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RESOLUCIÓN 311 DE 2024
(Julio 29)
Por medio de la cual se acreditan los consejeros (as) locales de la Bicicleta electos (as) para el periodo 2024 - 2027 y se dictan otras disposiciones
EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DISTRITAL DE LA PARTICIPACIÓN Y ACCIÓN COMUNAL - IDPAC
Que mediante las facultades conferidas por los literales a) y b) del artículo 56 del Acuerdo Distrital 257 de 2006, conforme al mandato establecido en el Decreto Distrital 495 de 2019 Artículo 11, Parágrafo 1, inciso a), el Decreto Distrital 498 de 2022, en armonía con lo reglamentado mediante las Resoluciones IDPAC 084 del 21 de febrero de 2020 y 524 de 2023 y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 3 de la Ley 1757 de 2015 establece que, “La participación de la sociedad civil se expresa a través de aquellas instancias y mecanismos que permiten su intervención en la conformación, ejercicio y control de los asuntos públicos. Pueden tener su origen en la oferta institucional o en la iniciativa ciudadana”.
Que, el artículo 10 de Ley 1811 de 2016 preceptúa, “Las alcaldías promoverán la creación de organizaciones de ciclistas y promoverán su participación en las instancias locales de planeación, especialmente las que se deban configurar para el mejoramiento de la movilidad, el tránsito y el transporte”.
Que, a través del Decreto Distrital 495 de 2019 se crearon el Consejo Consultivo, el Consejo Distrital y los Consejos Locales de la Bicicleta, como instancias de participación ciudadana, los cuales funcionarán como órganos asesores y consultivos de la Administración Distrital y local respectivamente, con relación a la Política Pública de la Bicicleta, así como el seguimiento de estrategias, planes, proyectos y programas que se desarrollen en la ciudad relacionados con el uso de la bicicleta.
Que, el artículo 9 ibidem, dispone que en cada una de las veinte (20) localidades de Bogotá se creará un Consejo Local de la Bicicleta como instancia de participación ciudadana, la cual funcionará como órgano asesor y consultivo de la administración local, en relación con la Política Pública de la Bicicleta, así como la formulación y seguimiento de estrategias, planes, proyectos y programas que se desarrollen en la localidad, relacionados con el uso de la bicicleta.
Que, en el parágrafo 2 del artículo 11 del referido decreto se estableció que “El IDPAC tendrá seis (6) meses a partir de la vigencia del presente Decreto para reglamentar, a través de acto administrativo, el proceso de elección de los Consejeros y Consejeras Locales de la Bicicleta”.
Que, el Decreto 498 de 2022 modifica la conformación del Consejo Distrital de la Bicicleta, con el fin de avanzar hacia la participación paritaria en la conformación de los consejos locales de la bicicleta y así mismo, modificó la duración del periodo de la Instancia de participación.
Que, la Resolución 372 de 2021, suscrita por el Instituto Distrital de Participación y Acción Comunal- IDPAC “Por medio de la cual se convoca al proceso de elección de los (las) consejeros (as) locales de la bicicleta para el periodo 2022 – 2024 y se fija el calendario electoral”, estableció en su artículo tercero que la convocatoria y fijación del cronograma para futuras elecciones de los consejos locales de la bicicleta, se realizará por medio de circular suscrita por parte del director general del IDPAC.
Que, la Resolución 084 del 21 de febrero de 2020, expedida por el Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal- IDPAC “Por medio de la cual se reglamenta el proceso de elección de los (las) Consejeros (as) Locales de la Bicicleta mediante el Decreto 495 de 2019” fue modificada por las Resoluciones 105 del 19 de marzo de 2020, 120 del 17 de abril de 2020, 136 del 11 de mayo 2020 y 24 de 2023 en lo que respecta al cronograma electoral, la inscripción de candidatos, los requisitos para los (as) electores (as), la votación y la fórmula electoral.
