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ACUERDO 032 DE 2024
(Julio 31)
Por medio del cual se autoriza la solicitud de vigencias futuras ordinarias ante el CONFIS Distrital en gastos de inversión para los años comprendidos entre el 2025 y el 2027 para garantizar el servicio de conectividad de la Agencia Atenea
El Consejo Directivo de la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología "Atenea",
En ejercicio de las facultades legales que confiere la Ley 819 de 2003 y el artículo 19 del Decreto Distrital 192 de 2021, modificado por el artículo 1 del Decreto Distrital 356 de 2022, el artículo 10 del Decreto Distrital 273 de 2020 y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 14 de la Ley 2116 de 2021, adicionó el artículo 143A al Decreto Ley 1421 de 1993, el cual determina:
"Artículo 143A. Vigencias futuras ordinarias. El Confis Distrital podrá autorizar la asunción de Obligaciones que afecten presupuestos de vigencias futuras de funcionamiento o inversión cuando su ejecución se inicie con el presupuesto de la vigencia en curso y el objeto del compromiso se lleve a cabo en cada una de ellas siempre y cuando se cumpla que:
a. El monto máximo de vigencias futuras, el plazo y las condiciones de las mismas consulte las metas plurianuales de/ Marco Fiscal de Mediano Plazo de que trata esta ley;
b. Como mínimo, de las vigencias futuras que se soliciten se deberá contar con apropiación del quince ciento (15%) en la vigencia fiscal en la que estas sean autorizadas;
c. Se disponga del concepto favorable de la Secretaria Distrital de Hacienda y de la Secretaria Distrital de Planeación, cuando se trate eje proyectos de inversión. d. Cuando se trate de proyectos de inversión con cofinanciación de la nación, deberá obtenerse el concepto previo y favorable del Departamento Nacional de Planeación.
La autorización por parte del Confis para comprometer presupuesto con cargo a vigencias futuras no podrá superar el respectivo periodo de gobierno. Se exceptúan los proyectos de gastos de inversión en aquellos casos en que el Consejo de Gobierno previamente los declare de importancia estratégica. El Gobierno Distrital reglamentará la materia.
La Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto incluirá en los proyectos de presupuesto, las asignaciones necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en este Articulo."
Que el Decreto Distrital 714 de 1996, en su artículo 10 literal J señala como una de las funciones del CONFIS la de "Autorizar de conformidad con el Artículo 12 del presente Acuerdo, la asunción de obligaciones con cargo a vigencias futuras, siempre que estas estén consignadas en el Plan de Desarrollo respectivo”.
Que la Resolución 191 de 2017, modificada parcialmente por la Resolución SDH-037 de 2019 de la Secretaría Distrital de Hacienda, adoptó el Manual Operativo Presupuestal del Distrito Capital, el cual, en el numeral 2.8. define las vigencias futuras como:
“(…) una herramienta presupuestal para asumir compromisos con cargo a presupuestos de vigencias fiscales posteriores, con el objetivo de ejecutar gastos de funcionamiento y/o de inversión con un horizonte mayor a un año, las cuales se clasifican en Ordinarias y Excepcionales".
Que el Manual Operativo Presupuestal del Distrito Capital en el numeral 2.8.2 literal f establece que para solicitar concepto favorable de vigencias futuras ante el CONFIS Distrital, se debe contar con "F. Autorización previa de la Junta o Consejo Directivo en los casos que aplique".
Que de conformidad con lo previsto en el artículo 8 del Decreto Distrital No. 273 de 2020, la Dirección de la Agencia Distrital para La Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología está a cargo del Consejo Directivo y del Director General.
Que igualmente, el citado Decreto Distrital 273 de 2020, establece en el artículo 6 numeral 1 como función de la Agencia la de: "Liderar, acompañar y dar soporte técnico en la formulación y ejecución de los planes, programas y proyectos distritales de acceso, permanencia y pertinencia de la educación posmedia".
