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Resolución SGC017 de 2024 Instituto Distrital de Turismo - IDT - Dirección General

Fecha de Expedición:
18/07/2024
Fecha de Entrada en Vigencia:
18/07/2024
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 8092 del 13 de agosto del 2024.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN SGC017 DE 2024

 

(Julio 18)

 

Por la cual se efectúa modificación del presupuesto de Ingresos, Rentas y Gastos del Instituto Distrital de Turismo para la vigencia 2024

 

LA DIRECTORA GENERAL (E) DEL INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO

 

En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el literal b) del artículo 5 del Acuerdo 275 de 2007 del Concejo de Bogotá D.C., el artículo 10 del Decreto Distrital 192 de 2021, el literal b) del artículo 18 del Acuerdo 001 de 2007, el artículo 1 del Acuerdo 006 de 2016 y los numerales 1 y 3 del artículo 6 del Acuerdo 7 de 2022 de la Junta Directiva, el Decreto 233 de 12 de julio de 2024 y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Instituto Distrital de Turismo es un establecimiento público del orden Distrital, con personería jurídica, autonomía administrativa y financiera, y patrimonio propio, adscrito a la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico.

 

Que el artículo 10 del Decreto Distrital 192 de 2021 dispone que "Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local. En el caso de los establecimientos públicos del Distrito estas modificaciones al anexo del Decreto de liquidación se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos".

 

Que de conformidad con el literal b del Artículo 4 del Acuerdo Distrital 275 de 2007, es función de la Junta Directiva del Instituto Distrital de Turismo “Aprobar los planes, programas, proyectos y presupuesto del Instituto, así como las modificaciones que se hagan a los mismos, de acuerdo con las disposiciones distritales vigentes sobre el tema y que sean de su competencia de acuerdo con su reglamento”.

 

Que mediante Acuerdo 006 de fecha 01 de Septiembre de 2016, la Junta Directiva del Instituto Distrital de Turismo autoriza al Director General para efectuar, a través de acto administrativo, los traslados presupuestales que se requieran para el presupuesto de funcionamiento, cuando éstos correspondan a valores inferiores o iguales a 202 S.M.M.L.V, sin necesidad de adelantar el trámite de aprobación ante la Junta Directiva, previo cumplimiento de los requisitos dispuestos por la Secretaría Distrital de Hacienda.

 

Que el Instituto Distrital de Turismo requiere realizar un traslado presupuestal de gastos funcionamiento en gastos de personal por valor de $257.158.948 de pesos M/Cte, para cubrir el pago de la Indemnización por vacaciones de las señoras PATRICIA LAÑAS ROMERO identificada con C.C. 31.988.306 Subdirector Técnico Código 068 Grado 01 - Subdirección de Gestión Corporativa y ANGELA MARIA PINZÓN identificada con C.C. 52.391.355 Jefe de Oficina Asesora de Comunicaciones Código 115 Grado 02, ex funcionarias de planta del Instituto Distrital de Turismo IDT y adicionalmente para cubrir los rubros que presentan déficit y requieren una mayor apropiación, acorde con la proyección de pagos en lo que resta de la presente vigencia.

 

Que mediante comunicación 2024EE24495901 del 18 de julio 2024, la Directora Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda emitió concepto favorable para efectuar una modificación al presupuesto de funcionamiento, consistente en un traslado presupuestal por valor de $257.158.948 de pesos M/Cte, por lo que en mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1. TRASLADO: Efectuar el siguiente traslado presupuestal de Gastos de Funcionamiento en el presupuesto del Instituto Distrital de Turismo, por la suma de $257.158.948 de pesos M/Cte.

 

 

0221-01-INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO - IDT

 

CONTRACREDITOS

CÓDIGO

DENOMINACION

VALOR EN PESOS (S) MCT

 

GASTOS

257.158.048

 

Funcionamiento

257.158.048

021101

Gastos de personal

Planta de personal

257.158.948

257.158.948

02110102

Contribuciones inherentes a la nómina

257.158.948

02110102001

Aportes a la seguridad social en pensiones

7.158.948

021 1010200102

Aportes a la seguridad social en pensiones privadas

7.158.948

021 10102003

Aportes de cesantías

250.000.000

021 1010200301

Aportes de cesantías a fondos públicos

90.000.000

021 1010200302

Aportes de cesantías a fondos privados

160.000.000

 

TOTAL CONTRACRÉDITOS

257.158.948

 

 

0221-01-INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO - IDT

 

CONTRACREDITOS

CÓDIGO

DENOMINACION

VALOR EN PESOS (S) MCT

O2

GASTOS

257.158.948

O21

Funcionamiento

257.158.948

O211

Gastos de Personal

257.158.948

O21101

Planta de personal permanente

257.158.948

O2110101

Factores constitutivos salario

202.598.172

O211

Factores salariales comunes

202.598.172

0211010100101

Sueldo Básico

162.598.172

0211010100107

Bonificación por servicios prestados

20.000.000

0211010100108

Prestaciones Sociales

20.000.000

021101010010801

Prima de Navidad

20.000.000

02110103

Remuneración por servicios prestados

54.560.776

02110103001

Prestaciones Sociales

53.877.152

0211010300102

Indemnización por vacaciones

28.640.092

0211010300103

Bonificación por recreación

25.237.050

02110103058

Prima secretarial

683.624

TOTAL CRÉDITOS

257.158.946

 

Artículo 2. REMISIÓN: Remítase copias de la presente Resolución a la Secretaría de Hacienda Distrital y demás dependencias competentes.

 

Artículo 3. VIGENCIA: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 18 días del mes de julio del año 2024.

 

DANERY BUITRAGO GÓMEZ

 

Directora General (E)

 

Nota: Ver norma original en Anexos.