Que, conforme a lo estipulado en la resolución 524 de 2023, emitida con el fin de reglamentar el proceso electoral del presente periodo del consejo, en su artículo 3, parágrafo dispone que, “En caso de contar con un número menor de candidatos al total de personas para conformar el Consejo Local respectivo, eI IDPAC, mediante circular podrá ampliar el plazo de inscripción. Si finalizada la ampliación del término persiste dicha situación, eI IDPAC, volverá a convocar a inscripción de candidatos hasta un (1) año después de la primera elección. De resultar nuevamente con un número menor de candidatos al total de personas para conformar el consejo local respectivo se procederá a declarar desierto el consejo y se volverá a convocar a inscripción de candidatos hasta el siguiente periodo de elecciones”.
Que, mediante la Circular 010 de 14 de mayo de 2024, el Director General del Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal- IDPAC convocó el proceso de elecciones atípicas de los (las) consejeros (as) locales de la Bicicleta y fijó el calendario del proceso electoral, el cual posteriormente fue modificado por la circular 013 de 13 de junio de 2024.
Que, conforme al cronograma establecido en la circular 010 de mayo de 2024, durante el período comprendido entre el 14 de mayo de 2024 y el 30 de junio de 2024, se realizó la inscripción de candidatos, candidatas y electores interesados en participar del ejercicio electoral de los consejeros y consejeras locales de la Bicicleta.
Que, mediante el Decreto Distrital 606 de 2023 se actualizó el Sistema Distrital de Participación Ciudadana del Distrito Capital y con ello se crea la Jornada Única Electoral Ciudadana que será reglamentada por el Instituto Distrital de Participación y Acción Comunal.
Que, una vez recibidos los documentos de los (as) candidatos (as) inscritos (as) y electores, se procedió con la subsanación de la documentación solicitada en cada uno de los casos hasta el 08 de julio de 2024, y una vez superada esta etapa, el IDPAC y la Secretaría Distrital de Movilidad, publicaron, el 10 de julio 2024, en sus respectivas páginas web, la lista de candidatos y candidatas habilitados(as) para participar en el proceso electoral.
Que, dando aplicación a lo estipulado en el cronograma electoral, se realizó la jornada de votaciones desde las 8:00 am del 11 de julio de 2024 hasta las 2:00 pm del 18 de julio de 2024. Del mismo modo, el escrutinio se realizó mediante la plataforma Facebook del IDPAC, el 18 de julio de 2024 a las 3:00 pm, con presencia de la Secretaría de Movilidad, el Instituto Distrital de Participación y Acción Comunal y la Veeduría Distrital.
Que, los resultados de dichos comicios fueron consignados en las actas de escrutinio de fecha 18 de julio de 2024, sin que se presentaran impugnaciones frente al resultado de la elección.
Que, en lo que respecta a las localidades de Chapinero y Rafael Uribe Uribe, no se relacionan miembros electos puesto que no se logró con el quórum mínimo de inscripción de candidatos y candidatas para acreditar el Consejo de la Bicicleta en estas localidades, por lo que se volverá a convocar a un nuevo proceso eleccionario durante la Jornada Única Electoral Ciudadana, estipulada en el Decreto 606 de 2023.
Que, considerando lo expuesto con anterioridad y teniendo en cuenta lo establecido en el Decreto 498 del 2022, Artículo 5, parágrafo 1, literal b) sobre la paridad de género “se requiere que el consejo esté compuesto, al menos, por el cincuenta por ciento (50%) de mujeres electas como consejeras en cada localidad, cuando el número de consejeros sea impar se deberá aproximar hacia el porcentaje mayor el número de mujeres. En caso de no lograrse al menos la representación del cincuenta por ciento (50%) de mujeres, se continuará en la conformación de los Consejos con las personas que sigan en lista ordenadas según el número de votos.”
Que, considerando lo expuesto en la circular 010 de 14 de mayo de 2024, los candidatos y las candidatas, de las localidades de Chapinero, Santa Fe,4 Barrios Unidos, Teusaquillo, Antonio Nariño, La Candelaria, Rafel Uribe Uribe, Ciudad Bolívar y Sumapaz, que se inscribieron y obtuvieron votos en las elecciones pasadas e hicieron parte del Comité de Impulso, tendrán prioridad y harán parte del Consejo de la Bicicleta para el periodo 2024 – 2027, junto con los nuevos consejeros elegidos en este proceso atípico.
