El coordinador o líder es responsable de construir, en colaboración con el equipo, la ruta de acción de HyntiLab y de asegurar su ¡implementación efectiva. Su rol incluye asignar las funciones a cada miembro del equipo, destacando sus cualidades y fortalezas individuales. Además, se encarga de guiar y motivar al equipo, fomentando un ambiente de colaboración y compromiso. Así mismo, articula con el alcalde/sa las alineaciones estratégicas que requiere la unidad para llevar a cabo cada proceso, dentro de sus funciones se encuentra:

 

i. Ejercer la vocería del Laboratorio de Innovación Pública de Fontibón - HyntiLab.

 

ii. Establecer una visión clara y una estrategia de trabajo para HyntiLab, alineadas con los objetivos y metas de la alcaldía local. Esto implica identificar las áreas de enfoque, los desafíos a abordar y los resultados esperados.

 

iii. Definir metas claras y alcanzables para HyntiLab, descomponiéndolas en objetivos específicos y plazos establecidos. Esto permite al equipo tener una dirección clara y medir el progreso hacia el logro de los resultados.

 

iv. Designar funciones y responsabilidades a cada miembro del equipo, aprovechando sus fortalezas y cualidades individuales. Esto implica identificar las habilidades y capacidades de cada miembro y asignarles tareas acordes a sus competencias.

 

v. Promover un ambiente de trabajo colaborativo, donde se fomente la comunicación abierta y efectiva entre los miembros del equipo. Esto implica facilitar reuniones periódicas, sesiones de lluvia de ideas y espacios de intercambio de conocimiento y experiencias.

 

vi. Supervisar y monitorear el avance de los proyectos y actividades de HyntiLab, asegurándose de que se cumplan los plazos establecidos y se logren los resultados esperados. Esto implica brindar apoyo y orientación al equipo en la resolución de desafíos y la toma de decisiones.

 

vii. Fomentar una cultura de aprendizaje dentro del equipo, donde se valoren los éxitos y fracasos como oportunidades de crecimiento. Esto implica fomentar la reflexión, el intercambio de lecciones aprendidas y la implementación de mejoras en los procesos y prácticas de innovación.

 

viii. Actuar como representante de HyntiLab ante otras partes interesadas, como directivos, comunidad en general, etc. Esto implica establecer y mantener relaciones de colaboración y promover la visibilidad y el impacto de HyntiLab.

 

ix. o Pertenecer y ser parte activa de la Red de Innovación Local, participando en eventos, reuniones y actividades de la Red, compartiendo experiencias, aprendiendo de otros proyectos innovadores y promoviendo la colaboración y el intercambio de conocimientos.

 

x. o Ejercer como referente de innovación de su localidad a fin de articular acciones, esfuerzos y sinergias entre GOLAB y la red de innovación local. Esto implica ser el enlace entre ambas partes, promoviendo la colaboración y la cooperación para impulsar proyectos y actividades innovadoras.

 

xi. Ser parte activa del proceso de implementación de la metodología de los laboratorios cívicos de presupuestos participativos en su localidad, eso implica que debe familiarizarse a fondo con la metodología, realizar transferencia de conocimiento y movilizar el proceso de innovación en la localidad.

 

xii. Apoyar las actividades del plan de acción en el marco de las políticas públicas de Bogotá territorio inteligente.

 

b. Un profesional especializado del área de planeación quien ejercerá su rol como gestor del conocimiento, pedagogo y suplente del coordinador principal del Comité Técnico: Es responsable de facilitar la captura, organización, almacenamiento y difusión del conocimiento dentro de una organización o equipo. Su rol principal es garantizar que el conocimiento generado, adquirido o compartido en HyntiLab sea gestionado de manera eficiente y esté disponible para su uso oportuno. El gestor de conocimiento desempeña varias funciones clave:

 

i. Identifica y recopila el conocimiento relevante generado tanto internamente como externamente. Esto implica estar al tanto de las últimas tendencias, investigaciones y prácticas innovadoras en el campo de interés.