Que el acceso a Internet es un pilar crítico para la agencia Atenea, ya que garantiza la continuidad de los servicios en línea que ofrece, incluyendo la divulgación de información sobre convocatorias y la gestión integral de todos los procesos en la cadena de abastecimiento de información. A través de una conexión a Internet robusta y confiable, Atenea puede asegurar que sus sistemas de información funcionen de manera eficiente, permitiendo a los colaboradores y entes rectores mantener una comunicación fluida y efectiva. Esto no solo facilita la coordinación interna y la toma de decisiones informadas, sino que también mejora la interacción con socios estratégicos y la audiencia general. Además, el Internet es crucial para la implementación de plataformas digitales que automatizan procesos, mejoran la trazabilidad de datos y garantizan el acceso a información relevante en tiempo real. Así, Atenea puede cumplir con su misión de ofrecer servicios de calidad y adaptarse rápidamente a las necesidades cambiantes del entorno digital.
Que la Agencia - Atenea suscribió con INTERNEXA S.A, el Contrato 1 12119 de fecha 27-6-2023, cuyo objeto es la "DEFINICIÓN, PLANEACIÓN E IMPLEMENTACIÓN DEL PROTOCOLO DE DIRECCIONAMIENTO IPV6", con terminación el 1 de diciembre de 2024, el cual presta el servicio de conectividad a esta entidad.,
Que la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología - Atenea, bajo la Gerencia de Gestión Corporativa formuló el proyecto de inversión 8029 "Fortalecimiento institucional para la gestión de la educación posmedia, la ciencia y la tecnología en Bogotá.", con identificación en el Sistema Financiero Bogdata 0230117459920240159, y objeto de gasto 0232020200883141 Servicios de diseño y desarrollo de aplicaciones en tecnologías de la información (Tl) cuyo objetivo es ampliar la capacidad institucional que facilite la articulación entre actores y los procesos de gestión de la entidad para garantizar el cumplimiento de los objetivos estratégicos de manera eficiente, oportuna y eficaz.
Que se requiere solicitar un cupo de vigencias futuras para asegurar la cobertura completa de los servicios de conexión para la Agencia - Atenea con el objetivo de garantizar el funcionamiento eficiente y continuo de los canales de Internet en dual stack de las sedes de la Agencia. Por tanto, se requiere la aprobación de vigencias futuras ordinarias, por valor de DOSCIENTOS CUARENTA Y UN MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS TREINTA PESOS M.CTE. ($ 241.738.430) a precios constantes del año 2024, los cuales serán girados entre el 2025 y el 2027, garantizando una adecuada ejecución presupuestal.
Que conforme a la certificación expedida por la Subgerencia Financiera de Atenea de fecha 26 de julio del año en curso, se indica que para la vigencia del 2024 se cuenta con la existencia de mínimo el 15% de apropiación presupuestal requerido para el trámite de la solicitud de autorización ante el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal - CONFIS para comprometer vigencias futuras.
Que, en sesión del 31 de julio de 2024, el Consejo Directivo, autorizó la solicitud de vigencias futuras ordinarias para los años comprendidos entre el 2025 y el 2027 para garantizar el servicio de conectividad.
Que, en mérito de lo expuesto,
ACUERDAN:
ARTÍCULO PRIMERO: Autorizar a la Agencia Distrital para la Educación, la Ciencia y la Tecnología - Atenea para solicitar vigencias futuras ordinarias del presupuesto de inversión en el proyecto 8029
"Fortalecimiento institucional para la gestión de la educación posmedia, la ciencia y la tecnología en Bogotá" registrado en el sistema Financiero Bogdata con el código 0230117459920240159 para los años comprendidos entre el 2025 y el 2027, con el fin de garantizar los recursos de inversión DOSCIENTOS CUARENTA Y UN MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS TREINTA PESOS M.CTE. ($241.738.430) a precios constantes del año 2024, los cuales serán girados entre el 2025 y el 2027 conforme al siguiente detalle:
Vigencias futuras período 2025 - 2027
Fuente: Agencia Atenea, Subgerencia TIC.
ARTÍCULO SEGUNDO: Autorizar al Director General de la Agencia Distrital para la Educación, la Ciencia y la Tecnología - Atenea para que tramite la solicitud de concepto favorable de vigencias futuras ante el CONFIS Distrital.
ARTÍCULO TERCERO: El presente Acuerdo rige a partir de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 31 días del mes de julio del año 2024.
ISABEL SEGOVIA OSPINA
Presidenta Consejo Directivo
VICTOR JAVIER SAAVEDRA MERCADO
Secretario Técnico Consejo Directivo
Nota: Norma original en Anexos. |