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RESOLUCIÓN 149 DE 2022
(Febrero 14)
Por la cual se actualiza el Manual de Políticas de Operación Contable de la Secretaría Distrital de Ambiente y se toman otras disposiciones
LA SECRETARIA DISTRITAL DE AMBIENTE
En ejercicio de las facultades conferidas y en especial las establecidas el Acuerdo Distrital 257 de 2006, el Decreto Distrital 109 de 2009 modificado parcialmente por el Decreto Distrital 175 de 2009, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 269 de la Constitución Política, determina el marco general sobre la obligatoriedad de diseñar y aplicar métodos y procedimientos de control interno por parte de las Entidades y Organismos del Sector Público.
Que la Ley 1314 de 2009, “Por la cual se regulan los principios y normas de contabilidad e información financiera y de aseguramiento de información aceptados en Colombia, se señalan las autoridades competentes, el procedimiento para su expedición y se determinan las entidades responsables de vigilar su cumplimiento”, fue promulgada para expedir normas contables de información financiera y de aseguramiento de la información, que conforma un sistema único y homogéneo, de alta calidad, comprensible y de forzosa observancia. En el artículo 6 de la citada Ley 1314 de 2009, se otorga a la Contaduría General de la Nación - CGN así como a los Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Comercio Industria y Turismo, expedir principios, normas, interpretaciones y guías de contabilidad e información financiera y de aseguramiento de la información.
Que la Contaduría General de la Nación – CGN, emitió la Resolución No. 533 del 08 de octubre de 2015, mediante la cual incorpora como parte integrante del Régimen de Contabilidad Pública, la estructura del marco normativo para entidades del gobierno, la cual está conformada por: el Marco Conceptual para la Preparación y Presentación de Información Financiera; las Normas para el Reconocimiento, Medición, Revelación y Presentación de los hechos económicos; los Procedimientos Contables; las Guías de Aplicación; el Catálogo General de Cuentas y la Doctrina Contable Pública.
Que la Secretaría Distrital de Ambiente, se encuentra en el ámbito de aplicación establecido en el artículo 2° de la Resolución CGN No. 533 del 2015.
Que según la Resolución de la Contaduría General de la Nación No. 193 del 05 de mayo de 2016, se incorporó el procedimiento para la evaluación del control interno contable; y en el numeral 2.1.2 del Anexo Políticas de Operación, determinó que las mismas facilitan la ejecución del proceso contable y deberán ser definidas por cada entidad para asegurar: el flujo de información hacia el área contable, la incorporación de todos los hechos económicos realizados por la entidad, y la presentación oportuna de los estados financieros a los diferentes usuarios.
Que en el Anexo de la Resolución CGN No. 193 del 2016, en el numeral 2.1.1 Marco normativo del proceso contable, indicó que las políticas contables se formalizarán mediante documento emitido por el representante legal o la máxima instancia administrativa de la entidad.
Que mediante la Resolución SDA 01849 del 20 de junio de 2018, se adoptó el Manual de Políticas de Operación Contable de la Secretaría Distrital de Ambiente, en aplicación del Marco Normativo Contable para Entidades de Gobierno establecido en la Resolución CGN No. 533 del 2015.
Que por medio de la Resolución No. 000068 del 31 de mayo de 2018, se adoptó el Manual de Políticas Contables para la Entidad Contable Pública Bogotá D.C, el cual, es aplicable a la Secretaría Distrital de Ambiente, conforme a lo establecido en su artículo 2°.
Que a través de la Carta Circular No. 102 del 30 de junio de 2021, la Contadora General de Bogotá, comunicó la Segunda Versión de las Políticas Contables Transversales para las Entidades de Gobierno Distrital, con el fin de dar uniformidad al tratamiento contable de las transacciones, hechos y operaciones que sean similares en los entes que conforman la información financiera de Bogotá D.C.
Que en sesión del Comité Técnico de Sostenibilidad Contable de la Secretaría Distrital de Ambiente, el 03 de agosto del 2021, se recomendó adelantar una validación conjunta con todas las dependencias internas involucradas como responsables de la aplicación de las Políticas de Operación Contable de la Secretaría Distrital de Ambiente, y así generar una versión actualizada del Manual.
Que en sesión del Comité Técnico de Sostenibilidad Contable y de Cartera de la Secretaría Distrital de Ambiente, el 09 de noviembre del 2021, se socializó el proceso de actualización del Manual de Políticas de Operación Contable, y se informó que ya finalizado el mismo, se procedería a tramitar su actualización definitiva.
Que en mérito de lo expuesto en la parte considerativa:
RESUELVE:
Artículo 1. Objeto. Actualizar el Manual de Políticas de Operación Contable de la Secretaría Distrital de Ambiente. Su objetivo principal es asegurar el flujo de información hacía el área contable, su incorporación, consistencia, uniformidad y presentación oportuna en los estados financieros, de conformidad con las normas contables aplicables.
Parágrafo 1. La segunda versión del Manual de Políticas de Operación Contable de la Secretaría Distrital de Ambiente, forma parte integral de la presente resolución.
Parágrafo 2. Las Políticas de Operación Contable aquí actualizadas, deben ser observadas por los servidores públicos y contratistas de las diferentes áreas que hacen parte del Proceso Contable de la Secretaría Distrital de Ambiente. Cada política de operación se centra en un rubro diferente de los estados financieros, y provee los principios contables relacionados con el reconocimiento, medición, revelación y el flujo de información entre las dependencias.
Artículo 2. Publicación. La presente Resolución deberá ser publicada en el link de Transparencia y Acceso a la información pública de la página web de esta entidad al tenor de lo previsto en la ley 1712 del 2014 reglamentado parcialmente por el Decreto Nacional 103 del 2015, en el Registro Distrital, y en el Boletín Legal de la Secretaría Distrital de Ambiente.
Artículo 3. Comunicación. El contenido del presente acto administrativo será comunicado a cada una de las dependencias de esta Secretaría, para su conocimiento y fines pertinentes.
Artículo 4. Vigencia y derogatoria. La presente Resolución rige a partir del día siguiente al de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias, particularmente la Resolución de la Secretaría Distrital de Ambiente No. 01849 del 20 de junio de 2018.
Dado en Bogotá a los 14 días del mes de febrero del 2022.
CAROLINA URRUTIA VASQUEZ
SECRETARIA DISTRITAL DE AMBIENTE
Nota: Ver norma original en Anexos. |