 

ii. Clasifica y organiza el conocimiento de manera lógica y accesible. Utiliza herramientas como bases de datos, sistemas de gestión de documentos o plataformas digitales para crear estructuras de conocimiento que faciliten su búsqueda y recuperación.

 

iii. Establece mecanismos y sistemas de almacenamiento seguro para garantizar la conservación a largo plazo del conocimiento. Esto puede incluir la implementación de políticas de respaldo y la adopción de tecnologías de almacenamiento adecuadas.

 

iv. Facilita el acceso al conocimiento por parte de los miembros de HyntiLab y otras partes interesadas. Establece canales de comunicación y colaboración, como intranets, plataformas de colaboración en línea o boletines informativos, para compartir el conocimiento de manera efectiva.

 

v. Supervisa el ciclo de vida del conocimiento, desde su creación hasta su uso y eventual obsolescencia. Esto implica actualizar y enriquecer el conocimiento existente, así como eliminar o archivar aquel que ya no sea relevante.

 

vi. Promueve una cultura de aprendizaje y colaboración en HyntiLab, animando a los miembros a compartir su conocimiento y experiencias. Organiza actividades de aprendizaje, como talleres, capacitaciones o comunidades de práctica, para fomentar la transferencia de conocimiento y el desarrollo profesional.

 

vii. Identifica y recopila el conocimiento relevante generado tanto internamente como externamente. Esto implica estar al tanto de las últimas tendencias, investigaciones y prácticas innovadoras en el campo de interés.

 

viii. Clasifica y organiza el conocimiento de manera lógica y accesible. Utiliza herramientas como bases de datos, sistemas de gestión de documentos 0 plataformas digitales para crear estructuras de conocimiento que faciliten su búsqueda y recuperación.

 

ix. Establece mecanismos y sistemas de almacenamiento seguro para garantizar la conservación a largo plazo del conocimiento. Esto puede incluir la implementación de políticas de respaldo y la adopción de tecnologías de almacenamiento adecuadas.

 

x. Facilita el acceso al conocimiento por parte de los miembros de HyntiLab y otras partes interesadas. Establece canales de comunicación y colaboración, como intranets, plataformas de colaboración en línea o boletines informativos, para compartir el conocimiento de manera efectiva.

 

xi. Supervisa el ciclo de vida del conocimiento, desde su creación hasta su uso y eventual obsolescencia. Esto implica actualizar y enriquecer el conocimiento existente, así como eliminar o archivar aquel que ya no sea relevante.

 

xii. Promueve una cultura de aprendizaje y colaboración en HyntiLab, animando a los miembros a compartir su conocimiento y experiencias. Organiza actividades de aprendizaje, como talleres, capacitaciones o comunidades de práctica, para fomentar la transferencia de conocimiento y el desarrollo profesional.

 

c. Un profesional del área de planeación quien ejercerá su rol como líder de proyectos creativos. Es responsable de articular con cada equipo de trabajo de la alcaldía local y gestionar la información de los programas, proyectos, procesos y procedimientos de tal manera que se puedan actualizar usando metodologías innovadoras. Su rol principal es garantizar que después de determinados periodos de implementación, los nuevos procesos y procedimientos asociados a los proyectos de inversión de la alcaldía local implementen estrategias innovadoras. El líder de proyectos creativos desempeña varias funciones clave:

 

i. Desarrolla un plan detallado para el proyecto, estableciendo los objetivos, los plazos, los recursos necesarios y las tareas específicas que deben realizarse. Esto implica tener una visión clara del alcance del proyecto y establecer un cronograma realista.

 

ii. Se encarga de formar y gestionar al equipo de trabajo, asignando roles y responsabilidades a los miembros del equipo en las actividades puntuales requeridas. Debe asegurarse de que cada miembro tenga claridad sobre sus tareas y garantizar una comunicación efectiva y colaborativa entre todos los participantes.

