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Acuerdo 006 de 2024 Instituto de Desarrollo Urbano - IDU - Consejo Directivo

Fecha de Expedición:
11/07/2024
Fecha de Entrada en Vigencia:
16/07/2024
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 8067 del 16 de julio de 2024.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 006 DE 2024

 

(Julio 11)

 

Por el cual se emite concepto previo favorable en el trámite ante el CONFIS Distrital para la autorización de vigencias futuras ordinarias

 

EL CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO, 


en uso de las atribuciones legales y en especial las conferidas en el numeral 6 del artículo 16 del Acuerdo Distrital No. 19 de 1972, Resolución 191 de 2017 y su Manual Operativo Presupuestal numeral 2.8.2 y en concordancia con el literal c) del artículo 14 del Acuerdo del Consejo Directivo No. 001 de 2009, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el numeral 6 del artículo 16 del Acuerdo Distrital No. 19 de 1972, establece dentro de las atribuciones y funciones de la Junta Directiva (...) “Aprobar el presupuesto anual de Ingresos y egresos del Instituto”.

 

Que la Resolución SDH No. 191 de 2017 “Por medio de la cual se adopta y consolida el Manual de Programación, Ejecución y Cierre Presupuestal del Distrito Capital” en su numeral 2.8.2. “Requisitos para solicitar vigencias futuras”, literal f, hace referencia a la autorización previa del Consejo Directivo.

 

Que el literal c del artículo 14 del Acuerdo del Consejo Directivo No. 001 de 2009 fija como funciones del Consejo Directivo del Instituto de Desarrollo Urbano — IDU (...) “Aprobar el proyecto de presupuesto anual del Instituto, al igual que sus modificaciones.”

 

Que la Ley 2116 del 21 del 29 julio de 2021 “Por medio de la cual se modifica el Decreto Ley 1421 de 1993, referente al Estatuto Orgánico de Bogotá” en su Artículo 14 adicionó un artículo nuevo al Decreto Ley 1421 de 1993, así: Artículo 143A. Vigencias futuras ordinarias. El CONFIS Distrital podrá autorizar la asunción de obligaciones que afecten presupuestos de vigencias futuras de funcionamiento o inversión cuando su ejecución se inicie con el presupuesto de la vigencia en curso y el objeto del compromiso se lleve a cabo en cada una de ellas (...)

 

Que la Circular CONFIS No. 06 del 22 de mayo de 2023 en el numeral III REQUISITOS PARA SOLICITAR VIGENCIAS FUTURAS registra que (...) “Las solicitudes de autorización o aprobación de vigencias futuras deben remitirse y radicarse formalmente ante la Secretaría Técnica del CONFIS Distrital — Secretaría Distrital de Planeación con copia a la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, anexando la siguiente documentación: (...) literal f. Acuerdo o autorización previa de la Junta Directiva o Consejo Directivo para los casos de Empresas Industriales y Comerciales del Distrito, Empresas Sociales del Estado y Establecimientos Públicos.” (Subrayada fuera del texto original.)


Que la Circular CONFIS No. 06, en el numeral II CARACTERÍSTICAS Y CONDICIONES DE LAS VIGENCIAS FUTURAS, literal h, registra: “El CONFIS Distrital no autorizará asumir compromisos con cargo a vigencias futuras que sobrepasen el período de gobierno, salvo que el proyecto de inversión o gasto a soportar presupuestalmente, haya sido declarado previamente de importancia estratégica por el Consejo de Gobierno Distrital, para lo cual se debe contar previamente con aval fiscal del CONFIS Distrital.”

 

Que el IDU requiere adelantar el trámite de vigencias futuras ordinarias 2025, 2026 y 2027 que no superan el periodo de gobierno, para los proyectos 8022 “Consolidación del sistema del espacio público, para brindar movilidad segura, inclusiva y sostenible en Bogotá D.C”, 8015 “Construcción de infraestructura de transporte para una movilidad sostenible, eficiente, inclusiva que promueve la integración modal en Bogotá D.C” y 8014 “Fortalecimiento del modelo de operación institucional del Instituto de Desarrollo Urbano en Bogotá D.C, y para el rubro presupuestal de funcionamiento 21202020080585250 servicios de protección guardas de seguridad.

 

Que estos proyectos se encuentran dentro del Plan de Inversiones del Plan de Desarrollo Distrital vigente.

 

Que el IDU dejó a consideración del Consejo Directivo de la entidad, para concepto previo favorable, la solicitud de autorización a presentar ante el CONFIS Distrital de vigencias futuras ordinarias, el cual fue aprobado por unanimidad en la sesión No. 5, realizada el 11 de julio de 2024, de manera asincrónica.

 

Que, en mérito de lo expuesto,

 

ACUERDA:

 

ARTÍCULO PRIMERO. - Emitir concepto favorable para presentar ante el CONFIS Distrital la solicitud de autorización de vigencias futuras ordinarias correspondientes a los siguientes proyectos de inversión, por la suma de DOSCIENTOS NOVENTA Y UN MIL CIENTO CINCO MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS CUATRO PESOS M/CTE. ($291.105.799.304,00), y por el rubro de funcionamiento por valor de $ 5.607.851.616,00 CINCO MIL SEISCIENTOS SIETE MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL SEISCIENTOS DIECISEIS PESOS M/CTE, para un total de DOSCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS TRECE MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA MIL NOVECIENTOS VEINTE PESOS M/CTE. ($ 296.713.650.920), en precios corrientes conforme al siguiente detalle:

 

 

ARTÍCULO SEGUNDO. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE Y CUMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 11 días del mes de julio del año 2024.

 

Claudia Díaz Acosta

 

Secretaria Distrital de Movilidad

 

Presidenta

 

Gisele Manrique Vaca

 

Subdirectora Gral de Gestión Corporativa

 

Secretaria

 

Nota: Ver norma original en Anexos.