Que, se determina que los consejeros y las consejeras locales de la Bicicleta para el período 2024-2027, electos(as) de conformidad con las actas de escrutinio del 18 de julio de 2024, de la siguiente manera
Que, en mérito de lo expuesto, el director general del Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal – IDPAC,
RESUELVE:
ARTÍCULO (sic) ACREDITAR a los consejeros y consejeras locales de la Bicicleta para el período 2024- 2027, electos(as) de conformidad con las actas de escrutinio de la fecha 18 de julio de 2024, de la siguiente manera:
Consejo Local de la Bicicleta Santa Fé:
1. Édison Vladimir Lemus Muñoz
2. Néstor Javier Sánchez Monroy
3. Leónidas Pérez Martínez
4. Verónica Fonseca Morales
5. German Molano Ortiz
Consejo Local de la Bicicleta Barrios Unidos:
1. Ingrid Jasmín Rincón Ponguta
2. Diana Carolina Pinzón Silva
3. María Inés Briñez Villanueva
4. Diana Carolina Lugo Bejarano
5. Juan Alberto Gómez Pineda
Consejo Local de la Bicicleta Teusaquillo:
1. María José Molina Pulido
2. Julián Andrés Valencia Garzón
3. Juliana Rojas Apráez
4. Miguel Ángel Roa Palacios
Consejo Local de la Bicicleta Antonio Nariño:
1. Carlos Mauricio Narváez
2. Miguel Armando León Arévalo
3. Alejandro Esteban Moreno Lasprilla
4. Gustavo Andrés Vargas Esquivel
5. David Mauricio Galindo Rodríguez
Consejo Local de la Bicicleta La Candelaria:
1. Edel Zaray Ramírez León
2. Yuliet Steffania Rodríguez Cabezas
3. Sergio Ignacio Pinzón Neuto
4. Alexi Norvei Osorio Ruiz
5. José Alonso Ruda Hernández
Consejo Local de la Bicicleta Ciudad Bolívar:
1. María Fernanda López Rodríguez
2. Olga Janneth Mérida Molina
3. Juan David Aguilar García
4. Jeisson Enrique Tafu Moncaleano
5. Luis Fernando Castro Cardona
Consejo Local de la Bicicleta Sumapaz:
1. Yeison Mauricio Rico Palacios
2. Brayan Alexander Pulido Moreno
3. Daniel Rojas Pulido
PARÁGRAFO. El periodo de los consejeros y consejeras locales que se acreditan mediante la presente resolución se encuentra sujeto a la reglamentación de las disposiciones del Decreto Distrital 606 de 2023 frente a la Jornada Única Electoral.
ARTICULO 3. INTEGRACIÓN DE CURULES RESIDUALES: Debido a la falta de elegidos como consejeros y/o consejeras en las localidades de Sumapaz y Teusaquillo y de acuerdo a lo estipulado en el Decreto 495 de 2019 y 498 de 2019, mediante la coordinación y decisión de los consejeros y consejeras legítimamente elegidos y acreditados por la presente, en estas localidades quedan facultados para adelantar el proceso de elección con el fin de integrar los cupos faltantes para completar el consejo a saber; dos (2) en Sumapaz y uno (1) en Teusaquillo, para ello, podrán convocar el acompañamiento del IDPAC.
ARTÍCULO 4. PUBLICIDAD: Para dar cumplimiento al principio de publicidad, publíquese el presente acto administrativo en la página web de la entidad y garantícese su amplia divulgación.
ARTÍCULO 5. COMUNICACIÓN: Comuníquese el presente acto a las Alcaldías Locales para que procedan a la instalación de los Consejos de la Bicicleta en las localidades respectivas, en coordinación con la dependencia correspondiente del IDPAC y Secretaria de Movilidad.
ARTÍCULO 6. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
Dada en la ciudad de Bogotá, D.C., a los 29 días del mes de julio del año 2024.
JUAN PABLO CAMACHO LÓPEZ
Director General
Nota: Ver norma original en Anexos. |