 

iii. Administra los recursos necesarios para el proyecto, tanto materiales como humanos. Esto implica garantizar que se cuente con los recursos adecuados en cada etapa del proyecto y realizar un seguimiento del presupuesto asignado.

 

iv. Identifica y evalúa los posibles riesgos y obstáculos que pueden surgir durante el desarrollo del proyecto. Implementa estrategias para mitigar estos riesgos y asegurarse de que el proyecto avance de manera fluida.

 

v. Fomenta un entorno propicio para la generación de ideas y la creatividad. Estimula la participación activa del equipo, fomenta la colaboración y proporciona un espacio para la experimentación y la innovación.

 

vi. Realiza un seguimiento continuo del progreso del proyecto, evaluando el cumplimiento de los objetivos y plazos establecidos. Realiza ajustes y correcciones cuando sea necesario y asegura que el proyecto se mantenga dentro de los límites establecidos.

 

vii. Documenta y realiza informes sobre las actividades realizadas en el marco de los proyectos realizados, diseñando fichas resumen de los proyectos con la descripción del evento, el objetivo, los resultados, lecciones aprendidas, recomendaciones entre otros.

 

d. Un profesional del área de comunicaciones y prensa quien ejercerá su rol como diseñador. Dentro de una unidad de innovación, el diseñador desempeña roles claves para impulsar la visibilidad y promoción de los proyectos y actividades innovadoras.

 

i. Desarrolla la identidad visual de HyntiLab, incluyendo el diseño del logotipo, paleta de colores, tipografías y otros elementos visuales que reflejen su imagen y personalidad.

 

ii. Es responsable de la creación de materiales promocionales como folletos, carteles, presentaciones, infografías y otros recursos visuales que ayuden a comunicar y promover los proyectos y actividades de innovación.

 

iii. Diseña interfaces de aplicaciones, sitios web u otros productos digitales para asegurar una experiencia visualmente atractiva y funcional.

 

iv. Genera contenido visual original, como ilustraciones, gráficos y elementos visuales, que complementen y enriquezcan los mensajes y materiales de HyntiLab.

 

v. Desarrolla estrategias de comunicación y marketing que ayuden a posicionar HyntiLab y sus proyectos de manera efectiva en el mercado. Esto implica definir los mensajes clave, identificar los canales de comunicación adecuados y establecer las tácticas para llegar al público objetivo. vil.

 

vi. Diseña y ejecuta campañas de promoción que den a conocer los proyectos y actividades de innovación de la unidad. Esto puede incluir el desarrollo de anuncios, publicaciones en redes sociales, eventos promocionales y colaboraciones estratégicas.

 

vii. Se encarga de gestionar la ¡imagen y reputación de HyntiLab, asegurando que los mensajes y acciones estén alineados con los valores y objetivos de la alcaldía local. También puede realizar relaciones públicas y establecer alianzas con medios de comunicación u otras organizaciones para aumentar la visibilidad de la unidad.

 

viii. Analiza los resultados de las campañas y actividades de promoción, midiendo el impacto y la efectividad de las estrategias implementadas. Con base en estos resultados, se realizan ajustes y mejoras para optimizar los esfuerzos de promoción y comunicación.

 

ARTÍCULO 11. Funciones del Comité Técnico: Las siguientes son las funciones que deberán desarrollar de forma general todos los miembros del Comité Técnico de HyntiLab:

 

a. Diseñar e implementar el Plan Anual de Trabajo de HyntiLab

 

b. Emitir recomendaciones al alcalde/sa local sobre la promoción y fomento de la innovación en la alcaldía local.

 

c. Diligenciar, actualizar y hacer reportes en los sistemas de información dispuestos para los asuntos relacionados con la innovación pública local.

 

d. Participar de las reuniones y convocatorias realizadas por las redes de innovación pública distrital.

 

e. Elaborar informes sobre el ejercicio y desarrollo de las actividades del laboratorio.

 

f. Mantener actualizado la biblioteca digital del laboratorio.

 

g. Las demás que determine la normatividad vigente o el alcalde/sa local.

 

ARTÍCULO 12. Reuniones: El Comité Técnico se reunirá periódicamente de conformidad al Plan Anual de Trabajo. En las sesiones podrán participar aquellas personas que trabajen en la alcaldía local o sean invitados por los integrantes del Comité Técnico previa convocatoria.

 

Parágrafo: En cada reunión se elaborará un acta que garantice la memoria institucional de los temas abordados y decisiones adoptadas por los miembros del Comité Técnico.

 

ARTÍCULO 13. Secretaría Técnica: Ejercerá como secretario/a técnico el profesional que sea designado por el Coordinador del Laboratorio y desarrollará las siguientes funciones:


a. Realizar la convocatoria y actas de las reuniones, eventos, actividades y demás convocatorias realizadas por el Comité Técnico de HyntiLab.

 

b. Fijar y hacer seguimiento al orden del día propuesto por el Coordinador del Comité Técnico.

 

c. Consolidar y presentar para su aprobación, los documentos, estrategias, planes programas y proyectos propuestos por los miembros del Comité Técnico.

 

d. Elaborar las actas, informes y demás documentos y coordinar con el Alcalde Local su suscripción.

 

e. Publicar los actos administrativos de creación, actas, informes, y los demás documentos que se requieran en la página web de la alcaldía local.

 

f. Custodiar y conservar los documentos expedidos por el HyntiLab y demás documentos relacionados.

 

g. Hacer seguimiento y verificar el cumplimiento de los compromisos adquiridos por los miembros del Comité Técnico de HyntiLab.

 

h. Las demás que sean necesarias para el adecuado funcionamiento de HyntiLab.

 

i. Las demás que le sean asignadas por el alcalde/sa local y/o coordinador del Comité Técnico y que estén relacionadas con la innovación de la alcaldía local.

 

ARTÍCULO 14. Plan Anual de Innovación Local: Será el principal instrumento de planeación y gestión para el desarrollo de la hoja de ruta de HyntiLab. Deberá elaborarse durante el primer bimestre de cada año en el formato dispuesto para tal efecto por la Secretaría Distrital de Gobierno y ser socializado con todos los funcionarios de la alcaldía local.

 

Todos los proyectos de innovación, desde su concepción hasta su finalización deben contar con los registros correspondientes, conservarse adecuadamente y mantenerlos disponibles. En los casos que se requiera se compartirán dichos proyectos y sus resultados con la ciudadanía, áreas de la SDG 0 entidades que lo requieran.

 

Parágrafo: El Comité Técnico adoptará el Plan Anual de Trabajo de HyntiLab para la vigencia 2024, dentro de los 60 días siguientes a la expedición y entrada en vigencia del presente decreto local.

 

ARTÍCULO 15. Portal Web: El Comité Técnico adelantará las gestiones correspondientes ante las dependencias y/o entidades correspondientes para poner a disposición de la ciudadanía el portal web del laboratorio de innovación pública de Fontibón - HyntiLab.

 

ARTÍCULO 16. Gestión del Conocimiento: Se implementarán estrategias, acciones, acuerdos y toda clase de actividades que permitan garantizar y promover de la gestión del conocimiento y la innovación en la alcaldía local.

 

ARTÍCULO 17. Informe Anual de Gestión de la Innovación Local: El Comité Técnico elaborará un informe anual de la gestión adelantada por HyntiLab en el marco de la innovación de la alcaldía local, el cual deberá ser publicado en la página web a más tardar el último día hábil de febrero del siguiente año.

 

ARTÍCULO 18. Vigencia: El presente decreto local rige a partir de su publicación y deroga todas aquellas normas que sean contrarias.

 

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Se expide en Bogotá D.C., a los 26 días del mes de junio del año 2024.

 

DIEGO ALEJANDRO MALDONADO ROLDAN

 

Alcalde Local de Fontibón (E)

 

Nota: Ver norma original en Anexos.